Common use of Jornada Clause in Contracts

Jornada. Para los años 2.005 y 2.006, la jornada laboral será de 1.786 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.007 la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar, en todo caso, los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley. Se podrán superar las 9 horas de jornada diaria, recomendándose que no se sobrepasen las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la jornada anual, pactada en el Convenio.

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Sources: Convenio Colectivo

Jornada. Para los años 2.005 y 2.006La jornada de trabajo queda establecida en 1.790 horas efectivas anuales, siendo la jornada laboral será habitual de 1.786 40 horas anuales semanales distribuidas de trabajo efectivo. Para el año 2.007 la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicaslunes a viernes, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores, la distribución irregular sin perjuicio de la implantación de una jornada irregular en los términos de este artículo. La jornada irregular se articulará mediante una bolsa de horas. El exceso de horas genera un saldo a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar, en todo caso, los períodos mínimos favor de descanso diario y semanal previstos en la ley. Se podrán superar las 9 horas persona trabajadora que se compensará con descansos de jornada diaria, recomendándose forma que no se sobrepasen las 10 exceda la jornada anual pactada. La reducción de horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse generará un saldo a favor de la empresa que supondrá futuras ampliaciones de jornada hasta el límite de la jornada anual, anual pactada en el Convenioy respetando siempre los descansos pactados.

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Sources: Convenio Colectivo

Jornada. Para los años 2.005 2018 y 2.006, la jornada laboral será de 1.786 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.007 la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 2019 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. A Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar, en todo caso, los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley. Se podrán superar las 9 horas de jornada diaria, recomendándose que no se sobrepasen las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la jornada anual, pactada en el Convenio.

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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo

Jornada. Para los años 2.005 y 2.006, la La jornada laboral ordinaria será de 1.786 40 horas anuales semanales de trabajo efectivo. Para el año 2.007 , de promedio en cómputo anual, distribuida de forma irregular por acuerdo entre la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas empresa y los representantes legales de los trabajadores. La jornada ordinaria no puede exceder de 10 horas diarias; por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores podrá fijarse, la distribución irregular en función de las características de la empresa, límite superior o inferior a la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetarordinaria diaria de trabajo siempre que se respeten, salvo en todo casolos supuestos de fuerza mayor o para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, los períodos mínimos de descanso diario descansos diarios y semanal previstos en la leyel Acuerdo General. Se podrán superar respetarán las 9 horas jornadas de jornada diaria, recomendándose trabajo efectivo inferiores que no se sobrepasen a la entrada en vigor de este Convenio puedan existir en las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la jornada anual, pactada en el Convenioempresas.

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Sources: Convenio Colectivo De Transporte

Jornada. Para los años 2.005 2.016 y 2.006, la jornada laboral será de 1.786 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.007 la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 2017 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar, en todo caso, los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley. Se podrán superar las 9 horas de jornada diaria, recomendándose que no se sobrepasen las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la jornada anual, pactada en el Convenio.

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Sources: Convenio Colectivo

Jornada. Para los años 2.005 y 2.006, la La jornada laboral será de 1.786 1.704 horas anuales de trabajo efectivoanuales. Para el año 2.007 la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores, la La distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetarde trabajo, en todo casoel ámbito de cada empresa o centro de trabajo, que supere el mínimo establecido en el Es- tatuto de los períodos mínimos Trabajadores se realizará a través de descanso diario y semanal previstos en la leyacuerdo con los repre- sentantes de los trabajadores. Se podrán superar las 9 horas La organización de jornada diaria, recomendándose que no se sobrepasen las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la dicha jornada anual, pactada a través del calendario laboral, se hará respetando en todo caso los días de vacaciones contemplados en el art. 23 de este Convenio. El tiempo de bocadillo se considerará como tiempo efectivo de trabajo en la jornada completa y continuada y será de media hora. Una vez aprobado el calendario laboral y teniendo en cuenta las espe- ciales características de la actividad desarrollada por estas empresas, se establecerán cuadros horarios que cubran las necesidades específicas‌ en cada centro de trabajo o unidad productiva.

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Sources: Convenio Colectivo

Jornada. Para La jornada laboral para los años 2.005 2007, 2008 y 2.0062009, la jornada laboral será de 1.786 1.704 horas anuales anuales. La distribución en el ámbito de cada empresa o centro de trabajo efectivo. Para el año 2.007 la jornada laboral será se realizará a través de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y acuerdo con los representantes legales de los trabajadores, la distribución irregular . La organización de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar, en todo caso, los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley. Se podrán superar las 9 horas de jornada diaria, recomendándose que no se sobrepasen las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la dicha jornada anual, pactada a través del Calendario Laboral, se hará respetando en todo caso los días de vacaciones contemplados en el Art. 23 de este Convenio. El tiempo de bocadillo se considerará como tiempo efectivo de trabajo en la jornada completa y continuada y será de media hora. Una vez aprobado el Calendario Laboral y teniendo en cuenta las características especiales de estas empresas, se establecerán cuadros horarios que cubran las necesidades específicas en cada centro de trabajo o unidad productiva.

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Sources: Convenio Colectivo

Jornada. Para los años 2.005 2020 y 2.006, la jornada laboral será de 1.786 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.007 la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 2021 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar, en todo caso, los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley. Se podrán superar las 9 horas de jornada diaria, recomendándose que no se sobrepasen las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la jornada anual, pactada en el Convenio.

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Sources: Convenio Colectivo

Jornada. Para los años 2.005 y 2.006, la La jornada laboral será de 1.786 1.704 horas anuales de trabajo efectivoanuales. Para el año 2.007 la jornada laboral será de 1.784 horas anuales de trabajo efectivo. Para el año 2.008 la jornada laboral será de 1.780 horas anuales de trabajo efectivo. Por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, se podrá acordar entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores, la La distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetarde trabajo, en todo casoel ámbito de cada empresa o centro de trabajo, que supere el mínimo establecido en el Estatuto de los períodos mínimos Trabajadores se realizará a través de descanso diario y semanal previstos en la leyacuerdo con los representantes de los trabajadores. Se podrán superar las 9 horas La organización de jornada diaria, recomendándose que no se sobrepasen las 10 horas diarias observándose el descanso entre jornadas. En todo caso, deberá respetarse el límite de la dicha jornada anual, pactada a través del calendario laboral, se hará respetando en todo caso los días de vacaciones contemplados en el art. 23 de este Convenio. El tiempo de bocadillo se considerará como tiempo efectivo de trabajo en la jornada completa y continuada y será de media hora. actividad desarrollada por estas empresas, se establecerán cuadros horarios que cubran las necesidades específicas en cada centro de trabajo o unidad productiva.

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Sources: Convenio Colectivo De Limpieza De Edificios Y Locales Y De Limpieza Industrial