INDISPUTABILIDAD. Si transcurren dos años desde la celebración del contrato, la ASEGURADORA no puede invocar la reticencia o falsa declaración del CONTRATANTE y/o ASEGURADO, excepto cuando es dolosa.
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Samples: Condiciones Generales Sepelio CNT, Seguro Vida Asistencia Interbank, Seguro De Vida Universal Variable
INDISPUTABILIDAD. Si transcurren dos años desde la celebración del contrato, la ASEGURADORA no puede invocar la reticencia o falsa declaración del CONTRATANTE y/o ASEGURADOASEGURADO TITULAR, excepto cuando es dolosa.
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Samples: Plan Vida Segura, Plan Vida Segura, Plan Vida Segura
INDISPUTABILIDAD. Si transcurren dos (2) años desde la celebración del contrato, la ASEGURADORA COMPAÑÍA no puede invocar la reticencia o falsa declaración del CONTRATANTE y/o ASEGURADO, excepto cuando es dolosa.
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INDISPUTABILIDAD. Si transcurren dos años desde la celebración del contrato, la ASEGURADORA no puede invocar la reticencia o falsa declaración del CONTRATANTE y/o ASEGURADO/ ASEGURADO TITULAR, excepto cuando es dolosa.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro De Vida Protección Familiar