OPORTUNIDAD DEL PAGO. El Asegurador debe cumplir con el pago de su obligación derivada del siniestro en un lapso que no podrá exceder de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha en que haya recibido el último recaudo.
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OPORTUNIDAD DEL PAGO. El Asegurador debe cumplir con el pago de su obligación derivada del siniestro siniestro, en un lapso que no podrá exceder de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha en que haya recibido el último recaudo.
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OPORTUNIDAD DEL PAGO. El Asegurador Asegurado debe cumplir con el pago de su obligación derivada del siniestro en un lapso que no podrá exceder de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha en que haya recibido el último recaudo.
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