PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación: CRITERIOS DIRECTOS Valoración económica Se valorará hasta 60 puntos según la siguiente fórmula: (60 puntos) 60*B P= Bmax Donde: - P. Puntuación - B: Baja de oferta a valorar en % - Bmax: Baja Máxima no incursa en temeridad, en %. Valoración mejoras Mejoras de mantenimiento de la plantación, accesos a la finca así como construcción o mejora de pasos de agua. La asignación de la puntuación se hará en función del % en importe de las mismas con respecto al importe base de licitación. Únicamente se valorarán las mejoras que se justifiquen correctamente y que realmente supongan una ventaja añadida a las plantaciones o terrenos. Se valorará en 10 puntos según la siguiente fórmula: 10*M P= 5,5 Donde: - P: Puntuación-M: % importe mejoras respecto base imponible de la oferta de licitación (10 puntos) Ver punto II sobre Nº3. CRITERIOS EVALUABLES Valoración técnica (30 puntos) Planificación: (máximo 10 puntos). Descripción: diagrama de trabajos correcto en fases y épocas (5), Base de rendimientos de las operaciones justificado (5), Organización y conocimiento: (máximo 20 puntos). Cálculo de distribución de medios materiales y personales (5) Planteamiento general de la obra y particular de cada localización (10) Optimización de plazos en la ejecución (5) A las ofertas que obtengan después de la suma de ambas criterios una valoración igual o menor a la mitad de la puntuación máxima, se les asignará el valor de 0 puntos. Cálculo de la oferta económica global: las ofertas cuya baja supere en más de 5 puntos porcentuales la baja media, se considerarán incursas en presunción de temeridad. A las empresas incursas en presunción de temeridad se les requerirá la justificación de su oferta en los términos previstos en la Ley y el Reglamento de Contratos del Sector Público. A las ofertas en las que finalmente el Órgano de Contratación aprecie temeridad no se les asignará puntuación en el criterio “Oferta Económica Global”. Empresas del mismo grupo: a efectos del cálculo de la baja media relativa a la presunción de temeridad, sólo se tendrá en cuenta la oferta más barata de las realizadas por empresas de un mismo grupo, estén o no en Unión Temporal de Empresas.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
Condiciones de adjudicación Criterios de Adjudicación Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas Analíticas Periódicas a determinados artículos Subtipo Criterio : Otros Ponderación : 20 Precio Subtipo Criterio : Precio Ponderación : 80 Adjudicatario NIF B24449977 El adjudicatario es una PYME : Sí
DERECHOS DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Son derechos de suscriptor y/o usuario aquellos reconocidos a favor del usuario en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes:
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO La prestación de los trabajos se realizará con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás documentos básicos que definan y condicionen el objeto del contrato, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista. El contratista estará obligado a adscribir los medios ofrecidos para la prestación de los trabajos incluso con el carácter nominal con lo que hubiese sido y en los mismo términos en que se hubiese ofertado. La no intervención de cualquier persona comprometida facultará a la Administración para resolver el contrato por causas imputables al contratista. La Administración podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción. El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá mantener indemne a la Administración de los daños y perjuicios que por la misma puedan derivarse a la formulación de aquellas. El contratista queda obligado a guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en el desarrollo del trabajo, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros o divulgar dato alguno en relación con el contrato sin la expresa autorización de la Administración. Abonar todos los gastos de publicación de anuncios de licitación en diarios oficiales y medios de comunicación, así como los que se produzcan con motivo de las invitaciones que se cursen, y cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones del presente pliego y la normativa vigente, en la forma y cuantía que en estos se señalen. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. Además, todas aquellas obligaciones específicas establecidas en el anexo I al presente Pliego.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS “LA EMPRESA” se obliga con “EL AYUNTAMIENTO”, a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “EL AYUNTAMIENTO” o a terceros, si con motivo de la contratación objeto del presente Contrato se viola derechos de autor, patentes y/o marcas registradas, de terceros u otro derecho inherentes a la Propiedad Intelectual, en tal virtud, “LA EMPRESA” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor y La Ley de la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “EL AYUNTAMIENTO”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste, será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento a “LA EMPRESA”, para que ésta, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “EL AYUNTAMIENTO” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD”.
OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes:
Contenido de las proposiciones Las propuestas se presentarán en castellano y contendrán una declaración expresa de aceptación incondicionada y acatamiento del presente PCA y al PPT sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los documentos presentados y de cumplimiento de todas y cada una de las condiciones para tomar parte en este proceso de contratación. Los licitadores se comprometen a mantener su propuesta, encontrándose vinculados por la misma, durante un plazo mínimo de tres (3) meses desde su presentación hasta la resolución de adjudicación emitida por el Órgano de Contratación. Las proposiciones serán secretas, no pudiendo divulgar el Órgano de contratación la información facilitada por los licitadores que hayan designado como confidencial. Los licitadores podrán presentar ofertas a uno o varios Lotes independientes, pudiendo adjudicar a un mismo licitador uno o más Lotes si la proposición presentada por éste resulta la más ventajosa en aplicación de los criterios de adjudicación. Cada licitador no podrá suscribir más de una proposición para un mismo Xxxx. Tampoco podrá suscribir, para un mismo Xxxx, ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente para dicho Lote o figurar en más de una unión temporal para licitar a un determinado Lote. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de ninguna de las propuestas por él suscritas. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 142 de la LCSP, no se autorizan variantes. La proposición constará de dos sobres, separados e independientes, debidamente cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en los que se indicará: − Título: Acuerdo marco para el Suministro de electricidad en alta y baja tensión de la Central de Contratación de la FEMP. − Contenido del sobre: o N. º 1: Documentación de carácter general. o N. º 2: Oferta evaluable mediante fórmulas. − Nombre de licitador, dirección, teléfono y fax. − Nombre y D.N.I del representante del licitador. En el caso de licitar a varios Lotes, la forma de presentación de las proposiciones, por parte de los licitadores, será la siguiente: • Presentación de un único sobre nº 1 “Documentación de carácter general”. En el exterior del sobre deberán figurar relacionados, en todo caso, los Lotes a los que se licita. • Presentación de un sobre n.º 2 “Oferta evaluable mediante fórmulas”, por cada Lote a los que se licita. En el exterior de cada uno de los sobres deberá figurar, en todo caso, el Lote al que corresponde dicho sobre. El contenido de cada uno de los sobres comprenderá: C ontenido del Sobre N.º 1 “Documentación de carácter general”
Formularios de la Oferta 1. Oferta