PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y RECURSOS. El SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá presentar, ante la PERSONA PRESTADORA, peticiones, quejas, reclamos y recursos relacionados, entre otras cosas, con el contrato de servicios públicos, la factura, el estrato aplicado cuando sea diferente al establecido por la entidad territorial competente y el uso asignado al inmueble objeto del servicio por la persona prestadora. La PERSONA PRESTADORA resolverá las peticiones, quejas, reclamos y recursos que sean presentados por el suscriptor y/o usuario, dentro del término de quince (15) días hábiles, contado a partir de la fecha de su presentación. Pasado este término sin que la PERSONA PRESTADORA haya resuelto la petición, queja, reclamo o recurso, se entenderá que ha sido resuelto en forma favorable, salvo que se demuestre que el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO auspició la demora o que se requirió la práctica de pruebas. Dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles, la entidad prestadora del servicio público de aseo reconocerá al suscriptor y/o usuario los efectos del silencio administrativo positivo. Si no lo hiciere, el peticionario podrá solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la imposición de las sanciones a que haya lugar, conforme a la ley, sin perjuicio de que la Superintendencia adopte las decisiones que resulten pertinentes para hacer efectiva la ejecutoriedad del acto administrativo presunto. Cuando se trate de actos de negativa del contrato, suspensión, terminación y facturación de los servicios, el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá interponer, ante la PERSONA PRESTADORA, el recurso de reposición y, en subsidio, de apelación, contra el acto que resuelva la petición, queja, reclamo o recurso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. La PERSONA PRESTADORA, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión que resolvió el recurso de reposición, remitirá el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, para resolver el recurso de apelación, en caso de que haya sido interpuesto como subsidiario.
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Samples: Service Agreement, Contrato De Condiciones Uniformes
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y RECURSOS. El SUSCRIPTOR Ysuscriptor y/O USUARIO o usuario podrá presentar, ante la PERSONA PRESTADORALA EMPRESA, peticiones, quejas, reclamos y recursos relacionados, entre otras cosas, con el contrato de servicios públicos, la factura, el estrato aplicado cuando sea diferente al establecido por la entidad territorial competente y el uso asignado al inmueble objeto del servicio de los servicios por la persona prestadora. La PERSONA PRESTADORA LA EMPRESA LA EMPRESA resolverá las peticiones, quejas, reclamos quejas y recursos que sean presentados por el suscriptor y/o usuariousuario y que estén relacionados con el contrato de servicios públicos, la factura, el estrato, entre otros que estén relacionados con estos o similares dentro del término de quince (15) días hábiles, contado contando a partir de la fecha de su presentación. Pasado este término sin que la PERSONA PRESTADORA LA EMPRESA haya resuelto la petición, queja, reclamo queja o recurso, se entenderá que ha sido resuelto en forma favorable, salvo que se demuestre que el SUSCRIPTOR Ysuscriptor y/O USUARIO o usuario auspició la demora o que se requirió la práctica de pruebas. Dentro de las setenta y dos (72) 72 horas siguientes al vencimiento del término de los quince (15) 15 días hábiles, la entidad prestadora LA EMPRESA del servicio público de aseo domiciliario reconocerá al suscriptor y/o usuario los efectos del silencio administrativo positivo. Si no lo hiciere, el peticionario podrá solicitar a de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Domiciliarios, la imposición de las sanciones a que haya lugar, lugar conforme a la leyLey, sin perjuicio de que la Superintendencia ella adopte las decisiones que resulten pertinentes para hacer efectiva la ejecutoriedad del acto administrativo presunto. Cuando se trate de actos de negativa del contrato, suspensión, terminación terminación, corte y facturación de los servicios, el SUSCRIPTOR Ysuscriptor y/O USUARIO o usuario podrá interponer, interponer ante la PERSONA PRESTADORALA EMPRESA, el recurso de reposición y, en subsidio, de apelación, contra el acto que resuelva la petición, queja, reclamo queja o recurso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. La PERSONA PRESTADORA, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión de la petición, queja o reclamo; notificación que resolvió el recurso de reposiciónpodrá ser personal, remitirá el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPDelectrónica, para resolver el recurso de apelaciónpor aviso, en caso de que haya sido interpuesto como subsidiarioo por conducta concluyente.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Públicos Domiciliarios
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y RECURSOS. El SUSCRIPTOR YSuscriptor y/O USUARIO o Usuario podrá presentar, ante la PERSONA PRESTADORAPersona Prestadora, peticiones, quejas, reclamos y recursos relacionados, entre otras cosas, con el contrato de servicios públicos, la factura, el estrato aplicado cuando sea diferente al establecido por la entidad territorial competente y el uso asignado al inmueble objeto del servicio por la persona prestadoraPersona Prestadora. La PERSONA PRESTADORA Persona Prestadora resolverá las peticiones, quejas, reclamos y recursos que sean presentados por el suscriptor Suscriptor y/o usuarioUsuario, dentro del término de quince (15) días hábiles, contado hábiles contados a partir de la fecha de su presentación. Pasado este término sin que la PERSONA PRESTADORA Persona Xxxxxxxxxx haya resuelto la petición, queja, reclamo o recurso, se entenderá que ha sido resuelto en forma favorable, salvo que se demuestre que el SUSCRIPTOR YSuscriptor y/O USUARIO o Usuario auspició la demora o que se requirió la práctica de pruebas. Dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles, la entidad prestadora del servicio público de aseo Persona Prestadora reconocerá al suscriptor Suscriptor y/o usuario Usuario los efectos del silencio administrativo positivo. Si no lo hiciere, el peticionario podrá solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la imposición de las sanciones a que haya lugar, conforme a la ley, sin perjuicio de que la Superintendencia adopte las decisiones que resulten pertinentes para hacer efectiva la ejecutoriedad del acto administrativo presunto. Cuando se trate de actos de negativa del contratopresente Contrato, suspensión, terminación y facturación de los servicios, el SUSCRIPTOR YSuscriptor y/O USUARIO o Usuario podrá interponer, interponer ante la PERSONA PRESTADORAPersona Prestadora, el recurso de reposición y, en subsidio, de apelación, contra el acto que resuelva la petición, queja, reclamo o recurso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. La PERSONA PRESTADORAPersona Prestadora, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión que resolvió el recurso de reposición, remitirá el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - – SSPD, para resolver el recurso de apelación, en caso de que haya sido interpuesto como subsidiario.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público De Aseo
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y RECURSOS. El SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá presentar6.1.1. PRESENTACIÓN.- A efecto que el CLIENTE ejerza su derecho a presentar PQR´s ante XXXXXX XXXXXX, ante la PERSONA PRESTADORA, éste debe tener en cuenta lo siguiente:
1. Las peticiones, quejasquejas y reclamos, reclamos y recursos relacionadospodrán presentarse en cualquier tiempo, entre otras cosasde manera verbal, con el contrato por escrito, por correo electrónico o a través de servicios públicoslos medios de contacto idóneos habilitados por XXXXXX XXXXXX; sin embargo, las que pretendan discutir un acto de facturación, deberán elevarse antes xxx xxxxxx mes de expedida la factura. Los recursos deberán presentarse por escrito e interponerse dentro del plazo legal establecido.
2. Toda PQR debe formularse de manera respetuosa, so pena de rechazo.
3. Cualquier PQR no requiere de presentación personal ni intervención de abogado; de formularse a través de un mandatario, deberá acreditarse el estrato aplicado cuando sea diferente al establecido por mandato.
4. El CLIENTE deberá suministrar la entidad territorial competente información mínima necesaria para que XXXXXX XXXXXX pueda realizar el análisis correspondiente y dar contestación o tomar la decisión respectiva, en particular a:
a. Indicar el uso asignado al inmueble objeto nombre y apellido completo del servicio por la persona prestadora. La PERSONA PRESTADORA resolverá las peticiones, quejas, reclamos y recursos que sean presentados por el suscriptor CLIENTE y/o usuariode su representante legal o apoderado, dentro del término de quince (15) días hábilessi es el caso, contado a partir con indicación de la fecha de su presentacióndirección donde se recibirán las respuestas. Pasado este término sin El CLIENTE podrá solicitar notificación a la dirección electrónica que la PERSONA PRESTADORA haya resuelto la petición, queja, reclamo o recurso, se entenderá que ha sido resuelto en forma favorable, salvo que se demuestre que el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO auspició la demora o que se requirió la práctica de pruebas. Dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles, la entidad prestadora del servicio público de aseo reconocerá al suscriptor y/o usuario los efectos del silencio administrativo positivoéste indique. Si no lo hiciereel CLIENTE es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, el peticionario podrá solicitar estará obligada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la imposición de las sanciones a que haya lugar, conforme a la ley, sin perjuicio de que la Superintendencia adopte las decisiones que resulten pertinentes para hacer efectiva la ejecutoriedad del acto administrativo presuntoindicar su dirección electrónica. Cuando se trate de actos de negativa del contrato, suspensión, terminación y facturación de los servicios, el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá interponer, ante la PERSONA PRESTADORA, el recurso de reposición y, en subsidio, de apelación, contra el acto que resuelva la petición, queja, reclamo o recurso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. La PERSONA PRESTADORA, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión que resolvió el recurso de reposición, remitirá el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, para resolver el recurso de apelación, en En caso de que haya sido interpuesto como subsidiariouna queja bastará el nombre y apellido del quejoso.
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Samples: Contrato De Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y RECURSOS. El SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá presentar, ante la PERSONA PRESTADORA, Las peticiones, quejas, reclamos y recursos relacionados(PQR) relacionados con la actividad de aprovechamiento deberán ser presentados ante la persona prestadora de recolección y transporte de residuos no aprovechables, entre otras cosas, con y se les dará el siguiente tratamiento:
a. La atención de PQR relativas al contrato de servicios públicos, relacionadas con la facturafacturación del servicio, el estrato aplicado cuando sea diferente al establecido por la entidad territorial competente y el uso asignado al inmueble objeto del servicio deberán ser tramitadas en su integralidad por la persona prestadoraprestadora de recolección y transporte de residuos no aprovechables.
b. Las PQR relacionadas con las cantidades de residuos aprovechables facturados, aforos y aspectos operativos relacionados con horarios y frecuencias deberán ser trasladadas, a más tardar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su presentación, a la persona prestadora de la actividad de aprovechamiento. Cuando la respuesta de PQR implique ajustes en el valor facturado, la persona prestadora de la actividad de aprovechamiento deberá informar a la persona prestadora de la actividad de recolección y transporte de no aprovechables el ajuste, para que se genere una nueva factura.
c. Las peticiones, quejas, reclamos y reclamos (PQR) que se relacionen con la solicitud de prestación de la actividad de aprovechamiento, presentadas por el suscriptor y/o usuario, deberán indicar a cuál persona prestadora de la actividad aprovechamiento se dirigen, en desarrollo de lo dispuesto en el numeral 9.2 del artículo 9 la Ley 142 de 1994.
d. Los términos para dar respuesta a una petición, queja o reclamo (PQR), relacionado con la prestación de la actividad de aprovechamiento, correrán a partir de la fecha de recibo del traslado. La PERSONA PRESTADORA resolverá las peticiones, quejas, reclamos y recursos que sean presentados por el suscriptor y/o usuario, dentro del término de quince (15) días hábiles, contado a partir de la fecha de su presentación. Pasado este término sin que la PERSONA PRESTADORA haya resuelto la petición, queja, reclamo o recurso, se entenderá que ha sido resuelto en forma favorable, salvo que se demuestre que el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO auspició la demora o que se requirió la práctica de pruebas. Dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles, la entidad prestadora del servicio público domiciliario de aseo reconocerá al suscriptor y/o usuario los efectos del silencio administrativo positivo. Si no lo hiciere, el peticionario podrá solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la imposición de las sanciones a que haya lugar, conforme a la ley, sin perjuicio de que la Superintendencia adopte las decisiones que resulten pertinentes para hacer efectiva la ejecutoriedad del acto administrativo presunto. Cuando se trate de actos de negativa del contrato, suspensión, terminación y facturación de los servicios, el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá interponer, ante la PERSONA PRESTADORA, el recurso de reposición y, en subsidio, de apelación, contra el acto que resuelva la petición, queja, reclamo o recurso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. La PERSONA PRESTADORA, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión que resolvió el recurso de reposición, remitirá el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, SSPD para resolver el recurso de apelación, en caso de que haya sido interpuesto como subsidiario.
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Samples: Contrato De Servicios Públicos
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y RECURSOS. El SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá presentar, ante la PERSONA PRESTADORA, tiene derecho a presentar peticiones, quejas, reclamos y recursos. Estos se tramitarán de conformidad con las normas vigentes sobre el derecho de petición. Los recursos relacionadosse regirán por las siguientes reglas:
1. Contra los actos de negativa del contrato, entre otras cosassuspensión, terminación, corte y facturación que realice CHEC procede el recurso de reposición y en subsidio el de apelación ante el Gerente de la empresa, quien deberá en tal caso remitir el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
2. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno. En el contrato caso de servicios públicosla solicitud de indemnización de perjuicios, no procede recurso alguno, pues tal situación sólo atiende la factura, el estrato aplicado cuando sea diferente al liberalidad razonada de la administración de CHEC y a la jurisdicción competente en caso de controversia.
3. El recurso de reposición contra los actos que resuelven las reclamaciones por facturación debe interponerse de acuerdo a los requisitos y dentro del término establecido por la entidad territorial competente normatividad vigente.
4. En ningún caso proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas por CHEC.
5. De los recursos de reposición y el apelación contra los actos de negativa del contrato, suspensión, terminación, corte y facturación debe hacerse uso asignado al inmueble objeto de acuerdo a los requisitos y dentro del servicio término establecido por la persona prestadoranormatividad vigente.
6. La PERSONA PRESTADORA resolverá Estos recursos no requieren presentación personal, ni intervención de abogado, aunque se emplee un mandatario. CHEC dispondrá de formularios para facilitar la presentación de los recursos a los suscriptores o usuarios que deseen emplearlos.
7. El recurso de apelación solo puede presentarse subsidiariamente al de reposición, el cual se surtirán ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
8. No se exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un reclamo siempre y cuando se haga antes de la fecha máxima de pago de ésta. Tratándose de recursos, el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de reclamo y/o recurso, o del promedio del consumo de los últimos cinco (5) períodos. Los recursos deben ser resueltos por el Gerente de CHEC o su delegado.
9. Silencio Administrativo Positivo: CHEC tiene la obligación de decidir de fondo las peticiones, quejas, reclamos y quejas o recursos que sean presentados por el suscriptor y/o usuario, dentro del término de en quince (15) días hábiles, contado contados a partir de la fecha de su presentación. Pasado este término sin que la PERSONA PRESTADORA haya resuelto la petición, queja, reclamo o recurso, se entenderá que ha sido resuelto en forma favorableese término, salvo que se demuestre que el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO auspició la demora o que se requirió la práctica de pruebaspruebas se entenderá que la petición, queja o recurso ha sido resuelto en forma favorable. Dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles, la entidad prestadora del servicio público de aseo CHEC reconocerá al suscriptor ySUSCRIPTOR Y/o usuario O USUARIO los efectos del silencio administrativo positivo. Si no lo hiciere, el peticionario podrá solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la imposición de las sanciones a que haya lugar, positivo conforme a la ley, sin perjuicio las reglas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y las normas que la Superintendencia adopte las decisiones que resulten pertinentes para hacer efectiva la ejecutoriedad del acto administrativo presunto. Cuando se trate de actos de negativa del contrato, suspensión, terminación y facturación de los servicios, el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá interponer, ante la PERSONA PRESTADORA, el recurso de reposición y, en subsidio, de apelación, contra el acto que resuelva la petición, queja, reclamo lo sustituyan o recurso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. La PERSONA PRESTADORA, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión que resolvió el recurso de reposición, remitirá el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, para resolver el recurso de apelación, en caso de que haya sido interpuesto como subsidiariomodifiquen.
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Samples: Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica