Definición de Contratos de Servicios

Contratos de Servicios significan los términos y condiciones en relación con tipos específicos de Cuentas o Servicios sujetos al Contrato. "Cuentas" significan todas aquellas cuentas Corriente del Cliente en el Banco, las cuales están cubiertas por los términos y condiciones de este Contrato. "Daños y Perjuicios" tendrá el significado que se le otorga en la Sección 12 "Derecho Aplicable" significa cualquier ley, estatuto, orden, decreto, regla, mandato, licencia, consentimiento, autorización, contrato, lineamiento, circular o regulación de alguna autoridad de la República de Colombia. "
Contratos de Servicios los contratos que no sean contratos de obras o de suministro relativos a la prestación de servicios. Un contrato que tenga por objeto al mismo tiempo produc­ tos y servicios se considerará un «contrato de servicios» cuando el valor de los servicios en cuestión sea superior al de los productos incluidos en el contrato. Un contrato que tenga por objeto servicios e incluya activi­ dades pertenecientes a la división 45 del Vocabulario Común de Contratos Públicos que sean accesorias en relación con el objeto principal del contrato se considerará un contrato de servicios.
Contratos de Servicios significan los términos y condiciones en relación con tipos específicos de Cuentas o Servicios sujetos al Reglamento. "Cuentas" significan todas aquellas cuentas de ahorros del Cliente en el Banco, las cuales están cubiertas por los términos y condiciones de este Reglamento. proceedings on the ownership of funds) or in connection with the Bank's response to any process legal or regulatory related to an Account or the Services, provided that said process or dispute (i) does not have as its origin the breach of the legal or contractual obligations of the Bank, and it is determined that in fact the Bank did not comply with said obligations, or (ii) does not correspond to a dispute between the Customer and the Bank. In the latter case, the reimbursement of expenses will be subject to what is ordered by the competent judge in accordance with the Applicable Law. 19.

Examples of Contratos de Servicios in a sentence

  • La posibilidad de prorrogas del contrato quedará establecida en el apartado F del Cuadro de Características del presente Pliego, con los límites y en los términos que establece el Anejo de Condiciones Generales para los Contratos de Servicios de LFP, S.A.

  • Para la determinación de la jurisdicción competente en cada contrato, se estará a lo regulado por el Anejo de Condiciones Generales para Contratos de Servicios de LFP, S.A.

  • Respecto al procedimiento a seguir para la tramitación y aprobación de las modificaciones del contrato que se produzcan, será de aplicación lo dispuesto en el Anejo de Condiciones Generales para los Contratos de Servicios de LFP, S.A. En todo caso, la tramitación exigirá su Autorización por LFP, S.A. así como la Aprobación del Expediente del Gasto.

  • YPFB CHACO en el marco de sus Contratos de Operación y Contratos de Servicios Petroleros, dentro de los Planes de Desarrollo y Programas de Trabajo para sus diferentes Áreas de Operaciones requiere contratar servicios especializados altamente calificados.

  • Otras condiciones de (Si aplica) Además, las partes acuerdan que este contrato incluye las disposiciones del Acta de Contratos de Servicios (41 U.S.C. §§351-401), si aplica.

  • Unidad de Renegociación y A nálisis de Contratos de Servicios Públicos Se consideran infantes, para su exclusión en la aplicación de la Tasa de Uso de Aerostación a los menores que no hubieren cumplido los 3 años de edad para el caso de ser pasajeros en vuelos xx xxxxxxxx y a los menores que no hubieren cumplido los dos 2 años de edad para el caso de ser pasajeros en vuelos internacionales.

  • Nuevamente se insiste en la necesidad de que por los responsables de los centros se mantenga un control estricto sobre las fechas de finalización de los plazos de vigencia de los Contratos de Servicios con el fin tener previstos, con absoluta certeza, los tiempos necesarios de tramitación de los nuevos contratos, evitando así que se produzcan perio- dos en los que la prestación del servicio no tenga cobertura.

  • Por "Contratos de Servicios" se entenderá los términos y condiciones en relación con tipos específicos de Cuentas o Servicios sujetos al Contrato.

  • Por "Servicios" deberá entenderse aquellos Servicios ofrecidos por el Banco y sujetos al Contrato y a cualesquier Contratos de Servicios aplicables.

  • El Banco procesará su información personal para las siguientes finalidades: para efectos de prestar los Servicios bajo el Contrato, la Documentación de la Cuenta y los Contratos de Servicios, para el cumplimiento de requerimientos legales y regulatorios, y para fines operacionales del Banco, manejo de riesgos y cumplimiento a políticas internas.


More Definitions of Contratos de Servicios

Contratos de Servicios. Significa, conjuntamente, los Contratos de Enrolamiento,
Contratos de Servicios significa conjuntamente el Contrato de Servicios Dinavisa, el Contrato de Servicios VFC, el Contrato de Servicios VAU y el Contrato de Servicios VVC.
Contratos de Servicios. Significa, conjuntamente, los Contratos de Enrolamiento, el Contrato de Supervisión de Ingresos, el Contrato de Supervisión de Mantenimiento y el contrato que el Fiduciario celebre con el Contador Independiente, así como los contratos que, en su caso, sean celebrados por el Fiduciario, previas instrucciones del Comité Técnico, con cualquier asesor legal, contable o de otro tipo que requiera para los efectos previstos en este Contrato.

Related to Contratos de Servicios

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.