OBJETIVOS DE INVERSIÓN Cláusulas de Ejemplo

OBJETIVOS DE INVERSIÓN obtener razonable rentabilidad producto de la inversión en valores negociables xx xxxxx fija, así como también de colocaciones en instrumentos emitidos por entidades financieras. Se entenderá por valores xx xxxxx fija a aquellos que producen una renta determinada, ya sea en el momento de su emisión o en un momento posterior durante la vida del título.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN. La ENTIDAD, en virtud de la presente gestión delegada, podrá modificar la composición de la Cartera, siguiendo el mismo nivel de riesgo, objetivos de inversión y limitaciones específicas indicadas por el cliente y dentro de los límites que resulten del resultado de la evaluación de idoneidad (Test de Idoneidad). El porcentaje o peso de cada tipología de instrumentos financieros en la composición de la cartera podrá ser modificado por la ENTIDAD, para adaptar su composición a las condiciones y expectativas xxx xxxxxxx en cada momento. Las modificaciones que así se efectúen en la composición de la Cartera no requerirán consentimiento previo del CLIENTE.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN el objetivo primario de la administración del FONDO es preservar el valor del patrimonio del FONDO, y en ese marco, obtener ganancias derivadas de la compra y venta de ACTIVOS AUTORIZADOS. Son ACTIVOS AUTORIZADOS los valores negociables, instrumentos financieros y otros activos financieros mencionados en este CAPÍTULO 2 (con la denominación legal equivalente que corresponda en el caso de países distintos de la República Argentina). Se destaca especialmente que: 1.1. Al menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del patrimonio neto del FONDO deberá invertirse en ACTIVOS AUTORIZADOS xx xxxxx fija emitidos y negociados en la República Argentina. 1.2. Se consideran como ACTIVOS AUTORIZADOS: (i) xx xxxxx fija todos aquellos que producen una renta determinada, ya sea al momento de su emisión o en un momento posterior durante la vida de dicho activo, en instrumentos financieros y otros activos financieros mencionados en este CAPÍTULO 2 (con la denominación legal equivalente que corresponda en el caso de países distintos de la República Argentina). Se destaca especialmente que: 1.1. Al menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del patrimonio neto del FONDO deberá invertirse en ACTIVOS AUTORIZADOS xx xxxxx fija emitidos y negociados en la República Argentina. 1.2. Se consideran como ACTIVOS AUTORIZADOS: (i) xx xxxxx fija todos aquellos que producen una renta determinada, ya sea al momento de su emisión o en un momento posterior durante la vida de dicho activo, en forma de interés (fijo o variable) o de descuento. 1.3. El FONDO podrá estar compuesto por un porcentaje máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) de ACTIVOS AUTORIZADOS valuados a devengamiento y deberá conservar en todo momento, en calidad de margen de liquidez, un monto equivalente a no menos del OCHENTA POR CIENTO (80%) del porcentaje total de ACTIVOS AUTORIZADOS valuados a devengamiento, en cuentas corrientes abiertas en el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, con los requisitos que determinen las NORMAS. 1.4. Los ACTIVOS AUTORIZADOS valuados a devengamiento deberán tener un vencimiento final fijado para una fecha que no exceda de los NOVENTA Y CINCO (95) días corridos a partir de la fecha de adquisición. 1.5. La vida promedio ponderada de la cartera compuesta por ACTIVOS AUTORIZADOS valuados a devengamiento no podrá exceder de TREINTA Y CINCO (35) días corridos 1.6. La adquisición de ACTIVOS AUTORIZADOS valuados a precio xx xxxxxxx se limita a ACTIVOS AUTORIZADOS representativos de deuda, cuyo vencimien...
OBJETIVOS DE INVERSIÓN el objetivo primario de la adminis- tración del FONDO es obtener la apreciación del valor xxx xxxxx- monio del FONDO, mediante ingresos corrientes y ganancias de capital por la compra y venta de ACTIVOS AUTORIZADOS. Son ACTIVOS AUTORIZADOS los valores negociables, instrumentos financieros y otros activos financieros (xx xxxxx fija o variable, de carácter público o privado nacionales o extranjeros) mencionados en este CAPÍTULO 2 (con la denominación legal equivalente que corresponda en el caso de países distintos de la República Argen- xxxx). Se destaca especialmente que:
OBJETIVOS DE INVERSIÓN. El FONDO tendrá como objetivo la valoración de su patrimonio, que estará compuesto por una cartera de valores xx xxxxx fija, incluyendo certificados de plazo fijo, principalmente denominados en pesos. El FONDO asignará prioridad a la preservación del capital y a la liquidez del mismo, en un marco de amplios criterios de rendimientos y diversificación.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN. La estrategia de inversión del Fondo se presenta esquematizada en el siguiente cuadro estableciendo objetivos cronológicos en función a cada etapa: Cuadro 2 ETAPAS CONFORMACIÓN (años 1, 2) MADUREZ (años 3 al 6) DES INVERSIÓN (años 7 al 9) Valores relacionados a Bienes Raíces 5% 50% 25% 50% 0% 50% Cobertura Financiera 49% 51% 49% 51% 49% 51% Manejo de Tesorería y Liquidez 0% 46% 0% 26% 0% 51% Medición Trimestralmente Logro del Objetivo Último día año 2 Úl ti mo día años 3,4,5 y 6 Último día años 7, 8, y el día 180 del año 9 * Límites Calculados en función a la Cartera Bruta del Fondo Fuente: Panamerican SAFI S.A. Dónde: ‐ ETAPA DE CONFORMACIÓN DEL PORTAFOLIO: A partir de la fecha de inicio de actividades del Fondo y concluye en el segundo aniversario del fondo. Durante esta Etapa, podrá mantenerse el Periodo de colocación primaria de las cuotas, hasta el vencimiento del mismo. ‐ ETAPA DE MADUREZ DEL PORTAFOLIO: Se inicia a la finalización de la etapa anterior y concluye al finalizar el sexto aniversario del Fondo. ‐ ETAPA DE DES INVERSIÓN DEL PORTAFOLIO: Últimos tres años de vida del Fondo. Las inversiones en cada etapa estarán regidas por los límites de diversificación establecidos en el presente Reglamento. Los objetivos de inversión están expresados como porcentajes sobre la cartera bruta del fondo. Dentro de los objetivos de inversión, podrán existir periodos de máximo 180 días calendario de desvíos o no cumplimiento de los objetivos de inversión. Esto se debe a que, por la naturaleza de los proyectos, la conclusión de uno y el inicio de otro no sucede generalmente en los mismos tiempos. Las mediciones al cumplimiento de objetivos se llevarán a cabo permanentemente, sin embargo, por lo menos trimestralmente, durante todas las etapas .Las mediciones serán de conocimiento del Comité de Inversiones del Fondo y constarán en actas. El momento de llevar a cabo el diagnóstico de los logros de objetivos, se evaluará el desempeño del Fondo durante todo el periodo de análisis y no así únicamente a la fecha xxx xxxxx. Por tanto el logro al cumplimiento de objetivos podrá darse en cualquier momento durante los periodos definidos en cada etapa.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN a) Propósito de la inversión. b) Duración prevista para la inversión. c) El nivel de tolerancia al riesgo del cliente por cada objetivo de inversión. d) Limitantes y restricciones para la inversión, por voluntad del cliente. Para el conocimiento del cliente y perfilamiento del mismo Asepriv AI utiliza los formatos que se incluyen en los Anexos 3 y 4 del presente manual.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN. El principal objetivo de inversión del FONDO es generar un razonable nivel de valorización del capital con una estrategia orientada hacia la incorporación de activos xx xxxxxxx y largo plazo a través de la inversión de su patrimonio neto mayoritariamente en valores negociables xx xxxxx fija, depósitos e instrumentos emitidos por entidades financieras.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN el FONDO tendrá como objetivo principal la adquisición de Activos xx Xxxxx Fija denominados en dólares estadounidenses (“Dólares”).

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  • PLAZOS DE EJECUCIÓN El Proponente deberá presentar un diagrama xx Xxxxx o un calendario del Proyecto indicando la secuencia detallada de las actividades que se llevarán a cabo y el tiempo correspondiente.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Comprador, deberá tener una sucursal financiera en el país del Comprador que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAO; (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO; 21.3 Si la Subcláusula 21.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible una vez que el Oferente adjudicado haya suministrado su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 20.2 de las IAO; o; (b) si el Oferente seleccionado no: (i) firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO; (ii) suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el subpárrafo 7 del Formulario de Información sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 21.7 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de Oferta, y (a) un Oferente retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en la Carta de la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 20.2 de las IAO o (b) el Oferente seleccionado no firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO, o no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO; el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Oferente no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del Contratante durante el período que se estipule en los DDL.

  • Derechos de propiedad 62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante.

  • Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando: El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1). Para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). El proponente adjudicado no presente para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio uno o más de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • Instrucciones a los Licitantes Índice de Cláusulas

  • Documentos que Establecen las Calificaciones del Oferente 19.1 La evidencia documentada de las calificaciones del Oferente para ejecutar el Contrato si su oferta es aceptada, deberá establecer a completa satisfacción del Comprador: (a) que, si se requiere en los DDL, el Oferente que no fábrica o produce los bienes que propone proveer deberá presentar una Autorización del Fabricante mediante el formulario incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta para demostrar que ha sido debidamente autorizado por el fabricante o productor de los Bienes para suministrarlos en el país del Comprador; (b) que, si se requiere en los DDL, en el caso de un Oferente que no está establecido comercialmente en el país del Comprador, el Oferente está o estará (si se le adjudica el Contrato) representado por un Agente en el país del Comprador equipado y con capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos, estipuladas en las Condiciones del Contrato y/o las Especificaciones Técnicas; y (c) que el Oferente cumple con cada uno de los criterios de calificación estipulados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

  • REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR Para efectos de lo anterior, los licitantes deberán considerar lo siguiente: 4.1 Entregar la documentación o información a que se refiere el punto 6 de esta Invitación, en la hora señalada en el punto 3.2.3. Presentación y apertura de proposiciones, del numeral 3, “Forma y términos que regirán los diversos actos de este procedimiento” ya sea de manera presencial o a través de CompraNet. 4.2 Deberán presentar sus propuestas debiendo sujetarse a los requisitos de la presente Convocatoria y sus Anexos. 4.3 Las proposiciones técnica y económica deberán ser firmadas autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de las mismas, en caso de ser presentadas vía CompraNet deberán ser firmadas electrónicamente; las cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio, por lo que no podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica. 4.4 Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que las integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. 4.5 La propuesta técnica podrá presentarse conforme al formato A-1, de la presente Convocatoria o en formato libre donde se describirán de manera clara y precisa, las características técnicas mínimas de los servicios requeridos en el Anexo 1 Anexo Técnico, sin indicar el costo. 4.6 La propuesta económica podrá presentarse conforme al formato A-2 de la presente Convocatoria o en formato libre incluyendo todos los datos e información requerida en dicho formato. 4.7 El precio unitario será fijo a partir de la entrega de la proposición y durante la vigencia del contrato y no estará sujeto a decremento o incremento. 4.8 Las propuestas que no contengan los requisitos que se enlistan a continuación, afectarán su solvencia y serán desechadas en virtud de que se consideran indispensables para evaluar las proposiciones. a) Numeral 6 “Documentos que deben presentar los licitantes” punto 6.1. Propuesta técnica incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), y en su caso j) y k).

  • GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.

  • Instrucciones a los Oferentes (IAO) Esta sección proporciona información para asistir a los Oferentes en la preparación de sus Ofertas. También proporciona información sobre la presentación, apertura y evaluación de las ofertas y la adjudicación de los contratos. Las disposiciones de la Sección I son de uso estándar y obligatorio en todos los procedimientos de Licitación para la contratación de servicios regidos por la Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones de Xxx Xx. 000-00 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12.