INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE LOS APORTES. Ante el eventual atraso o incumplimiento en el pago de los aportes por más de treinta (30) días calendario, la IAFAS procederá a suspender de manera automática todos los derechos mientras no se cumpla con la cancelación de las aportaciones vencidas. En caso el incumplimiento en el pago supere los noventa (90) días, el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430º del Código Civil. Ante la recurrencia de atraso en el pago de aportaciones, se procederá a suspender nuevamente de manera automática todos los derechos del AFILIADO. No obstante de extenderse el incumplimiento por un tiempo mayor a (60) días calendarios, el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430º del Código Civil. La IAFAS no reconocerá los gastos médicos en que haya incurrido el AFILIADO durante el período de suspensión, debiendo el AFILIADO cancelar el íntegro de las aportaciones pendientes de pago para poder acceder a servicios prestacionales ulteriores.
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Samples: Contrato De Prestaciones De Salud Prepagado Oncologico Falabella Condiciones Generales, interbank.pe
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE LOS APORTES. Ante el eventual atraso o incumplimiento en el pago de los aportes por más de treinta (30) días calendariocalendarios de vigencia transcurrida, la IAFAS procederá a suspender de manera automática todos los derechos mientras no se cumpla con la cancelación de las aportaciones vencidas. En caso el incumplimiento en el pago supere los noventa (90) días, el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430º del Código Civil. Ante la recurrencia de atraso en el pago de aportaciones, se procederá a suspender nuevamente de manera automática todos los derechos del AFILIADO(los) AFILIADO(S). No obstante de extenderse el incumplimiento por un tiempo mayor a sesenta (60) días calendarios, el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430º del Código Civil. La IAFAS no reconocerá los gastos médicos en que haya incurrido el AFILIADO (los) AFILIADO(S) durante el período de suspensión, debiendo el AFILIADO (los) AFILIADO(S) cancelar el íntegro de las aportaciones pendientes de pago para poder acceder a servicios prestacionales ulteriores.
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Samples: Contrato De Prestaciones De Salud Prepagado Programa Prepago De Asistencia Medica Familiar Condiciones Generales, Contrato De Prestaciones De Salud Prepagado Programa Prepago De Asistencia Medica Familiar Condiciones Generales
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE LOS APORTES. Ante el eventual atraso o incumplimiento en el pago de los aportes por más de treinta (30) días calendario, la IAFAS procederá a suspender de manera automática todos los derechos mientras no se cumpla con la cancelación de las aportaciones vencidas. En caso el incumplimiento en el pago supere los noventa (90) 90 días, el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430º del Código Civil. Ante la recurrencia de atraso en el pago de aportaciones, se procederá a suspender nuevamente de manera automática todos los derechos del AFILIADO. No obstante de extenderse el incumplimiento por un tiempo mayor a (60) días calendarios, el CONTRATO se anulará de forma automática y sin declaración judicial ulterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430º del Código Civil. La IAFAS no reconocerá los gastos médicos en que haya incurrido el AFILIADO durante el período de suspensión, debiendo el AFILIADO cancelar el íntegro de las aportaciones pendientes de pago para poder acceder a servicios prestacionales ulteriores.
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Samples: Contrato De Prestaciones De Salud Prepagado Programa Oncológico