Common use of Justificación y pago Clause in Contracts

Justificación y pago. 1. El pago de la subvención concedida se tramitará tras la publicación de la orden de concesión, previa presentación de la documentación que figura en el apartado siguiente, que se deberá presentar en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 2. Todos los beneficiarios deberán presentar en el plazo señalado en el apartado anterior, un certificado del presidente o secretario general de la federación correspondiente, madrileña o española, individualizado para cada equipo beneficiario, en el que conste que, desde la concesión de la subvención, se han dado las siguientes condiciones: a) Que el beneficiario se ha mantenido de alta en la federación. b) Que ha seguido desarrollando su actividad al nivel que le hizo merecedor de la misma, manteniendo al equipo en competición federada nacional, de manera que sigue participando en alguna de las competiciones a las que se refiere el apartado primero. 3. La presentación de la justificación deberá hacerse en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid o de cualquiera de las administraciones u organismos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, según lo previsto en los artículos 14.2 y 16.4.a) de la Ley 39/2015, no siendo válida la presentación de documentación en papel. 4. Dado el carácter de la presente subvención y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida la orden de bases y en la presente convocatoria, será justificación suficiente a los efectos de acreditar que el beneficiario ha cumplido las condiciones exigidas para la obtención de la ayuda, que no obstante se someterá a la comprobación oportuna por parte de la Administración dando lugar a la revocación de la ayuda concedida en los supuestos previstos en la normativa reguladora de la presente ayuda o, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas.

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Samples: Subvenciones Para Clubes Deportivos

Justificación y pago. 1. El De no aportarse con anterioridad, el pago de las subvenciones quedará condicionado a la subvención concedida se tramitará tras la publicación de la orden de concesión, previa presentación de la documentación que figura justificativa para el pago en el apartado siguienteplazo, que se deberá presentar en los términos y en el modo establecido en la resolución de concesión. Excepcionalmente, y por causas debidamente justificadas, el órgano concedente podrá otorgar una ampliación del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a establecido para la publicación presentación de la orden de concesión en el Boletín Oficial justificación que no exceda de la Comunidad mitad de Madrid. 2este. Todos los beneficiarios deberán El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a las personas o entidades beneficiarias. La documentación a presentar en el plazo señalado en el apartado anterior, un certificado del presidente o secretario general de es la federación correspondiente, madrileña o española, individualizado para cada equipo beneficiario, en el que conste que, desde la concesión de la subvención, se han dado las siguientes condicionessiguiente: a) Que Cumplimiento por parte de la empresa de la obligación de informar a las personas trabajadoras acerca de la financiación del FSE y de la Iniciativa de Empleo Juvenil de la subvención de sus contratos, según el beneficiario se ha mantenido de alta en la federación.modelo del anexo VII-A y anexo VII-B. CVE-DOG: 2qubsm71-gdd3-p4x0-pqw2-e2xuw1ws8ih2 b) Que ha seguido desarrollando su actividad al nivel que le hizo merecedor Declaración complementaria de la mismapresentada con la solicitud, manteniendo al equipo en competición federada nacional, de manera que sigue participando en alguna del conjunto de las competiciones ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para la misma finalidad de las distintas administraciones públicas competentes u otros entes públicos o, en su caso, una declaración de que no solicitó ni percibió otras ayudas o subvenciones, según el modelo del anexo VI-A y anexo VI-B. c) Documentación acreditativa (fotografías o documentos equivalentes) del cumplimien- to de las obligaciones de información y publicidad a las que se refiere el apartado primeroartículo 11.d) de esta orden. 3. La presentación d) Información de la justificación deberá hacerse en el registro electrónico los indicadores de la Comunidad productividad sobre las entidades y los participan- tes a los que se refieren los anexos I y II del Reglamento (uE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de Madrid o 17 de cualquiera septiembre de las administraciones u organismos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 39/20152013, según lo previsto en los artículos 14.2 y 16.4.a) de la Ley 39/2015, no siendo válida la presentación de documentación en papel. 4. Dado el carácter de la presente subvención yrelativo al Fondo Social Europeo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida la orden de bases y modelo que estará disponible en la presente convocatoriapágina web del Programa de garantía juvenil (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xxx). e) Declaración responsable de que posee la capacidad administrativa, será justificación suficiente a los efectos de acreditar que el beneficiario ha cumplido financiera y ope- rativa para cumplir las condiciones exigidas para la obtención de la ayuda, que no obstante se someterá a la comprobación oportuna por parte de la Administración dando lugar a la revocación de la ayuda concedida en los supuestos previstos en la normativa reguladora de la presente ayuda o, en . f) En su caso, extracto del balance provisional contable de la entidad beneficiaria, firma- do y sellado, que permita verificar la contabilidad separada de los gastos subvencionados y de la subvención concedida. Los documentos contables que se presenten deben incluir las cuentas o las subcontas en que se contabilizaron los gastos imputados, las fechas y los números de los asientos contables, y la indicación especifica de su cofinanciación por el Fondo Social Europeo. Estos documentos contables pueden ir acompañados de una breve explicación sobre la sistemática de contabilización de los gastos. 2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no esté al reintegro corriente en el cumplimiento de las cantidades percibidassus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o tenga pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad autónoma o sea deudora en virtud de resolución firme declarativa de origen de reintegro.

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Samples: Subsidy Agreement

Justificación y pago. 1. El pago de las ayudas quedará condicionado a la subvención concedida presentación en el plazo, en los térmi- nos y en la forma que se tramitará tras establezcan en la publicación de la orden resolución de concesión, previa presentación de la documentación que figura se exija de forma expresa en el apartado siguienteella, entre la que se deberá presentar figurar la relacionada en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.los apartados siguientes: 21. Todos los beneficiarios deberán presentar en el plazo señalado en el apartado anterior, un certificado del presidente o secretario general de la federación correspondiente, madrileña o española, individualizado para cada equipo beneficiario, en el que conste que, desde la concesión de la subvención, se han dado las siguientes condicionesDocumentación común: a) Que Declaración del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto de las aprobadas o con- cedidas como de las pendientes de resolución, para el beneficiario se ha mantenido de alta en la federación. b) Que ha seguido desarrollando su actividad al nivel que le hizo merecedor de la misma, manteniendo al equipo en competición federada nacionalmismo proyecto, de manera que sigue participando en alguna las distintas administraciones públicas competentes u otros entes públicos, así como de las competiciones a las que se refiere el apartado primero. 3. La presentación ayudas concedidas en régimen de la justificación deberá hacerse en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid o de cualquiera de las administraciones u organismos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 39/2015minimis, según lo previsto en los artículos 14.2 y 16.4.a) de la Ley 39/2015, no siendo válida la presentación de documentación en papel. 4. Dado el carácter de la presente subvención y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida la orden de bases y en la presente convocatoria, será justificación suficiente a los efectos de acreditar que el beneficiario ha cumplido las condiciones exigidas para la obtención de la ayuda, que no obstante se someterá a la comprobación oportuna por parte de la Administración dando lugar a la revocación de la ayuda concedida en los supuestos previstos en la normativa reguladora de la presente ayuda o, en su caso, de que no ha solicitado ni ha percibido otras ayudas o subvenciones (según el modelo del anexo III). b) Información de los indicadores de productividad sobre los participantes a que se refiere el anexo I del Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al reintegro Fondo Social Europeo, a través de la aplicación Participa 1420 o según el modelo que estará disponible en la página web de la Consellería de Economía, Empleo e Industria. c) Documentación acreditativa (fotografías o documentos equivalentes) del cumplimien- to de las cantidades percibidasobligaciones a que se refiere el artículo 27.f) de esta orden. d) Declaración responsable de que posee la capacidad administrativa, financiera y ope- rativa para cumplir las condiciones de la ayuda. 2. A pesar de lo señalado en los apartados anteriores, la documentación exigida para la fase de pago se podrá presentar junto con la solicitud, a la opción de la persona interesada, excepto el anexo III, que deberá presentarlo actualizado. 3. Las personas beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa para el pago señalada en este artículo en el plazo establecido en la resolución de concesión. 4. No se podrá realizar el pago de la subvención mientras la persona beneficiaria no esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, tenga pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Co- munidad Autónoma o sea persona deudora por resolución de reintegro. CVE-DOG: zi7xrvx3-lky4-vlf2-dkx2-6mnxcqkb2xi5

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Samples: Ayudas E Incentivos Para Empresas

Justificación y pago. 1. El La justificación de las subvenciones concedidas se efectuará de una sola vez con la presentación de la documentación que se señala en el artículo 12 del presente acuerdo. 2. Las subvenciones concedidas serán satisfechas previa comprobación de la xxxxx- cia de los contratos subvencionados y del mantenimiento del alta de las personas contrata- das en la Seguridad Social durante el período subvencionado. 3. Los beneficiarios deberán hallarse, con carácter previo al pago de la subvención concedida subvención, al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 4. Los beneficiarios deberán acreditar, asimismo, con anterioridad al reconocimien- to de la obligación de pago de la subvención, haber realizado el Plan de Prevención xx Xxxx- gos Laborales a que se tramitará tras refiere el artículo 16 de la publicación Ley 31/1995, de 8 de noviembre. Esta acreditación se hará efectiva mediante la presentación de certificación a estos efectos. 5. Los beneficiarios previo al pago de la subvención, deberán presentar en la Direc- ción General del Servicio Público de Empleo, en el plazo de 15 días siguientes desde la no- tificación de la orden de concesión, previa presentación de la documentación adenda al contrato (Anexo VI) firmada por cada per- sona con contrato subvencionado, que figura podrá presentarse por los mismos medios que los indicados en los apartados 3 y 4 del artículo del presente acuerdo. 6. El pago se efectuará por transferencia bancaria a la cuenta indicada por el benefi- ciario en el apartado siguiente, que se modelo normalizado de solicitud. 7. El beneficiario deberá presentar en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente disponer de una cuenta bancaria específica a la publicación de que la orden de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 2. Todos los beneficiarios deberán presentar en el plazo señalado en el apartado anterior, un certificado del presidente o secretario general de la federación correspondiente, madrileña o española, individualizado para cada equipo beneficiario, en el que conste que, desde la concesión de la subvención, se han dado las siguientes condiciones: a) Que el beneficiario se ha mantenido de alta en la federación. b) Que ha seguido desarrollando su actividad al nivel que le hizo merecedor de la misma, manteniendo al equipo en competición federada nacional, de manera que sigue participando en alguna de las competiciones a las que se refiere el apartado primero. 3. La presentación de la justificación deberá hacerse en el registro electrónico de la Comunidad Co- munidad de Madrid o transferirá la subvención otorgada para así garantizar su contabilidad separada del resto de cualquiera operaciones de las administraciones u organismos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, según lo previsto en los artículos 14.2 y 16.4.a) de la Ley 39/2015, no siendo válida la presentación de documentación en papelsu actividad. 4. Dado el carácter de la presente subvención y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida la orden de bases y en la presente convocatoria, será justificación suficiente a los efectos de acreditar que el beneficiario ha cumplido las condiciones exigidas para la obtención de la ayuda, que no obstante se someterá a la comprobación oportuna por parte de la Administración dando lugar a la revocación de la ayuda concedida en los supuestos previstos en la normativa reguladora de la presente ayuda o, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas.

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Samples: Ayudas E Incentivos Para Empresas

Justificación y pago. 1. El De no aportarse con anterioridad, el pago de la subvención concedida se tramitará tras quedará condicionado a la publicación de la orden de concesión, previa presentación de la documentación que figura en justificativa para el apartado siguiente, que se deberá presentar pago en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a establecido en la publicación de la orden re- solución de concesión en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 2. Todos los beneficiarios deberán presentar en el plazo señalado en el apartado anterior, un certificado del presidente o secretario general de la federación correspondiente, madrileña o española, individualizado para cada equipo beneficiario, en el que conste que, desde la concesión de la subvención, se han dado las siguientes condiciones: a) Que el beneficiario se ha mantenido de alta en la federación. b) Que ha seguido desarrollando su actividad al nivel que le hizo merecedor de la misma, manteniendo al equipo en competición federada nacional, de manera que sigue participando en alguna de las competiciones a las que se refiere el apartado primero. 3. La presentación de la justificación deberá hacerse en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid o de cualquiera de las administraciones u organismos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, según lo previsto en los artículos 14.2 y 16.4.a) de la Ley 39/2015, no siendo válida la presentación de documentación en papel. 4. Dado el carácter de la presente subvención y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida la orden de bases y en la presente convocatoria, será justificación suficiente a los efectos de acreditar que el beneficiario ha cumplido las condiciones exigidas para la obtención de la ayuda, que no obstante se someterá a la comprobación oportuna por parte de la Administración dando lugar a la revocación de la ayuda concedida en los supuestos previstos en la normativa reguladora de la presente ayuda o, en su caso, al reintegro hasta el 20 de diciembre de 2015. Excepcionalmente, y por causas debidamente justificadas, el órgano concedente podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de este. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a las personas o entidades beneficiarias. La documentación a presentar es la siguiente: a) Documento TC2 correspondiente a la mensualidad de la contratación objeto de subvención. b) Declaración del conjunto de las cantidades percibidasayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para la misma finalidad de las distintas administracio- nes públicas competentes u otros entes públicos o, en su caso, una declaración de que no solicitó ni percibió otras ayudas o subvenciones, complementaria de la presentada con la solicitud, según el anexo II-D. c) En su caso, extracto do balance provisional contable de la entidad beneficiaria, firma- do e sellado, que permita verificar la contabilidad separada de los gastos subvencionados y la subvención concedida. Los documentos que se aporten deben incluir las cuentas o las subcuentas en las que se contabilizaron, las fechas y los números de los asientos contables. 2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no esté al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o tenga pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autó- noma o sea deudora en virtud de resolución firme declarativa de procedencia de reintegro. CVE-DOG: 1hdqbs37-cnc8-55d9-o1q4-viii0exwlsf1

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Samples: Subsidy Regulations