Perfección y efectos. Condiciones contractuales. Los contratos se perfeccionan por el consentimiento de ambas partes manifestado por vía telefónica o telemática. Las garantías de la póliza entran en vigor el día y hora acordados que se indican en las Condiciones Particulares de la Póliza. Los Aseguradores, por intermediación del Mediador, remitirán por escrito todas las condiciones contractuales inmediatamente después de la celebración de los contratos. El tomador debe cumplir con las siguientes obligaciones: Si el contenido de una póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar al Asegurador, con la intermediación del Mediador, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza.
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