Common use of Mal Funcionamiento de los Sistemas de Medición Clause in Contracts

Mal Funcionamiento de los Sistemas de Medición. Si derivado de una prueba o supervisión se muestra que cualquiera de los componentes de los sistemas de medición está fuera de las especificaciones, descompuesto o calibrado incorrectamente, el Contratista deberá repararlo y/o realizar los ajustes para corregir la inexactitud de las mediciones conforme a lo establecido por la Normatividad Aplicable. En la medida en que el período de ajuste incluya un período durante el cual se hubiera pagado la Contraprestación del Estado como porcentaje del Valor Contractual de los Hidrocarburos, las mediciones ya corregidas de conformidad con esta Cláusula 12.4 serán utilizadas para recalcular la cantidad debida por el período de inexactitud conforme a lo establecido en el Anexo 3. En caso que como resultado de la aplicación de las mediciones corregidas, se requiera ajustar el balance pagado de Contraprestaciones en favor del Estado, dichos ajustes se realizarán de conformidad con lo establecido en el Anexo 3. El Contratista deberá sujetarse a lo previsto en la Normatividad Aplicable con respecto al reemplazo del Sistema de Medición, así como, el acceso que deberá permitir a la CNH para llevar a cabo la supervisión en el marco de sus facultades a dicho sistema.

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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos Bajo La Modalidad De Licencia en Aguas Profundas, Contrato De Garantía, Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos Bajo La Modalidad De Licencia en Zonas Terrestres

Mal Funcionamiento de los Sistemas de Medición. Si derivado de una prueba o supervisión se muestra que cualquiera de los componentes de los sistemas de medición está fuera de las especificaciones, descompuesto o calibrado incorrectamente, el Contratista deberá repararlo y/o realizar los ajustes para corregir la inexactitud de las mediciones conforme a lo establecido por la Normatividad Aplicable. En la medida en que el período de ajuste incluya un período durante el cual se hubiera pagado la Contraprestación del Estado como porcentaje del Valor Contractual de los Hidrocarburos, las mediciones ya corregidas de conformidad con esta Cláusula 12.4 12.3 serán utilizadas para recalcular la cantidad debida por el período de inexactitud conforme a lo establecido en el Anexo 3. En caso que como resultado de la aplicación de las mediciones corregidas, se requiera ajustar el balance pagado de Contraprestaciones en favor del Estado, dichos ajustes se realizarán de conformidad con lo establecido en el Anexo 3. El Contratista deberá sujetarse a lo previsto en la Normatividad Aplicable con respecto al reemplazo del Sistema de Medición, así como, el acceso que deberá permitir a la CNH para llevar a cabo la supervisión en el marco de sus facultades a dicho sistema.

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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos en Yacimientos Convencionales Terrestres Bajo La Modalidad De Licencia, Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos en Yacimientos Convencionales Terrestres Bajo La Modalidad De Licencia

Mal Funcionamiento de los Sistemas de Medición. Si derivado de una prueba o supervisión se muestra que cualquiera de los componentes de los sistemas de medición está fuera de las especificaciones, descompuesto o calibrado incorrectamente, el Contratista deberá repararlo y/o realizar los ajustes para corregir la inexactitud de las mediciones conforme a lo establecido por la Normatividad Aplicable. En la medida en que el período de ajuste incluya un período durante el cual se hubiera pagado la Contraprestación del Estado como porcentaje del Valor Contractual de los Hidrocarburos, las mediciones ya corregidas de conformidad con esta Cláusula 12.4 serán utilizadas para recalcular la cantidad debida por el período de inexactitud conforme a lo establecido en el Anexo 3. En caso que como resultado de la aplicación de las mediciones corregidas, se requiera ajustar el balance pagado de Contraprestaciones en favor del Estado, dichos ajustes se realizarán de conformidad con lo establecido en el Anexo 3. El Contratista deberá sujetarse a lo previsto en la Normatividad Aplicable con respecto al reemplazo del Sistema de Medición, así como, como el acceso que deberá permitir a la CNH para llevar a cabo la supervisión en el marco de sus facultades a dicho sistema.

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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos Bajo La Modalidad De Licencia en Zonas Terrestres Convencionales Y No Convencionales

Mal Funcionamiento de los Sistemas de Medición. Si derivado de una prueba o supervisión se muestra que cualquiera de los componentes de los sistemas de medición está fuera de las especificaciones, descompuesto o calibrado incorrectamente, el Contratista deberá repararlo y/o realizar los ajustes para corregir la inexactitud de las mediciones conforme a lo establecido por la Normatividad Aplicable. En la medida en que el período de ajuste incluya un período durante el cual se hubiera pagado la Contraprestación del Estado como porcentaje del Valor Contractual de los Hidrocarburos, las mediciones ya corregidas de conformidad con esta Cláusula 12.4 serán utilizadas para recalcular la cantidad debida por el período de inexactitud conforme a lo establecido en el Anexo 3. En caso que como resultado de la aplicación de las mediciones corregidas, se requiera ajustar el balance pagado de Contraprestaciones en favor del Estado, dichos ajustes se realizarán de conformidad con lo establecido en el Anexo 3. El Contratista contratista deberá sujetarse a lo previsto en la Normatividad Aplicable con respecto al reemplazo del Sistema de Medición, así como, el acceso que deberá permitir a la CNH para llevar a cabo la supervisión supervisión, en el marco de sus facultades a dicho sistema.

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Samples: Contrato De Garantía

Mal Funcionamiento de los Sistemas de Medición. Si derivado de una prueba o supervisión se muestra que cualquiera de los componentes de los sistemas de medición está fuera de las especificaciones, descompuesto o calibrado incorrectamente, el Contratista deberá repararlo y/o realizar los ajustes para corregir la inexactitud de las mediciones conforme a lo establecido por la Normatividad Aplicable. En la medida en que el período de ajuste incluya un período durante el cual se hubiera pagado la Contraprestación del Estado como porcentaje o la Contraprestación del Valor Contractual de los HidrocarburosContratista, las mediciones ya corregidas de conformidad con esta Cláusula 12.4 13.4 serán utilizadas para recalcular la cantidad debida por el período de inexactitud conforme a lo establecido en el Anexo 3. En caso que como resultado de la aplicación de las mediciones corregidas, se requiera ajustar el balance pagado de Contraprestaciones en favor del EstadoEstado y del Contratista, dichos ajustes se realizarán de conformidad con lo establecido en el Anexo 3. El Contratista deberá sujetarse a lo previsto en la Normatividad Aplicable con respecto al reemplazo del Sistema de Medición, así como, el acceso que deberá permitir a la CNH para llevar a cabo la supervisión en el marco de sus facultades a dicho sistema.

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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos Bajo La Modalidad De Producción Compartida en Aguas Someras

Mal Funcionamiento de los Sistemas de Medición. Si derivado de una prueba o supervisión se muestra que cualquiera de los componentes de los sistemas de medición está fuera de las especificaciones, descompuesto o calibrado incorrectamente, el Contratista deberá repararlo y/o realizar los ajustes para corregir la inexactitud de las mediciones conforme a lo establecido por la Normatividad Aplicable. En la medida en que el período de ajuste incluya un período durante el cual se hubiera pagado la Contraprestación del Estado como porcentaje del Valor Contractual de los Hidrocarburos, las mediciones ya corregidas de conformidad con esta Cláusula 12.4 10.4 serán utilizadas para recalcular la cantidad debida por el período de inexactitud conforme a lo establecido en el Anexo 3. En caso que como resultado de la aplicación de las mediciones corregidas, se requiera ajustar el balance pagado de Contraprestaciones en favor del Estado, dichos ajustes se realizarán de conformidad con lo establecido en el Anexo 3. El Contratista deberá sujetarse a lo previsto en la Normatividad Aplicable con respecto al reemplazo del Sistema de Medición, así como, el acceso que deberá permitir a la CNH para llevar a cabo la supervisión supervisión, en el marco de sus facultades facultades, a dicho sistema.

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Samples: Contrato De Garantía