OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. a) Elaboración e impresión de los documentos necesarios para la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes. b) Una vez firmados y autorizados los documentos necesarios para la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, el prestador de servicios deberá realizar todas las actividades necesarias para su presentación ante las autoridades correspondientes y/o en su caso la formalización que corresponda a los mismos; cubriendo los costos generados con motivo de la presentación de la documentación correspondiente. c) Prestar los servicios empleando personal calificado y con experiencia acreditable en la materia laboral, a efecto de garantizar la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes. d) Hacer del conocimiento de la CONDUSEF, por escrito dentro del plazo máximo de 3 días hábiles, las notificaciones realizadas al prestador de servicios y por escrito dentro del plazo máximo de 48 horas, cualquier situación que conozca de los asuntos laborales que le fueron asignados y que pudiera traducirse en daño para esta Comisión. e) Abstenerse de subcontratar con terceros los servicios objeto de la contratación, ya que la prestación de los mismos son de carácter personal, salvo autorización por escrito de la Dirección General de Servicios Legales a través de la Dirección Contenciosa.
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OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. a) Elaboración e impresión El prestador del servicio quedará obligado al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de los documentos necesarios para las condiciones que rigen la atención oportuna ejecución del contrato de los asuntos laborales conformidad con las instrucciones que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos reciba de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentesentidad contratante.
b) Una vez firmados y autorizados los documentos necesarios para la atención oportuna 1. Obligaciones generales del Adjudicatario En concreto, sin ánimo de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, el prestador de servicios deberá realizar todas las actividades necesarias para su presentación ante las autoridades correspondientes y/o en su caso la formalización que corresponda a los mismos; cubriendo los costos generados con motivo de la presentación de la documentación correspondiente.
c) Prestar los servicios empleando personal calificado y con experiencia acreditable en la materia laboralexhaustividad, a efecto continuación se enumeran las siguientes obligaciones generales: - El cumplimiento de garantizar la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignenlas disposiciones legales vigentes relacionadas con el objeto del contrato, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes.
d) Hacer del conocimiento de la CONDUSEF, por escrito dentro del plazo máximo de 3 días hábilescitándose sin carácter exhaustivo, las notificaciones realizadas al prestador técnicas, laborales, sociales, de servicios y por escrito dentro del plazo máximo salud en el trabajo, de 48 horasseguridad, cualquier situación que conozca de los asuntos laborales que le fueron asignados y que pudiera traducirse en daño para esta Comisión.
e) Abstenerse protección de subcontratar con terceros los servicios objeto de la contratación, ya que la prestación de los mismos son datos de carácter personal, salvo autorización por escrito etc. - La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, siendo responsable de la Dirección General ejecución técnica de Servicios Legales a través los trabajos que desarrolle y de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para Correos o para terceros, por las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas de la Dirección Contenciosaejecución del contrato. - El prestador del servicio será responsable de los daños y perjuicios que se causen al personal que interviene en el contrato así como a terceros ajenos, como consecuencia de la ejecución del mismo, debiendo suscribir, cuando así lo exija este Pliego, y en los términos que éste indique, la formalización de póliza de seguro que cubra la responsabilidad por daños ocasionados a la entidad contratante y/o terceros, como consecuencia directa o indirecta de la ejecución del objeto del contrato. - Si por acción u omisión se causaran daños a las personas o las cosas interviniendo culpa o negligencia de la empresa contratista, ésta vendrá obligada a reparar el daño de conformidad con la normativa vigente. - El contratista queda obligado a la prestación del servicio en el tiempo y lugar fijados. La xxxx del contratista no precisará la previa intimación por parte de la entidad contratante. - El contratista queda obligado a guardar estricta confidencialidad sobre el contenido del contrato, así como los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la ejecución del mismo, y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución del contrato, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros, aquellos extremos que la entidad contratante autorice por escrito. - La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, siendo responsable de los daños y menoscabos que sufra la carga durante el transporte y especialmente durante las paradas motivadas por la entrega o recogida de la mercancía, por los tiempos de descanso establecidos en la normativa vigente y durante el embarque/desembarque de los vehículos, cuando proceda. Debiendo revisar el estado de los precintos y velar para que el vehículo se encuentre en todo momento perfectamente cerrado y asegurado.
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OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. a) Elaboración e impresión de los documentos necesarios para la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignenasigne la Dirección Contenciosa, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes.
b) Una vez firmados y autorizados los documentos necesarios por la persona que designe el prestador de servicios para la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, el prestador de servicios deberá realizar todas las actividades necesarias para su presentación ante las autoridades correspondientes y/o en su caso la formalización que corresponda a los mismos; cubriendo los costos generados con motivo de la presentación de la documentación correspondiente.
c) Prestar los servicios empleando personal calificado y con experiencia acreditable en la materia laboral, a efecto de garantizar la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes. El prestador de servicios que resulte adjudicado deberá presentar la plantilla del personal que atenderá los asuntos de la CONDUSEF al inicio de la prestación del servicio y deberá notificar cualquier modificación a la misma, dentro de las 24 horas siguientes.
d) Hacer Xxxxx del conocimiento de la CONDUSEF, por escrito dentro del plazo máximo de 3 días hábiles, las notificaciones realizadas al prestador de servicios y por escrito dentro del plazo máximo de 48 horasescrito, cualquier situación que conozca de los asuntos laborales que le fueron asignados y que pudiera traducirse en daño para esta Comisión.
e) Abstenerse de subcontratar con terceros los servicios objeto de la contratación, ya que la prestación de los mismos son de carácter personal, salvo autorización por escrito de la Dirección General de Servicios Legales a través de la Dirección Contenciosa.
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OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. a) Elaboración e impresión En caso de ser requerido, en emisiones grupales asignar uno o más ejecutivos de cuenta adicionales a los que sean designados para “LA CONVOCANTE”, con la finalidad de cubrir en tiempo y forma la totalidad de las reservaciones y emisiones solicitadas. Garantizar que las reservaciones solicitadas por las unidades requirentes se entreguen máximo 1 hora después de haber sido solicitadas, o de ser necesario, en el momento de la solicitud. Ofrecer al administrador de cada uno de los documentos necesarios para contratos, por lo menos las 3 opciones más económicas disponibles en las cuales se indicará: monto, línea aérea, número de vuelo, horario, escalas en su caso, fecha, nombre de la atención oportuna línea aérea, tarifa, restricciones de tarifa, tipo de cambio (de requerirse), así como fecha del requerimiento y horario de vencimiento, la cual deberá ser enviada por correo electrónico. Proporcionar a “LA CONVOCANTE” diferentes itinerarios en los asuntos laborales casos que se le asignenrequieran varias conexiones, considerando desde la más económica. Entregar mediante correo electrónico en formato PDF el boleto electrónico en el momento mismo de la emisión y la factura, Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), XML, etc. se entregarán en máximo 2 (dos) día hábiles después de haber sido solicitadas, o de ser necesario, en el momento de la solicitud. Ingresar los que la CONDUSEF sea parte datos de las unidades requirentes y/o se pongan comisionado a la compra del boleto, para que en riesgo los intereses legales y económicos caso de requerirse les sea notificado por parte de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes.
b) Una vez firmados y autorizados los documentos necesarios para la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte línea aérea vía correo electrónico y/o se pongan teléfono de cualquier cambio, cancelación o modificación en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, el prestador de servicios deberá realizar todas las actividades necesarias para su presentación vuelos. Gestionar ante las autoridades correspondientes y/o en su caso líneas aéreas, la formalización que corresponda a los mismos; cubriendo los costos generados con motivo de la presentación de la documentación correspondiente.
c) Prestar los servicios empleando personal calificado y con experiencia acreditable en la materia laboral, a efecto de garantizar la atención oportuna cancelación de los asuntos laborales que se le asignen, boletos en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes.
d) Hacer del conocimiento de la CONDUSEF, por escrito dentro del un plazo máximo de 3 días hábilesuna (1) hora después de que les son solicitadas. Gestionar ante las líneas aéreas los reembolsos de los pasajes aéreos pagados y que no hayan sido utilizados de acuerdo a las políticas de cada línea aérea, cuya respuesta se requerirá sea documentada. Expedir boletos de todas las notificaciones realizadas al prestador líneas aéreas existentes en el mercado nacionales e internacionales, incluidas las de servicios bajo costo. El licitante deberá adjuntar como parte de su propuesta técnica, escrito en formato libre firmado por su Representante Legal, mediante el cual manifieste que cuenta con un soporte técnico en línea y por escrito dentro del plazo máximo la atención de 48 24 horas, cualquier situación todos los días durante la vigencia del contrato, y deberá describir de forma enunciativa, más no limitativa, el tipo de servicio que conozca de los asuntos laborales que le fueron asignados y que pudiera traducirse en daño para esta Comisiónpresta.
e) Abstenerse de subcontratar con terceros los servicios objeto de la contratación, ya que la prestación de los mismos son de carácter personal, salvo autorización por escrito de la Dirección General de Servicios Legales a través de la Dirección Contenciosa.
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OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. a) Elaboración e impresión El contrato se ejecutará con estricta sujeción a los compromisos adquiridos en su oferta por la empresa adjudicataria, a las estipulaciones que rigen las presentes Condiciones Reguladoras y, de forma general, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere el representante de INTIA. Adicionalmente, la empresa adjudicataria tendrá las siguientes obligaciones: Disponer de los documentos necesarios medios humanos y materiales para la atención oportuna óptima realización de todos los trabajos objeto de este contrato, siendo a su cargo todos los costes que para ello se originen. o Resultará a cargo de la empresa adjudicataria las obligaciones laborales que determine la legislación vigente en cada momento en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, mutualismo laboral, formación, seguridad e higiene, etc.; estando en todo caso obligada a cumplir, como mínimo, las condiciones salariales de los asuntos laborales trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación o El personal que utilice la empresa adjudicataria en la ejecución del presente contrato no adquirirá relación laboral alguna con INTIA por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente de la empresa adjudicataria. o La empresa adjudicataria deberá suplir todas las ausencias que se le asignenproduzcan entre el personal que presta el servicio, cualquiera que sea la razón por la que éstas se produzcan (vacaciones, bajas, a solicitud de la propia empresa adjudicataria, etc.), tomando las medidas oportunas para mantener en todo momento el plan de seguridad. o En caso de sustitución del personal del equipo requerido para la prestación del servicio, dicho nuevo personal deberá contar, al menos, con la experiencia y titulación requeridas en las presentes Condiciones Reguladoras, siendo en cualquier caso necesaria la aprobación previa de INTIA. Responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para INTIA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Los tractores y aperos necesarios deben estar al día respecto a los seguros de circulación, Inspecciones Técnicas, revisiones y calibraciones en su caso, por organismo homologado al respecto. Con una frecuencia de inspección-revisión para cada apero concordante con lo exigido en los regímenes de ayudas pertinentes al tipo de actividad realizada (AYUDAS AMBIENTALES = REVISIÓN ANUAL DE EQUIPOS DE APLICACIÓN DE FITOSANIARIOS) Para cualquier maquinaria autopropulsada (tractores, cosechadoras, etc.) así como para aquella otra maquinaria que la CONDUSEF sea parte y/necesite legalmente de documentación, se presentarán a petición de los encargados o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos técnicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes.
b) Una vez firmados y autorizados los documentos necesarios para la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, el prestador de servicios deberá realizar todas las actividades necesarias para su presentación ante las autoridades correspondientes y/o en su caso la formalización que corresponda a los mismos; cubriendo los costos generados con motivo de la presentación de finca la documentación correspondienteacreditativa de estar al corriente en seguros, inspecciones técnicas, carnet de conducir en vigor del chofer, etc.
c) Prestar los servicios empleando personal calificado y con experiencia acreditable en la materia laboral, a efecto de garantizar la atención oportuna de los asuntos laborales que se le asignen, en los que la CONDUSEF sea parte y/o se pongan en riesgo los intereses legales y económicos de la CONDUSEF, hasta su conclusión definitiva ante las Autoridades competentes.
d) Hacer del conocimiento de la CONDUSEF, por escrito dentro del plazo máximo de 3 días hábiles, las notificaciones realizadas al prestador de servicios y por escrito dentro del plazo máximo de 48 horas, cualquier situación que conozca de los asuntos laborales que le fueron asignados y que pudiera traducirse en daño para esta Comisión.
e) Abstenerse de subcontratar con terceros los servicios objeto de la contratación, ya que la prestación de los mismos son de carácter personal, salvo autorización por escrito de la Dirección General de Servicios Legales a través de la Dirección Contenciosa.
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