MODIFICACIONES EN EL CONTRATO. 1. Modificaciones.- Con carácter general y salvo los casos especiales expuestos en los siguientes epígrafes de esta cláusula las modificaciones se regirán por lo previsto en los art. 101 y 146 del T.R.L.C.A.P. Se consideran incluidos en este caso los cambios de origen o procedencia de los materiales naturales previstos en la memoria o en su caso el pliego de prescripciones técnicas.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en La Adjudicacion, Contratacion Y Ejecucion De Las Obras De Acondicionamiento Del Edificio en La Calle Velázquez, www.hacienda.gob.es, www.hacienda.gob.es