AVISOS Y NOTIFICACIONES Cláusulas de Ejemplo

AVISOS Y NOTIFICACIONES. Todos los avisos y además todas las notificaciones que tenga que hacer el Banco al Cliente en relación a este Contrato los hará mediante aviso escrito a través de los Medios de Comunicación.
AVISOS Y NOTIFICACIONES. Todos los avisos y demás notificaciones que tenga que hacer el Banco al Cliente respecto del presente Instrumento o Contratos y/o respecto a modificaciones en los términos y condiciones o versiones de los mismos, podrá efectuarlos mediante aviso a través de los Medios de Comunicación, en el domicilio del Cliente o en los datos de contacto que se señalan a continuación.
AVISOS Y NOTIFICACIONES. El Adquirente puede enviar al Afiliado los avisos y notificaciones relacionados con este Contrato, y éstos se entenderán recibidas cuando: (i) el comunicado por escrito sea entregado en el domicilio designado por el Afiliado en la Solicitud de Afiliación o designado de otra forma por el Afiliado; (ii) sea remitido por correo certificado con acuse de recibo; o bien (iii) sea un mensaje enviado a la cuenta de correo electrónico señalado por el Afiliado en la Solicitud de Afiliación o de cualquier otra forma señalada por el Afiliado como su cuenta de correo electrónico. Los avisos o notificaciones al Adquirente deberán ser entregados en el domicilio indicado en el presente Contrato. Los avisos y cualquier otra comunicación del Afiliado al Adquirente deberán entregarse por escrito en el domicilio indicado anteriormente (según corresponda de conformidad con cada una de sus obligaciones en el presente documento).
AVISOS Y NOTIFICACIONES. El licenciatario realizará todas las notificaciones o requerimientos a VeriSign con respecto al presente contrato de licencia del sello por escrito, con la dirección contractual que aparece en el sitio web para el que ha obtenido el sello, con copia a: Attn: General Counsel, VeriSign, Inc., 000 X. Xxxxxxxxxxx Road, Mountain View, California, EE.UU. 94043.
AVISOS Y NOTIFICACIONES. Todos los avisos y demás notificaciones que tenga que hacer el Banco al Cliente en relación al Contrato y/o respecto a modificaciones en los términos y condiciones o versiones del mismo, así como cualquier otra notificación, los hará mediante la inserción del aviso respectivo en el estado de cuenta, en cajeros automáticos, cartas remitidas al domicilio del Cliente, a través de Banca Electrónica en caso que el Cliente contara con dicho canal contratado, o mediante aviso por escrito en otro de los Medios de Comunicación que previamente el Banco hubiere informado al Cliente para este efecto. En el caso de modificaciones al Contrato, el aviso deberá enviarse al Cliente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones”.
AVISOS Y NOTIFICACIONES. Cualquier aviso o notificación que EL BANCO deba o desee darle a EL CLIENTE conforme a EL CONTRATO, lo efectuará por escrito y, a elección de EL BANCO: (a) mediante carta entregada personalmente o enviada por correo a EL CLIENTE a la dirección de éste registrada en EL BANCO, en cuyo caso el recibo que expida la oficina de correos constituirá prueba suficiente del hecho de haber sido enviado el aviso o notificación y de su fecha; (b) mediante anuncio publicado por dos (2) días consecutivos en un diario de circulación nacional, o (c) mediante anuncio colocado en un lugar visible de la Casa Matriz y demás sucursales de EL BANCO por un período de treinta (30) días. El aviso o notificación se entenderá dado, para el caso de que se efectúe mediante carta enviada por correo (el estado de cuenta mensual para los efectos de esta cláusula equivaldrá a una carta), una vez transcurrido un plazo de tres (3) días contados a partir de la fecha del depósito de la misma en la oficina de correos; para el caso de que se efectúe mediante publicación de anuncio en un diario, desde la fecha de la segunda publicación, y para el caso de que se efectúe mediante la colocación de un anuncio en un lugar visible de la Casa Matriz y demás sucursales de EL BANCO, una vez transcurrido treinta (30) días en que el anuncio haya permanecido en efecto colocado. Queda convenido que EL BANCO podrá dar avisos o notificaciones en forma individual, es decir, específicamente con respecto a EL CLIENTE, o en forma general, o sea, refiriéndose a varios o a todos los clientes de EL BANCO.
AVISOS Y NOTIFICACIONES. Todo aviso o notificación del contrato emanado del presente procedimiento, será hecho al “CONSEJO”, por escrito a la atención de la DRH en su domicilio legal y en caso de que hubiere modificación, será previo acuerdo de las partes entre “EL CONSEJO” y “LA ASEGURADORA”. En consecuencia, cualquier otra persona no autorizada por “EL CONSEJO” carece de total facultad para hacer modificaciones al contrato o concesiones.
AVISOS Y NOTIFICACIONES. Las partes señalan como sus domicilios para recibir toda clase de avisos y comunicaciones escritas relacionadas con el presente contrato y/o anexos los siguientes: Asimismo, las partes señalan que podrán existir comunicaciones a través de los correos electrónicos, señalados en el presente contrato, mismos que vincularán respecto a su contenido, como acuerdos válidamente realizados entre las partes:
AVISOS Y NOTIFICACIONES. Toda notificación, solicitud, demanda o comunicación requerida por parte de Chilquinta deberá ser dirigida a: CLIENTE Nombre: Correo: Teléfono de Contacto:
AVISOS Y NOTIFICACIONES. Los avisos que conforme al presente convenio deban darse “LAS PARTES”, así como cualquier otra notificación y/o comunicación entre ellas, sólo serán válidas cuando se realicen por escrito con acuse de recibo en los domicilios señalados en las declaraciones de este convenio. En caso de que cualquiera de “LAS PARTES” cambie de domicilio deberá de notificarlo a la otra. De no ser así, cualquier notificación realizada en los domicilios señalados en las declaraciones de este convenio, será considerada como efectivamente realizada.