Evaluación de idoneidad Cláusulas de Ejemplo

Evaluación de idoneidad. Conjunto de preguntas que el Banco le efectuará para obtener información de que el servicio que se le va a prestar y las decisiones de inversión a adoptar por el banco, son adecuados a sus conocimientos y experiencia, objetivos de inversión, sus preferencias de sostenibilidad y situación financiera.
Evaluación de idoneidad. Rentamarkets prestará el servicio de gestión de carteras en condiciones de idoneidad, esto es, d entro de los límites que se deriven del resultado de la evaluación de idoneidad (en adelante, el “Test de Idoneidad”) realizada al Cliente, atendiendo a los objetivos de inversión y perfil de riesgo que se deriven del mismo. A estos efectos, con carácter previo a la prestación de este servicio, Rentamarkets debe recabar y conocer los datos esenciales del Cliente con el fin de disponer de una base razonable para pensar, teniendo en cuenta debidamente la naturaleza y el alcance del servicio prestado, que las transacciones concretas que deben realizarse al amparo del presente Contrato cumplen las siguientes condiciones:
Evaluación de idoneidad. TRESSIS S.V., S.A. prestará el servicio de gestión de carteras en condiciones de idoneidad, dentro de los límites que se deriven del resultado de la evaluación de idoneidad realizada al Cliente y de acuerdo con sus indicaciones. El Cliente declara la veracidad de los datos proporcionados sobre sus conocimientos y experiencia, situación financiera y objetivos de inversión, de los que resulta el nivel de riesgo que consta en el Contrato. El Cliente se obliga a informar a TRESSIS S.V., S.A. de las modificaciones surgidas en los datos y circunstancias facilitados para su evaluación.
Evaluación de idoneidad. Con anterioridad a la prestación de los servicios de gestión de carteras y asesoramiento en materia de inversión, en su caso, el Banco deberá obtener del Cliente la información necesaria que le permita evaluar la idoneidad de las operaciones recomendadas o de la composición de la cartera gestionada, con objeto de poder actuar en el mejor interés de sus clientes. Para evaluar la idoneidad tendrá en cuenta los siguientes criterios relacionados con su perfil:
Evaluación de idoneidad. Con carácter previo a la lectura y explicación de este contrato, el Cliente ha proporcionado a MDEF GESTEFIN una serie de datos sobre su conocimiento y experiencia de los mercados financieros y de valores, sobre su situación financiera y objetivos de inversión, de los que resulta el nivel de riesgo que asume el Cliente y que consta en el contrato. El Cliente declara la veracidad de los datos facilitados así como que, conforme a su perfil de riesgo, MDEF GESTEFIN le ha informado, a su xxxx saber y entender, de la idoneidad o no de los instrumentos financieros y activos, que constan en el contrato, y en los que el Cliente desea invertir. El Cliente se obliga a informar a MDEF GESTEFIN de las modificaciones surgidas en los datos y circunstancias facilitadas anteriormente y de los cuales, podría procederse a otra evaluación del nivel de riesgo del Cliente. MDEF GESTEFIN se reserva el derecho a la vista de la nueva información facilitada por el Cliente y hasta que se haga una evaluación del nuevo nivel de riesgo, a realizar las actuaciones necesaria para ajustar el asesoramiento prestado a un nivel de riesgo más conservador. El contrato se compone de dos secciones acompañadas de varios anexos con datos cuya extensión y detalle aconsejan separarlos del cuerpo principal del contrato. A continuación se explica brevemente, para facilitar su comprensión, el objeto de los distintos apartados y cláusulas del presente contrato. La primera sección recoge los siguientes apartados informativos o condiciones preliminares:
Evaluación de idoneidad. Con carácter previo a la lectura y explicación de este contrato, el(los) cliente(s) ha(n) proporcionado a la ENTIDAD una serie de datos sobre su(s) conocimiento(s) y experiencia de los mercados financieros y de valores, sobre su situación financiera y objetivos de inversión, de los que resulta su clasificación como “cliente minorista”, la idoneidad de las posibles inversiones a realizar y el nivel de riesgo que asume(n) el(los) cliente(s) y que consta en el contrato . La ENTIDAD no podrá prestar al CLIENTE el servicio de gestión discrecional de carteras si el CLIENTE no facilita a la ENTIDAD la información necesaria para que lleve a cabo la evaluación de su idoneidad y no cumplimenta el Test de idoneidad elaborado por la ENTIDAD con esa finalidad. En el caso de posiciones en cotitularidad, los Titulares conocen que la ENTIDAD ha decidido realizar el test de idoneidad a aquel cliente que ha decidido realizarlo de entre todos ellos. En consecuencia, los restantes cotitulares asumirán la evolución de las inversiones bajo el mandato conferido para la gestión discrecional de carteras de acuerdo con el perfil resultante de TITULAR que aporta la idoneidad. El(los) cliente(s) declara(n) la veracidad de los datos que han facilitado a los efectos de dicha clasificación y de los test realizados, así como que, conforme a su perfil de riesgo, la ENTIDAD le(s) ha(n) informado, a su xxxx saber y entender, de la idoneidad o no de los instrumentos financieros y activos, que constan en el contrato, y en los que el(los) cliente(s) desea(n) invertir. Por ello, y como queda expuesto, el(los) cliente(s) se obliga(n) a informar con carácter inmediato a la ENTIDAD de las modificaciones surgidas en los datos y circunstancias facilitados anteriormente y de los cuales, podría procederse a cambiar la calificación de “cliente minorista”, a determinar que algunos productos financieros, actualmente considerados como idóneos, dejarán de serlo, o a otra evaluación del nivel de riesgo del (de los) cliente(s) . La ENTIDAD se reserva el derecho, a la vista de la nueva información facilitada por el(los) cliente(s) y hasta que se haga una evaluación del nuevo nivel de riesgo, a realizar las actuaciones necesarias para ajustar la cartera gestionada a un nivel de riesgo más conservador. La ENTIDAD no podrá realizar operaciones que hagan que la cartera del CLIENTE exceda del perfil de riesgo establecido como resultado del Test de Idoneidad cumplimentado por el mismo.
Evaluación de idoneidad. De conformidad con el artículo 79 bis, 5 y 6, de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, en relación con el artículo 72 del RD 217/2008, a través de este contrato de gestión discrecional de cartera, Q-Renta prestará su servicio de inversión al CLIENTE de acuerdo con la evaluación de idoneidad realizada a éste, a partir de la cual se determinan las transacciones específicas que deben recomendarse, o que deben realizarse. Dicha evaluación se efectuó sobre la base de la información que el CLIENTE proporcionó a Q-Renta, cuya veracidad declara, relativa a su experiencia y conocimientos en materia financiera, objetivos de inversión y situación patrimonial, siendo la misma suficiente para establecer si las transacciones que se recomienden, o que se realicen, cumplen con sus objetivos de inversión, de modo que los riesgos asumidos sean coherentes con aquellos y que, además, comprende esos riesgos. Asimismo, el CLIENTE deberá informar a Q-Renta de las modificaciones que se produjeran en los datos brindados a efectos de su evaluación. El CLIENTE deberá informar a Q-Renta de aquellos extremos, datos, circunstancias que puedan modificar o variar su conocimiento y experiencia, su situación patrimonial y sus objetivos de inversión. A tal efecto, podrá dirigirse por escrito o por correo electrónico, a las direcciones designadas.
Evaluación de idoneidad. El Cliente expresamente declara que, con anterioridad a la suscripción del presente Contrato, MUTUACTIVOS AV le ha realizado un test de idoneidad al objeto de evaluar si el Cliente tiene la experiencia y los conocimientos necesarios para comprender los riesgos que implica el servicio que se propone contratar. Asimismo, le solicitará información al objeto de comprender sus datos esenciales y poder recomendarle los servicios de inversión e instrumentos financieros que sean idóneos para él y que, en particular, mejor se ajusten a su nivel de tolerancia al riesgo y capacidad para soportar pérdidas. Cuando se trate de clientes clasificados como profesionales, MUTUACTIVOS AV únicamente estará obligado a solicitar y evaluar información relativa a los objetivos de inversión y situación financiera, en tanto, a esta tipología de clientes se les presupone conocimientos, experiencia y cualificación necesaria para tomar sus decisiones de inversión y valorar correctamente sus riesgos. Asimismo, el Cliente se compromete, a efectos de evaluar la idoneidad de las operaciones recomendadas por MUTUACTIVOS AV, a facilitar toda la información que le sea requerida con este propósito. En los supuestos en que el Cliente no cumplimente el test de idoneidad o no le facilite la información necesaria a MUTUACTIVOS AV para llevar a cabo la evaluación de su idoneidad, MUTUACTIVOS AV no estará facultada para prestarle el servicio de asesoramiento. Mutuactivos AV le entregará al cliente el resultado del test de idoneidad, firmando el cliente un recibí de su entrega. El Cliente se hace expresamente responsable de la información proporcionada, y de informar a MUTUACTIVOS AV sobre cualquier cambio que pueda suponer una modificación en relación con la evaluación de idoneidad realizada. En cualquier caso, MUTUACTIVOS AV actualizará y revisará, al menos una vez al año, la validez de la evaluación realizada. MUTUACTIVOS AV queda exonerado de toda responsabilidad en el caso de que, producido un daño al Cliente, éste se deba al incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones de información establecidas en el presente documento.
Evaluación de idoneidad. El Cliente expresamente declara que, con anterioridad a la suscripción del presente Contrato, ha proporcionado a MUTUACTIVOS AV información completa y veraz al efecto de que MUTUACTIVOS AV pudiera evaluar la idoneidad del servicio de inversión prestado. Asimismo, el Cliente se compromete, a efectos de evaluar la idoneidad de las operaciones recomendadas por MUTUACTIVOS AV, a facilitar toda la información que le sea requerida con este propósito. El Cliente se hace expresamente responsable de la información proporcionada, y de informar a MUTUACTIVOS AV sobre cualquier cambio que pueda suponer una modificación en relación con la evaluación de idoneidad realizada. En cualquier caso, MUTUACTIVOS AV actualizará y revisará, al menos una vez al año, la validez de la evaluación realizada. MUTUACTIVOS AV queda exonerado de toda responsabilidad en el caso de que, producido un daño al Cliente, éste se deba al incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones de información establecidas en el presente documento. CUARTA. -
Evaluación de idoneidad. En la prestación del servicio de gestión discrecional de carteras, con la finalidad de conocer si los instrumentos financieros son idóneos para los clientes y se ajustan a su nivel de tolerancia al riesgo y a su capacidad para soportar pérdidas, iBroker obtendrá la información necesaria en relación con los siguientes aspectos: