INTERPRETACIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO. 25.1.- Corresponde a la Dirección Facultativa y, en su caso, al Responsable del Contrato, en el ámbito de sus respectivas competencias, la interpretación técnica del proyecto y la facultad de dictar las órdenes para su desarrollo. 25.2.- El contratista no podrá aducir, en ningún caso, indefinición del proyecto. Si a su juicio, adoleciese de alguna indefinición deberá solicitar por escrito del Director Facultativo la correspondiente definición con la antelación suficiente a su realización, quien deberá contestar en el plazo de veinte días hábiles a la citada solicitud. En ningún caso esta circunstancia supondrá la ampliación del plazo de ejecución de la obra.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract, Construction Contract
INTERPRETACIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO. 25.1.- 27.1.- Corresponde a la Dirección Facultativa dirección facultativa y, en su caso, al Responsable responsable del Contratocontrato, en el ámbito de sus respectivas competencias, la interpretación técnica del proyecto y la facultad de dictar las órdenes para su desarrollo.
25.2.- 27.2.- El contratista no podrá aducir, en ningún caso, indefinición del proyecto. Si a su juicio, adoleciese de alguna indefinición deberá solicitar por escrito del Director Facultativo director facultativo la correspondiente definición con la antelación suficiente a su realización, quien deberá contestar en el plazo de veinte días hábiles a la citada solicitud. En ningún caso caso, esta circunstancia supondrá la ampliación del plazo de ejecución de la obra.
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Samples: Contract for Execution of Works