CAPITALIZACIÓN DE INTERESES Cláusulas de Ejemplo

CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. Los intereses serán capitalizables según la periodicidad establecida en el Reglamento xx Xxxxx de Ahorro del BANCO aprobado por ASFI y disposiciones legales vigentes.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. Todos los intereses devengados en favor del Banco y no pagados a su vencimiento, se capitalizarán a la fecha en que debieron pagarse.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. EL CLIENTE autoriza expresamente a DAVIVIENDA a que pueda capitalizar intereses corrientes causados y no vencidos.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. Queda expresamente acordado que INTERBANK podrá capitalizar mensualmente el íntegro o parte de los intereses compensatorios que se generen respecto del Saldo Deudor adeudado por el Cliente. Esta información estará a disposición del Cliente en la página web xxx.xxxxxxxxx.xx y en la Red de Agencias de INTERBANK a nivel nacional.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. Los intereses pagaderos en las Fechas de Pago de Intereses del 11 de noviembre de 2021, 00 xx xxxxxxx xx 0000, 00 xx xxxx de 2022, 11 xx xxxxxx de 2022, 11 de noviembre de 2022 y 11 de febrero de 2023 serán automáticamente capitalizados en cada una de esas respectivas Fechas de Pago de Interés informando en la AIF de la CNV el capital residual de las Obligaciones Negociables Clase XVI.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. Los intereses pagaderos en las Fechas de Pago de Intereses del 11 de noviembre de 2021, 00 xx xxxxxxx xx 0000, 00 xx xxxx de 2022, 11 xx xxxxxx de 2022, 11 de noviembre de 2022 y 11 de febrero de 2023 serán automáticamente capitalizados en cada una de esas respectivas Fechas de Pago de Intereses, debiendo la Emisora publicar los avisos de pago correspondientes a cada Fecha de Pago de Interés en la AIF de la CNV informando el capital residual de las Obligaciones Negociables Clase XVI.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. Los intereses pagaderos en las Fechas de Pago de Intereses del 11 xx xxxxxx de 2021, 11 de noviembre de 2021, 11 de febrero de 2022, 11 xx xxxx de 2022 y 11 xx xxxxxx de 2022, serán automáticamente capitalizados en cada una de esas respectivas Fechas de Pago de Intereses informando en la AIF de la CNV el capital residual de las Obligaciones Negociables Clase XVII. Compromisos: Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase XVII los compromisos descriptos en “Descripción de los Títulos—Ciertos Compromisos de la Compañíadel Prospecto. Supuestos de Incumplimiento: Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase XVII los Supuestos de Incumplimientos descriptos en “Descripción de los Títulos—Supuestos de Incumplimiento” del Prospecto. Asamblea - Modificaciones a los Términos y Condiciones esenciales Para modificaciones de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Clase XVII, será de aplicación lo descripto en “Términos y Condiciones Adicionales de de las Obligaciones Negociables Clase XVII: las Obligaciones Negociables⸻ Asamblea - Modificaciones a los Términos y Condiciones esenciales de las Obligaciones Negociables Clase XVII” en el presente.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. EL DEUDOR consiente, en que de conformidad con las condiciones fijadas por el artículo 1154 del Código Civil, los intereses debidamente vencidos y no pagados por el plazo de un (1) año, contados a partir de su fecha vencimiento, podrán ser capitalizados y producirán a su vez intereses.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. EL CLIENTE autoriza expresamente AL BANCO para que capitalice los intereses remuneratorios causados en el período xx xxxxxx, en los términos y condiciones previstas en el documento denominado “INFORMACIÓN PREVIA - Condiciones de Aprobación Financiación”, caso en el cual la suma de dinero sobre la que se liquidarán los intereses remuneratorios será el valor desembolsado, más el valor de los intereses capitalizados.
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES. El Cliente presta conformidad para que los intereses que se devenguen con motivo de los saldos deudores sean debitados y capitalizados mensualmente en la fecha que el Banco determine.