Ingresos. Los ingresos relacionados con la concesión son las tasas contempladas en la Ordenanza fiscal de Tasa de Zonas de Aplicación del Módulo de la O.R.A., (O.R.A.) así como los tickets post pago. 3.1) Estimación de ingresos en el primer año. El pliego describe una demarcación de espacio de aparcamiento regulado que consta de 1.162 plazas de aparcamiento. Además, se incluyen en esta demarcación 138 plazas para carga y descarga, sujetas a la tasa fuera del horario establecido para tal menester. De la experiencia acumulada en los últimos años, se puede estimar una media anual de 50 plazas inoperativas debido a la instalación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ en temporada, ubicación de andamios, pruebas deportivas, etc,. De la conjugación de este dato con las horas sujetas a la tasa de las plazas de carga y descarga, las plazas disponibles reales que se cuantifican en este informe se cifran en 1.120. Los datos de ocupaciones de pago reales facilitados por la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% de los casos y en el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comerciales. La previsión de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración del tiempo disponible por parte del usuario para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormente, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable en la primera mitad del período de 0,40 euros/hora, con carácter general, y la aplicable en la segunda mitad, de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización de las plazas de la ORA en función de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-. 3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas. 3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Concesión De Servicios
Ingresos. Los ingresos relacionados con la concesión son las tasas contempladas Para ingresar en la Ordenanza fiscal Empresa como trabajador, será necesario cumplir los requisitos siguientes:
a) Presentación de Tasa Curriculum Vitae (CV) a la empresa.
b) Someterse a las pruebas psicotécnicas o profesionales que el Tribunal examinador considere convenientes, de Zonas acuerdo con el nivel o categoría y clase de Aplicación del Módulo trabajo a desempeñar, así como a la vigilancia de la O.R.A., (O.R.A.) así como los tickets post pagosalud establecida en el artículo 22.1 ▇▇ ▇▇▇ 31/95.
3.1c) Estimación Presentar los documentos requeridos por la Empresa, una vez superadas satisfactoriamente todas las pruebas.
d) Concluidas las pruebas y en el caso de empate, los hijos de los trabajadores de la Empresa tendrán preferencia para ocupar la plaza.
e) No se admitirá la solicitud de ingreso en esta Empresa a toda persona que perciba una pensión, con excepción de los casos de pensión de minusválidos.
f) La Dirección de la Empresa queda expresamente facultada, sin necesidad de efectuar las pruebas antes indicadas, para la contratación o cubrir las vacantes de los Grupos Comercial y Técnico, los Niveles 5, 6 y 7 del Grupo Administrativo, Apoderados y Directivos. Ante cualquier plaza vacante que se produzca la Empresa deberá informar al Comité de Empresa, antes de efectuar las correspondientes convocatorias. Para los ingresos en el primer año. El pliego describe una demarcación la Empresa y ascensos por capacitación las pruebas de espacio de aparcamiento regulado que consta de 1.162 plazas de aparcamiento. Ademásaptitud, se incluyen desarrollarán con arreglo a las normas siguientes:
a) Se constituirá un Tribunal en esta demarcación 138 plazas para carga el seno de la Empresa, compuesto por tres vocales designados por la Dirección y descargaotros dos vocales elegidos por el Comité de Empresa, sujetas que podrán pertenecer o no a dicho Comité, y un vocal perteneciente al personal fijo de la tasa fuera Empresa, que será nombrado por la Dirección de entre una terna presentada por el Comité de Empresa.
b) Todos los componentes del horario establecido para tal menesterTribunal deberán ostentar como mínimo la categoría profesional que corresponda a las vacantes de los nuevos puestos a cubrir.
c) El Jefe de Personal o persona delegada, podrá pertenecer al Tribunal con carácter de asesor pero sin voto.
d) Las pruebas de aptitud serán confeccionadas por el Tribunal examinador, con arreglo a los programas fijados en la convocatoria. De En el caso de ascenso por capacitación, los programas se ajustarán al nivel o perfil de la experiencia acumulada categoría convocada existente en los últimos añosla Empresa en cada momento.
e) Las calificaciones globales de las pruebas de aptitud, se puede estimar puntuarán en una media anual de 50 plazas inoperativas debido a la instalación escala ▇▇ ▇▇▇▇ a cien. La puntuación mínima para estas pruebas será determinada por el Tribunal.
f) Los trabajadores de la Empresa, que se presenten como aspirantes, una vez terminadas las pruebas y habiendo superado la puntuación mínima exigida por el Tribunal, tendrán un punto más por año de antigüedad en la Empresa. Todo trabajador que supere la puntuación mínima exigida por el Tribunal, se considerará aprobado sin plaza y cuando existan vacantes de la misma especialidad o categoría opositada cubrirán estas plazas por el orden de puntuación obtenida.
g) Todo aspirante tendrá derecho, en virtud de la calificación obtenida y no estando conforme con ella, a revisar el examen conjuntamente con el Tribunal.
h) La Empresa deberá hacer pública la convocatoria y comunicarla al Comité de Empresa, con el máximo de tiempo posible y como mínimo en el plazo de un mes antes de celebrarse las pruebas, debiendo figurar en la misma los siguientes requisitos:
1) Número de plazas a cubrir.
2) Fecha y lugar de la celebración de las pruebas.
3) Temas y programas a realizar.
4) Plazo, lugar y forma de presentar las solicitudes.
5) ▇▇▇▇▇ en temporada, ubicación de andamios, pruebas deportivas, etc,. De la conjugación de este dato con las horas sujetas a la tasa de las plazas de carga y descarga, las plazas disponibles reales que se cuantifican en este informe se cifran en 1.120. Los datos hará pública la relación de ocupaciones aspirantes.
i) El Tribunal, deberá hacer público y comunicar al Comité de pago reales facilitados por la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% de los casos y en el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comerciales. La previsión de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración del tiempo disponible por parte del usuario para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormenteEmpresa, en el primer período anual considerado en este informe se gravará plazo de dos días, a los usuarios con dos tarifas distintas-partir de la aplicable en la primera mitad del período de 0,40 euros/hora, con carácter general, y la aplicable en la segunda mitad, de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización finalización de las plazas pruebas, las calificaciones finales de la ORA en función de todos los incrementos de tasas previstas. Y dado aspirantes que los importes de hayan concurrido a las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-mismas.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Ingresos. 1. Solo los cajeros deben estar autorizados para recibir dinero, sea en las oficinas centrales o descentralizadas. Los funcionarios que reemplazan al Cajero durante su periodo de vacaciones o ante ausencias prolongadas en el puesto, deben en esas ocasiones desempeñar de manera exclusiva las funciones ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, asumiendo el puesto contra la realización de un arqueo de los valores que está recibiendo. Al finalizar su labor, debe entregar de la misma forma los valores al Cajero titular.
2. El cajero bajo ninguna circunstancia debe tener acceso a los libros o registros de contabilidad de la entidad.
3. Toda recepción de ingresos debe estar respaldada por un recibo de dinero prenumerado y membretado, donde deberá consignar la forma en que se recibe el pago, sea en efectivo o cheques, señalando en este último caso el número de cheque y banco girador.
4. Al momento de recibirse los cheques deben marcarse con un sello de endoso restrictivo donde se indique "solo para depositar a la cuenta corriente #... a nombre de”.
5. Los ingresos relacionados con recibidos por la concesión son las tasas contempladas empresa deben depositarse en la Ordenanza fiscal de Tasa de Zonas de Aplicación del Módulo de la O.R.A., (O.R.A.) así como los tickets post pago.
3.1) Estimación de ingresos en el primer año. El pliego describe una demarcación de espacio de aparcamiento regulado que consta de 1.162 plazas de aparcamientoforma diaria e integra. Además, una persona distinta a quien efectúa las labores ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, debe revisar diariamente el informe de caja, verificando la consecutividad de los documentos emitidos, así como que el monto detallado en la boleta de depósito sellada por el Banco, coincida con el total de ingresos que se incluyen indica en esta demarcación 138 plazas para carga el informe de caja.
6. Los traslados de depósitos al banco deben estar respaldados por un control o registro, donde se detalle al menos la fecha, número de boleta de depósito, monto en efectivo y descargaen cheques, sujetas a nombre y firma de quien entrega y de quien hace el traslado.
7. Los cheques depositados que han sido devueltos por el banco, deben registrarse mediante un detalle que indique, la tasa fuera fecha de recepción, número del horario establecido para tal menestercheque y de la nota de débito, nombre del cliente y el monto.
8. De La entrega de los cheques devueltos por los Bancos al responsable de su custodia, debe hacerse contra anotación en un registro que detalle al menos: fecha, número de cheque, banco, monto, cliente deudor y la experiencia acumulada en los últimos años, se puede estimar una media anual de 50 plazas inoperativas debido a la instalación firma da recibido conforme ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ en temporada▇. Al momento de la recuperación del dinero, ubicación debe complementarse el registro con la anotación de andamios, pruebas deportivas, etc,la fecha y número de documento emitido para la recepción del dinero y la forma de pago. De la conjugación de este dato con las horas sujetas a la tasa de las plazas de carga y descarga, las plazas disponibles reales que se cuantifican en este informe se cifran en 1.120. Los datos de ocupaciones de pago reales facilitados Este registro debe ser verificado por la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% empleado distinto al Custodio de los casos y cheques devueltos, quien revise al menos en forma semanal el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comerciales. La previsión de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración avance del tiempo disponible por parte del usuario para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormente, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable en la primera mitad del período de 0,40 euros/hora, con carácter general, cobro y la aplicable en la segunda mitad, de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización de las plazas de la ORA en función existencia física de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen cheques sin recuperar en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.poder ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇,
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Sources: Seguro De Fidelidad Bancaria
Ingresos. Los ingresos relacionados con 7.1.- La Dirección de la concesión son Empresa podrá contratar libremente al per- sonal que necesite para su desarrollo, sin más limitaciones que las tasas contempladas legales y las contenidas en el artículo 8 (promoción de los trabaja- dores en la Ordenanza fiscal Empresa) de Tasa este Convenio. Los nuevos ingresos que no sean para sustitución de Zonas jubilaciones parciales tendrán preferencia a ser formados en la sección de Aplicación del Módulo producción.
7.2.- La clasificación profesional se realizará en el momento de la O.R.A.contratación por acuerdo entre el trabajador y el empresario, (O.R.A.) así como los tickets post pagoden- tro del sistema previsto en este Convenio.
3.17.3.- El periodo de prueba, al cual no renuncia la Dirección en ningún caso, tendrá la duración siguiente:
7.3.1.- Para contratos de trabajo indefinidos: 1 año. 7.3.2.- Para el resto de los contratos:
a) Estimación Trabajadores no cualificados (peones): 15 días laborables.
b) Todos los demás trabajadores, excepto titulados 3 meses.
c) Graduados, Diplomados, Licenciados y demás titulados: 6 meses. En el supuesto de ingresos conversión de un contrato temporal en inde- finido, con ocupación del mismo puesto o similar, el tiempo trans- currido de contratación temporal se computará como período de prueba.
7.4.- Durante el periodo de prueba el trabajador tendrá todos los derechos y obligaciones correspondientes a su nivel profesional y al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá pro- ducirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido la re- solución citada, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de servicios prestados en la antigüedad del trabajador. Excepcionalmente, no existirá período de prueba cuando se proce- diera a la contratación de un trabajador que hubiese superado en la empresa el período de prueba en otro contrato, con el mismo nivel profesional.
7.5.- La situación de Incapacidad Temporal que afecte al trabaja- dor u otras situaciones de suspensión del artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores, interrumpirán siempre el cómputo de dicho pe- riodo, produciéndose efectos suspensivos en el primer añocontrato, reanudán- dose dicho cómputo a partir del día en que cese la causa de suspen- sión. El pliego describe una demarcación Esta suspensión no comportará, para los contratos de espacio duración determinada, la ampliación de aparcamiento regulado que consta su duración (según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2720/1998).
7.6.- La Dirección de 1.162 plazas la Empresa comunicará al Comité, antes de aparcamiento. Ademásla admisión de personal con contrato indefinido, se incluyen en esta demarcación 138 plazas para carga el nombre y descarga, sujetas a la tasa fuera del horario establecido para tal menester. De la experiencia acumulada en los últimos años, se puede estimar una media anual el nivel profesional de 50 plazas inoperativas debido a la instalación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ en temporada, ubicación de andamios, pruebas deportivas, etc,. De la conjugación de este dato con las horas sujetas a la tasa ingreso de las plazas personas que vayan a ser admitidas.
7.7.- Los trabajadores contratados temporalmente, con excepción de carga los interinos, formativos y descargaen prácticas, las plazas disponibles reales que se cuantifican tendrán derecho, al finali- zar su contrato, a una indemnización por cese en este informe se cifran en 1.120. Los datos de ocupaciones de pago reales facilitados por la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95trabajo del 4,5% de los casos y salarios devengados en jornada normal durante el tiempo de su contratación, computándose hasta un año de salarios como base máxima a estos efectos, salvo que por disposición legal se indicase una indemnización superior, en cuyo caso se aplicaría ésta segú▇ ▇u pro- pio método de cálculo. Igualmente esta indemnización se aplicará a los trabajadores con contrato indefinido, a los cuales se rescinda por la Empresa el contrato durante el periodo de prueba señalado en el 5% restante, será utilizada punto 7.3.1.
7.8.- Se entregará al Comité una copia básica de los contratos determinados por la tarificación para usos comerciales. La previsión Ley, así como de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración del tiempo disponible por parte del usuario para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormentesus prórrogas, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable en la primera mitad plazo de 10 días desde el ingreso del período de 0,40 euros/hora, con carácter general, y la aplicable en la segunda mitad, de 0,50 euros/hora-trabajador. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización de las plazas de la ORA en función de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-sea asignado.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Ingresos. Los 1.- Serán ingresos relacionados con la concesión son las tasas contempladas en la Ordenanza fiscal del consorcio los siguientes:
a) Ingresos de Tasa de Zonas de Aplicación del Módulo de la O.R.A., (O.R.A.) así como los tickets post pagoderecho privado.
3.1b) Estimación Subvenciones u otras aportaciones de ingresos en el primer año. El pliego describe una demarcación derecho público.
c) Los procedentes de espacio operaciones de aparcamiento regulado que consta crédito.
d) Las aportaciones de 1.162 plazas de aparcamiento. Además, se incluyen en esta demarcación 138 plazas para carga y descarga, sujetas a la tasa fuera del horario establecido para tal menester. De la experiencia acumulada en los últimos años, se puede estimar una media anual de 50 plazas inoperativas debido a la instalación ▇▇ las entidades consorciadas.
e) ▇▇▇▇▇▇▇▇ en temporada, ubicación precios públicos y contribuciones especiales.
f) Las percepciones que puedan obtenerse como consecuencia de andamiostrabajos de asesoramiento que legalmente correspondan.
g) Cualquier otro ingreso, pruebas deportivascontraprestación, etc,. De tarifa o recurso que autorice la conjugación de este dato con las horas sujetas a la tasa de las plazas de carga legislación vigente y descarga, las plazas disponibles reales que se cuantifican en este informe se cifran en 1.120. Los datos de ocupaciones de pago reales facilitados apruebe por la empresa que presta actualmente Junta General.
2.- Cada entidad consorciada se obligará a consignar en su presupuesto ordinario cantidad suficiente para atender sus obligaciones económicas con el servicio, comprenden un 65,56% Consorcio en proporción con su cuota de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% de los casos y participación en el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comerciales. La previsión mismo y de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración del tiempo disponible por parte del usuario para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año acuerdo con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormenteel presupuesto aprobado.
3.- Los ayuntamientos autorizarán al consorcio, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a momento de su incorporación al mismo, la retención de los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable en la primera mitad del período fondos necesarios para el pago de 0,40 euros/horalas cuotas, con carácter generalcargo a la recaudación que la Diputación efectúe a favor de los ayuntamientos.
4.- En el caso de que cualquier entidad consorciada no efectúe el pago de su cuota correspondiente, ni exista crédito suficiente para ello en el servicio de recaudación provincial, dicha entidad autoriza al consorcio, en el momento de su incorporación al mismo, a tramitar el endoso de cualquier crédito que la Junta de Extremadura o la propia Diputación Provincial tenga que abonar a dicha entidad.
5.- Asimismo y la aplicable en la segunda mitaduna vez aprobado el presupuesto, de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización de las plazas corporaciones locales respectivas remitirán al consorcio certificación acreditativa de la ORA en función consignación correspondiente y de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-afectación al consorcio.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Modificación De Estatutos
Ingresos. Los Las convocatorias para los ingresos relacionados con la concesión son las tasas contempladas del personal fijo para el puesto de Auxiliar de Acceso serán públicas. El ingreso en la Ordenanza fiscal Caja del personal en la categoría de Tasa Auxiliar de Zonas de Aplicación del Módulo Acceso, será mediante concurso público, para lo cual, y de la O.R.A.forma habitual, formará parte la representación social (O.R.A.un miembro del comité de empresa y otro de las secciones sindicales legalmente reconocidas) así como los tickets post pago.
3.1) Estimación de ingresos en el primer añooportuno Tribunal que en tal sentido se constituya. El pliego describe una demarcación ingreso de espacio los empleados en la mencionada categoría se hará mediante examen de aparcamiento regulado cultura general y de materias propias para la adecuada prestación de servicios en Bilbao Bizkaia Kutxa, de acuerdo con lo que consta se señale al efecto. Las plazas referidas podrán ser cubiertas por el actual personal que con contrato fijo en las Obras propias de 1.162 plazas la actividad Benéfico Social ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Bizkaia Kutxa reúnan los requisitos de aparcamientoacceso, a cuyo fin se convocarán con carácter previo las correspondientes pruebas objetivas de carácter restringido en las que podrá participar dicho personal. Además, se incluyen en esta demarcación 138 plazas para carga y descarga, sujetas a Todo el personal que procedente del sector propio de la tasa fuera del horario establecido para tal menester. De la experiencia acumulada en los últimos años, se puede estimar una media anual de 50 plazas inoperativas debido a la instalación actividad Benéfico Social ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ pase a integrarse en temporadael de la actividad financiera ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Bizkaia Kutxa lo hará como personal de nuevo ingreso a todos los efectos, ubicación de andamios, pruebas deportivas, etc,. De la conjugación de este dato con las horas sujetas a la tasa de las plazas de carga y descarga, las plazas disponibles reales que se cuantifican en este informe se cifran en 1.120. Los datos de ocupaciones de pago reales facilitados por la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% de los casos y en el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comerciales. La previsión de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración del tiempo disponible por parte del usuario para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormente, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable en la primera mitad únicas excepciones del período de 0,40 euros/hora, prueba y de la facultad de retornar a la Obra propia de la actividad Benéfico Social que deberá ejercerse en un plazo no superior a un mes a contar desde la fecha del ingreso. A título personal y con el carácter general, de complemento compensable y absorbible se le reconocerá un plus por la diferencia en el momento de la integración entre la retribución en el nuevo puesto y la aplicable que tuviera en el sector de origen. Este plus será revalorizable, salvedad hecha de las cantidades que integren el mismo, procedentes de otros conceptos disfrutados en la segunda mitad, de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización de las plazas de la ORA en función de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente actividad anterior con el incremento carácter de las tasasno revalorizables.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Convenio Colectivo
Ingresos. a) Las entidades solicitarán a la Bolsa de Trabajo de cada Sindicato, todos los trabajadores que necesite para ocupar cualquier tarea o cargo previsto en el Convenio. Los ingresos relacionados con Sindicatos afiliados a la concesión son Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, deberán proponer en un plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días hábiles al o los trabajadores solicitados que posean las tasas contempladas condiciones necesarias para el puesto a cubrir. En caso de ser rechazado el o los candidatos, las entidades volverán a solicitar por dos veces más, nuevos postulantes a la Bolsa de Trabajo, obligándose el Sindicato a remitir las solicitudes de ingreso dentro del término de siete (7) y cinco (5) días hábiles, respectivamente. Cumplidas todas estas instancias, las entidades quedarán en libertad de designar sus propios candidatos. En casos de excepción, que por motivos de fuerza mayor no pueda presentarse el postulante propuesto, la Ordenanza fiscal Organización Gremial comunicará a las entidades tal hecho, corriendo un nuevo plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días hábiles, para la presentación del citado postulante.
b) El postulante, al ser rechazado por las entidades por razones físicas, puede recurrir a la Organización Sindical, la que en caso de Tasa discrepancia podrá apelar ante el Ministerio de Zonas Salud Pública. En caso de Aplicación del Módulo que el postulante eliminara las anteriores causales será inmediatamente ingresado por la entidad y en caso de haber sido cubierta la vacante para la cual fue postulado, quedará como personal "fijo no individualizado en el plantel básico" y a cuenta de futura vacante.
c) El ingreso a las entidades no estará limitado por razones de sexo dentro de los términos de la O.R.A., (O.R.A.) así como los tickets post pagoley 20744.
3.1d) Estimación de ingresos En todos los casos en que se necesite certificar la capacidad del aspirante, la entidad podrá someterlo a un examen, en el primer añoque tendrá participación la Organización Sindical. El pliego describe A tal efecto el examen será fiscalizado, revisado y calificado por la entidad, juntamente con el veedor que designe el Sindicato. La Comisión de Capacitación del Personal será la encargada de elaborar los temarios de los exámenes para cada una demarcación de espacio las especialidades.
e) Las entidades admitirán cubrir las vacantes de aparcamiento regulado ingreso con hasta el cuatro por ciento (4%) de los trabajadores disminuidos físicamente, pero aptos para desempeñar eficazmente el puesto a cubrir.
f) Para el ingreso a las entidades se requerirá una edad mínima de dieciocho (18) años, con las siguientes excepciones:
i) Al hijo o hija del trabajador fallecido en actividad y siempre que consta hubiere estado a cargo del trabajador al momento de 1.162 plazas de aparcamiento. Además, se incluyen en esta demarcación 138 plazas para carga y descarga, sujetas su deceso.
▇▇) A la esposa o a la tasa fuera mujer con quien estuviere unido en aparente matrimonio el trabajador fallecido en actividad y siempre que hubiere estado a cargo del horario establecido para tal menester. De trabajador al momento de su deceso.
iii) Al personal ingresante de los apartados i) y ii) de este inciso, quienes deberán reunir como mínimo la experiencia acumulada en los últimos edad de catorce (14) años, se puede estimar una media anual de 50 plazas inoperativas debido los asimilará a la instalación categoría 1ª, que determina el artículo 13 del presente Convenio, los que cubrirán la primera vacante que se produzca en el Plantel Básico, luego de aplicado el Régimen de Promociones, para la que reúna las condiciones dentro de los términos de la ley 20744.
iv) Las entidades procederán a efectuar las designaciones que correspondan en todos los casos dentro de los treinta (30) días siguientes de producido el fallecimiento del trabajador en actividad. Este derecho será de aplicación para uno solo de los beneficiarios mencionados en los apartados i) y ii) de este artículo;
g) En el futuro no podrá ingresar a las entidades personal que percibiera una jubilación.
h) La entidades admitirán como máximo el ingreso del 25% de extranjeros de acuerdo a las leyes vigentes, del total de vacantes que se produzcan en un año, a menos que falten trabajadores de nacionalidad argentina.
i) El cargo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ en temporadaserá normalmente cubierto con el personal ingresante por el inciso f) del presente artículo y de no haber candidatos, ubicación podrán ser cubiertos con trabajadores menores de andamios18 años, pruebas deportivas, etc,. De la conjugación de este dato con las horas sujetas a la tasa de las plazas de carga y descarga, las plazas disponibles reales que se cuantifican en este informe se cifran en 1.120. Los datos de ocupaciones de pago reales facilitados por la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% dentro de los casos y en el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comerciales. La previsión de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración del tiempo disponible por parte del usuario para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormente, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable en la primera mitad del período de 0,40 euros/hora, con carácter general, y la aplicable en la segunda mitad, de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización de las plazas términos de la ORA en función de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-ley 20744.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Convenio Colectivo
Ingresos. Los ingresos relacionados ARTÍCULO 20. El ingreso de los trabajadores se ajustará a las normas legales sobre contratación de trabajadores.
ARTÍCULO 21. La empresa podrá someter a los aspirantes a las prue- bas que considere necesarias para conocer tanto si su grado de preparación es adecuado al subgrupo profesio- nal que vayan a ostentar como si reúne las idóneas condi- ciones que la atención de la persona con discapacidad requiere.
ARTÍCULO 22. Previo a la concesión son las tasas contempladas contratación de personal de nuevo ingreso, la Empresa deberá comunicarlo a los trabajadores con los requisitos y/o titulación exigida. Se establece que en pri- mer lugar optaran a la misma los trabajadores que estando en excedencia voluntaria hayan solicitado el rein- greso en la Ordenanza fiscal Empresa, siempre que la plaza sea de Tasa igual o similar subgrupo a la del trabajador en excedencia. En segundo lugar podrán optar el resto de Zonas los trabajadores para lo cual la Empresa establecerá los baremos ▇▇ ▇▇▇▇- ración de Aplicación méritos con los siguientes criterios: - Titulación exigida. - Cursos de formación. - Antigüedad en la Empresa. - Antigüedad en el puesto. - Adecuación del Módulo candidato al Perfil exigido. - Otros. En la Comisión que valore los méritos del personal ya contratado estará presente un miembro del Comité de Empresa sin voz y sin voto. Por último, sólo en el caso de no poder cubrir la O.R.A.plaza con el personal existente, (O.R.A.) así como los tickets post pagopodrá ser cubierta con personal de nuevo ingreso en cuya selección ya no estará presente un miembro del Comité de Empresa.
3.1) Estimación ARTÍCULO 23. El ingreso se realizará para cualquiera de ingresos los grupos y subgrupos que figuran en el primer año. El pliego describe una demarcación de espacio de aparcamiento regulado que consta de 1.162 plazas de aparcamiento. Además, se incluyen en esta demarcación 138 plazas para carga y descarga, sujetas a la tasa fuera capítulo III del horario establecido para tal menester. De la experiencia acumulada en los últimos años, se puede estimar una media anual de 50 plazas inoperativas debido a la instalación ▇▇ presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y la empresa clasificará al personal con arreglo a las funciones para las que ha sido contratado y no para las que pudiera estar capacitado para realizar.
ARTÍCULO 24. El personal de nuevo ingreso en temporadala empresa quedará sometido, ubicación salvo pacto en contrario, a un período de andamiosprueba que se formulará por escrito, pruebas deportivasde mayor a menor duración según la índole de la labor a realizar y que no podrá exceder del señalado en la siguiente escala: - Personal titulado superior o asimilado, etc,seis meses. De - Personal titulado medio o asimilado, tres meses. - Personal técnico no titulado, tres meses - Auxiliar técnico Educativo, dos meses - Personal administrativo, un mes - Personal de oficio y personal de servicios auxiliares, un mes Durante el período de prueba las partes podrán desistir del contrato sin derecho a indemnización de ninguna clase, pero en todo caso, el personal durante aquel perí- odo tendrá derecho a la conjugación retribución y demás beneficios correspondientes a su subgrupo. El período de prueba será facultativo, pudiendo, en con- secuencia, la empresa proceder a la admisión del perso- nal con renuncia total o parcial del mismo. Transcurrido el período de prueba sin que se haya pro- ducido el desistimiento, el contrato produciría plenos efec- tos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador.
ARTÍCULO 25. La contratación del personal interino deberá hacerse necesariamente por escrito, haciendo constar el nombre del trabajador a quién sustituye y las causas que motivan la situación. La duración de este dato con las horas sujetas a la tasa contrato de las plazas de carga y descarga, las plazas disponibles reales que se cuantifican en este informe se cifran en 1.120. Los datos de ocupaciones de pago reales facilitados trabajo ven- drá determinado por la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% fecha de ocupación en rotación y una media incorporación del titular al puesto de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% de los casos y en el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comercialestrabajo.
ARTÍCULO 26. La previsión de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración contratación del tiempo disponible por parte del usuario personal eventual para su tramitación, cifrándose en un 20% de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato de 7.300 anuales. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormente, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable trabajos que no tengan carácter normal y permanente en la primera mitad del período de 0,40 euros/hora, con carácter general, y la aplicable en la segunda mitad, de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como empresa se verá afectada la utilización de las plazas de la ORA realizará en función de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo la necesidad de los importes puestos de trabajo que no se puedan cubrir con personal fijo. La remuneración se calculará por horas trabajadas en las que se exigen en computarán las ciudades retribuciones y que, proporcio- nalmente corresponden a los domingos y días festivos, vacaciones y complementos salariales de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/horavencimiento periódico superior al mes. En consecuenciacualquier caso, los ingresos de la concesión se formalizará por escrito el contrato del personal eventual, haciendo constar en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 mismo su duración y demás condiciones laborales, entregándose al trabajador una copia debidamente autorizada. De no observarse la forma escrita el contrato se presumirá por tiempo indefinido. Las contrataciones llevadas a efecto por esta empresa en la 13 mitad modalidad de contrato en prácticas tendrán las remuneraciones siguientes: - Primer año, 75 por 100 salario Convenio según grupos y 407.862 en la 23-subgrupos. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad - Segundo año, 85 por 100 salario Convenio según gru- pos y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-subgrupos.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Convenio Colectivo
Ingresos. Los ingresos relacionados con 1. En la concesión son las tasas contempladas Oferta Pública de Empleo, se primará, en la Ordenanza fiscal medida de Tasa lo posible, la promoción inter- na, de Zonas acuerdo con los criterios fijados en la normativa básica estatal y autonómica de Aplicación del Módulo desarrollo, buscando, en la medida de lo posible, el mayor beneficio para los empleados/ as públicos/as.
2. Toda selección de personal deberá realizarse conforme a dicha oferta, mediante convoca- toria pública y a través de los sistemas de oposición o concurso oposición libre, en los que se garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. Sólo en virtud ▇▇ ▇▇▇ podrá aplicarse con carácter excepcional el sistema de concurso, que consistirá en la valoración de méritos, de conformidad con lo establecido en el en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la O.R.A.Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o norma que lo modifi- que o sustituya, (O.R.A.) así como los tickets post pagoen la Ley 13/2015, de 8 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Función Pública de Extremadura.
3.1) Estimación de ingresos en el primer año3. El pliego describe una demarcación de espacio de aparcamiento regulado que consta de 1.162 plazas de aparcamiento. Además, se incluyen en esta demarcación 138 plazas para carga En las sucesivas convocatorias deberán especificarse los complementos retributivos y descarga, sujetas demás circunstancias inherentes a la tasa fuera plaza ofertada, siempre que las circunstancias lo requieran.
4. Los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo ▇▇ ▇▇▇▇- bas a superar y la adecuación a los puestos que se hayan de desempeñar, incluyendo a tal efecto las pruebas prácticas que sean precisas.
5. En todos los tribunales y órganos de selección de personal y/o comisiones de valoración estarán presentes como observadores los sindicatos representativos en la Mesa de Nego- ciación de los Empleados Públicos de esta Excma. Diputación Provincial, con los cuales se negociará la preparación de bases tipo de la convocatoria, concurso, y similares, más las bases específicas que se aparten de las bases tipo). Los observadores de los Sindicatos, que preferentemente poseerán la idoneidad técnica que requiera el procedimiento de selección, podrán participar como tales en todas las fases del horario establecido para tal menesterproceso selectivo excepto en las sesiones de preparación y/o elaboración de ejercicios o pruebas. De En el supuesto que dichos observadores sindicales sean empleados/as públicos/as de la experiencia acumulada en los últimos años, se puede estimar una media anual de 50 plazas inoperativas debido a la instalación Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ o sus organismos autónomos, el periodo de tiempo en dicha función será objeto de compensación horaria.
6. El Área de Personal informará puntualmente a los órganos de representación del personal y organizaciones sindicales de la composición nominal de los Tribunales de las pruebas de acceso, las bases de la convocatoria, lugar, fecha y hora de celebración de los ejercicios.
7. En ningún caso, el desempeño de un puesto de trabajo reservado al personal eventual que realiza funciones calificadas de confianza o asesoramiento especial constituirá mérito para el acceso a la función pública o a la promoción interna.
8. Podrán efectuarse nombramientos interinos previa convocatoria pública, garantizándose los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, sin perjuicio de las bolsas de trabajo existentes, previa negociación de bases tipo, más aquellas que se aparten de las bases tipo con los sindicatos representativos en la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos.
9. Se elaborarán bolsas de trabajo temporal según el Reglamento por el que se regula la Gestión de Bolsas de Trabajo en la Excma. Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y sus Organis- mos Autónomos, publicado en temporadael ▇▇▇ ▇▇▇. ▇▇, ubicación ▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ 2017, que contendrá todas las categorías existentes de andamios, pruebas deportivas, etc,la Oferta de Empleo Público. La Mesa de Negociación de los Empleados Públicos propondrá los criterios y el control de la misma.
10. De conformidad con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la conjugación Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o norma que lo modifique o sustituya, así como en la Ley 13/2015, de este dato 8 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Función Pública de Extremadura, el personal laboral al servicio de la Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y sus organismos autónomos se rige por lo que en él resulte, así como por la legislación laboral que sea de aplicación con arreglo a las horas sujetas disposiciones de la normativa básica estatal y autonómica de desarrollo. La norma de la legislación laboral queda excluida cuando así se establezca en la normati- va básica estatal y autonómica de desarrollo para dar cabida a su norma específica.
11. Es personal laboral temporal el que, en virtud de contrato temporal de trabajo, presta servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de la tasa Administración Pública de Extremadura. El personal laboral puede desempeñar las funciones no reservadas al personal laboral de acuerdo con el artículo 14 de la presente ley, sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente. Siempre que no impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las plazas potes- tades públicas o en la salvaguardia de carga los intereses generales, en la Administración de la Junta de Extremadura y descarga, las plazas disponibles reales en sus Organismos y Entidades de Derecho Público con persona- lidad jurídica propia vinculadas o dependientes que se cuantifican en este informe rijan íntegramente por el Derecho Administrativo, el personal laboral podrá desempeñar los siguientes empleos:
a) Los empleos de naturaleza no permanente y aquellos cuyas actividades se cifran en 1.120. dirijan a satisfacer necesidades de carácter periódico y discontinuo.
b) Los datos empleos cuyas actividades sean propias de ocupaciones oficios, así como los que conlleven tareas de pago reales facilitados por vigilancia, recepción, información, custodia, porteo, reproducción de docu- mentos, conducción de vehículos y otros análogos.
c) Los empleos de carácter instrumental correspondientes a las áreas de mantenimiento y conservación de edificios, equipos, instalaciones o vías públicas.
d) Los empleos correspondientes a áreas de actividades que requieran conocimientos técnicos especializados cuando no existan cuerpos de personal laboral cuyos miem- bros tengan la empresa que presta actualmente el servicio, comprenden un 65,56% de ocupación en rotación y una media de 265 tickets diarios de residentes. Se reduce la previsión de ocupación hasta el 60% en rotación, por la posible incidencia de restricción horaria real de aparcamiento. Dentro de este apartado, se estima que la tarifa normal se empleará en un 95% de los casos y en el 5% restante, será utilizada por la tarificación para usos comerciales. La previsión de anulación de denuncias se reduce, a su vez, por la minoración del tiempo disponible por parte del usuario preparación específica necesaria para su tramitación, cifrándose en un 20% desempeño.
e) Los empleos correspondientes a áreas de las gestionadas hasta ahora, considerándose un dato actividad de 7.300 anualesservicios sociales o asistencia- les.
12. Se mantiene la estimación de usos efectuados por los residentes. En base a esta hipótesis, los ingresos de un año con la tasa inicial de 0,40 euros/hora ascenderían a: Por rotación: 652.579,20 euros. De las cuales: -Tarifa normal: 635.846,40 euros. -Tarifa usos comerciales: 16.732,80 euros. Por residentes: 28.938 euros. Por anulación de denuncias: 26.280 euros. Total ingresos: 707.797,20 euros. Sin embargo, como ya se ha apuntado anteriormente, en el primer período anual considerado en este informe se gravará a los usuarios con dos tarifas distintas-la aplicable en la primera mitad del período de 0,40 euros/hora, con Con carácter general, y los puestos de trabajo que hayan de ser ocupados por personal laboral fijo de nuevo ingreso se ofertarán previamente a concurso de traslado entre quie- nes tuvieran la aplicable en la segunda mitad, condición de 0,50 euros/hora-. Es preciso incorporar en este momento una nueva hipótesis en relación a como se verá afectada la utilización de las plazas de la ORA en función de los incrementos de tasas previstas. Y dado que los importes de las tasas previstas para los próximos diez años están muy por debajo de los importes que se exigen en las ciudades de nuestro entorno, y muy por debajo, a su vez, de las tarifas de los aparcamientos subterráneos de nuestra ciudad, no se prevé ninguna influencia del incremento del precio de las tasas sobre las estimaciones de ocupación realizadas para una tasa de 0,40 euros/hora. En consecuencia, los ingresos de la concesión en el período 1 supondrían 796.271,85 euros como resultado de: Rotación: 734.151,60 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. De las cuales: -Tar. normal: 715.327,20 euros-326.289,60 en la 13 mitad y 407.862 en la 23-. -Tar. usos comerciales: 18.824,40 euros. -8.366,40 en la 13 mitad y 10.458 en la 23-. Por residentes: 32.555,25 euros. -14.469 en la 13 mitad y 18.086,25 en la 23-. Por anulación de denuncias: 29.565 euros. -16.425 en la 13 mitad y 29.565 en la 23-personal laboral fijo.
3.2) Proyección de ingresos durante los diez años de contrato. La sujeción a unos valores predeterminados para las tasas a aplicar durante los diez años de duración del contrato nos permite estimar la proyección de los ingresos por tasas relacionados con la concesión, que se irán incrementando proporcionalmente con el incremento de las tasas.
3.3) Ingresos actualizados. Bajo las hipótesis reseñadas se obtiene un total de ingresos relacionados con la concesión actualizados-aplicando una tasa de descuento del 2%- de 9.725.547,72 euros.
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Sources: Convenio Colectivo