Common use of Limitaciones Clause in Contracts

Limitaciones. Servicio sujeto a disponibilidad de choferes. - Atención de Recojo y Destino solo en Lima Metropolitana y Callao, delimitándose el servicio hasta los siguientes puntos geográficos: o Por el norte: Puente Piedra (Km. 30.00 Panamericana Norte inclusive) o Por el sur: Peaje ▇▇ ▇▇▇▇▇ (Km. 20.00 Panamericana Sur inclusive) o Por el centro: Chaclacayo (Km. 30.00 Carretera Central inclusive) o Por el oeste: La Punta-Callao o Por el este: La ▇▇▇▇▇▇ - Para los efectos de Choferes de Reemplazo, el servicio no cubre a los distritos ▇▇ ▇▇▇▇▇ el ▇▇▇▇▇▇▇▇, Villa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Cieneguilla, Lurigancho, Puente Piedra y Carabayllo. - No aplica para unidades que cuenten con lunas polarizadas u oscurecidas. - El presente servicio no incluye: o Combustible necesario para prestación del servicio. o Desembolso por peajes, cobros por parqueos municipales, playas de estacionamiento. o Asistencia técnica en caso de avería o siniestro. o Transporte alternativo o Vehículo de sustitución en caso avería o siniestro. o Asistencia médica o personal a los ocupantes. o Servicios distintos a los inherentes que correspondan al presente documento. Son de aplicación a esta cobertura, las Condiciones Generales por las que se rige la póliza contratada, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula o por las Condiciones Particulares de la póliza. La presente Cláusula Adicional prevalece sobre las Condiciones Particulares y éstas últimas sobre las Condiciones Generales.

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Sources: Condiciones Generales De La Póliza De Vehículos Motorizados

Limitaciones. Servicio sujeto La/s parcela/s adjudicada/s y su (respectiva) promoción sólo podrá/n ser objeto de transmisión intervivos en las condiciones establecidas en la Cláusula 11 del presente Pliego, debiendo el adquirente, subrogarse, íntegramente, en todos los derechos y obligaciones del adjudicatario. El Consorcio, o la entidad que en su día le sustituya, se reserva el ejercicio de los derechos de tanteo y retracto en las futuras transmisiones de las parcelas adjudicadas. Dichos derechos tendrán una vigencia de ocho años a disponibilidad contar desde la finalización de chofereslas obras de edificación y tras la obtención de la licencia de actividad. - Atención Este derecho de Recojo adquisición preferente convencional, se incorporará en la escritura de compraventa con carácter real y Destino solo erga omnes, sobre las segundas o ulteriores transmisiones de las parcelas, sean a título oneroso o lucrativo, entendiéndose para el caso de segundas transmisiones que son onerosas en Lima Metropolitana las que intervenga precio, por el mismo precio de la compraventa realizada, y Callaoen el caso de ulteriores transmisiones, delimitándose se entiende por onerosas en las que no intervenga precio o lucrativas, por el servicio hasta los siguientes puntos geográficos: o Por el norte: Puente Piedra (Km. 30.00 Panamericana Norte inclusive) o Por el sur: Peaje ▇▇ ▇▇▇▇▇ (Km. 20.00 Panamericana Sur inclusive) o Por el centro: Chaclacayo (Km. 30.00 Carretera Central inclusive) o Por el oeste: La Punta-Callao o Por el este: La ▇▇▇▇▇▇ - Para los efectos de Choferes de Reemplazo, el servicio no cubre a los distritos ▇▇ ▇▇▇▇▇ el ▇▇▇▇▇▇▇▇, Villa ▇▇▇▇▇ ▇valor real ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Cieneguillaque será el que determine el perito designado por el Decano del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid, Luriganchoque expresamente se designará por ambas partes de común acuerdo, Puente Piedra y Carabayllocuyo informe será vinculante a tal efecto. - No aplica para unidades que cuenten con lunas polarizadas u oscurecidas. - El presente servicio no incluye: o Combustible necesario para prestación del servicio. o Desembolso por peajes, cobros por parqueos municipales, playas de estacionamiento. o Asistencia técnica en En caso de avería o siniestro. o Transporte alternativo o Vehículo ejercicio de sustitución este Derecho de Adquisición Preferente, la finca se adquirirá en caso avería o siniestro. o Asistencia médica o personal a los ocupantes. o Servicios distintos a los inherentes que correspondan al presente documento. Son el estado de aplicación a esta cobertura, las Condiciones Generales por las cargas en que se rige encuentre, deduciéndose su valor del precio a entregar. Para el ejercicio de este derecho, cuando se pretenda efectuar una segunda o ulterior transmisión de la póliza contratadaparcela, dentro del plazo por el que se ha constituido este derecho, la Compradora deberá notificar fehacientemente, con carácter previo, al Consorcio su voluntad de transmitir las Parcelas, indicando los datos de la adquirente y las condiciones de la transmisión, para que en el plazo improrrogable de 15 días el Consorcio le manifieste, por el mismo conducto Notarial, su voluntad de adquirir la Finca en el mismo precio y condiciones. Si la transmisión se hubiese realizado sin la previa notificación al Consorcio éste podrá ejercitar el derecho de Adquisición Preferente, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula o por las Condiciones Particulares mimas condiciones, durante el plazo de sesenta días desde que haya tenido conocimiento completo de la pólizatransmisión y de sus condiciones. La presente Cláusula Adicional prevalece sobre las Condiciones Particulares y éstas últimas sobre las Condiciones GeneralesSin que conste verificado el cumplimiento de la citada obligación de notificación al Consorcio por conducto Notarial al domicilio designado en la intervención de la Escritura, no podrá practicarse inscripción de transmisión de la Parcela operada ni de la correspondiente Escritura.

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Sources: Pliego De Condiciones

Limitaciones. Servicio sujeto a disponibilidad Hasta 10% sobre la inversión auxiliable con un mínimo de choferes300€. Se considera admisible el importe íntegro. - Atención de Recojo y Destino solo en Lima Metropolitana y Callao, delimitándose el servicio hasta los siguientes puntos geográficos: o Por el norte: Puente Piedra (Km. 30.00 Panamericana Norte inclusive) o Por el sur: Peaje FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE por ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ (Km. 20.00 Panamericana Sur inclusive) o Por el centro: Chaclacayo (Km. 30.00 Carretera Central inclusive) o Por el oeste: La Punta-Callao o Por el este: La ▇▇▇▇▇▇ - Para los efectos de Choferes de Reemplazo, el servicio no cubre a los distritos ▇▇ ▇▇▇▇▇ el ▇▇▇▇▇▇▇▇, Villa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, CieneguillaEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL, LuriganchoDIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL el 08/02/2022. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ con CSV CSVMJ682SJ1B41H01PFI. Código ¿B? Inversión / gasto Módulo (€/ud) Nombre y apellidos o razón social: NIF: Teléfono móvil / fijo: Nombre y apellidos representante: NIF del representante: FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE por ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Puente Piedra EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL, DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL el 08/02/2022. Documento verificado en el momento de la firma y Carabaylloverificable a través de la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ con CSV CSVMJ682SJ1B41H01PFI. - No aplica Conforme al derecho que reconoce el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y como interesado en la presentación de solicitud de subvención para unidades la instalación de jóvenes agricultores y/o modernización de explotaciones agrarias, de la convocatoria del año 2021. NIF entidad: ✔ La realización usando las herramientas específicas que cuenten la administración habilite, del resto de trámites necesarios hasta la finalización del procedimiento de instalación de jóvenes agricultores y/o modernización de explotaciones agrarias (convocatoria 2021). ✔ La presentación de la solicitud de alta en el registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. El responsable del tratamiento de tus datos personales es la Secretaria General Técnica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. La finalidad de este tratamiento es la gestión de los procedimientos administrativos, incluido el económico- financiero, relacionados con lunas polarizadas u oscurecidas. - El presente servicio no incluye: o Combustible necesario para prestación del servicio. o Desembolso las ayudas solicitadas por peajeslos interesados, cobros por parqueos municipales, playas de estacionamiento. o Asistencia técnica en caso de avería o siniestro. o Transporte alternativo o Vehículo de sustitución en caso avería o siniestro. o Asistencia médica o personal a los ocupantes. o Servicios distintos a los inherentes que correspondan al presente documento. Son de aplicación a esta cobertura, las Condiciones Generales por las que se rige la póliza contratadaasí como, en cuanto su caso, la realización de estudios y estadisticas . La legitimación para realizar el tratamiento de datos nos la da el cumplimiento de una obligación legal. No vamos a comunicar tus datos personales a terceros destinatarios salvo obligación legal. Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación , supresión y portabilidad de los datos o de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no se hallen modificadas por esta Cláusula o por las Condiciones Particulares ser objeto de decisiones individuales automatizadas a través de la pólizasede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ con los formularios normalizados disponibles. La presente Cláusula Adicional prevalece sobre las Condiciones Particulares Puedes obtener información adicional en el Registro de Actividades de tratamiento del Gobierno ▇▇ ▇▇▇▇▇▇,”SISTEMA DE AYUDAS FONDOS EUROPEOS GESTIONADOS ORGANISMO PAGADOR” en el siguiente enlace ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇_▇▇▇▇_▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇?▇▇▇▇▇▇=▇▇ En , a fecha Firma del solicitante o de su representante Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural. FEADER Titular: NIF: FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE por ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL, DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL el 08/02/2022. Documento verificado en el momento de la firma y éstas últimas sobre las Condiciones Generalesverificable a través de la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ con CSV CSVMJ682SJ1B41H01PFI.

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Sources: Subvenciones en Materia De Modernización De Explotaciones Agrarias

Limitaciones. Servicio sujeto a disponibilidad Código ¿B? Inversión / gasto Módulo (€/ud) MAQUINARIA AGRÍCOLA Y AGRICULTURA DE PRECISIÓN/CONSERVACIÓN Descripción: Incluye todo tipo de choferes. - Atención maquinaria agrícola: -maquinaria para la agricultura: tractores, forrajera, de Recojo y Destino solo en Lima Metropolitana y Callaomanejo del suelo, delimitándose el servicio hasta los siguientes puntos geográficosde recolección,... -maquinaria para la ganadería: o Por el norte: Puente Piedra (Km. 30.00 Panamericana Norte inclusive) o Por el sur: Peaje ▇▇▇▇▇ agua, ▇▇ ▇▇▇▇▇, esparcidores de estiercol, equipos unifeed, palas,... -implementos y agricultura de precisión Limitaciones: -Toda la maquinaria registrable se debe registrar en el ROMA indicando que es una máquina subvencionada y quedará afecta a la explotación durante cinco años (KmInstrucción DGPA 2017) -Toda la maquinaria incluida en este grupo NO se puede solicitar como "inversión en común". 20.00 Panamericana Sur inclusive-Para la compra de equipos arrastrados, suspendidos o implementos (GPS, ...) el beneficiario debe tener un TRACTOR ADECUADO a su nombre a fecha de solicitud (En planes empresariales, se considerará fecha de certificación). En el caso de beneficiarios distintos de "persona física" el tractor puede estar a nombre de alguno de los socios, comuneros o cotitulares de la explotación. -Solo se subvencionará una máquina de cada tipo por explotación, excepto GPS y asientos. Por el centro: Chaclacayo (Kmejemplo, se puede subvencionar un esparcidor de estiercol y una segadora, pero no dos segadoras. 30.00 Carretera Central inclusive) o Por el oeste: La Punta-Callao o Por el este: La ▇FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE por ▇▇▇▇▇ - Para los efectos de Choferes de Reemplazo, el servicio no cubre a los distritos ▇▇ ▇▇▇▇▇ el ▇▇▇▇▇▇▇▇, Villa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, CieneguillaEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL, Lurigancho, Puente Piedra y CarabaylloDIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL el 08/02/2022. - No aplica para unidades que cuenten con lunas polarizadas u oscurecidas. - El presente servicio no incluye: o Combustible necesario para prestación del servicio. o Desembolso por peajes, cobros por parqueos municipales, playas de estacionamiento. o Asistencia técnica Documento verificado en caso de avería o siniestro. o Transporte alternativo o Vehículo de sustitución en caso avería o siniestro. o Asistencia médica o personal a los ocupantes. o Servicios distintos a los inherentes que correspondan al presente documento. Son de aplicación a esta cobertura, las Condiciones Generales por las que se rige la póliza contratada, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula o por las Condiciones Particulares el momento de la póliza. La presente Cláusula Adicional prevalece sobre las Condiciones Particulares firma y éstas últimas sobre las Condiciones Generalesverificable a través de la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ con CSV CSVMJ682SJ1B41H01PFI.

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Sources: Subvenciones en Materia De Modernización De Explotaciones Agrarias

Limitaciones. Servicio sujeto No se admitirá la publicidad que:  .- Atente contra la Constitución Española o el estatuto de Autonomía de Andalucía, la Carta de Derechos Humanos  Incumpla la normativa legal sobre comunicaciones comerciales.  Cuestiones convicciones, religiosas, políticas, salvo lo dispuesto en la normativa sobre campañas electorales, o suponga discriminación de las personas por razón de lugar de nacimiento, sexo, raza, creencia religiosa o cualquier otra vulneración de la dignidad de las personas, los derechos fundamentales y las libertades públicas.  .- La que no se ajuste a disponibilidad las directrices del Consejo Audiovisual de choferesAndalucía. - Atención  La publicidad descartada por el Jurado de Recojo la Publicidad de Autocontrol.  -La que incite o induzca a actuar de forma ilegal.  -La que abuse de la buena fe del consumidor llevándole a conclusiones erróneas en base a ambigüedades, inexactitudes, exageraciones, omisiones etc.  Que aproveche el estado de ansiedad o temor del consumidor o del posible estado de necesidad económica, laboral o personal.  Que induzca a involucrarse en prácticas peligrosas o de riesgo o que atenten contra la salud o equilibrio psíquico.  Que contenga información falsa o caduca.  Que infrinja normas legales sobre secreto de comunicaciones, propiedad intelectual, derecho al honor, derecho a la intimidad, propia imagen.  Que explote la confianza o atente contra la intimidad de persona mentalmente incapacitada o vulnerable.  .- Que utilice la imagen de la mujer de forma denigrante  Que incitar a la violencia, crueldad o maltrato de personas o animales  -Que menoscabar los valores históricos, culturales o lingüísticos.  Que aliente comportamientos que perjudiquen el medio ambiente.  Que Incite a la destrucción de bienes de uso público y Destino solo en Lima Metropolitana y Callaoo del patrimonio cultural.  Que Incite a la velocidad excesiva, delimitándose el servicio hasta los siguientes puntos geográficos: o Por el norte: Puente Piedra (Kmconducción temeraria. 30.00 Panamericana Norte inclusive) o Por el sur: Peaje  Que causar deterioro a la imagen del Excmo. Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇ (Km. 20.00 Panamericana Sur inclusive) o Por el centro: Chaclacayo (Km. 30.00 Carretera Central inclusive) o Por el oeste: La Punta-Callao o Por el este: La ▇▇▇▇▇▇ - Para los efectos de Choferes de Reemplazo, el servicio no cubre a los distritos ▇▇ ▇▇▇▇▇ el ▇▇▇▇▇▇▇▇, Villa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Cieneguilla, Lurigancho, Puente Piedra y Carabayllo. - No aplica para unidades que cuenten con lunas polarizadas u oscurecidas. - El presente servicio no incluye: o Combustible necesario para prestación del servicio. o Desembolso por peajes, cobros por parqueos municipales, playas de estacionamiento. o Asistencia técnica en caso de avería o siniestro. o Transporte alternativo o Vehículo de sustitución en caso avería o siniestro. o Asistencia médica o personal a los ocupantes. o Servicios distintos a los inherentes que correspondan al presente documento. Son de aplicación a esta cobertura, las Condiciones Generales por las que se rige la póliza contratada, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula o por las Condiciones Particulares de la póliza. La presente Cláusula Adicional prevalece sobre las Condiciones Particulares y éstas últimas sobre las Condiciones Generales.Frontera

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Sources: Contract for Advertising Services

Limitaciones. Servicio sujeto Las deficiencias de los mecanismos de control de las concesiones, apreciadas en los Ayuntamientos fiscalizados, unida a disponibilidad la propia naturaleza del análisis efectuado, que excluye la fiscalización integral de chofereslos mismos, impide alcanzar una adecuada certeza acerca de si las operaciones consideradas en el informe son todas las existentes, lo que constituye una limitación del alcance del mismo, ya que se refiere exclusivamente a las operaciones que los Ayuntamientos han comunicado. - Atención El Ayuntamiento de Recojo Navalcarnero no ha facilitado ninguna información respecto de las operaciones contempladas en este Informe, por lo que, pese a estar incluido en el ámbito de la fiscalización, no ha sido posible efectuar ninguna de las comprobaciones previstas.1 El Ayuntamiento de Aranjuez ha comunicado las operaciones 4.7 a 4.10 del Anexo, ambas inclusive, pero no ha facilitado la documentación solicitada, correspondiente, entre otros extremos a los propios contratos, los pliegos y Destino solo la situación económica. Se describen en Lima Metropolitana y Callaocada apartado las restantes deficiencias en la remisión de documentación e información por parte de los Ayuntamientos. 1 En mayo de 2016, delimitándose durante el servicio hasta los siguientes puntos geográficos: o Por el norte: Puente Piedra (Km. 30.00 Panamericana Norte inclusive) o Por el sur: Peaje trámite de alegaciones, ha sido remitida una amplia documentación, respondiendo a lo solicitado por esta ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇durante la fiscalización, la cual no ha podido ser analizada, dada la extemporaneidad en su presentación. Del contenido de la extensa documentación recibida el 11 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2016, se deduce la vigencia de siete operaciones durante el ejercicio fiscalizado: -Gestión del Servicio de dos aparcamientos subterráneos en las plazas del Teatro y Nuevo Ayuntamiento en Navalcarnero (KmMadrid). 20.00 Panamericana Sur inclusive–Gestión indirecta mediante concesión, de los servicios funerarios (cementerio y tanatorio) o Por el centro: Chaclacayo municipales en Navalcarnero (KmMadrid). 30.00 Carretera Central inclusive) o Por el oeste: La Punta-Callao o Por el este: La –Gestión indirecta, bajo la modalidad de concesión, del servicio de piscina municipal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ - Para los efectos y servicio de Choferes bar anexo, en Navalcarnero (Madrid). -Servicio de Reemplazo, el servicio no cubre a los distritos explotación de la piscina municipal cubierta “▇▇▇▇▇ el ▇▇▇▇▇▇▇▇, Villa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇” y ampliación de las instalaciones existentes, en Navalcarnero. –Servicio de explotación de la piscina municipal cubierta “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇” ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇). –Construcción de la plaza de toros “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇” y su posterior gestión, Cieneguillaen Navalcarnero (Madrid). –Concesión de obra pública para la construcción de un polideportivo en el barrio de la Estación y su posterior gestión, Luriganchoen Navalcarnero (Madrid). Con posterioridad, Puente Piedra una vez superado el plazo concedido para el trámite de audiencia, respecto de una de ellas, la concesión de obra pública para la construcción de un polideportivo en el Barrio de la Estación, y Carabayllo. - No aplica para unidades que cuenten su posterior gestión, celebrado en 2006 con lunas polarizadas u oscurecidas. - El presente servicio no incluye: o Combustible necesario para prestación la empresa “Constructora Hispánica, S.A.”, se ha remitido un Informe de Auditoría Técnica de las Obras, de 27 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2016, del servicio. o Desembolso por peajes, cobros por parqueos municipales, playas de estacionamiento. o Asistencia técnica en caso de avería o siniestro. o Transporte alternativo o Vehículo de sustitución en caso avería o siniestro. o Asistencia médica o personal a los ocupantes. o Servicios distintos a los inherentes que correspondan al presente documento. Son de aplicación a esta cobertura, las Condiciones Generales por las que se rige deducen graves irregularidades, entre ellas el pago de unidades de obra no ejecutadas. La documentación se ha recibido una vez rebasados ampliamente todos los plazos establecidos, tanto el concedido en un primer escrito, que tuvo salida por el registro de esta ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el día 21 de enero de 2015, como en la póliza contratadareiteración posterior, de 13 ▇▇ ▇▇▇▇ siguiente, recibida por el Ayuntamiento el 19 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2015, en cuanto no la que se hallen modificadas por concedía nuevo plazo ▇▇ ▇▇▇▇ días para cumplimentar la previa solicitud. La documentación ha sido presentada, parte de ella, dentro del plazo concedido para el trámite de alegaciones (registro de entrada en esta Cláusula o por las Condiciones Particulares Cámara de 11 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2016) y, el resto, superado el indicado plazo (registro de entrada en esta Cámara de 1º ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016). El tratamiento de la póliza. La presente Cláusula Adicional prevalece sobre las Condiciones Particulares indicada documentación supondría la paralización de la tramitación del Informe por espacio de varios meses interfiriendo en el curso de otras fiscalizaciones en marcha y éstas últimas sobre las Condiciones Generalescomprometiendo el cumplimiento del Programa de Fiscalizaciones de esta ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇.

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Sources: Informe De Fiscalización