Pagas extras. Se establecen dos pagas extraordinarias por el importe xxx xxxxxxx base de convenio, en los casos proceda, el complemento de desarrollo y capacitación profesional previsto en el artículo 34, el complemento personal regulado en el artículo 33, el complemento personal previsto en el artículo 34.1 (parte no absorbible de antiguo CDP) y el complemento de puesto regulado en la Disposición Transitoria Primera. Los complementos salariales no incluidos en este convenio colectivo general que se pacten en ámbitos inferiores también se integrarán en las pagas extraordinarias cuando así lo hayan expresamente acordado las partes legitimadas en el acuerdo o convenio colectivo correspondiente. También formarán parte de las pagas extraordinarias los complementos personales generados por causas de absorción y compensación, salvo que se haya pactado su prorrateo en 12 mensualidades. Las pagas extraordinarias se abonarán una antes del 30 xx xxxxx, y otra antes del 23 de diciembre. De mutuo acuerdo, empresa y trabajador/a, podrán establecer el pago prorrateado en las pagas extraordinarias en las 12 nóminas mensuales del año. Si el disfrute de las vacaciones coincidiera con la fecha del cobro de la paga extraordinaria, la paga extraordinaria se hará efectiva antes del inicio de las vacaciones.
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Samples: Xv Convenio Colectivo General De Centros Y Servicios De Atención a Personas Con Discapacidad, Xv Convenio Colectivo General De Centros Y Servicios De Atención a Personas Con Discapacidad, Convenio Colectivo
Pagas extras. Se establecen dos pagas extraordinarias por el importe xxx xxxxxxx base de convenio, en los casos proceda, el complemento de desarrollo y capacitación profesional previsto en el artículo 34, el complemento personal regulado en el artículo 33, el complemento personal previsto en el el
artículo 34.1 (parte no absorbible de antiguo CDP) y el complemento de puesto regulado en la Disposición Transitoria Primera. Los complementos salariales no incluidos en este convenio colectivo general que se pacten en ámbitos inferiores también se integrarán en las pagas extraordinarias cuando así lo hayan expresamente acordado las partes legitimadas en el acuerdo o convenio colectivo correspondiente. También formarán parte de las pagas extraordinarias los complementos personales generados por causas de absorción y compensación, salvo que se haya pactado su prorrateo en 12 mensualidades. Las pagas extraordinarias se abonarán una antes del 30 xx xxxxx, y otra antes del 23 de diciembre. De mutuo acuerdo, empresa y trabajador/a, podrán establecer el pago prorrateado en las pagas extraordinarias en las 12 nóminas mensuales del año. Si el disfrute de las vacaciones coincidiera con la fecha del cobro de la paga extraordinaria, la paga extraordinaria se hará efectiva antes del inicio de las vacaciones.
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Samples: Convenio Colectivo General, Convenio Colectivo General
Pagas extras. Se establecen dos pagas extraordinarias por el importe xxx xxxxxxx base de convenioConvenio, en los casos proceda, el complemento de desarrollo y capacitación profesional previsto en el artículo 34, el complemento personal regulado en el artículo 33, el complemento personal previsto en el artículo 34.1 (parte no absorbible de antiguo CDP) y el complemento de puesto regulado en la Disposición Transitoria Primeradisposición transitoria primera. Los complementos salariales no incluidos en este convenio Convenio colectivo general que se pacten en ámbitos inferiores también se integrarán en las pagas extraordinarias cuando así lo hayan expresamente acordado las partes legitimadas en el acuerdo o convenio Convenio colectivo correspondiente. También formarán parte de las pagas extraordinarias los complementos personales generados por causas de absorción y compensación, salvo que se haya pactado su prorrateo en 12 mensualidades. Las pagas extraordinarias se abonarán una antes del 30 xx xxxxx, y otra antes del 23 de diciembre. De mutuo acuerdo, empresa y trabajador/a, podrán establecer el pago prorrateado en las pagas extraordinarias en las 12 nóminas mensuales del año. Si el disfrute de las vacaciones coincidiera con la fecha del cobro de la paga extraordinaria, la paga extraordinaria se hará efectiva antes del inicio de las vacaciones.
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Samples: Xv Convenio Colectivo General De Centros Y Servicios De Atención a Personas Con Discapacidad, Xv Convenio Colectivo General De Centros Y Servicios De Atención a Personas Con Discapacidad
Pagas extras. Se establecen dos pagas extraordinarias por el importe xxx xxxxxxx base de convenio, y, en los casos procedasu caso, del complemento personal recogido en el artículo 35 y el complemento de desarrollo y capacitación profesional previsto en el artículo 34, el complemento personal regulado en el artículo 33, el complemento personal previsto en el artículo 34.1 (parte no absorbible de antiguo CDP) y el complemento de puesto regulado en la Disposición Transitoria Primeraprofesional. Los complementos salariales no incluidos en este convenio colectivo general que se pacten en ámbitos inferiores también se integrarán en las pagas extraordinarias cuando así lo hayan expresamente acordado las partes legitimadas en el acuerdo o convenio colectivo correspondiente. También formarán parte de las pagas extraordinarias los complementos personales generados por causas de absorción y compensación, salvo que se haya pactado su prorrateo en 12 mensualidades. Las pagas extraordinarias se abonarán una antes del 30 xx xxxxx, y otra antes del 23 de diciembre. De mutuo acuerdo, empresa y trabajador/a, podrán establecer el pago prorrateado en las pagas extraordinarias en las 12 nóminas mensuales del año. Si el disfrute de las vacaciones coincidiera con la fecha del cobro de la paga extraordinaria, la paga extraordinaria se hará efectiva antes del inicio de las vacaciones.
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Samples: Xiv Convenio Colectivo General De Centros Y Servicios De Atención a Personas Con Discapacidad, Xiv Convenio Colectivo General De Centros Y Servicios De Atención a Personas Con Discapacidad
Pagas extras. Se establecen dos pagas extraordinarias por el importe xxx xxxxxxx base de convenio, y, en los casos procedasu caso, del complemento personal recogido en el artículo 35 y el complemento de desarrollo y capacitación profesional previsto en el artículo 34, el complemento personal regulado en el artículo 33, el complemento personal previsto en el artículo 34.1 (parte no absorbible de antiguo CDP) y el complemento de puesto regulado en la Disposición Transitoria Primeraprofesional. Los complementos salariales no incluidos en este convenio colectivo general Convenio Colectivo General que se pacten en ámbitos inferiores también se integrarán en las pagas extraordinarias cuando así lo hayan expresamente acordado las partes legitimadas en el acuerdo o convenio colectivo correspondiente. También formarán parte de las pagas extraordinarias los complementos personales generados por causas de absorción y compensación, salvo que se haya pactado su prorrateo en 12 mensualidades. Las pagas extraordinarias se abonarán una antes del 30 xx xxxxx, y otra antes del 23 de diciembre. De mutuo acuerdo, empresa y trabajador/a, podrán establecer el pago prorrateado en las pagas extraordinarias en las 12 nóminas mensuales del año. Si el disfrute de las vacaciones coincidiera con la fecha del cobro de la paga extraordinaria, la paga extraordinaria se hará efectiva antes del inicio de las vacaciones.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Pagas extras. Se establecen dos pagas extraordinarias por el importe xxx xxxxxxx base de convenio, y, en los casos procedasu caso, el complemento de desarrollo y capacitación profesional previsto del comple- mento personal recogido en el artículo 34, el complemento personal regulado en el artículo 33, el complemento personal previsto en el artículo 34.1 (parte no absorbible de antiguo CDP) 35 y el complemento comple- mento de puesto regulado en la Disposición Transitoria Primeradesarrollo profesional. Los complementos salariales no incluidos en este convenio colectivo general que se pacten en ámbitos inferiores también tam- bién se integrarán en las pagas extraordinarias cuando así lo hayan expresamente acordado las partes legitimadas en el acuerdo o convenio colectivo correspondiente. También formarán parte de las pagas extraordinarias los complementos personales generados por causas de absorción ab- sorción y compensación, salvo que se haya pactado su prorrateo en 12 mensualidades. Las pagas extraordinarias se abonarán una antes del 30 xx xxxxx, y otra antes del 23 de diciembre. De mutuo acuerdo, empresa y trabajador/a, podrán establecer es- tablecer el pago prorrateado en las pagas extraordinarias extraordina- rias en las 12 nóminas mensuales del año. Si el disfrute de las vacaciones coincidiera con la fecha del cobro de la paga extraordinaria, la paga extraordinaria extraordi- naria se hará efectiva antes del inicio de las vacaciones.
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Samples: Convenio Colectivo General De Centros Y Servicios De Atención a Personas Con Discapacidad