Procedimiento y criterios de adjudicación Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento y criterios de adjudicación. Tramitación anticipada: NO Tramitación: ordinaria Procedimiento: abierto Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios.
Procedimiento y criterios de adjudicación. Tramitación anticipada: [SÍ] [NO] Tramitación: Criterios de adjudicación: [Se atiende a un criterio de adjudicación] [Se atiende a una pluralidad de criterios]
Procedimiento y criterios de adjudicación. Tramitación anticipada: NO Tipo de tramitación: Ordinaria Procedimiento: Abierto Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios de adjudicación, que se indican y justifican en el apartado 19 de este anexo.
Procedimiento y criterios de adjudicación. (Cláusulas 17 y 19)
Procedimiento y criterios de adjudicación. El contrato se adjudicará, a través de procedimiento general y abierto. La adjudicación se hará mediante una valoración global de las propuestas, y recaerá sobre el licitador que, en su conjunto, presente la oferta más ventajosa. Para su determinación se aplicarán los siguientes criterios de puntuación, por orden de mayor a menor importancia sobre una totalidad de 100 puntos, quedando excluidas del procedimiento de adjudicación aquellas propuestas que oferten valores que no alcancen los umbrales definidos como mínimos o máximos, según proceda, en el pliego de prescripciones técnicas. Se otorgarán hasta un máximo de 60 puntos a las ofertas económicas según desglose de los apartados relacionados a continuación. Todas las ofertas que cumplan con el número de establecimientos exigidos en el pliego de prescripciones técnicas se valorarán de la forma que se indica a continuación, quedando el resto excluidas. Las ofertas se valorarán según el baremo expresado en la siguiente tabla: Las ofertas que proponga valores de comisión intermedios a los indicados serán valoradas de forma proporcional teniendo en cuenta el intervalo representado por las comisiones inmediatamente superior e inferior a la ofertada, de acuerdo con la siguiente fórmula: Dónde: Pd: Puntuación por defecto más cercana a comisión ofertada Pe: Puntuación por exceso más cercana a comisión ofertada CO: Comisión Ofertada Las ofertas que garanticen la mínima comisión exigida para los puntos de venta (1,5%) serán puntuadas según el baremo expresado en la siguiente tabla: % Comisión PV Puntuación Las ofertas que propongan comisiones intermedias a las indicadas en la anterior tabla serán puntuadas de forma proporcional, tal y como se expresa en la siguiente fórmula: Dónde:
Procedimiento y criterios de adjudicación. Tramitación anticipada: NO. Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios.
Procedimiento y criterios de adjudicación. Tramitación anticipada: NO Tramitación: ordinaria Procedimiento: abierto Criterios de adjudicación: Se atiende a un único criterio: precio
Procedimiento y criterios de adjudicación. Tramitación anticipada: Si, año 2018 Tramitación: ordinaria Procedimiento: abierto Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios.
Procedimiento y criterios de adjudicación. Tramitación anticipada: [NO] Procedimiento: abierto Criterios de adjudicación: [Se atiende a un único criterio] 8.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Acreditación de la solvencia: Procede: [SÍ] Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante: - Clasificación: Grupos: O Subgrupos: 6 Categorías: 1 - Acreditación de solvencia por los siguientes medios: • Solvencia económica y financiera (Artículo 87 apartados 1.a) y b)): Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante: o 100.000 € IVA excluido. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. o Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al presupuesto base de licitación. • Solvencia técnica (Artículo 90 apartado 1.a)): o Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años, que sean de igual naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Mediante la relación de servicios presentada deberán justificar al menos la ejecución de 2/3 de las horas totales del contrato. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Procedimiento y criterios de adjudicación. (Cláusulas 17 y 1 9) - Tramitación: Ordinaria - Procedimiento: Abierto simplificado. La elección del procedimiento abierto simplificado se justifica en aras de garantizar la máxima concurrencia posible en la licitación de tal manera que todo empresario interesado pueda presentar una proposición. - Criterios de adjudicación: Los criterios de valoración serán criterios objetivos evaluables mediante la aplicación de fórmulas (oferta económica) y criterios subjetivos evaluables mediante la aplicación de juicios de valor (propuesta técnica).