NOCIÓN DE SERVICIO PÚBLICO Cláusulas de Ejemplo

NOCIÓN DE SERVICIO PÚBLICO. Para el desarrollo xxx xxxxxxx de gas natural, ha sido necesario estudiar la noción de servicio público debido a la consagración efectuada por la Ley 142 de 1994, al considerar el transporte de gas natural como una actividad complementaria, a la cual se aplica las disposiciones de los servicios públicos domiciliarios. La Revolución Francesa en 1789 dio origen al Estado actual, su triunfo inicia históricamente la concepción de un Estado que trabajaría con una finalidad en pro del pueblo dentro xxx xxxxx de la tridivisión del poder, fundamentándose así de manera indirecta el derecho Administrativo y su jurisdicción. Sin embargo, a pesar de este triunfo se requirió una evolución progresiva del Estado y su aspecto teleológico y a la concreción en firme de la doctrina jurídica y de su normativa correspondiente a la aplicabilidad del derecho que le correspondiere, así “la actividad de la administración puede estar sujeta a dos regímenes y jurisdicciones diferentes; al régimen del derecho administrativo y a la Jurisdicción Contenciosa Administrativa cuando actúa de manera diferente a los particulares, y al régimen del derecho común y a la jurisdicción común, cuando la actividad ejercida por el mismo Estado es similar a los particulares”53. Pero este concepto no tenia muchos caminos para lograr determinar cuando la actividad ejercida por el Estado era de carácter público o de carácter privado, dando paso a una variada serie de génesis donde se puede destacar que el producto de ellas logran romper la tendencia que se tuvo inicialmente con las ideas de la corriente liberal, donde “la noción de poder y mando ya no era el elemento esencial que permitiera diferenciar claramente la actividad administrativa de la realizada por los particulares; Algunos autores de comienzos del siglo XIX, consideraron que era necesario una nueva noción”54. Fue así como basados en algunos fallos jurisprudenciales importantes de finales del siglo XIX, concluyeron que la nueva noción clave seria la de servicio público, caracterizada por un elemento fundamental que era la búsqueda del interés general55. Por lo anterior, se afirma que los orígenes de los servicios públicos se deben a la evolución Iuspublicista Francesa, pensamiento propio y desarrollado por la Escuela xx Xxxxxxx, que evolucionó hasta formar el marco de referencia que guió la senda jurisprudencial. El hallazgo de la teoría del Servicio Público, personificó un gran paliativo para los administrativistas, ya que buscaron en el tér...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.