Common use of LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES Clause in Contracts

LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española. 13.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona, el arbitraje se celebrará en Barcelona y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Corte de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona. En caso de que el conflicto sea planteado por un consumidor, conforme a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el arbitraje se tramitará ante la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de residencia del cliente. 13.3 Si el cumplimiento de este Contrato resulta razonablemente posible, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitral. 13.4 Si cualquier estipulación de este Contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato.

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Samples: Contrato De Alojamiento CRM, Hosting Agreement

LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 12.1 En lo no previsto en este el presente contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española, salvo en todo lo que afecta al registro y a la titularidad de un ND que será de aplicación la normativa de la ICANN y la del registrador competente. 13.2 12.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, contrato y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona, el xx Xxxxxx. El arbitraje se celebrará en Barcelona Ferrol y será conducido de acuerdo con las normas de la ley Ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Corte de la Cámara de Comercio e Industria xx Xxxxxx. Cada parte asumirá sus propios gastos en relación con el arbitraje, aunque la indemnización y los gastos de Barcelona. En los árbitros serán asumidos de la manera que establezca la decisión arbitral. 12.3 Para el caso de que el conflicto sea planteado arbitraje no llegara a realizarse por un consumidormutuo acuerdo o fuese declarado nulo, conforme ambas partes se someten a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores Juzgados y Usuarios, el arbitraje se tramitará ante la Junta Arbitral de Consumo Tribunales de la Comunidad Autónoma Ciudad xx Xxxxxx con renuncia expresa a su fuero propio, si éste fuese otro. Xxxxxxx se remitirá a lo establecido en la normativa procesal vigente, siempre que se trate de residencia del clienteconsumidores o usuarios finales. 13.3 12.4 Si resulta razonablemente posible, el cumplimiento de este Contrato resulta razonablemente posibleContrato, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitralarbitral o judicial. 13.4 Si cualquier estipulación de este Contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato.

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Samples: Contrato General De Nombres De Dominio, Contrato General De Nombres De Dominio

LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española. 13.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelonaxx Xxxxxx, el arbitraje se celebrará en Barcelona Ferrol y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Corte de la Cámara de Comercio e Industria xx Xxxxxx o de Barcelonala provincia de A Coruña, en ausencia de la xx Xxxxxx. En Cada parte asumirá sus propios gastos en relación con el arbitraje, aunque la indemnización y los gastos de los árbitros serán asumidos de la manera que establezca la decisión arbitral. 13.3 Para el caso de que el conflicto sea planteado arbitraje no llegara a realizarse por un consumidormutuo acuerdo o fuese declarado nulo, conforme ambas partes se someten a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores Juzgados y Usuarios, el arbitraje se tramitará ante la Junta Arbitral de Consumo Tribunales de la Comunidad Autónoma de residencia del clienteCiudad xx Xxxxxx con renuncia a su propio fuero, si éste fuese otro. 13.3 13.4 Si el cumplimiento de este Contrato contrato resulta razonablemente posible, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitralarbitral o judicial. 13.4 13.5 Si cualquier estipulación de este Contrato contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato.

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Samples: Hosting Agreement

LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 En 18.1 En 18.2 Todo lo no previsto anterior se entenderá sin perjuicio de que las partes puedan someterse a un procedimiento judicial, en este contratocaso se hará ante la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Barranquilla, así como renunciando expresamente a su fuero propio, de ser otro. En el caso de consumidores o usuarios, SIGNORAMA S.A.S. se remite a lo dispuesto en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación españolanormativa procesal vigente. 13.2 18.3 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contratoresulta razonablemente posible, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona, el arbitraje se celebrará en Barcelona y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Corte de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona. En caso de que el conflicto sea planteado por un consumidor, conforme a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el arbitraje se tramitará ante la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de residencia del cliente. 13.3 Si el cumplimiento de este Contrato resulta razonablemente posiblecontrato, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitral. 13.4 arbitral o judicial. Si cualquier estipulación de este Contrato contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato. ANEXO 1 Anexo de Facturación Electrónica para el Servicio SIGET Este adendo forma una parte integral del Contrato de términos y condiciones de la prestación de Servicios del Software SIGET, única y exclusivamente una vez que el CLIENTE haya manifestado querer activar la funcionalidad de FACTURACIÓN ELECTRÓNICA disponible en nuestra Plataforma. Al activar dicha funcionalidad en el Software SIGET, el CLIENTE reconoce que entiende y acepta los términos de éste Anexo # 1. Características del Servicio: 1. Activación del Servicio: Para utilizar servicios de Facturación Electrónica en SIGET, es prerrequisito a) contar con un plan de SIGET activo; b) En el caso de los clientes antiguos, deberán asumir el costo de la implementación de la facturación electrónica relacionado en xxx.Xxxxx.xxx o informado por el area comercial, si este llegase a tenerlo. 2. Autorización del Proveedor Tecnológico: Al utilizar SIGET para gestionar su facturación electrónica, el CLIENTE a su vez reconoce que utilizará los servicios prestados por el Servicio “B2B INTEGRA” que pertenece a FACTURAXION COLOMBIA S.A.S. FACTURAXION COLOMBIA S.A.S. se encuentra autorizada por la DIAN para prestar el servicio de facturación electrónica, incluyendo el servicio de FACTURACIÓN ELECTRÓNICA BAJO VALIDACIÓN PREVIA como PROVEEDOR TECNOLÓGICO. Parágrafo: SIGNORAMA X.X.X.xx reserva el derecho de establecer nuevas integraciones con los proveedores tecnológicos que considere necesarios para la prestación de los servicios de facturación electrónica. 3. Autorización de la Firma Digital: El CLIENTE autoriza y está de acuerdo con que FACTURAXION COLOMBIA S.A.S. facilite, como Proveedor Tecnológico, su certificado digital para firmar los documentos electrónicos generados por el CLIENTE en SIGET. El uso de la firma del proveedor tecnológico está debidamente autorizada por el Ministerio de Hacienda en el Decreto 2242 de 2015 en su Artículo 3; además significa un importante ahorro para el CLIENTE, debido a que lo exime de tener que tramitar y pagar un certificado digital propio de renovación anual. 3.1.

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LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 14.1 En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española. 13.2 14.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelonaxx Xxxxxx, el arbitraje se celebrará en Barcelona Ferrol y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Corte de la Cámara de Comercio e Industria xx Xxxxxx o de Barcelonala provincia de A Coruña, en ausencia de la xx Xxxxxx. En Cada parte asumirá sus propios gastos en relación con el arbitraje, aunque la indemnización y los gastos de los árbitros serán asumidos de la manera que establezca la decisión arbitral. 14.3 Para el caso de que el conflicto sea planteado arbitraje no llegara a realizarse por un consumidormutuo acuerdo o fuese declarado nulo, conforme ambas partes se someten a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores Juzgados y Usuarios, el arbitraje se tramitará ante la Junta Arbitral de Consumo Tribunales de la Comunidad Autónoma de residencia del clienteCiudad xx Xxxxxx con renuncia a su propio fuero, si éste fuese otro. 13.3 14.4 Si el cumplimiento de este Contrato contrato resulta razonablemente posible, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitralarbitral o judicial. 13.4 14.5 Si cualquier estipulación de este Contrato contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato.

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Samples: Hosting Agreement

LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 17.1 En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española. 13.2 17.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será podrá ser resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona, ante el Tribunal Arbitral xxx Xxxxxx Oriental. El arbitraje se celebrará en Barcelona Granollers y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Corte de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelonareglamento del Tribunal Arbitral xxx Xxxxxx Oriental. En caso de que el conflicto sea planteado por un consumidor, conforme a la Ley 26/1984, de 19 9 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el arbitraje se tramitará ante la antela Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de residencia del clienteColegiado. Cada parte asumirá sus propios gastos en relación con el arbitraje, aunque la indemnización y los gastos de los árbitros serán asumidos de la manera que establezca la decisión arbitral. 13.3 17.3 Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de que las partes puedan someterse a un procedimiento judicial, en este caso se hará ante la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Granollers, renunciando expresamente a su fuero propio, de ser otro. En el caso de consumidores o usuarios finales, ICAVOR se remite a lo dispuesto en la normativa procesal vigente. 17.4 Si resulta razonablemente posible, el cumplimiento de este Contrato resulta razonablemente posiblecontrato, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitral. 13.4 arbitral o judicial. Si cualquier estipulación de este Contrato contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato.

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Samples: Contrato De Alojamiento Compartido Y Página Web