Common use of Movilidad Clause in Contracts

Movilidad. 1. Mientras permanezca vigente la regulación establecida en el Artículo 40 del ET, no se considerará que se produce traslado que exija cambio de residencia cuando el cambio de lugar de trabajo sea dentro de una distancia que no exceda de 25 Kilómetros desde el centro de trabajo. A los efectos de la determinación del centro de trabajo a partir del cual se computará la mencionada distancia, se tendrá en cuenta el centro de adscripción en el momento de la entrada en vigor del Convenio Colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996). Asimismo, para quien esté en situación de comisión de servicios a la entrada en vigor del Convenio Colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996), el centro de referencia será el centro al que estén adscritos con carácter permanente. Por su parte, aquellas personas incorporadas a las Cajas de Ahorros a partir de la entrada en vigor del Convenio Colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996) tendrán como centro de referencia el de su primer destino. Estos cambios del lugar de trabajo no se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. cve: BOE-A-2020-15571 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx

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Samples: Convenio Colectivo Para Las Cajas Y Entidades Financieras De Ahorro

Movilidad. 1. Mientras permanezca vigente la regulación establecida en el Artículo 40 del ET, no se considerará que se produce traslado que exija cambio de residencia cuando el cambio de lugar de trabajo sea dentro de una distancia que no exceda de 25 Kilómetros desde el centro de trabajo. A los efectos de la determinación del centro de trabajo a partir del cual se computará la mencionada distancia, se tendrá en cuenta el centro de adscripción en el momento de la entrada en vigor del Convenio Colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996). Asimismo, para quien esté en situación de comisión de servicios a la entrada en vigor del Convenio Colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996), el centro de referencia será el centro al que estén adscritos con carácter permanente. Por su parte, aquellas personas incorporadas a las Cajas de Ahorros a partir de la entrada en vigor del Convenio Colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996) tendrán como centro de referencia el de su primer destino. Estos cambios del lugar de trabajo no se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. cve: BOE-A-2020-15571 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx.

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Samples: Convenio Colectivo De Las Cajas Y Entidades Financieras De Ahorro

Movilidad. 1. Mientras permanezca vigente la regulación establecida en el Artículo artículo 40 del ET, no se considerará que se produce traslado que exija cambio de residencia cuando el cambio de lugar de trabajo sea dentro de una distancia que no exceda de 25 Kilómetros desde el centro de trabajo. A los efectos de la determinación del centro de trabajo a partir del cual se computará la mencionada distancia, se tendrá en cuenta el centro de adscripción en el momento de la entrada en vigor del Convenio Colectivo convenio colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996). Asimismo, para quien esté en situación de comisión de servicios a la entrada en vigor del Convenio Colectivo convenio colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996), el centro de referencia será el centro al que estén adscritos con carácter permanente. Por su parte, aquellas personas incorporadas a las Cajas de Ahorros a partir de la entrada en vigor del Convenio Colectivo convenio colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de 1996) tendrán como centro de referencia el de su primer destino. Estos cambios del lugar de trabajo no se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. cve: BOE-A-2020-15571 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx.

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Samples: Convenio Colectivo Para Las Cajas Y Entidades Financieras De Ahorro

Movilidad. 1. Mientras permanezca vigente la regulación establecida en el Artículo artículo 40 del ET, no se considerará que se produce traslado que exija cambio de residencia cuando el cambio de lugar de trabajo sea dentro de una distancia que no exceda de 25 Kilómetros desde el centro de trabajo. A los efectos de la determinación del centro de trabajo a partir del cual se computará la mencionada distancia, se tendrá en cuenta el centro de adscripción en el momento de la entrada en vigor del Convenio Colectivo convenio colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de marzo de 1996). Asimismo, para quien esté en situación de comisión de servicios a la entrada en vigor del Convenio Colectivo convenio colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de marzo de 1996), el centro de referencia será el centro al que estén adscritos con carácter permanente. Por su parte, aquellas personas incorporadas a las Cajas de Ahorros a partir de la entrada en vigor del Convenio Colectivo convenio colectivo 1995-1997 (9 xx xxxxx de marzo de 1996) tendrán como centro de referencia el de su primer destino. Estos cambios del lugar de trabajo no se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. cve: BOE-A-2020-15571 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx.

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