Definición de Obras Nuevas

Obras Nuevas significará el conjunto de Obras Nuevas de la Primera Fase y de Obras Nuevas de la Segunda Fase, en todos los casos con sus respectivas obras, instalaciones y equipamiento auxiliares.
Obras Nuevas son aquellas Obras que el CONCEDENTE considera necesarias para el correcto funcionamiento de los Aeropuertos por razones de operación, seguridad o facilitación, que no han sido consideradas dentro de las partidas de los EDI del Periodo Inicial y/o Planes Maestros, Planes de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento del Periodo Remanente.
Obras Nuevas son las inversiones en infraestructura y/o equipamiento que por razones de operación, seguridad, facilitación, homogeneidad de diseño, confort, situaciones de emergencia que no se encuentren contempladas en el Mantenimiento Periódico y/o Rutinario, resultan necesarias durante el Periodo Remanente, las cuales no se encuentran contempladas y/o previstas en el Plan Maestro de Desarrollo, Programa de Rehabilitación y Mejoramiento del Lado Aire o el Plan de Inversiones en Equipamiento; asimismo aquellas inversiones que permitan facilitar las entregas parciales a EL CONCESIONARIO de las áreas adicionales previstas en el Plan Maestro de Desarrollo, tales como cercos perimetrales, entre otros. Estas Obras Nuevas deben cumplir con lo previsto en el Xxxxxxxx.xx o a la normativa vigente que la sustituya. (…)” Siguiendo lo señalado en los sustentos generales de esta sección, se propone establecer, dentro del numeral referido a Obras, el nuevo concepto de Obra Nueva, el mismo que comprende aquellas inversiones que no se encuentren definidas como parte de los Planes Maestros, Planes de Equipamiento, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento del Lado Aire, o Programa de Mantenimiento Periódico, pero cuya ejecución se torna indispensable para el adecuado funcionamiento y operatividad de los Aeropuertos. De este modo, se puede advertir que la definición de Obra Nueva abarca todas aquellas intervenciones que deben ser ejecutadas de forma independiente a lo previsto en los planes y programas antes mencionados, siendo que la única finalidad de incorporar dicha definición es generar herramientas contractuales que permitan -previo acuerdo entre las partes- atender de forma oportuna las intervenciones en infraestructura y equipamiento como consecuencia del desarrollo de los Aeropuertos. Cabe anotar que esta definición se diferencia claramente de la Obra Adicional o Adicional de Obra, en la medida que el nuevo concepto abarca a aquellas obras que no se encuentran comprendidas en alguno de los Planes o Programas que señala el Contrato, pero que su ejecución resulta necesaria para cumplir con el objeto del Contrato. Por el contrario, la Obra Adicional o Adicional de Obra, conforme lo acordado por la Adenda N° 5 al Contrato de Concesión y conforme viene siendo aplicado por OSITRAN, corresponde a las inversiones que por razones de operación seguridad, facilitación u homogeneidad de diseño que, aunque no se encuentran contempladas y/o previstas total o parcialmente en las partidas de...

Examples of Obras Nuevas in a sentence

  • Sólo se encuentra en revisión final la Póliza de Seguro Catástrofe de Obras Nuevas.


More Definitions of Obras Nuevas

Obras Nuevas. Son aquellas por construir de acuerdo a la etapa de Construcción xx Xxxxxxx Occidental previstas en el contrato.
Obras Nuevas. “(…) El constructor de buena fe tiene derecho a una indemnización pero el propietario puede abonarle el costo de los trabajos o el importe de la plusvalía adquirida por el inmueble. Si el constructor fuere de mala fe el propietario puede exigir la demolición de la obra; cuando quiera conservar la cosa, debe reembolsarle al constructor el precio de los trabajos. (…).
Obras Nuevas. Son aquellas por construir de acuerdo a la etapa de Construcción de la Fase III de la Autopista General Rumiñahui, Escalón Occidental.
Obras Nuevas son aquellas Obras que el CONCEDENTE considera necesarias para el correcto funcionamiento del Aeropuerto por razones de operación, seguridad o facilitación, que no han sido consideradas dentro de los Expedientes Técnicos del Periodo Inicial y/o Planes Maestros, Planes de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento del Periodo Remanente y que no tienen relación directa con las Obras consideradas en éstos.

Related to Obras Nuevas

  • Obras Son los trabajos relacionados con la construcción, reconstrucción, demolición, reparación o renovación de edificios, vialidad, transporte, estructuras o instalaciones, la preparación del terreno, la excavación, la edificación, la provisión e instalación de equipo fijo, la decoración y el acabado, y los servicios accesorios a esos trabajos, como la perforación, la labor topográfica, la fotografía por satélite, los estudios sísmicos y otros servicios similares estipulados en el contrato, si el valor de esos servicios no excede del de las propias Obras.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo derivan, salvo aquellas que, por su naturaleza, deben ser cumplidas por el Asegurado.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • Tomador Persona física o jurídica que, por cuenta propia o ajena, contrata el seguro y traslada los riesgos al asegurador. Es a quien corresponden las obligaciones que se deriven del Contrato, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por la persona asegurada. Puede concurrir en el Tomador la figura de persona asegurada y Beneficiaria del seguro.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Respuesta Se aclara que la cobertura se otorga siempre y cuando los hechos correspondan a una cobertura amparada por la p xxxx todo riesgo daæos materiales. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Dentro de dicha cobertura se encuentran amparadas toda la maquinaria y equipo como: motores, transformadores, plantas elØctricas, ascensores, etc. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : Se aclara que en el ANEXO 11 E–SPECIFICACIONES T CNICAS se indica que la Respuesta : El presupuesto asignado para la presente invitaci n es de Seiscientos nueve millones de pesos (COP$609.000.000) y corresponde para todo el programa de seguros y no se encuentra discriminado por xxxxx. Respuesta : Se aclara que se evaluarÆn los indicadores de Nivel de endeudamiento, ˝ndice de liquidez, Capital de trabajo y patrimonio y se asignarÆ puntaje de conformidad con el anexo 6 Respuesta : No se acepta Xxxxxx n Suscrita bajo la gravedad del juramento por el representante legal del proponente, toda vez, que para el C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares es muy importante conocer la informaci n suministrada directamente por los clientes.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.