INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención del contratante. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: 3.01.- Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal. 3.02.- Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. 3.03.- En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, de la Interpretación de los Contratos. 3.04.- De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será la (Entidad Contratante) la que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
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Samples: Consultoría, Consultancy Agreement, Consultoría
INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención del contratante. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
3.01.- Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal.
3.02.- Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.03.- En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, de De la Interpretación de los Contratos.
3.04.- De . 3.04.-De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será la (Entidad Contratante) la que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
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Samples: Consultancy Agreement, Consultoría
INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. 3.01 Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvioliteral, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele revela claramente la intención del contratantede los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
3.01.- : 1) Cuando los términos están se hallan definidos y son clarosen las leyes ecuatorianas, se atenderá su tenor literal.
3.02.- estará a tal definición. 2) Si no están definidos en las leyes ecuatorianas se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.03.- . 3) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, de De la Interpretación de los Contratos.
3.04.- 3.02 De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será la (Entidad Contratante) Contratante la que determine la prevalencia prevalecía de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
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Samples: Service Agreement, Service Agreement
INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. 16.1. Los términos del de este Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvioliteral, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele revela claramente la intención del contratantede los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
3.01.- : 1) Cuando los términos están se hallan definidos y son clarosen las leyes ecuatorianas, se atenderá su tenor literal.
3.02.- estará a tal definición. 2) Si no están definidos en las leyes ecuatorianas se estará estarán a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.03.- . 3) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, de . - De la Interpretación interpretación de los Contratos.
3.04.- 16.2. De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será serán las Partes quienes determinen la (Entidad Contratante) la que determine la prevalencia prevalecía de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
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Samples: Contract for Renewal and Expansion of Iaas Cloud Services