Common use of Objetivos de la formación Clause in Contracts

Objetivos de la formación. La formación profesional en la empresa se orientará hacía los siguientes objetivos: Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo que se desempeñe. Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionales. Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. Conocer idiomas na- cionales y extranjeros. Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profe- sionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el artícu- lo 19 de la Ley de prevención de riesgos laborales. Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional de cualificaciones la homolo- gación de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidad.

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Samples: Convenio De Servicios De Atención a Las Personas Dependientes Y Desarrollo De La Promoción De La Autonomía

Objetivos de la formación. La formación profesional para el empleo en la empresa se orientará hacía hacia los siguientes objetivos: Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo el grupo profesional que se desempeñe. Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. trabajo – Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionalesprofesionales y las certificaciones de profesionalidad. La Comisión Paritaria del Convenio determinará los itinerarios formativos para que las nuevas contrataciones puedan optar a formarse con el objetivo de mejorar su titulación. – Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. Conocer idiomas na- cionales nacionales y extranjeros. Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profe- sionales profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajogrupos profesionales. Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el artícu- lo artículo 19 de la Ley de prevención Prevención de riesgos laboralesRiesgos Laborales. Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional Instituto Nacional de cualificaciones las Cualificaciones la homolo- gación homologación de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidadprofesionalidad que se consideren necesarios. – Potenciar la formación en igualdad de oportunidades.

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Samples: www.boe.es

Objetivos de la formación. La formación profesional en la empresa se orientará hacía hacia los siguientes objetivosobjetivos siguientes: Adaptar al a titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en a la categoría y puesto de trabajo que se desempeñeocupe. Especializar, en sus diversos varios grados, en algún sector o materia del propio trabajo. Facilitar y promover la adquisición por el parte del personal de títulos académicos y profesionalesprofesionales y los certificados de profesionalidad. Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificacióncalificación. Conocer idiomas na- cionales nacionales y extranjeros. Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía hacia una dirección participativa por objetivos. Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profe- sionales profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen ocupen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el artícu- lo artículo 19 de la Ley 31/1995, de prevención 8 de riesgos laboralesnoviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional de cualificaciones calificaciones la homolo- gación homologación de las certificaciones para la obtención, en su casosi procede, de los futuros certificados de profesionalidad. Potenciar la formación en igualdad de oportunidades.

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Samples: www.fisioterapeutes.cat

Objetivos de la formación. 1. La formación profesional en la empresa se orientará hacía los siguientes objetivos: Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo que se desempeñetrabajo. Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. trabajo Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos académi- cos y profesionales. profesionales Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificacióncualifi- cación. Conocer idiomas na- cionales nacionales y extranjeros. extranjeros Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. Ampliar los conocimientos del personal que le permita prosperar y aspirar a promociones profe- sionales profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos equi- pos de trabajo y en las condiciones que establece el artícu- lo artículo 19 de la Ley de prevención Prevención de riesgos laboralesRiesgos Laborales. Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua Formación Continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y Y proponer al instituto nacional Instituto Nacional de cualificaciones Cualificaciones la homolo- gación homologación de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidadcertificaciones.

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Samples: www.acra.cat

Objetivos de la formación. —1. La formación profesional en la empresa se orientará hacía hacia los siguientes objetivos: Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo que se desempeñetrabajo. Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionales. Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. Conocer idiomas na- cionales nacionales y extranjeros. Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía hacia una dirección participativa por objetivos. Ampliar los conocimientos del personal que le permita prosperar y aspirar a promociones profe- sionales profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el artícu- lo artículo 19 de la Ley de prevención Prevención de riesgos laboralesRiesgos Laborales. Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua Formación Continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional Instituto Nacional de cualificaciones Cualificaciones la homolo- gación homologación de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidadcertificaciones.

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Samples: jusocan.org