Límite a la Imposición de Multas. (a) El valor total de las multas impuestas por la AGENCIA al Contratista no podrá superar el veinte por ciento (20%) del valor TOTAL del presente Contrato señalado en la Cláusula Séptima. (b) Si el Contratista llegare al tope señalado en el literal (a) anterior, la AGENCIA podrá adoptar, incluyendo pero sin limitarse a, la medida señalada en la Cláusula Vigésima Segunda del presente Contrato.
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Samples: Contract, Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestacion De Servicios
Límite a la Imposición de Multas. (a) El valor total de las multas impuestas por la AGENCIA al Contratista no podrá superar el veinte por ciento (20%) del valor TOTAL del presente Contrato señalado en la Cláusula Séptima.
(b) Si el Contratista Consultor llegare al tope señalado en el literal (a) anterior, la AGENCIA podrá adoptar, incluyendo pero sin limitarse a, la medida señalada en la Cláusula Vigésima Segunda del presente Contrato.
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Samples: Contract for Work