DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Cláusulas de Ejemplo

DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, a los efectos de la presente licitación y una vez perfeccionado el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxx N° 1659, piso 2°, -UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES –UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018-UPEJOL, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en la reglamentación de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario. Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC. Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay N.º 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N.º 77/PG/06.
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Se considerará como único domicilio del oferente, el domicilio válido - el declarado en calidad de constituido en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad. Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0° xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. A efectos de las compras y contrataciones efectuadas mediante BAC, rige respecto a las notificaciones y constitución de domicilio lo dispuesto por los artículos 4 y 6 respectivamente xxx Xxxxxx del Condiciones Generales.
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Para todos los efectos que se desprendan del presente contrato, las partes constituyen domicilio en los declarados como suyos en la comparecencia, de modo que, no mediando comunicación formal a la otra parte de cualquier variación que se produzca al respecto, será considerada válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio idóneo que se dirija a los señalados domicilios.
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Resultan de aplicación los términos establecidos en el artículo 6 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, concomitante con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Anexo I del Decreto Nº 1145/GCBA/09.
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Todos los avisos y demás comunicaciones que la partes deban darse por este CONTRATO, sus Anexos A y B, cualquiera de los SUPLEMENTOS y sus Anexos o en relación con las acciones previstas en los mismos, serán realizadas o hechas por escrito y serán enviadas por correo certificado con porte pagado o cualquier otro medio análogo, incluyendo servicios de mensajería especializada, y todos los avisos o comunicaciones serán considerados debidamente dados o hechos cuando hayan sido recibidos. Los avisos y las demás comunicaciones serán dirigidos a los domicilios convencionales indicados en el respectivo SUPLEMENTO. Las Partes se obligan a dar aviso a la otra de cualquier cambio de domicilio por lo menos con 5 (cinco) días de anticipación al cambio, en la inteligencia de que, de no hacerlo, toda notificación o diligencia, judicial o extrajudicial, que se hiciere al domicilio anteriormente señalado surtirá plenos efectos
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Para todos los efectos que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilios en los declarados como suyos en la comparecencia. Se establece el telegrama colacionado con acuse de recibo u otro medio fehaciente como medio de comunicación entre las partes, en los domicilios expresamente constituidos. Para constancia de lo pactado, se firman tres ejemplares del mismo tenor. Por la ENTIDAD REGISTRANTE: Firma: Aclaración: Por el EMISOR: Firma: Aclaración:
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Las Partes constituyen domicilios a los efectos de este contrato en los indicados como suyos en la comparecencia, aceptando desde ya el telegrama colacionado como medio hábil de comunicación entre las partes.
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Cualquier notificación o aviso que deban darse las Partes deberá realizarse de manera fehaciente en los siguientes domicilios:
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. A los efectos derivados del presente contrato, LAS PARTES constituyen domicilios en los lugares que a continuación se indican: El VENDEDOR: El COMPRADOR: Cualquier comunicación o notificación que deba efectuarse con relación al contrato debe ser realizada por escrito, efectuada personalmente o enviada por carta certificada con aviso de retorno, carta documento o telegrama colacionado con aviso de retorno y al domicilio indicado precedentemente. LAS PARTES aceptan como válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones que la empresa envíe al correo electrónico fijado, quedando expresamente notificado de las mismas. Los plazos comenzarán a contarse al día hábil siguiente de la fecha de recepción. Constituirá plena prueba de la notificación y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno. Se considerarán realizadas si es personalmente al momento de la entrega, si es por correo en la fecha de la entrega informada por el servicio de correo.