Interrupción por Autoridad Civil. Dentro del periodo de indemnización contratado, esta cobertura ampara la pérdida consecuencial real asegurada, sin exceder de dos semanas consecutivas, cuando, como resultado directo de la afectación por los riesgos amparados en los bienes del Asegurado o en predios colindantes, el acceso a los predios haya sido prohibido por orden de Autoridades Civiles.
Appears in 3 contracts
Samples: Seguro Múltiple Empresarial, Seguro Múltiple Empresarial, Condiciones Generales De La Póliza
Interrupción por Autoridad Civil. Dentro del periodo de indemnización contratado, esta cobertura ampara la pérdida consecuencial real asegurada, sin exceder de dos semanas consecutivas, cuando, como resultado directo de la afectación por los riesgos amparados en los bienes del Asegurado asegurado o en predios colindantes, el acceso a los predios haya sido prohibido por orden de Autoridades Civilesautoridades civiles.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional