Mercancías. Existencias de bienes no manufacturados por el asegurado que conserva para su venta.
Mercancías. El Capítulo 15 (Contratación Pública) cubrirá todos los mercancías adquiridas por las entidades enumeradas en las Secciones A y C, sujeto a las Notas a las Secciones respectivas y a las Notas Generales.
Mercancías. Este Capítulo se aplica a todas las mercancías adquiridas por las entidades listadas en la Secciones A, B y C, sujeto a las Notas de las respectivas Secciones y a las Notas Generales.
Mercancías. Existencias de bienes no manufacturados por el Asegurado que conserva para su venta.
Mercancías. A menos que se especifique algo diferente, el Capítulo 15 (Contratación Pública) cubrirá todas las mercancías que sean contratadas por las entidades listadas en las Secciones A y C. Sin embargo, para las contrataciones de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina, sólo las siguientes mercancías están incluidos en la cobertura del Capítulo 15 (Contratación Pública): (Nota: Los números se refieren a los códigos de la Federal Supply Classification - FSC)
Mercancías. EL CLIENTE sólo encomendará a ALMAVIVA GLOBAL CARGO mercancías lícitas de su propiedad. ALMAVIVA GLOBAL CARGO no recibirá ni manejará sustancias inflamables, explosivas, peligrosas, narcóticas, precursoras o sometidas a cualquier forma de control estatal. Al recibo de las mercancías, ALMAVIVA GLOBAL CARGO sólo verificará peso, cantidad y estado externo y aparente. EL CLIENTE entregará a ALMAVIVA GLOBAL CARGO de manera previa todos documentos que se requieran para poder transportar y entregar los productos, incluyendo el cumplimiento de las formalidades de policía, aduana, sanidad, condiciones de consumo etc. que sean exigidas por la ley o disposiciones aplicables a las mercancías objeto del presente contrato. ALMAVIVA GLOBAL CARGO no asume la responsabilidad por la autenticidad y validez de los documentos antes mencionados.
Mercancías. Este Capítulo se aplica a todas las mercancías objeto de contratación pública por las entidades listadas en las Secciones (A) a (C) del Anexo 9.1, sujeto a las Notas de las respectivas Secciones y a las Notas Generales. (For complete listing of U.S. Federal Supply Classification, see xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxx-xxxxx/xxx.xxxx.) Este Capítulo se aplica a todas los servicios objeto de contratación pública por las entidades listadas en las Secciones (A) a (C) del Anexo 9.1, sujeto a las Notas de las respectivas Secciones, a las Notas Generales y a las notas de esta Sección, excepto para los servicios correspondientes a las categorías del Sistema de Clasificación Común, excluidos en las Listas de cada Parte. (For complete listing of U.S. Federal Supply Classification, see xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxx-xxxxx/xxx.xxxx.) Los siguientes servicios, tal como se detallan en el Sistema Común de Clasificación, están excluidos:
Mercancías. Existencias de bienes no manufacturados por el Asegurado que conserva para su venta. Muros de contención.- Los que confinan y retienen el terreno pudiendo encontrarse bajo el nivel del piso accesible más bajo, trabajando también como cimentaciones y pueden ser independientes, encontrándose fuera de un edificio sin recibir ninguna carga y no estar ligados a la estructura de un edificio. Muros de materiales ligeros.- Los construidos con materiales distintos a piedra, tabique, tabicón, block de cemento, petate, adobe o concreto armado.
Mercancías los equipos xx Xxxxxxx y/u otros componentes suministrados al Comprador en virtud del Contrato y de conformidad con el mismo.
Mercancías. Conjunto de materias, productos, envases y embalajes, antes y después de su manipula- ción, propias o de terceros, que constituyan la actividad del establecimiento asegurado y que se encuentren declaradas en el capital asegurado. Se consideran mercancías las muestras o muestrarios relacionados con la actividad comer- cial del negocio asegurado.