PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. El pago se realizará en dos veces: una primera factura una vez realizado el 50 por 100 de los reconocimientos y una segunda factura una vez finalizado el trabajo.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. El pago se efectuará por mensualidades vencidas, previa conformidad de la Administración.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. SE ABONARÁ EL 50% DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO UNA VEZ PRESENTADO EL PROYECTO Y EL CALENDARIO DE ACTUACIONES, Y EL RESTO DEL PRESUPUESTO APROBADO UNA VEZ CONCLUIDA LA ACTUACIÓN PROPUESTA EN EL CONTRATO.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. El pago se realizará mensualmente, previa presentación de las correspondientes facturas por cada Centro, que requerirá la aprobación de la Administración.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. Mensuales
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. Mensual por transferencia bancaria una vez conformada y verificada la factura por el importe de los servicios prestados.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. El pago se realizará mensualmente, debiendo indicarse en la factura el número del trabajo, el número de páginas y palabras traducidas o corregidas durante el mes, y el precio final resultante, en función del precio unitario por palabra ofertado. En caso de que la memoria de Traducción enviada por el Departamento contenga el 95% ó más del texto traducido, el precio unitario aplicable por palabra se reducirá en un 50%. En caso de que la memoria de Traducción enviada por el Departamento contenga entre el 85% y el 95% del texto traducido, el precio unitario aplicable por palabra se reducirá en un 20%. En caso de que la memoria de Traducción enviada por el Departamento contenga menos del 85% del texto traducido, se abonará el 100% del precio unitario ofertado por palabra por el adjudicatario. El Departamento podrá aplicar una penalización del 50% del importe en el caso de que errores repetidos y reiterados, tanto de carácter ortográfico, morfológico, sintáctico o léxico, como el incumplimiento de las directrices expresas respecto a ésa o todas las traducciones, obliguen a la retraducción del texto.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. La periodicidad de las facturas será mensual.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. Pago único –artículo 127 del TRLCSP- (sí/no): no. En caso afirmativo, indicar las condiciones de financiación, capitalización de intereses y liquidación: - Certificaciones periódicas (sí/no): sí En caso afirmativo indicar la periodicidad (mensual, prevista en el artículo 232.2 del TRLCSP, u otra distinta): conforme a lo indicado en el punto 4.2 de esta carátula.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS. Pago único: No - Certificaciones periódicas: Si, mensuales. - Exclusiva, sin posibilidad de adscripción a ninguna otra obra: NO - Plena, sin posibilidad de adscripción simultánea a un número de obras superior al señalado: NO AMPLIACIÓN DEL PLAZO. En el supuesto contemplado en el artículo 197.2 de la LCSP (retraso no imputable al contratista) Se Permite.