Common use of Periodo Extendido para Notificaciones Clause in Contracts

Periodo Extendido para Notificaciones. ENDOSO PARA ADHERIRSE A Y FORMAR PARTE DE LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL, EXPEDIDA A FAVOR DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL. Exclusivamente para aquellas personas que se ubiquen en la definición de Asegurados que se contiene en los endosos 1 y 2 (indistintamente) y que gocen de la extensión o cobertura que tales endosos otorgan, tienen el derecho a un Periodo Extendido para Notificaciones de 60 meses bajo los términos y condiciones indicados en este endoso, mismo que será aplicable para cualquiera de las coberturas incluidas en la Sección IIB) y IIC) y extensiones correspondientes. En este sentido, queda entendido y aclarado que el derecho a este periodo no es aplicable a la Compañía ni a aquellos Servidores Públicos y empleados que no hayan adquirido la extensión o cobertura mencionadas. El Periodo Extendido para Notificaciones no estará disponible en caso de una cancelación por falta de pago de la prima. El Periodo Extendido para Notificaciones, sólo estará disponible en alguno de los siguientes casos:

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Samples: www.gob.mx, doc.shf.gob.mx, doc.shf.gob.mx

Periodo Extendido para Notificaciones. ENDOSO PARA ADHERIRSE A Y FORMAR PARTE DE LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL, EXPEDIDA A FAVOR DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL. "UN SEGURO Exclusivamente para aquellas personas que se ubiquen en la definición de Asegurados que se contiene en los endosos 1 y 2 (indistintamente) y que gocen de la extensión o cobertura que tales endosos otorgan, tienen el derecho a un Periodo Extendido para Notificaciones de 60 meses bajo los términos y condiciones indicados en este endoso, mismo que será aplicable para cualquiera de las coberturas incluidas en la Sección IIBSubpartida ll B) y IICll C) y extensiones correspondientes. En este sentido, queda entendido y aclarado que el derecho a este periodo no es aplicable a la Compañía "La Institución" ni a aquellos Servidores Públicos y empleados que no hayan adquirido la extensión o cobertura mencionadas. El Periodo Extendido para Notificaciones no estará disponible en caso de una cancelación por falta de pago de la prima. El Periodo Extendido para Notificaciones, sólo estará disponible en alguno de d los siguientes casos:

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Periodo Extendido para Notificaciones. ENDOSO PARA ADHERIRSE A Y FORMAR PARTE DE LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL, EXPEDIDA “UN SEGURO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA Y DEFENSA LEGAL A FAVOR QUE REFIERE LA LEY ORGÁNICA DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL. EN APEGO AL ARTÍCULO 33 DE LA LEY ÓRGÁNICA DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL S.N.C., PARA EL EJERCICIO 2018”. Exclusivamente para aquellas personas que se ubiquen en la definición de Asegurados que se contiene en los endosos 1 y 2 (indistintamente) y que gocen de la extensión o cobertura que tales endosos otorgan, tienen el derecho a un Periodo Extendido para Notificaciones de 60 meses bajo los términos y condiciones indicados en este endoso, mismo que será aplicable para cualquiera de las coberturas incluidas en la Sección Subpartida IIB) y IIC) y extensiones correspondientes. En este sentido, queda entendido y aclarado que el derecho a este periodo no es aplicable a la Compañía Institución ni a aquellos Servidores Públicos y empleados que no hayan adquirido la extensión o cobertura mencionadas. El Periodo Extendido para Notificaciones no estará disponible en caso de una cancelación por falta de pago de la prima. El Periodo Extendido para Notificaciones, sólo estará disponible en alguno de los siguientes casos:

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Samples: www.gob.mx