CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO a) Si se clausura el negocio durante un periodo consecutivo de 20 o más días sin que se haya realizado un siniestro.
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. Si el Consultor no subsanará el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de una notificación al respecto, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; b) Si el Consultor estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; c) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta (60) días; (d) En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia; o y e) Si el Contratante, a su sola discreción, decidiera rescindir este Contrato.- EL CONTRATANTE podrá dar por terminado este Contrato mediante una notificación de rescisión por escrito a EL CONSULTOR, emitida por lo menos con treinta (30) días de anticipación, cuando se produzca cualquiera de los eventos especificados en los incisos (a), (b), (c) y (d) de esta Cláusula; en el caso del evento indicado en el inciso (e), dicha notificación deberá emitirse con sesenta (60) días de antelación.- 2.- La rescisión del contrato se efectuará sin más trámites judicial o administrativo, que la emisión de un Acuerdo Municipal por la Corporación Municipal del Distrito Central.
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO serán causas de rescisión del presente contrato sin responsabilidad para “LA PROCURADURÍA” las que se mencionan de manera enunciativa más no limitativa, si “EL PROVEEDOR”:
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. Se consideran causas de rescisión del contrato, no excluyentes, las siguientes:
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO a) Si después de un siniestro el Asegurado suspendiere voluntariamente el negocio para no volverlo a reanudar, esta cobertura quedará cancelada y la Compañía devolverá la prima a prorrata no devengada a la fecha del siniestro.
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. 5.1.- Incumplimiento del AUTOR/A
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. PROCEDERÁ LA RESCISIÓN DEL CONTRATO AL DÍA SIGUIENTE DE VENCIDA LA APLICACIÓN DEL MONTO LÍMITE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL MISMO. SI EL LICITANTE SE UBICA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS SIGUIENTES: QUE NO CUMPLA CON SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO Y QUE, COMO CONSECUENCIA, CAUSEN DAÑOS O PERJUICIOS GRAVES A “LA ENTIDAD”, ASÍ COMO SI PRESTA EL SERVICIO CONTRATADO CON ESPECIFICACIONES DISTINTAS DE LAS CONVENIDAS. QUE PROPORCIONEN INFORMACIÓN FALSA O QUE ACTÚEN CON DOLO O MALA FE DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, EN LA CELEBRACIÓN O DURANTE SU VIGENCIA, O BIEN, EN LA PRESENTACIÓN O DESAHOGO DE UNA QUEJA EN UNA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN O DE UNA INCONFORMIDAD. SI NO ENTREGA LA GARANTÍA RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DENTRO DE LOS 10 DÍAS DESPUÉS DE LA FIRMA DEL CONTRATO. POR NO APEGARSE A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO. POR IMPEDIR EL DESEMPEÑO NORMAL DE LABORES DE “LA ENTIDAD” DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO. POR SUSPENSIÓN INJUSTIFICADA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONTRATADO O POR NEGARSE A CORREGIR LO RECHAZADO POR ESTA ENTIDAD. POR CONTRAVENIR LO DISPUESTO EN LAS NOTAS DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS. POR NEGAR A “LA ENTIDAD” O A QUIENES ESTÉN FACULTADOS POR ELLA, LAS FACILIDADES PARA LA SUPERVISIÓN DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO.
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. El incumplimiento de las obligaciones por cualquiera de las partes, otorgará a la otra el derecho a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la rescisión del contrato.
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. Podrán ser causas de rescisión para las partes, sin responsabilidad alguna para la parte afectada, y sin necesidad de declaración judicial, el incumplimiento de las obligaciones que a cargo de las partes se establecen en el presente contrato, por lo que la parte que resulte afectada con el incumplimiento de la otra tendrá la rescisión del presente Contrato, sin responsabilidad alguna y sin necesidad de declaración judicial. Si el incumplimiento fuese por causa imputable al CONSUMIDOR, el PRESTADOR DE SERVICIOS, podrá rescindir el presente contrato en los términos antes descritos, sin tener la obligación de reembolso o reintegro alguno al CONSUMIDOR; si el que incumple fuere el PRESTADOR DE SERVICIOS, el CONSUMIDOR podrá optar por la devolución integral de la cantidad pagada como contraprestación de los servicios, o bien el cumplimiento forzoso del presente contrato.
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. Las partes podrán rescindir el presente contrato en el caso de que alguna de ellas incumpla cualquiera de las obligaciones a su cargo, convenidas en la cotización anexa y en los términos y condiciones de este contrato. Las partes convienen expresamente que para que la rescisión opere de pleno derecho y sin necesidad de intervención judicial, bastará que así lo comunique por escrito “EL PRD” a “LA PRESTADORA”, expresando la fecha en la que el contrato quedará rescindido para todos los efectos legales a que haya lugar.