LIBRO DE QUEJAS Cláusulas de Ejemplo

LIBRO DE QUEJAS. El Concesionario habilitará un Libro de Quejas que deberá ponerse a disposición del concedente dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de producida la anotación de cualquier novedad, con la finalidad de permitirle arbitrar las medidas a su alcance para mejorar permanentemente los Servicios que se prestan. La existencia de este libro, se hará conocer al público usuario de los servicios por medio de letreros o carteles claros y precisos, distribuidos en las instalaciones. El Libro de Quejas deberá tener las siguientes características: a. Hojas (no móviles) numeradas consecutivamente. b. Cada queja deberá contener como mínimo los siguientes datos: Nombre y Apellido de quien la formule, Dirección, Tipo y Número de Documento de Identidad y número telefónico. c. Será visado por la Comisión Asesora designada por la Dirección del INE
LIBRO DE QUEJAS. Su tenencia será obligatoria en todas las Unidades Fiscales. Contendrá hojas numeradas correlati- vamente y debidamente foliadas. Será refrendado por la Municipalidad. Estará a disposición de todo el público en general, sea o no usuario de la Unidad, debiendo anunciarse su existencia en lugar visible.
LIBRO DE QUEJAS. 5) SERVICIOS A USUARIOS CON CARÁCTER GRATUITO ARTICULO 42.-
LIBRO DE QUEJAS. Las quejas /sugerencias registradas en el Libro de Quejas/Sugerencias deberán ser puestas en conocimiento del Organo de Control dentro de los DIEZ (10) días de formuladas. Deberán colocarse en cada plaza y cabina de peaje carteles visibles anunciando la disponibilidad del Libro de Quejas de acuerdo al formato estipulado por el Organo de Control. 5) SERVICIOS A USUARIOS CON CARACTER GRATUITO
LIBRO DE QUEJAS. El Concesionario habilitará un libro de quejas que estará a disposición del público y que deberá presentar ante la Dirección de Terminal dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles de producida la anotación de alguna novedad. Hará conocer al público la existencia de dicho libro, mediante letreros convenientemente distribuidos en las instalaciones.
LIBRO DE QUEJAS. El Concesionario habilitará un Libro de Quejas. Dicho libro deberá presentarse en la oficina xx Xxxxxxxxxxx de la Universidad dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de producida la anotación de cualquier novedad. La existencia de este libro, se hará conocer al público usuario de los servicios por medio de un cartel colocado a la vista, próximo a la caja recaudadora. El Libro de Quejas deberá tener las siguientes características: - Hojas numeradas consecutivamente. - Quien formule la queja deberá asentar además su nombre y apellido; dirección; Tipo y Número de Documento de Identidad y número telefónico; con la finalidad de permitir a la UNLa arbitrar las medidas a su alcance para mejorar los servicios que se prestan. En el libro de quejas el concesionario podrá formular su descargo a cuyo fin se considerará notificado con la firma por parte de su personal o del representante que fuere designado al efecto. En caso de negativa, la UNLa procederá a dejar constancia de tal circunstancia. Formulado el descargo, la UNLa podrá aplicar los apercibimientos y/o multas que el contrato dispone y de acuerdo con la gravedad del incumplimiento o falta, resolver el contrato por exclusiva culpa del concesionario.
LIBRO DE QUEJAS. El Concesionario habilitará un Libro de Quejas. Dicho libro deberá presentarse en la oficina que le indique oportunamente el Organismo dentro de las veinticuatro (24) horas de producida la anotación de cualquier novedad. La existencia de este libro, se hará conocer al público usuario de los servicios por medio de letreros o carteles claros y precisos distribuidos en las instalaciones, especialmente en las áreas de circulación donde se encuentre a la vista del mismo. El Libro de Quejas deberá tener las siguientes características: 1) Hojas numeradas consecutivamente. 2) Tendrá una línea de perforaciones en uno de sus márgenes que permitan un fácil desglose de original y duplicado. 3) Cada hoja contendrá como mínimo los siguientes datos de quien formule la queja: 1. Nombre y apellido 2. Dirección 3. Tipo y Número de Documento de Identidad 4. Número telefónico 5. Exposición de la queja, con la finalidad de permitir a la Administración arbitrar las medidas a su alcance para mejorar permanentemente los Servicios Públicos que se prestan.

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  • Aclaración de los Documentos de Licitación 7.1 Todo Oferente potencial que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá comunicarse con el Comprador por escrito a la dirección del Comprador que se suministra en los DDL. El Comprador responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes sean recibidas al menos veintiún (21) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. El Comprador enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Comprador. Si como resultado de las aclaraciones, el Comprador considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 8 y Subcláusula 24.2, de las IAO.

  • Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

  • Documentos que componen la Oferta 11.1 La oferta deberá contener los siguientes documentos: (a) Formulario de Oferta y Lista de Precios, de conformidad con las Cláusulas 12, 14 y 15 de las IAO; (b) Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO, si se requiere; (c) confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al Oferente, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO; (d) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 16 de las IAO, que establezca que el Oferente es elegible para presentar una oferta; (e) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, que certifique que los Bienes y Servicios Conexos que proporcionará el Oferente son de origen elegible; (f) evidencia documentada, de conformidad con las Cláusulas 18 y 30 de las IAO, que establezca que los Bienes y Servicios Conexos se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación; (g) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO, que establezca que el Oferente está calificado para ejecutar el Contrato en caso que su oferta sea aceptada; y (h) cualquier otro documento requerido en los DDL.

  • Contenido de los Documentos de Licitación 9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades/ Calendario de Actividades Sección X Formularios de Garantías……

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Enmienda a los Documentos de Licitación 8.1 El Comprador podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. 8.2 Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de Licitación directamente del Comprador. 8.3 El Comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO.

  • Enmiendas a los Documentos de Licitación 11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.

  • PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.