MODIFICACIÓN DE LOS PERFILES DE RIESGO Y CRITERIOS DE INVERSIÓN Cláusulas de Ejemplo

MODIFICACIÓN DE LOS PERFILES DE RIESGO Y CRITERIOS DE INVERSIÓN. 1. La ENTIDAD prestará el servicio de gestión de cartera dentro de los límites que se deriven del resultado de la evaluación de idoneidad realizada (Test de Idoneidad). En caso de cotitularidad, uno o varios de los cotitulares podrán delegar la realización del Test de Idoneidad a uno solo de ellos. En tal caso, los cotitulares aceptan expresamente que se considere a efectos del perfil de riesgo el Test de Idoneidad realizado por el interviniente que se indica en las Condiciones Particulares. El perfil general del riesgo de la Cartera será, como máximo, el que resulte de dicha evaluación, si bien el CLIENTE podrá optar por Xxxxxxxx con un perfil de riesgo más conservador. El horizonte temporal de la inversión así como el perfil de riesgo al que se adecuarán los objetivos de inversión del CLIENTE se recogen en el Anexo II de este Contrato. 2. La ENTIDAD no modificará el perfil de riesgo de la cartera a menos que el CLIENTE realice una nueva evaluación que arroje un resultado distinto al obtenido inicialmente. La ENTIDAD advertirá al CLIENTE, si procede, de aquellos supuestos en los que la nueva evaluación determine la necesidad de modificar la composición de la Cartera para adaptarla al nuevo perfil de riesgo. 3. El nivel de riesgo y objetivos de gestión, así como las limitaciones específicas indicadas, en su caso, por el CLIENTE, podrán ser modificados a solicitud de éste, siempre que no supere el resultado del Test de Idoneidad, notificándolo a la ENTIDAD en la forma establecida en el presente Contrato, o cuando se produzcan cambios en las circunstancias personales que afecten a dichos criterios. Las modificaciones que correspondan quedarán instrumentadas mediante la suscripción con la ENTIDAD de nuevas Condiciones Particulares, que sustituirán a las anteriores.
MODIFICACIÓN DE LOS PERFILES DE RIESGO Y CRITERIOS DE INVERSIÓN de riesgo al que se adecuarán los objetivos de inversión del CLIENTE se recogen en el Anexo II de este Contrato. Las características de sostenibilidad de la cartera se ajustarán a las preferencias de sostenibilidad manifestadas en el Test de Idoneidad vigente realizado al titular designado en las Condiciones Particulares, salvo que el CLIENTE hubiera decidido adaptar puntualmente sus preferencias de sostenibilidad a las características de la Cartera con motivo de su contratación.
MODIFICACIÓN DE LOS PERFILES DE RIESGO Y CRITERIOS DE INVERSIÓN. 1. La ENTIDAD prestará el servicio de gestión de cartera dentro de los límites que se deriven del resultado de la evaluación de idoneidad realizada (Test de Idoneidad). En caso de cotitularidad, uno o varios de los cotitulares podrán delegar la realización del Test de Idoneidad a uno solo de ellos. En tal caso, los cotitulares aceptan expresamente que se considere a efectos del perfil de riesgo el Test de Idoneidad realizado por el interviniente que se indica en las Condiciones Particulares. El perfil general del riesgo de la Cartera será, como máximo, el que resulte de dicha evaluación, si bien el CLIENTE podrá optar por Xxxxxxxx con un perfil de riesgo más conservador. El horizonte temporal de la inversión así como el perfil de riesgo al que se adecuarán los objetivos de inversión del CLIENTE se recogen en el Anexo II de este Contrato. 2. La ENTIDAD no modificará el perfil de riesgo de la cartera a menos que el CLIENTE realice una nueva evaluación que arroje un

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  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

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