INTERRUPCIÓN DE LOS SERVICIOS EN CANALES. En cumplimiento de la Circular 053 de 2016 de la Superintendencia Financiera de Colombia, EL CONTRATISTA debe informar y solicitar autorización a EL BANCO DAVIVIENDA con quince (15) días de antelación, sobre los mantenimientos preventivos a realizar en los diferentes canales transaccionales, las modificaciones y/o actualizaciones técnicas o tecnológicas que puedan generar una interrupción en la prestación del servicio y/o afectar la realización de operaciones de clientes y/o usuarios de EL BANCO DAVIVIENDA.
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Samples: Contrato De Ejecución De Obra Civil, Contrato De Suministro
INTERRUPCIÓN DE LOS SERVICIOS EN CANALES. En cumplimiento de la Circular 053 de 2016 de la Superintendencia Financiera de Colombia, EL CONTRATISTA debe informar y solicitar autorización a EL BANCO DAVIVIENDA con quince (15) días de antelación, sobre los mantenimientos preventivos a realizar en los diferentes canales transaccionales, las modificaciones y/o actualizaciones técnicas o tecnológicas tecnológi- cas que puedan generar una interrupción en la prestación del servicio y/o afectar la realización de operaciones de clientes y/o usuarios de EL BANCO DAVIVIENDA.
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Samples: Contract
INTERRUPCIÓN DE LOS SERVICIOS EN CANALES. En cumplimiento de la Circular 053 de 2016 de la Superintendencia Financiera de Colombia, EL CONTRATISTA CONTRA- TISTA debe informar y solicitar autorización a EL BANCO DAVIVIENDA con quince (15) días de antelación, sobre los mantenimientos preventivos a realizar en los diferentes canales transaccionales, las modificaciones y/o actualizaciones técnicas o tecnológicas que puedan generar una interrupción en la prestación del servicio y/o afectar la realización de operaciones de clientes y/o usuarios de EL BANCO DAVIVIENDA.
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