PAGO DE SUMA ASEGURADA. Al ocurrir el fallecimiento del asegurado, la Aseguradora pagará al o a los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a aquél en que se le acredite la ocurrencia del siniestro. Para tal efecto, él o los beneficiarios deberán entregarle la documentación siguiente:
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PAGO DE SUMA ASEGURADA. Al ocurrir el fallecimiento del asegurado, la Aseguradora pagará al o a los beneficiarios designados designados, el monto de la suma asegurada que corresponda, corresponda dentro de los 15 (quince) treinta días naturales siguientes a aquél en que se le acredite la ocurrencia del siniestro. Para tal efecto, él el o los beneficiarios deberán entregarle entregar la documentación siguiente: Para el pago de la suma asegurada por incapacidad total y permanente del asegurado, se deberá entregar la documentación siguiente:
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PAGO DE SUMA ASEGURADA. Al ocurrir el fallecimiento del asegurado, la Aseguradora pagará al o a los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda, dentro de los 15 (quince) veinte días naturales hábiles siguientes a aquél en que se le acredite la ocurrencia del siniestro. Para tal efecto, él o los beneficiarios deberán entregarle la documentación siguiente:
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PAGO DE SUMA ASEGURADA. Al ocurrir el fallecimiento del asegurado, la Aseguradora pagará al o a los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a aquél en que se le acredite la ocurrencia del siniestro. Para tal efecto, él el o los beneficiarios deberán entregarle la documentación siguiente:
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