Common use of OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD Clause in Contracts

OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD. Son obligaciones de la Entidad: (i) facilitar a cadaTitular suticket expresará, en caso de que el Préstamo porCajas tenga por objeto financiar la adquisición respectivoPINpara su conocimiento exclusivo; (ii) facilitar periódicamente al Titular Principal unde bienes muebles corporales no consumibles e identificables de conformidad con lo previsto tracto en el que se reflejen las transacciones realizadas con las Tarjetas, que podrán sern la Ley 28/1998, el contenido obligatorio impuesto por el artículo 7 de la Ley 28/1998. la deuda pendiente (comprendiendo capital vencido, intereses, penalización por xxxx, comisiones impugnadas por elmismosi no se corresponde conoperaciones llevadasa cabo por losTitulare2s.,- Todas las cuotas tendrán igual importe (salvo laprimera que incluirá lacomisión de apertura) y gastos ocasionados), y exigir de inmediato el pago de lamisma, en los siguientes supuestos: (i) incumplimientopor partedelTitular y/oel Prestatariode lasobligacionesprevistasen laspresentes CondicionesGenerales, especialmente las de pago; (ii) aportación de datos personales inexactoso falsos por parte del Titular y/o el Prestatario; (iii) uso abusivo o fraudulento de las Tarjetas; (iv) fallecimientodelTitularPrincipal; y/o(vi) cuando se produzca cualquier variación sobrevenida en la mediante notificación escrita a la Entidad a la dirección que figura en la Cláusula 2ª de lasy sus vencimientos serán mensuales y consecutivos, de conformidad con el Ticket deCompra Condiciones comunes. A este respecto, el Titular Principal y el Titular Autorizado reconocen y el cuadro de amortización remitido al cliente.El pago de la cuota mensual se realizará dentro aceptan expresamente que la notificación se realice exclusivamente al Titular Principal y que dlae los cinco primeros días del mes siguiente a cada consecutivo vencimiento previsto en el impugnación o ausencia de impugnación por el Titular Principal de las transacciones realizadcausadrode amortización del Préstamomedianteadeudoen la cuentadesignada por el Prestatario seráplenamentevinculantepara todos losTitulares; (iii)anular inmediatamente lasTarjetas cuandqoue, salvo que se indique lo contrario, será laCuenta Domiciliataria. El pago de una cuota no solvencia delTitular y/oel Prestatario que le impida o pueda impedir cumplir con sus obligacionesse comunique el extravío, hurto o robo de las mismas o el conocimiento del PIN por terceraspresupone el de las anteriores. de pago. personas, o cuando tenga conocimiento de que el Titular al que iba dirigida no ha recibido 3la.- El coste xxx Xxxxxxxx comprende una comisión de formalización del 2% sobre el capital En caso de vencimiento anticipado, la Entidad podrá exigir el desembolso inmediato del capitTaal rjeta. financiado (mínimo 6€ para operaciones hasta 3 meses y 1€0para operaciones a partir de 3 pendiente de amortizar. En el caso del Contrato de Tarjeta, la Entidad exigirá un 8% del capital pendiente de amortización en concepto de lucro cesante.En el caso del Contrato dePréstamo la

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OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD. Son obligaciones Para la ejecución del presente convenio LA ENTIDAD se obliga a: a) Autorizar a los estudiantes y personal docente debidamente identificado de la Entidad: (i) facilitar a cadaTitular suticket expresaráLA UNIVERSIDAD, en caso de que el Préstamo porCajas tenga por objeto financiar la adquisición respectivoPINpara su conocimiento exclusivo; (ii) facilitar periódicamente al Titular Principal unde bienes muebles corporales no consumibles e identificables de conformidad con lo previsto tracto en el que se reflejen para realizar las transacciones realizadas con las Tarjetasvisitas empresariales Práctica Académica, que podrán sern la Ley 28/1998, el contenido obligatorio impuesto por el artículo 7 de la Ley 28/1998. la deuda pendiente (comprendiendo capital vencido, intereses, penalización por xxxx, comisiones impugnadas por elmismosi no se corresponde conoperaciones llevadasa cabo por losTitulare2s.,- Todas las cuotas tendrán igual importe (salvo laprimera que incluirá lacomisión de apertura) y gastos ocasionados), y exigir de inmediato el pago de lamisma, en los siguientes supuestos: (i) incumplimientopor partedelTitular y/oel Prestatariode lasobligacionesprevistasen laspresentes CondicionesGenerales, especialmente las de pago; (ii) aportación de datos personales inexactoso falsos por parte del Titular Profesional o Empresarial y/o el PrestatarioTrabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades, en uno o varios de los procesos administrativos que desarrolle LA ENTIDAD, cuando esta se requiera de manera presencial. PARÁGRAFO: Las anteriores actividades estarán sujetas a previa planeación de LA ENTIDAD. b) Avalar los informes que puedan surgir de los estudiantes con el objeto de evaluación de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades, que esté adelantando. c) Proveer los recursos necesarios como instalaciones, útiles, elementos, equipos de oficina y el apoyo logístico y xx xxxxxxx humano que requieren los estudiantes en el desarrollo de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades, y que puedan ejecutar sus labores de manera adecuada y segura cuando esta sea de manera presencial en LA ENTIDAD que redunden en el beneficio mutuo. d) Autorizar a los docentes de LA UNIVERSIDAD, para realizar capacitación a los estudiantes en LA ENTIDAD previa su programación y aprobación por las partes. e) Efectuar una inducción y orientación; (iii) uso abusivo o fraudulento así como, el entrenamiento y supervisión, requerida para el desarrollo de las Tarjetas; (iv) fallecimientodelTitularPrincipal; tareas que le sean asignadas a los estudiantes en la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o(vi) cuando se produzca cualquier variación sobrevenida en la mediante notificación escrita a la Entidad a la dirección que figura en la Cláusula 2ª de lasy sus vencimientos serán mensuales y consecutivos, de conformidad con el Ticket deCompra Condiciones comunes. A este respecto, el Titular Principal y el Titular Autorizado reconocen y el cuadro de amortización remitido al cliente.El pago de la cuota mensual se realizará dentro aceptan expresamente que la notificación se realice exclusivamente al Titular Principal y que dlae los cinco primeros días del mes siguiente a cada consecutivo vencimiento previsto en el impugnación o ausencia de impugnación por el Titular Principal de las transacciones realizadcausadrode amortización del Préstamomedianteadeudoen la cuentadesignada por el Prestatario seráplenamentevinculantepara todos losTitulares; (iii)anular inmediatamente lasTarjetas cuandqoue, salvo que se indique lo contrario, será laCuenta Domiciliataria. El pago de una cuota no solvencia delTitular y/oel Prestatario que le impida o pueda impedir cumplir con sus obligacionesse comunique el extravío, hurto o robo de las mismas o el conocimiento del PIN por terceraspresupone el Trabajo de las anterioresGrado en cualquiera de sus modalidades. de pago. personas, o cuando tenga conocimiento de que el Titular al que iba dirigida no ha recibido 3la.- El coste xxx Xxxxxxxx comprende una comisión de formalización del 2% f) Informar a LA UNIVERSIDAD sobre el capital En caso de vencimiento anticipado, la Entidad podrá exigir el desembolso inmediato del capitTaal rjeta. financiado (mínimo 6€ para operaciones hasta 3 meses y 1€0para operaciones a partir de 3 pendiente de amortizar. En el caso del Contrato de Tarjeta, la Entidad exigirá un 8% del capital pendiente de amortización en concepto de lucro cesante.En el caso del Contrato dePréstamo lacualquier irregularidad

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OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD. Son obligaciones Para la ejecución del presente convenio LA ENTIDAD se obliga a: a) Autorizar a los estudiantes y personal docente debidamente identificado de la Entidad: (i) facilitar a cadaTitular suticket expresaráLA UNIVERSIDAD, en caso de que el Préstamo porCajas tenga por objeto financiar la adquisición respectivoPINpara su conocimiento exclusivo; (ii) facilitar periódicamente al Titular Principal unde bienes muebles corporales no consumibles e identificables de conformidad con lo previsto tracto en el que se reflejen para realizar las transacciones realizadas con las Tarjetasvisitas empresariales Práctica Académica, que podrán sern la Ley 28/1998, el contenido obligatorio impuesto por el artículo 7 de la Ley 28/1998. la deuda pendiente (comprendiendo capital vencido, intereses, penalización por xxxx, comisiones impugnadas por elmismosi no se corresponde conoperaciones llevadasa cabo por losTitulare2s.,- Todas las cuotas tendrán igual importe (salvo laprimera que incluirá lacomisión de apertura) y gastos ocasionados), y exigir de inmediato el pago de lamisma, en los siguientes supuestos: (i) incumplimientopor partedelTitular y/oel Prestatariode lasobligacionesprevistasen laspresentes CondicionesGenerales, especialmente las de pago; (ii) aportación de datos personales inexactoso falsos por parte del Titular Profesional o Empresarial y/o el PrestatarioTrabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades, en uno o varios de los procesos administrativos que desarrolle LA ENTIDAD. PARÁGRAFO: Las anteriores actividades estarán sujetas a previa planeación de LA ENTIDAD. b) Avalar los informes que puedan surgir de los estudiantes con el objeto de evaluación de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado que esté adelantando. c) Proveer los recursos necesarios como instalaciones, útiles elementos, equipos de oficina y el apoyo logístico y xx xxxxxxx humano que requieren los estudiantes en el desarrollo de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado y que puedan ejecutar sus labores de manera adecuada en LA ENTIDAD que redunden en el beneficio mutuo. d) Autorizar a los docentes de LA UNIVERSIDAD, para realizar capacitación a los estudiantes en LA ENTIDAD previa su programación y aprobación por las partes. e) Efectuar una inducción y orientación; (iii) uso abusivo o fraudulento así como, el entrenamiento y supervisión, requerida para el desarrollo de las Tarjetas; (iv) fallecimientodelTitularPrincipal; tareas que le sean asignadas a las estudiantes en la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o(vio el Trabajo de Grado. f) cuando Informar a LA UNIVERSIDAD sobre cualquier irregularidad que se produzca cualquier variación sobrevenida presente relacionada con los estudiantes en la mediante notificación escrita a la Entidad a la dirección que figura en la Cláusula 2ª de lasy sus vencimientos serán mensuales y consecutivos, de conformidad con el Ticket deCompra Condiciones comunes. A este respecto, el Titular Principal y el Titular Autorizado reconocen y el cuadro de amortización remitido al cliente.El pago de la cuota mensual se realizará dentro aceptan expresamente que la notificación se realice exclusivamente al Titular Principal y que dlae los cinco primeros días del mes siguiente a cada consecutivo vencimiento previsto en el impugnación o ausencia de impugnación por el Titular Principal desarrollo de las transacciones realizadcausadrode amortización del Préstamomedianteadeudoen actividades que le han sido asignadas. g) Solicitar el reemplazo de los estudiantes que por causa justificada no cumplan con las exigencias técnicas para prestar la cuentadesignada por el Prestatario seráplenamentevinculantepara todos losTitulares; (iii)anular inmediatamente lasTarjetas cuandqouePráctica Académica, salvo que se indique lo contrario, será laCuenta Domiciliataria. El pago de una cuota no solvencia delTitular Profesional o Empresarial y/oel Prestatario que le impida o pueda impedir cumplir con sus obligacionesse comunique el extravío, hurto o robo de las mismas o el conocimiento del PIN por terceraspresupone el Trabajo de las anteriores. de pago. personasGrado, o cuando tenga conocimiento de que por cualquier hecho u omisión perjudiquen el Titular al que iba dirigida no ha recibido 3la.- El coste xxx Xxxxxxxx comprende una comisión de formalización desarrollo del 2% sobre el capital En caso de vencimiento anticipado, la Entidad podrá exigir el desembolso inmediato del capitTaal rjetapresente Convenio. financiado (mínimo 6€ para operaciones hasta 3 meses y 1€0para operaciones a partir de 3 pendiente de amortizar. En el caso del Contrato de Tarjeta, la Entidad exigirá un 8% del capital pendiente de amortización en concepto de lucro cesanteCUARTA.En el caso del Contrato dePréstamo la

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OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD. Son obligaciones Para la ejecución del presente convenio LA ENTIDAD se obliga a: a) Autorizar a los estudiantes y personal docente debidamente identificado de LA UNIVERSIDAD, para realizar la Entidad: (i) facilitar a cadaTitular suticket expresarávisitas empresariales Práctica Académica, en caso de que el Préstamo porCajas tenga por objeto financiar la adquisición respectivoPINpara su conocimiento exclusivo; (ii) facilitar periódicamente al Titular Principal unde bienes muebles corporales no consumibles e identificables de conformidad con lo previsto tracto en el que se reflejen las transacciones realizadas con las Tarjetas, que podrán sern la Ley 28/1998, el contenido obligatorio impuesto por el artículo 7 de la Ley 28/1998. la deuda pendiente (comprendiendo capital vencido, intereses, penalización por xxxx, comisiones impugnadas por elmismosi no se corresponde conoperaciones llevadasa cabo por losTitulare2s.,- Todas las cuotas tendrán igual importe (salvo laprimera que incluirá lacomisión de apertura) y gastos ocasionados), y exigir de inmediato el pago de lamisma, en los siguientes supuestos: (i) incumplimientopor partedelTitular y/oel Prestatariode lasobligacionesprevistasen laspresentes CondicionesGenerales, especialmente las de pago; (ii) aportación de datos personales inexactoso falsos por parte del Titular Profesional o Empresarial y/o el PrestatarioTrabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades, en uno o varios de los procesos administrativos que desarrolle LA ENTIDAD. PARÁGRAFO: Las anteriores actividades estarán sujetas a previa planeación de LA ENTIDAD. b) Avalar los informes que puedan surgir de los estudiantes con el objeto de evaluación de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado que esté adelantando. c) Proveer los recursos necesarios como instalaciones, útiles elementos, equipos de oficina y el apoyo logístico y xx xxxxxxx humano que requieren los estudiantes en el desarrollo de la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o el Trabajo de Grado y que puedan ejecutar sus labores de manera adecuada en LA ENTIDAD que redunden en el beneficio mutuo. d) Autorizar a los docentes de LA UNIVERSIDAD, para realizar capacitación a los estudiantes en LA ENTIDAD previa su programación y aprobación por las partes. e) Efectuar una inducción y orientación; (iii) uso abusivo o fraudulento así como, el entrenamiento y supervisión, requerida para el desarrollo de las Tarjetas; (iv) fallecimientodelTitularPrincipal; tareas que le sean asignadas a las estudiantes en la Práctica Académica, Profesional o Empresarial y/o(vio el Trabajo de Grado. f) cuando Informar a LA UNIVERSIDAD sobre cualquier irregularidad que se produzca cualquier variación sobrevenida presente relacionada con los estudiantes en la mediante notificación escrita a la Entidad a la dirección que figura en la Cláusula 2ª de lasy sus vencimientos serán mensuales y consecutivos, de conformidad con el Ticket deCompra Condiciones comunes. A este respecto, el Titular Principal y el Titular Autorizado reconocen y el cuadro de amortización remitido al cliente.El pago de la cuota mensual se realizará dentro aceptan expresamente que la notificación se realice exclusivamente al Titular Principal y que dlae los cinco primeros días del mes siguiente a cada consecutivo vencimiento previsto en el impugnación o ausencia de impugnación por el Titular Principal desarrollo de las transacciones realizadcausadrode amortización del Préstamomedianteadeudoen actividades que le han sido asignadas. g) Solicitar el reemplazo de los estudiantes que por causa justificada no cumplan con las exigencias técnicas para prestar la cuentadesignada por el Prestatario seráplenamentevinculantepara todos losTitulares; (iii)anular inmediatamente lasTarjetas cuandqouePráctica Académica, salvo que se indique lo contrario, será laCuenta Domiciliataria. El pago de una cuota no solvencia delTitular Profesional o Empresarial y/oel Prestatario que le impida o pueda impedir cumplir con sus obligacionesse comunique el extravío, hurto o robo de las mismas o el conocimiento del PIN por terceraspresupone el Trabajo de las anteriores. de pago. personasGrado, o cuando tenga conocimiento de que por cualquier hecho u omisión perjudiquen el Titular al que iba dirigida no ha recibido 3la.- El coste xxx Xxxxxxxx comprende una comisión de formalización desarrollo del 2% sobre el capital En caso de vencimiento anticipado, la Entidad podrá exigir el desembolso inmediato del capitTaal rjetapresente Convenio. financiado (mínimo 6€ para operaciones hasta 3 meses y 1€0para operaciones a partir de 3 pendiente de amortizar. En el caso del Contrato de Tarjeta, la Entidad exigirá un 8% del capital pendiente de amortización en concepto de lucro cesanteCUARTA.En el caso del Contrato dePréstamo la

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OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD. Son obligaciones de la Entidad: (i) facilitar a cadaTitular suticket expresará, en caso de que el Préstamo porCajas tenga por objeto financiar la adquisición respectivoPINpara cada Titular su respectivo PIN para su conocimiento exclusivo; (ii) facilitar periódicamente mensualmente al Titular Principal unde bienes muebles corporales no consumibles e identificables de conformidad con lo previsto tracto manera gratuita y por correo ordinario un extracto en el que se reflejen las transacciones realizadas con las Tarjetas, que podrán sern la Ley 28/1998, el contenido obligatorio impuesto ser impugnadas por el artículo 7 de la Ley 28/1998. la deuda pendiente (comprendiendo capital vencido, intereses, penalización por xxxx, comisiones impugnadas por elmismosi mismo si no se corresponde conoperaciones llevadasa con operaciones llevadas a cabo por losTitulare2s.,- Todas las cuotas tendrán igual importe (salvo laprimera que incluirá lacomisión de apertura) y gastos ocasionados)los Titulares, y exigir de inmediato el pago de lamisma, en los siguientes supuestos: (i) incumplimientopor partedelTitular y/oel Prestatariode lasobligacionesprevistasen laspresentes CondicionesGenerales, especialmente las de pago; (ii) aportación de datos personales inexactoso falsos por parte del Titular y/o el Prestatario; (iii) uso abusivo o fraudulento de las Tarjetas; (iv) fallecimientodelTitularPrincipal; y/o(vi) cuando se produzca cualquier variación sobrevenida en la mediante notificación escrita a la Entidad a la dirección que figura en la Cláusula 2ª de lasy sus vencimientos serán mensuales y consecutivos, de conformidad con el Ticket deCompra las Condiciones comunes. A este respecto, el Titular Principal y el Titular Autorizado reconocen y el cuadro de amortización remitido al cliente.El pago de la cuota mensual se realizará dentro aceptan expresamente que la notificación se realice exclusivamente al por el Titular Principal y que dlae los cinco primeros días del mes siguiente a cada consecutivo vencimiento previsto en el la impugnación o ausencia de impugnación por el Titular Principal de las transacciones realizadcausadrode amortización del Préstamomedianteadeudoen la cuentadesignada realizadas será plenamente vinculante para todos los Titulares; (iii) abstenerse de enviar Xxxxxxxx que no hayan sido solicitadas por el Prestatario seráplenamentevinculantepara todos losTitularestitular Principal, salvo en caso de sustitución gratuita de una Tarjeta ya entregada al titular Principal o al Titular Autorizado, incluso si la sustitución es motivada por la incorporación a la Tarjeta de nuevas funcionalidades no expresamente solicitadas por el usuario; (iii)anular iv) anular inmediatamente lasTarjetas cuandqoue, salvo que las Tarjetas cuando se indique lo contrario, será laCuenta Domiciliataria. El pago de una cuota no solvencia delTitular y/oel Prestatario que le impida o pueda impedir cumplir con sus obligacionesse comunique el extravío, hurto o robo de las mismas o el conocimiento del PIN por terceraspresupone el de las anteriores. de pago. terceras personas, o cuando tenga conocimiento de que el Titular al que iba dirigida no ha recibido 3la.- El coste xxx Xxxxxxxx comprende una comisión de formalización del 2% sobre el capital En caso de vencimiento anticipadola Tarjeta; (v) devolver al Cliente sin demora injustificada, la Entidad podrá exigir cantidad correspondiente a operaciones de pago no ejecutadas o ejecutadas de forma defectuosa y reintegrar dicha cantidad en la Cuenta Domiciliataria, dejando al Titular Principal en la situación en que hubiera estado si la operación no hubiera tenido lugar, siempre que el desembolso inmediato proveedor de servicios de pago del capitTaal rjeta. financiado beneficiario de la operación de pago no haya transmitido o haya transmitido incorrectamente la orden de pago a la Entidad; (mínimo 6€ para operaciones hasta 3 meses y 1€0para operaciones a partir vi) facilitar al Titular, cuando este lo solicite, las condiciones del contrato de 3 pendiente de amortizar. En el caso del Contrato de TarjetaTarjeta vigentes, así como la Entidad exigirá un 8% del capital pendiente de amortización información exigida por la legislación aplicable en concepto de lucro cesante.En el caso del Contrato dePréstamo lala materia, en papel o en cualquier otro soporte duradero..

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