LIBRO DE BITÁCORA. “EL MUNICIPIO” A TRAVÉS DE SU RESIDENCIA DE OBRA Y BAJO SU CUSTODIA, LLEVARÁ UNA BITÁCORA DE OBRA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 46 ULTIMO PARRAFO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, COMO INSTRUMENTO DE CONTROL EN LA QUE SE REGISTRARÁ EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES PACTADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, QUE CONTENGA DÍA A DÍA TODA LA INFORMACIÓN RESPECTO DEL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS, DETERMINANDO EL AVANCE DE LOS MISMOS, ASÍ COMO EL PAGO DE LAS ESTIMACIONES REALIZADAS, SUSPENSIONES Y OTRAS CIRCUNSTANCIAS QUE SE PRESENTEN DURANTE SU EJECUCIÓN, ASIMISMO SE ASENTARÁN Y RESOLVERÁN PROBLEMAS ESPECÍFICOS DE CARÁCTER TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO; DESDE LA FECHA DE INICIACIÓN, HASTA LA CONCLUSIÓN, OBLIGÁNDOSE A FIRMAR DICHA BITÁCORA LOS REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”. LA BITÁCORA DE OBRA CONSTITUIRÁ EL INSTRUMENTO QUE PERMITA A LOS ÓRGANOS DE CONTROL VERIFICAR LOS AVANCES Y MODIFICACIONES EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS CON EL PRESENTE CONTRATO A “EL CONTRATISTA”. EL USO DE LA BITACORA ES OBLIGATORIO EN ESTE CONTRATO, DEBIENDO PERMANECER EN LA RESIDENCIA DE OBRA, A FIN DE QUE LAS CONSULTAS REQUERIDAS SE EFECTUEN EN EL SITIO, SIN QUE LA BITACORA PUEDA SER EXTRAIDA DEL LUGAR DE LOS TRABAJOS Y SE APEGARA A LAS DISPOSICIONES QUE ESTABLECE EL ARTICULO 93, 94, 95 Y 96 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.-----
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Samples: Contrato De Obra Pública, Contrato De Obra Pública, Contrato De Obra Pública
LIBRO DE BITÁCORA. “EL MUNICIPIO” A TRAVÉS DE SU RESIDENCIA DE OBRA Y BAJO SU CUSTODIA, LLEVARÁ UNA BITÁCORA DE OBRA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 46 ULTIMO PARRAFO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, COMO INSTRUMENTO DE CONTROL EN LA QUE SE REGISTRARÁ EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES PACTADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, QUE CONTENGA DÍA A DÍA TODA LA INFORMACIÓN RESPECTO DEL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS, DETERMINANDO EL AVANCE DE LOS MISMOS, ASÍ COMO EL PAGO DE LAS ESTIMACIONES REALIZADAS, SUSPENSIONES Y OTRAS CIRCUNSTANCIAS QUE SE PRESENTEN DURANTE SU EJECUCIÓN, ASIMISMO SE ASENTARÁN Y RESOLVERÁN PROBLEMAS ESPECÍFICOS DE CARÁCTER TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO; DESDE LA FECHA DE INICIACIÓN, HASTA LA CONCLUSIÓN, OBLIGÁNDOSE A FIRMAR DICHA BITÁCORA LOS REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”. LA BITÁCORA DE OBRA CONSTITUIRÁ EL INSTRUMENTO QUE PERMITA A LOS ÓRGANOS DE CONTROL VERIFICAR LOS AVANCES Y MODIFICACIONES EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS CON EL PRESENTE CONTRATO A “EL CONTRATISTA”. CONTRATISTA”.- EL USO DE LA BITACORA ES OBLIGATORIO EN ESTE CONTRATO, DEBIENDO PERMANECER EN LA RESIDENCIA DE OBRA, A FIN DE QUE LAS CONSULTAS REQUERIDAS SE EFECTUEN EN EL SITIO, SIN QUE LA BITACORA PUEDA SER EXTRAIDA DEL LUGAR DE LOS TRABAJOS Y SE APEGARA A LAS DISPOSICIONES QUE ESTABLECE EL ARTICULO 93, 94, 95 Y 96 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.-----
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