NÚMERO MÍNIMO DE ESTACIONAMIENTOS PARA USO COMERCIAL Cláusulas de Ejemplo

NÚMERO MÍNIMO DE ESTACIONAMIENTOS PARA USO COMERCIAL a) Remodelaciones y Ampliaciones b) Edificaciones nuevas
NÚMERO MÍNIMO DE ESTACIONAMIENTOS PARA USO COMERCIAL. Las obras nuevas de edificación, las remodelaciones y las ampliaciones deberán cumplir dentro de los límites del lote con el número de estacionamientos que se exige en el Cuadro Nº 2 de la presente Ordenanza. Para el cálculo del número de vehículos la fracción igual a 0.5 se redondea a la unidad superior. En edificaciones con uso mixto comercial y residencial, se requerirá un número total de estacionamientos equivalente a la suma de los requeridos por el uso comercial y los correspondientes al uso residencial, debiendo ambos estacionamientos estar independientes de tal manera que los usuarios de los estacionamientos de uso comercial no tengan acceso a los estacionamientos correspondientes a las unidades de vivienda. Los giros de comercio local existentes con un área total de hasta 40.00 m2, podrá resolver el estacionamiento en la vía pública. No se exigirán estacionamientos al interior del lote. a) Remodelaciones y Ampliaciones.- Para el caso de remodelaciones o ampliaciones de oficinas administrativas, servicios profesionales y locales comerciales en general, se considerará lo siguiente: 1.- De no modificarse el uso comercial de la Licencia de Edificación o la Declaratoria de Edificación, cuando el nuevo número de estacionamientos requeridos según lo establecido en el Cuadro Nº 3 no supere el 10% de los estacionamientos existente, por excepción no se requerirá un mayor número de estacionamientos. 2.- Si el establecimiento cuenta con Licencia de Edificación o Declaratoria de Edificación para determinado giro y se solicita la licencia de edificación para otro distinto, se debe cumplir con el número de estacionamientos requerido para el nuevo giro según se precisa en el Cuadro Nº 2 de la presente Ordenanza. 3.- En zonas residenciales, a los locales comerciales existentes se les permitirá ampliaciones de la construcción exclusivamente con fines de estacionamiento, los cuales serán sólo para uso de dichos locales. En ningún caso se permitirá ejecutar obras de ampliación para uso comercial en el mismo predio o en colindantes ubicados en zonas residenciales. Se exceptúa de esta disposición el caso señalado en el Artículo 15 de la presente Ordenanza. USO Un (1) ESTACIONAMIENTO CADA: Oficinas administrativas y servicios profesionales ubicadas en zonas residenciales compatibles con oficinas administrativas(6) 20.00 m2. de área techada total(1) Oficinas administrativas y servicios profesionales ubicadas en zonas comerciales(6) 40.00 m2. de área techada total(1) Tien...

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  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

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