INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta una y media veces del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio De Aseo, Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio De Aseo, Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio De Aseo
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta el cual no podrá superar una y media veces del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes, Contrato De Condiciones Uniformes, Contrato De Condiciones Uniformes
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta equivalente a una y media veces del el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto, Contrato De Prestación De Servicios Públicos, Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta una y media veces tasa del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Públicos, Contrato De Prestación De Servicios Públicos
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el usuario y/o suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSPCCU, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta que en todo caso no podrá superar una y media veces del el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio Público Ordinario De Aseo, Contrato De Condiciones Uniformes
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor y / o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta el cual no podrá superar una y media veces del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA SURAGUAS podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta una y media no podrá exceder 1.5 veces del el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contract for Public Utility Services
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor y/o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto Respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, o supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, : hasta una y media veces del veces, (1,5) el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor y/o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta una y media veces del es 30% anual. En todo caso el interés bancario corriente no podrá superar el límite de usura certificado por la Superintendencia Financiera sin exceder el límite de usuraFinanciera.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para El Servicio Público Domiciliario De Aseo
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor y/o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta la tasa igual a una y media veces del el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor y/o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta es una y media veces del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercial, esto es, hasta este límite será de una y media veces del el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera Financiera, sin exceder el límite de usura.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes De Acueducto Y Alcantarillado
INTERÉS XX XXXX. En el evento en que el suscriptor o usuario de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio aplicable en el Código Civil. Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será la que se determine convencionalmente o, supletivamente, la que corresponda al régimen comercialcomercial sin exceder en ningún caso los límites de usura, esto es, hasta una y media veces del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera sin exceder el límite de usuraes 4,99% efectivo anual.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación De Servicios Públicos Domiciliarios