Common use of PLAZO DE ENTREGA Clause in Contracts

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el plazo de entrega empieza contarse desde la menos próxima de las fechas que a continuación se citan: a) fecha de la conclusión del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta de crédito como requisito previo de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Condiciones Generales De Suministro, Condiciones Generales De Suministro, Condiciones Generales De Suministro

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el 7.1 El plazo de entrega empieza contarse desde al concluirse el contrato y al recibirse las autorizaciones oficiales necesarias, asi como los pagos debidos con el pedido y las garantias eventuales y al haberse aclarado los puntos técnicos esenciales. El plazo de entrega se considerará cumplido habiéndose a su vencimiento enviado al comitente el aviso de que el suministro está listo para la menos próxima expedición. 7.2 El plazo de las fechas que a continuación entrega se citanprorroga debidamente: a) fecha por recepción tardía de la conclusión los datos requeridos por el proveedor para el cumplimiento del contratocontrato o por modificaciones efectuadas por el comitente que retrasen los suministros o servicios; b) fecha en que al presentarse dificultades inevitables con el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicosprovee- dor, comerciales y financieroscon el comitente o con terceros a pesar de las precauciones tomadas por el proveedor. Como tales dificultades se consideran eventos tales como, pero no limitados a: epidémias, movilización, guerra, guerra civil, actos terroristas, revueltas, disturbios políticos, revoluciones, sabotaje, perturbaciones importantes de la producción, accidentes, conflictos laborales o sociales, abastecimiento retrasado o defectuoso de materias primas, de productos semiacabados o acabados, desecho de piezas importantes, actos u omisiones de autoridades, órganos estatales u órganos supraestatales, embargos, dificultades de transporte no previsibles, incendio, explosión, fenó- menos naturales; c) fecha en caso de atraso de trabajos que incumben al comi- tente o a terceros o en caso de demora en el vendedor recibiera cumpli- miento de obligaciones contractuales del comitente, en particular si éste no se atiene a las condiciones de pago. 7.3 El comitente tiene el derecho de reclamar una indem- nización por vía suministro atrasado a condición que él compruebe la culpa del proveedor y perjuicios sufridos como consecuencia de señal este retraso. No podrá reclamar una cantidad pagadera con anterioridad indemnización por suministro atrasado si se le facilita al comitente un suministro de sustitución. La indemnización subirá a lo sumo al 0.5% por cada semana entera de atraso sin exceder en total el 5%, calculado sobre el precio correspondiente a la entrega parte atrasada del suministro. Las dos primeras semanas de la mercancía y/o fuera abierto en su favor atraso estarán exentas de indemnización. Al llegar al máximo de tal indemnización, el comitente fijará por escrito al proveedor una carta de crédito como requisito previo de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación prolongación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio proveedor no observa esta prolongación del plazo por razones imputables a éste, el comitente puede rechazar la aceptación de coste sufriera alguna variación tras la parte atrasada del suministro. Si una aceptación parcial fuera económicamente inacep- table para el vencimiento comitente, éste puede rescindir el contrato y exigir el reembolso de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del compradorlos pagos ya efectuados devolviendo los suministros ya recibidos. 7.3 Si 7.4 Por demora en los suministros o servicios, el comitente no tendrá otros derechos y demandas que los expresa- mente mencionados en esta cláusula 7. Esta limitación no se ha concluido el contrato sin estipular preciosaplica en caso de intención ilegal o culpa grave del proveedor, pero sí se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entregaaplica a sus ayudantes.

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Samples: Condiciones Generales Para El Suministro De Maquinaria Y Repuestos, Condiciones Generales Para El Suministro De Maquinaria Y Repuestos

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si 4.1. Cualquier acuerdo relacionado con los plazos o las fe- xxxx de entrega requerirá de la forma escrita. Los plazos y las fechas de entrega no se hubiera convenido otra cosaconsiderarán vinculantes, a menos que WIKA los describa previamente y por es- crito como vinculantes. 4.2. El plazo de entrega comienza con el envío de la confir- mación de pedido por parte xx XXXX, aunque no antes de la entrega completa de los documentos, autorizacio- nes y homologaciones que deba obtener el comprador, la aclaración de todas las cuestiones técnicas, así como la recepción del anticipo acordado o, en el caso de una transacción comercial en el extranjero, tras la recepción del pago íntegro. Si ya se ha acordado una fecha de en- trega, se procederá a aplazarla cuando el comprador no aporte a su debido tiempo los correspondientes docu- mentos y autorizaciones, o las correspondientes homo- logaciones, no aclare completamente las cuestiones téc- nicas pertinentes o no abone el anticipo acordado, o, en el caso de las transacciones comerciales en el extran- xxxx, el pago íntegro a WIKA. El cumplimiento del plazo de entrega estará sujeto al cumplimiento oportuno y adecuado de las demás obliga- ciones por parte del comprador. 4.3. Se considerará que el plazo de entrega empieza contarse desde se ha cumplido si los productos han salido de la fábrica antes de que ex- pire el plazo de entrega o si WIKA ha notificado al cliente que los productos están listos para su recogida o envío. El cumplimiento del plazo de entrega se encuentra sujeto a la condición de que el autoabastecimiento xx XXXX sea puntual y correcto, a menos próxima que WIKA sea el responsa- ble de que el autoabastecimiento no cumpla estas exi- gencias. En caso de un autoabastecimiento indebido, WIKA tendrá derecho a rescindir del contrato. En caso de que WIKA haga uso del derecho de rescisión, XXXX informará inmediatamente al comprador y procederá a la devolución de cualquier anticipo realizado por éste. 4.4. En el caso de las fechas que a continuación se citan: a) fecha de la conclusión del contrato; b) fecha en que entregas transfronterizas, el comprador hubiera cumplido todos deberá presentar a su debido tiempo ante las autorida- des competentes todas las declaraciones y medidas ne- cesarias para la exportación desde Alemania y la impor- tación al país de destino, en especial para obtener los documentos necesarios para el despacho aduanero y para cumplir con los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad los controles de expor- tación o de otras restricciones a la entrega comercialización. Los envíos estarán sujetos a la condición de la mercancía que no haya im- pedimentos para su cumplimiento debido a los reglamen- tos nacionales o internacionales, y/, en particular, a los reglamentos de control de las exportaciones, así como a embargos u otras sanciones. Cualquier demora provo- cada por los controles de exportación o fuera abierto en su favor una carta los procedimien- tos de crédito como requisito previo homologación anulará los plazos y las fechas de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 4.5. Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas produce una demora en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, estará autorizado a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando contrato una vez que haya transcurrido de manera infructuosa una prórroga adecuada y pactada con XXXX después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener que se pro- duzca la demora en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadasentrega. 6.5 4.6. Si WIKA ha celebrado un contrato marco con el compra- dor en relación con futuras entregas con plazos de en- trega fijos, y el comprador no quisiera recibir cancela los productos a tiempo, WIKA tendrá derecho a entregar y facturar los productos, a rescindir el contrato o a reclamar daños y perjuicios o el reembolso de los gastos después de la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar ex- piración infructuosa de una prórroga adecuada y tiempo convenidos, fijada por WIKA. La obligación de abonar daños y perjuicios o reembolsar los gastos no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, aplicará si el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha es responsable de la entregacancelación no puntual de los pro- ductos.

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Samples: Condiciones Generales De Venta, Condiciones Generales De Venta

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el El plazo de entrega empieza contarse desde la menos próxima de las fechas que a continuación se citan: a) fecha de la conclusión dependerá del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía servicio y/o fuera abierto producto solicitado por la unidad y estos serán entregados en Xxxxxxxx 0000 Xxxx 0 ala norte, tanto para el retiro y entrega de las cintas en los plazos establecidos por el oferente que resulte adjudicado en su favor una carta oferta técnica El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de crédito como requisito previo los 30 días corridos siguientes a la recepción de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales factura o anticipadas. 6.3 del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella. Si se demorase la entrega prestación del servicio por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna parte del adjudicatario, presenta incumplimientos de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contratocualquier naturaleza, o bien, rescindir se demuestra la incapacidad de responder operativamente a los requerimientos técnicos, se obligará al adjudicatario a pagar una multa de incumplimiento equivalente a 0.1 por ciento de 100 UTM por cada día de atraso en los servicios individualizados en el mismo, cuando después presente documento. Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato. El monto de haber concedido al comprador una prórroga las multas será rebajado del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez pago que la mercancía esté preparada entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Si la contraparte técnica de la Subsecretaría considera que existe mérito suficiente para la entregaaplicación de una multa de acuerdo con lo indicado en la cláusula Efectos derivados de incumplimientos del proveedor de las presentes bases, el vendedor se comunicará por escrito su decisión al contratista, indicando los fundamentos y monto de esta. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación, para efectuar sus descargos. La notificación al contratista podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Ademásefectuarse, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo a elección de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.Subsecretaría:

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Samples: Bases De Licitación

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si 5.1. Siempre que no se hubiera convenido otra cosahaya realizado un acuerdo diferente, el plazo de entrega empieza contarse desde la menos próxima de las fechas que a continuación se citancomenzará como máximo en los siguientes momentos: a) fecha de la conclusión confirmación del contrato; pedido; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicosde finalización de todas las condiciones técnicas, comerciales y financieros; económicas por parte del cliente; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad recepción del pago previo a la entrega de las mercancías, el pago por anticipado o la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta letra de crédito como requisito previo de por la entregaparte vendedora. 6.2 El vendedor 5.2. La parte vendedora tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadaspor adelantado, así como a facturarlas por separado. 6.3 5.3. Si se demorase el retraso en la entrega por alguna circunstancia que constituyera para se debe a la parte vendedora, el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas cliente podrá bien insistir en el art. 11 el comprador concederá cumplimiento o bien, pasada una pro- longación adecuada extensión razonable del plazo de entrega, sin anunciar su retirada del contrato. En relación con los productos personalizados, la extensión del tiempo deberá considerar el hecho de que ocurra una demorala parte vendedora no podrá vender las piezas ya realizadas a ninguna otra parte. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara 5.4. En caso de que la entregaparte vendedora no pueda cumplir con la extensión del tiempo indicada según lo establecido en el art. 5.3, el comprador podrácliente tendrá derecho a cancelar todas las mercancías contratadas no entregadas y que no hayan podido utilizarse correctamente previa comunicación por escrito. En este caso, la parte vendedora deberá devolver los pagos realizados por las mercancías que no hayan sido entregadas o no pudieran usarse y, siempre que la imposibilidad de entregar se deba a una negligencia grave de la parte vendedora, deberá volver a pagar los gastos necesarios producidos hasta el momento de la cancelación del contrato y su opciónimplementación. No obstante, exigir la parte vendedora no será responsable de ninguna pérdida de beneficios que se produzca para el cumplimiento del contrato, o bien rescindir cliente. Los productos que ya se hayan entregado y no puedan utilizarse serán devueltos por el mismo, cuando después cliente a la parte vendedora. 5.5. En caso de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, cliente no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si acepte los productos preparados de acuerdo con el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidosde entrega determinado en el contrato o en el momento acordado, y si este retraso no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas debe a una negligencia o acción por la parte vendedora, la parte vendedora podrá elegir entre insistir en el art. 11cumplimiento o, el vendedor podrátras proporcionar un plazo de extensión para la aceptación de los productos, a anunciar su elección, exigir el cumplimiento retirada del contrato. Si la parte vendedora cancela el contrato por rechazar el cliente la aceptación de los productos, o biense aplicará el punto 2.6 en correspondencia. Si las mercancías se han separado, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor parte vendedora podrá almacenarla disponer su almacenamiento por cuenta y riesgo del compradorcliente. AdemásAsimismo, el vendedor podrá pedir el reintegro la parte vendedora tendrá derecho a reclamar una compensación de todos los gastos justificados necesarios que hubiera efectuado con motivo de se hayan producido por la ejecución aplicación del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada se hallaran incluidos en la demora de este últimolos pagos recibidos. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 El plazo total para la entrega del NVR, instalación y puestos en funcionamiento será hasta de sesenta y tres (63) días calendario, bajo el siguiente detalle: Para que el proveedor entregue el NVR, será de cuarenta y cinco (45) días calendario, computables a partir del siguiente día hábil de la firma del contrato. Si el último día del plazo de entrega fuera un día no hábil (xxxxxx, xxxxxxx o feriado) éste será trasladado al día inmediato hábil. El proveedor tendrá un plazo de tres (3) días calendario para la apertura de empaques y verificación a partir de la emisión del Acta de Recepción sujeta a verificación. El proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días calendario para subsanar las observaciones y/o cambios después de haber realizado la apertura de empaques y verificación. El proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días calendario para la instalación, computables a partir de la conclusión de la verificación del NVR. El proveedor tendrá un plazo de hasta cinco (5) días calendario para las pruebas de funcionamiento. (Manifestar aceptación) Acta de Recepción sujeta a verificación: Una vez entregados el NVR por el proveedor en la Unidad de Activos Fijos, en el piso 5º del edificio Principal del BCB, la Comisión de Recepción, elaborará el Acta de Recepción sujeta a verificación. Apertura de empaques y verificación: La Comisión de Recepción conjuntamente con el proveedor, realizarán la apertura y verificación de empaques del NVR en un plazo de tres (3) días calendario, a partir de la emisión del Acta de Recepción sujeta a verificación. Observaciones en la apertura de empaques y verificación: En caso de que se hubiera convenido otra cosa, presente(n) alguna(s) observación(es) al (los) bien(es) en el plazo de verificación, el proveedor tendrá que subsanar la(s) misma(s) o reemplazar(los) en un plazo de hasta cinco (5) días calendario, computables a partir de recibida la notificación para subsanar las observaciones y/o cambios. Si no existiesen observaciones o una vez subsanadas las mismas, o reemplazados los bienes, se procederá a la instalación. (Manifestar aceptación) Instalación y puesta en funcionamiento: Una vez concluida la verificación de la entrega empieza contarse desde la menos próxima del NVR, el proveedor tendrá un plazo de las fechas que cinco (5) días calendario, computables a continuación se citan: a) fecha partir de la conclusión de la verificación del NVR. Durante todo el proceso de instalación, el proveedor deberá coordinar todas las actividades, como ser: autorizaciones de ingresos de su personal, ingreso de materiales, horarios y áreas de circulación con el Departamento de Seguridad y Contingencia (DSC). La ejecución de trabajos deberá adecuarse a las actividades rutinarias del BCB, debiendo considerarse para los trabajos de instalación el horario de 08:00 hasta 16:00 de lunes a viernes. Los trabajos que produzcan ruidos molestos deberán ser realizados a partir de Hrs. 15:30. En caso de requerirse la ejecución de trabajos en días sábados, se deberá solicitar un permiso que será coordinado con el DSC. Pruebas de funcionamiento: El Proveedor deberá realizar, en un plazo de hasta 5 (cinco) días calendario, a partir de la finalización del plazo de instalación y puesta en funcionamiento, las pruebas correspondientes en coordinación con el DSC verificando las Características Técnicas solicitadas. En caso de que se presente(n) alguna(s) observación(es) al óptimo funcionamiento del NVR, el proveedor deberá subsanar las mismas, debiendo en su caso proceder al reemplazo necesario de algún(os) equipo(s) en un plazo de hasta 2 (dos) días hábiles de notificadas las observaciones por el DSC. Informe Técnico Final: Concluido el periodo de pruebas sin observaciones o subsanadas las mismas, el personal designado del DSC, elaborará el Informe Técnico Final, en un plazo de hasta 2 (dos) días hábiles. Acta de Recepción: Una vez recibido el Informe Técnico Final y recibidos los documentos de las Garantías solicitadas, la Comisión de Recepción, procederá a la elaboración del Acta de Recepción, en un plazo de hasta 2 (dos) días hábiles. (Manifestar aceptación) Si por razones de avance en la tecnología de los modelos ofertados por el proponente, los mismos quedan discontinuados o existieran mejoras tecnológicas por el fabricante, se aceptarán el cambio de modelos de los bienes entregados con relación a lo ofertados, previa evaluación de los siguientes aspectos al momento de la recepción provisional: Justificación escrita por parte del proveedor, explicando las razones del cambio del modelo de los bienes. Las características técnicas del nuevo modelo deberán ser iguales o superiores a las del modelo ofertado. Informe técnico elaborado por el Departamento de Seguridad y Contingencia (DSC) del BCB, evaluando las características técnicas del modelo recibido con relación a las características del modelo ofertado. Si el cambio es aceptado, el mismo no implicará ningún costo adicional para el BCB. El BCB se reserva el derecho de verificar cualquier aspecto que considere pertinente de la documentación e información presentada por el proponente. Los bienes y sus accesorios deberán ser nuevos y originales de fábrica, bajo ningún aspecto se aceptarán que estos sean reacondicionados o usados. (Manifestar aceptación) Garantía de fábrica: El proveedor deberá presentar para la emisión del Acta de Recepción la garantía de fábrica del bien entregados por un periodo mínimo de tres (3) años para el NVR. Dichas garantías deberán ser registradas a nombre del Banco Central de Bolivia. (Manifestar aceptación) Garantía de cumplimiento de contrato: El proveedor deberá presentar una Garantía de Cumplimiento de Contrato por el 7% del monto total del contrato; b, debiendo presentar una de las garantías establecidas en el Artículo 20° del D.S. 0181. (Manifestar aceptación) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía Garantía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega funcionamiento de la mercancía maquinaria y/o fuera abierto en su favor equipo: El proveedor deberá presentar previa a la emisión del Acta de Recepción, una carta garantía de crédito como requisito previo buen funcionamiento de maquinaria y/o equipo, vigente por un periodo de tres (3) años, computable a partir de la entrega. 6.2 emisión del Acta de Recepción, por un monto del 1.5% del total contratado, debiendo escoger de entre los siguientes tipos: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento, Póliza de seguro de Caución a Primer Requerimiento o retención del monto correspondiente en caso de que el proveedor lo solicite. El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega seguimiento de los servicios cubiertos por alguna circunstancia esta garantía será realizado por un funcionario designado del Departamento de Seguridad y Contingencia (DSC), el que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada luego del vencimiento del plazo de entrega, sin vigencia de dicha garantía emitirá el Certificado de Conformidad con los servicios cubiertos por ésta. (Manifestar aceptación) La garantía de funcionamiento de maquinaria y/o equipo cubre lo siguiente: Asistencia técnica: Las solicitudes de asistencia técnica deberán ser atendidas por el Proveedor en el edificio principal del BCB hasta el siguiente día hábil de notificadas por el personal del DSC. Estas solicitudes podrán ser realizadas vía telefónica o correo electrónico. Reemplazo temporal del equipo: En caso de existir un problema que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara no pueda ser resuelto en la entregaasistencia técnica, el comprador podráProveedor deberá realizar el préstamo y/o reemplazo de equipo(s) en un plazo máximo de hasta diez (10) días hábiles desde que atendió la solicitud. Provisión de repuestos: En caso de atender una asistencia técnica donde sea necesario el reemplazo de uno o varios repuestos, a su opciónpor fallas de fabricación, exigir el(los) equipo(s) deberá(n) ser provisto(s) y reemplazado(s) por el cumplimiento del contratoProveedor sin costo para el BCB, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles posteriores a la atención de solicitud de asistencia técnica. Cambio definitivo de equipo(s): En caso que no se constituya ninguna pueda realizar la reparación necesaria el proveedor deberá reemplazar el (los) equipo(s) dañado(s) por nuevo(s) de las causas igual o superiores características técnicas, en un plazo de exoneración mencionadas treinta (30) días hábiles de atendida la solicitud de asistencia técnica. Mantenimiento preventivo: A requerimiento del DSC se deberá efectuar al menos 2 veces al año. Altura sobre el nivel del mar. La garantía de funcionamiento de maquinaria y/o equipo deberá cubrir el correcto funcionamiento de los componentes en la altura sobre el nivel del mar de la ciudad de La Paz – 3.600 metros sobre el nivel del mar. La garantía será ejecutada en cualquiera de los siguientes casos: Demora acumulada en la atención técnica de más de cinco (5) días hábiles de notificada. Demora acumulada en el artpréstamo temporal de equipo de más de veinte (20) días hábiles de atendida la asistencia técnica. 11Demora en la asistencia de emergencia de más de una (1) hora en repuesta telefónica y de más de tres (3) horas en asistencia de emergencia en sitio. Demora acumulada en cambio definitivo de equipo(s) de más de cuarenta y cinco (45) días hábiles de atendida la asistencia técnica. Demora en la provisión de repuestos de más de veinte (20) días hábiles de atendida la asistencia técnica. El incumplimiento al mantenimiento preventivo. Deficiente funcionamiento de los componentes en la altura sobre el nivel del mar de la ciudad de La Paz – 3.600 metros sobre el nivel del mar. (Manifestar aceptación) El proveedor deberá guardar confidencialidad y discrecionalidad en cuanto a la instalación del NVR, el vendedor podrá, así como de la información institucional que se genere o a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después la que tenga acceso de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo manera directa como efecto de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el artpresente Contrato. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.(Manifestar aceptación)

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Samples: Contract for Goods

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no El plazo máximo del contrato será de 15 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente a la aceptación de la orden de orden de compra, emitida luego de la publicación de la resolución de adjudicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, conforme se hubiera convenido otra cosaestablece en la cláusula N° 15. No obstante, el plazo Ministerio podrá poner término al contrato en cualquier tiempo, administrativamente, y sin requerimiento judicial, si el proveedor incumple con sus obligaciones contractuales o por razones de entrega empieza contarse desde interés fiscal. El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la menos próxima entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de las fechas que los 30 días corridos siguientes a continuación se citan: a) fecha la recepción de la conclusión factura o del contrato; b) fecha en respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que el comprador hubiera cumplido todos previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía bienes y/o fuera abierto servicios adquiridos por aquella. MULTA Si el proveedor no cumpliera con los plazos establecidos en su favor las presentes Bases o las condiciones estipuladas en las mismas, específicamente en los plazos de entrega de los productos, se le aplicará una multa equivalente al 0,5% del valor neto contratado por cada día corrido de atraso, con un tope de 10 días. El cobro de las multas se efectuará descontando el monto del respectivo pago. No se aplicarán multas si el atraso es imputable al Ministerio de Bienes Nacionales, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor. Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta de crédito como requisito previo certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas notificación singularizada en el art. 11 párrafo anterior, el comprador concederá una pro- longación adecuada del proveedor tendrá un plazo de entrega5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que ocurra se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo resolución fundada de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamenteentidad licitante. Si el precio proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de coste sufriera alguna variación tras 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el vencimiento rechazo total o parcial de dicho plazolos descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha cual deberá detallarse el contenido y las características de la entregamedida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

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Samples: Bases De Licitación

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el El plazo de para cumplimentar la entrega empieza contarse desde la menos próxima de las fechas que a continuación se citan: a) fecha total de la conclusión mercadería expira el último día del mes contractual, salvo en los supuestos en que se disponga la extensión del plazo por Comunicación xxx Xxxxxxx o la Cámara Compensadora, y dentro del horario establecido por la CACR para la recepción de mercadería. A los efectos del cumplimiento del contrato; b, se considerará que la mercadería ha sido presentada dentro del plazo antes establecido cuando el camión arribe al lugar de destino hasta las diecisiete (17) fecha horas. En caso que las partes hubieran consignado en la correspondiente Oferta de Entrega que la misma se realizara sobre vagones, los mismos deberán ser despachados hasta el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicosúltimo día inclusive, comerciales y financieros; c) fecha en siempre que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta mercadería se concrete dentro de crédito como requisito previo los diez (10) días siguientes. Si presentada la mercadería dentro del plazo contractual, ésta resultara de la entrega. 6.2 El rechazo, el vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 presentar nueva mercadería siempre que dentro de las veinticuatro (24) horas del rechazo notificara al comprador que hará uso de este derecho. Si se demorase el plazo para la entrega por alguna circunstancia que constituyera para lo permite, la reposición deberá completarse dentro de dicho plazo; si el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas rechazo se produjera en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada último día del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada contractual para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo única vez- reponer la mercadería rechazada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al del compradorrechazo o al de notificada la resolución de Argentina Clearing que así lo declare. AdemásEn los casos en que el vendedor demostrara a Argentina Clearing que por culpa del comprador no ha podido efectuar la entrega en el plazo estipulado, tendrá derecho a una prórroga de tantos días cuantos haya sido suspendida su ejecución por tal causa. En caso de entregas bajo la modalidad de cupos, el incumplimiento del vendedor podrá pedir al cupo asignado no importará automáticamente el reintegro incumplimiento del contrato, siempre que dentro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo dos (2) días siguientes solicite al comprador la asignación de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el artun nuevo cupo. 6En tal caso, el comprador no tendrá acción alguna contra deberá otorgar un segundo cupo. Este segundo cupo nunca podrá extenderse más xx xxxx (10) días del último día del plazo contractual establecido para la entrega. El incumplimiento del segundo cupo importará el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» incumplimiento automático del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamentecontrato. Si el precio vendedor no respetara el cronograma de coste sufriera alguna variación tras cupos asignado por el vencimiento comprador, éste podrá solicitar a Argentina Clearing el reintegro del pago efectuado, correspondiéndole también el derecho de peticionar que el Directorio sancione al vendedor por dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será incumplimiento. Toda entrega realizada con anterioridad a la comunicación de Argentina Clearing no contará con la garantía de cobro de Argentina Clearing. Tanto comprador como vendedor deberán aceptar las modificaciones que efectúe Argentina Clearing en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente los cupos en la fecha medida que éstas se produzcan por un incumplimiento de la entregacontraparte. Los nuevos cupos no podrán exceder en más xx xxxx (10) días el último fijado para la entrega del contrato.

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Samples: Instructivo De Entrega De Mercadería

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosaDe acuerdo con los previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el plazo de entrega empieza contarse desde la menos próxima de las fechas que a continuación se citan: a) fecha de la conclusión del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista será de (DDDD) meses/días. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta de crédito como requisito previo de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si Administración lo estimase conveniente se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas hará constar este en el art. 11 contrato y será el comprador concederá una pro- longación adecuada exigido en la ejecución del plazo mismo En todo caso, dentro del mes siguiente de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara haberse producido la entrega, o en el comprador podráplazo que se determine en el contrato, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. Garantía del material suministrado. Cuando la naturaleza del contrato lo requiera o la legislación pertinente lo exija, se establecerá un plazo de garantía que será el señalado en el Pliego de condiciones Técnicas. Con carácter general y salvo que la naturaleza del contrato lo requiera, en los contratos de suministros en los que el contratista entregue inmediatamente los bienes consumibles o de fácil deterioro antes del pago del precio, no se establecerá plazo de garantía. Cuando la naturaleza de los productos lo requiera se establecerá un plazo mínimo de caducidad Los licitadores podrán ampliar este plazo, que empezarán a su opción, exigir el cumplimiento contarse a partir de la recepción de los suministros objeto del contrato, por el Centro. El contratista tendrá derecho al abono de los bienes o bien rescindir el mismoproductos suministrados, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas condiciones establecidas en el Pliego. El pago del precio se realizará previa presentación de factura/s y expedición por el órgano administrativo correspondiente del acta de recepción o certificación de conformidad según proceda. Para el caso de que el suministro se preste mediante entregas sucesivas de bienes, se autoriza la realización de pagos parciales contra la recepción de la mercancía y facturación del suministro entregado, siempre y cuando los productos se entreguen en los plazos previstos en el contrato y en la forma y con el contenido indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En los albaranes de entrega el contratista estará obligado a especificar el número de unidades que contiene, la unidad de venta del producto suministrado, así como el lote y fecha de caducidad de la unidad de venta del producto suministrado en el caso de que proceda. A estos efectos se entenderá por Unidad de Venta, envase que contiene las unidades del producto contratado, por ejemplo, bolsa, caja, paquete, etc. El pedido no se considerará cumplimentado hasta que se haya entregado no sólo todos los bienes solicitados en el mismo, sino también todos los documentos, instrucciones, certificados, etc., que figuren en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No se dará conformidad al mismo hasta ese momento. Cuando razones técnicas o económicas lo aconsejen podrá establecerse, que el pago total del precio de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase, sin que en ningún caso el importe de éstos pueda superar el 50 por 100 del precio total. El órgano de contratación podrá modificar el contrato celebrado por razones de interés público debidas a necesidades nuevas o causas imprevistas dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en los artículos 59, 101 y 189 TRLCAP, sin perjuicio de los métodos de valoración, indemnizaciones y obligaciones de pago para la Administración, que fueren procedentes. Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades que integran el suministro o la sustitución de unas unidades por otras, siempre que las mismas estén comprendidas en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades del suministro, a reclamar indemnización por dichas causas, sin perjuicio del derecho del adjudicatario a invocar la resolución del contrato en los supuestos del artículo 192.c TRLCAP. Cuando a consecuencia de la modificación del Contrato, experimente variación el lugar y tiempo convenidosprecio del mismo, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas reajustará en el art. 11plazo de quince días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al contratista el vendedor podráacuerdo de modificación, a su elección, exigir la garantía definitiva constituida en la cuantía necesaria para que guarde la debida proporción con el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución precio del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo resultante de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del compradormodificación. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el El plazo de entrega empieza contarse desde la menos próxima de las fechas que a continuación se citan: a) fecha de la conclusión dependerá del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía servicio y/o fuera abierto producto solicitado por la unidad y estos serán entregados en Xxxxxxxx 0000 Xxxx 0 ala norte, tanto para el retiro y entrega de las cintas en los plazos establecidos por el oferente que resulte adjudicado en su favor una carta oferta técnica. El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de crédito como requisito previo los 30 días corridos siguientes a la recepción de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales factura o anticipadas. 6.3 del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella. Si se demorase la entrega prestación del servicio por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna parte del adjudicatario, presenta incumplimientos de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contratocualquier naturaleza, o bien, rescindir se demuestra la incapacidad de responder operativamente a los requerimientos técnicos, se obligará al adjudicatario a pagar una multa de incumplimiento equivalente a 0.1 por ciento de 100 UTM por cada día de atraso en los servicios individualizados en el mismo, cuando después presente documento. Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato. El monto de haber concedido al comprador una prórroga las multas será rebajado del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez pago que la mercancía esté preparada entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Si la contraparte técnica de la Subsecretaría considera que existe mérito suficiente para la entregaaplicación de una multa de acuerdo con lo indicado en la cláusula Efectos derivados de incumplimientos del proveedor de las presentes bases, el vendedor se comunicará por escrito su decisión al contratista, indicando los fundamentos y monto de esta. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación, para efectuar sus descargos. La notificación al contratista podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Ademásefectuarse, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo a elección de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.Subsecretaría:

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Samples: Bases De Licitación

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 La Entidad Vendedora se obliga con la Parte Compradora a efectuar la entrega material del/los elemento/s inmobiliario/s al/los que se refiere este contrato, después de terminada su construcción y una vez obtenida la Licencia de Primera Ocupación, en el momento del otorgamiento de la Escritura Pública de Compraventa. La terminación y entrega de llaves, se realizará en el 1º CUATRIMESTRE del 2019, si bien este plazo se podrá posponer el tiempo necesario que se justifique debidamente, en caso de concurrir causas de demora por fuerza mayor o ajenas a la voluntad de la parte Vendedora. Si no se hubiera convenido otra cosa, terminara en el plazo previsto la construcción proyectada, la Entidad Vendedora se compromete a cumplir con lo dispuesto en la Ley 57/68 de 27 de Julio, y para el caso de que la Parte Compradora instase la resolución de este contrato según lo previsto en el Artº. 3 de dicha Ley, las cantidades entregadas a cuenta le serán devueltas incrementadas con los intereses legales del dinero vigentes hasta el momento en que se haga la devolución, de acuerdo con la modificación que, en este sentido, ha establecido la disposición adicional primera de la Ley 38/1.999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación. Para que se considere consumada la obligación de ambas partes de escriturar, cumplimentar sus obligaciones de pago y celebrar el acto de entrega empieza contarse desde de llaves, será suficiente que, previa obtención de Licencia de Ocupación, la menos próxima de las fechas que Vendedora comunique a continuación se citan: a) la Compradora la fecha de tales actos con un plazo de tiempo no inferior a un mes. Si la conclusión del contrato; b) fecha Compradora no concurriese, en que tiempo y forma, a los actos mencionados en el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicospárrafo anterior, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad deberá satisfacer a la entrega Vendedora el interés legal del dinero, en concepto de indemnización sobre la parte de precio prevista en el apartado d) de la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta de crédito como requisito previo de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entregaEstipulación Segunda, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara ello menoscabe su facultad de exigir la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento resolución del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar Hasta la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo firma de la ejecución del contrato Escritura Pública y entrega de llaves, la Entidad Vendedora conserva la posesión del/los elemento/s inmobiliario/s al/los que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de se refiere este últimocontrato. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Not Specified

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 1. El plazo de entrega comenzará a contar a partir de la última de las siguientes fechas: a. la fecha de celebración del contrato; b. la fecha de recepción por parte de XSPlatforms de los documentos, datos, permisos, etc. necesarios para la ejecución del encargo; c. la fecha de cumplimiento de las formalidades necesarias para el d. la fecha de recepción por parte de XSPlatforms del importe que según el contrato deba pagarse por anticipado antes del comienzo de los trabajos. 2. Si no se hubiera convenido otra cosaha acordado una fecha o semana de entrega, el plazo de entrega empieza contarse desde será el periodo entre la menos próxima de las fechas que a continuación se citan: a) fecha de celebración del contrato y la conclusión fecha de entrega o el final de la semana de entrega, respectivamente. 3. El plazo de entrega se basa en las circunstancias de trabajo aplicables en el momento de la celebración del contrato y en la entrega dentro de plazo de los materiales pedidos por XSPlatforms para la ejecución de los trabajos. Si por razones no imputables a XSPlatforms se produjera algún retraso por cambios en las citadas condiciones de trabajo o porque los materiales pedidos oportunamente para la ejecución de los trabajos no se han suministrado a tiempo, el plazo de entrega se prorrogará durante el tiempo que sea necesario. 4. En lo que respecta al plazo de entrega, los productos se considerarán entregados cuando estén listos para inspección, si se ha acordado la inspección en las instalaciones de XSPlatforms, y en los demás casos cuando estén listos para entrega, lo anterior desde que se haya informado de ello por escrito al Comprador y sin perjuicio de la obligación del Comprador de cumplir su eventual obligación de montaje/instalación. 5. Los plazos de entrega indicados por XSPlatforms se basan en la medida de lo posible en las circunstancias existentes en el momento de celebración del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a . Nunca serán vinculantes o definitivos. XSPlatforms podrá realizar entregas parciales o suspender la entrega de la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta de crédito como requisito previo de la entregadeterminados componentes para entregarlos junto con otros componentes. 6.2 El vendedor tendrá derecho 6. Sin perjuicio de lo establecido en otros artículos de estas condiciones respecto a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada prórroga del plazo de entrega, sin el plazo de entrega se prorrogará durante la duración del retraso originado por parte del Comprador cuando no haya cumplido alguna obligación derivada del contrato o no haya prestado la colaboración que ocurra una demorale sea exigible en relación con la ejecución del contrato. 6.4 Si por causas imputables 7. El rebasamiento del plazo de entrega no dará derecho al vendedor se demorara Comprador a la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento resolución total o parcial del contrato, salvo que el rebasamiento sea superior a 16 semanas o bien rescindir XSPlatforms comunique que excederá de 16 semanas. En tales casos, el mismoComprador podrá resolver el contrato mediante comunicación por escrito a XSPlatforms y tendrá derecho, cuando después proceda, al reembolso de haber concedido al vendedor una prórroga la parte del plazoprecio que ya hubiera pagado por los productos y a la indemnización de los daños que hubiera sufrido, aquel continuara sin cumplir lo estipuladohasta un máximo del 10 por ciento del precio acordado para los productos entregados. AI tratarse Salvo que el Comprador ejerza su derecho de fabricaciones especialesresolución mencionado anteriormente, el comprador deberá tener en cuentarebasamiento del plazo de entrega, a los efectos de fijar sea cual fuere la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmentecausa, no podrá destinar dará ningún derecho al Comprador a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta se realicen los trabajos o a exigir su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato realización en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este últimosin autorización judicial. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Condiciones Generales De Venta Y Entrega

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa1.- El plazo entrega será el pactado por las partes, el a partir del momento de la firma de los planos del equipo/maquinaria por parte del Comprador 2.- El plazo de entrega empieza contarse desde será razonablemente ampliado si motivos ajenos a la menos próxima voluntad y control de las fechas que a continuación se citan: a) MULTIVAC, impiden el cumplimiento en la fecha de entrega acordada. 3.- Si por algún motivo de fuerza mayor no pudiera MULTIVAC llevar a cabo la conclusión del contrato; b) fecha en que el entrega, o ésta fuera excesivamente gravosa deberá comunicárselo al comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega quedando así liberado de la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta obligación de crédito como requisito previo de la entrega. 6.2 4.- El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales plazo de entrega se podrá ampliar razonablemente si MULTIVAC no recibe, con la debida puntualidad, la información necesaria para ejecutar el contrato, o anticipadassi el cliente posteriormente modifica dicha información, provocando así una demora en los suministros o servicios. 6.3 Si se demorase la 5.- El plazo de entrega por alguna circunstancia que constituyera para será modificado cuando el vendedor alguna Comprador haya incumplido algunas de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada obligaciones contractuales del pedido, en 6.- La extensión del plazo de entrega no dará derecho al Comprador, bajo ningún concepto, para exigir el pago de indemnización por daños VIII.-- TRANSMISION DE RIESGOS 1.- El riesgo se transferirá al Comprador en el momento de la salida desde la fábrica de MULTIVAC, del objeto de entrega. Incluso en el caso de suministro x xxxxxx pagados o de envío al domicilio del comprador, sin que ocurra una demorael riesgo pasará al comprador con la entrega del suministro, al agente de transporte o al responsable de la recogida. 6.4 2.- Si la entrega en fábrica se retrasa por causas ajenas a MULTIVAC o a sus suministradores, la transmisión del riesgo al Comprador se producirá desde el día en que se le comunique la disponibilidad del envío. 3.- Si la entrega se retrasa por causas imputables al vendedor se demorara la entregaComprador, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador éste deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos abonar los gastos de requerimiento y excitaciónalmacenamiento en fábrica. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación Y Venta

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si El equipamiento ofrecido deberá ser nuevo y entregarse libre de TODO gasto dentro de los sesenta (60) días hábiles de recibida la orden de compra y/o autorización de la S.I.M.I (Sistema Integral de Monitoreo de Importación) emitida por la Secretaría de Comercio Exterior (esta situación deberá estar documentado), en: Facultad de Arquitectura - Ciudad Universitaria - (3000) Santa Fe. Sólo se procederá a liquidar el pago de lo adjudicado cuando se entregue y se de conformidad definitiva a la TOTALIDAD de los bienes adjudicados a menos que esté expresamente previstas las entregas parciales en el pliego de bases y condiciones particulares. Cuando en la oferta se incluyan plazos de entrega diferentes al estipulado no se hubiera convenido otra cosa, considerarán como válidos. Vencido el plazo de entrega empieza contarse desde la menos próxima Universidad procederá a su reclamo, vencido el plazo xx xxxx (10) días hábiles de las fechas que a continuación se citan: a) fecha recepcionada dicha comunicación automáticamente el proveedor será considerado deudor moroso de la conclusión del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicosUNL hasta tanto cumpla con dicha obligación, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad al mismo tiempo se girarán las actuaciones a la entrega Dirección de Asuntos Jurídicos de la mercancía y/UNL a los fines de que determine las penalidades correspondientes. Recepción provisora: esta recepción tiene carácter provisional y NO constituye conformidad del bien o fuera abierto en su favor una carta de crédito como requisito previo servicio entregado y los remitos o recibos que se firmen quedan supeditados al control y conformidad posterior de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna Comisión de las causas de exoneración mencionadas en el artRecepción definitiva. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, Recepción definitiva: a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar conformidad definitiva la UNL se tomará un plazo xx XXXX (10) días contados a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas partir del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido día hábil inmediato siguiente al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidasfecha de entrega de los elementos solicitados o de prestados los servicios. En caso de silencio, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de una vez vencido dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 el proveedor podrá intimar la recepción. Si la UNL no se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio expidiera dentro de venta vigente en la fecha los diez (10) días siguientes al de la entregarecepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.

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Samples: Contratación Directa

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el plazo Los plazos de entrega empieza contarse desde de los Materiales, Repuestos o Equipos serán los establecidos en la menos próxima Documentación Contractual. A falta de las fechas que a continuación se citan: a) previsión en la Documentación Contractual, VIESGO definirá la fecha de entrega concreta o el plan de entregas, comunicándola al PROVEEVOR/ CONTRATISTA. La fecha de entrega o el plan de entregas que se establezcan en la conclusión del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicosDocumentación Contractual será firme, comerciales debiéndose efectuar de acuerdo con las cantidades y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía y/o fuera abierto lugares allí establecidos, y en su favor una carta defecto con los definidos por VIESGO. Cualquier modificación de crédito como requisito previo los plazos de entrega establecidos en la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho Documentación Contractual deberá de ser autorizada por VIESGO de forma escrita. Las entregas parciales, o entregas anticipadas o no programadas de materiales, repuestos y equipos no está permitida, salvo que esté así contemplado en la Documentación Contractual o sea expresamente autorizado o exigido por VIESGO. Las fechas de entrega no pueden retrasarse, salvo por hechos imputables a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega VIESGO, por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas Fuerza Mayor o porque VIESGO así lo autorice. En caso de retraso de una fecha de entrega o en el art. 11 el comprador concederá caso de una pro- longación adecuada del plazo entrega incompleta o defectuosa, VIESGO podrá señalar al PROVEEDOR/ CONTRATISTA una nueva fecha de entrega, sin perjuicio de poderlo calificar como incumplimiento contractual a efectos de aplicar las penalizaciones establecidas en la Documentación Contractual y, en su caso, de poder rescindir la relación contractual. Adicionalmente, VIESGO podrá solicitar a un tercero que ocurra una demora. 6.4 Si realice la prestación incumplida por causas imputables al vendedor el PROVEEDOR/ CONTRATISTA, siendo por cuenta de éste todos los gastos que se demorara hubiesen ocasionado. En caso de que se produzca un retraso reiterado de las fechas de entrega y/o de las cantidades solicitadas, y/o el PROVEEDOR/ CONTRATISTA realice entregas reiteradas con defectos, sin perjuicio de las penalizaciones que correspondan según lo establecido en la entregaDocumentación Contractual, el comprador podrá, a su opción, los incumplimientos se calificarán como muy graves y VIESGO tendrá la facultad de rescindir inmediatamente la relación y exigir el cumplimiento la indemnización de los daños y perjuicios que hubiese sufrido como consecuencia de la resolución del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido sin más requisito que comunicarlo al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedichaPROVEEDOR/ CONTRATISTA, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en derecho a reclamar por la demora de este últimofinalización anticipada del Contrato o Pedido. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si El equipamiento ofrecido deberá ser nuevo y entregarse libre de TODO gasto dentro de los quince (15) días hábiles de recibida la orden de compra, en: Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo - Ciudad Universitaria; Xxxxxx "Xx Xxxx" - (0000) Xxxxx Xx. Sólo se procederá a liquidar el pago de lo adjudicado cuando se entregue y se de conformidad definitiva a la TOTALIDAD de los bienes adjudicados a menos que esté expresamente previstas las entregas parciales en el pliego de bases y condiciones particulares. Cuando en la oferta se incluyan plazos de entrega diferentes al estipulado no se hubiera convenido otra cosa, considerarán como válidos. Vencido el plazo de entrega empieza contarse desde la menos próxima Universidad procederá a su reclamo, vencido el plazo xx xxxx (10) días hábiles de las fechas que a continuación se citan: a) fecha recepcionada dicha comunicación automáticamente el proveedor será considerado deudor moroso de la conclusión del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicosUNL hasta tanto cumpla con dicha obligación, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad al mismo tiempo se girarán las actuaciones a la entrega Dirección de Asuntos Jurídicos de la mercancía y/UNL a los fines de que determine las penalidades correspondientes. Recepción provisora: esta recepción tiene carácter provisional y NO constituye conformidad del bien o fuera abierto en su favor una carta de crédito como requisito previo servicio entregado y los remitos o recibos que se firmen quedan supeditados al control y conformidad posterior de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna Comisión de las causas de exoneración mencionadas en el artRecepción definitiva. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, Recepción definitiva: a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar conformidad definitiva la UNL se tomará un plazo xx XXXX (10) días contados a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas partir del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido día hábil inmediato siguiente al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidasfecha de entrega de los elementos solicitados o de prestados los servicios. En caso de silencio, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de una vez vencido dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 el proveedor podrá intimar la recepción. Si la UNL no se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio expidiera dentro de venta vigente en la fecha los diez (10) días siguientes al de la entregarecepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.

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Samples: Contratación Directa

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si Las entregas deberán tener lugar dentro del plazo que se especifique en el Pliego de Condiciones Particulares. El proponente podrá establecer un plazo superior o consignarlo directamente si el Pliego no estableciera, reservándose la Cooperativa en ambos casos el derecho de considerar o no, a su exclusivo juicio, la oferta así formulada. a) Concepto: El plazo de entrega comprende todos los períodos necesarios para proyectar, planificar, fabricar y acondicionar para transporte, además de transportar, descargar, estibar y montar o instalar en los casos que todos o algunos de estos rubros estuviesen incluídos en la contratación y no se hubiera convenido otra cosahubieran convenidos plazos especificados para ellos. b) Cómputo: Su cómputo se iniciará desde la fecha de la firma del contrato o, en el caso de emisión de Orden de Compra o Ejecución, desde la que corresponda según lo previsto en los incisos a) y b) de la cláusula 18. Se considerará como fecha de cumplimiento del plazo de la entrega en el lugar y condiciones pactadas, que se entenderá en los depósitos de la Cooperativa cuando aquel no se encontrara especificado. Por su parte, cuando no se tratare de elementos de importación cuyo pago se instrumente por intermedio de un banco exterior, el cómputo se iniciará dentro de los 30 días corridos de la fecha en la cual se le comunique al titular de la Orden de Compra, en su domicilio en la República Argentina, que dicho requisito ha sido cumplido. En este último supuesto se considerará como fecha de Entrega la del conocimiento de embarque documento equivalente) o la que corresponda al 30º día inmediato anterior a dicha fecha si el plazo de entrega empieza contarse desde se hubiera pactado "en fábrica". Cuando se hubiere previsto el cumplimiento previo por la menos próxima Cooperativa de las fechas que a continuación determinados requisitos, como ser pagos anticipados, instrumentación de pagos en el exterior para importación de partes de origen extranjero, entrega de materias primas o de elementos indispensables para la iniciación de los trabajos, etc., el cómputo del plazo de entrega se citan: a) fecha de iniciará en la conclusión del contrato; b) fecha en que la Cooperativa cumpla con el comprador hubiera requisito de que se trate, ó si este fuere más de uno, en la fecha del cumplido todos los requisitos técnicosen el último término. A su vez, comerciales y financieros; c) fecha cuando la Cooperativa se viera impedida para dar cumplimiento a cualquiera de las obligaciones previas a su cargo por motivos imputables al proveedor, la demora en que el vendedor recibiera éste pudiera incurrir con respecto a los plazos que se le hubieran fijado correrá por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía cuenta y/o fuera abierto en su favor una carta de crédito como requisito previo de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega , por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada consiguiente, será imputada al cómputo del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismoc) Interrupción: En particular, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener estuviere expresamente previsto en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir contratación la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla realización por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo parte de la ejecución Cooperativa o de terceros designados por ésta de inspecciones, análisis, ensayos y/o aprobaciones previas de planos, muestras, etc. el cómputo del contrato y que no estuvieran cubiertos plazo de entrega será interrumpido automáticamente por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora totalidad del lapso empleado por la Cooperativa para su ejecución. Dicha interrupción tendrá lugar a partir de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de recepción por la Cooperativa, de la solicitud escrita por el proveedor deberá formular, en cada caso, al domicilio que a estos efectos se establezca en la Orden de Compra. d) Prolongación: Si el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones previas por parte de la Cooperativa demora más xxx xxxxx del tiempo previsto a tal fin, el proveedor tendrá derecho a solicitar la prolongación del plazo de entrega pactado. Este derecho no podrá ser ejercido si la solicitud pertinente fuera postulada por posterioridad al 15º día de aquél en el que la Cooperativa cumpla su obligación previa. La prolongación de que se trata no podrá exceder del 50% del plazo de entrega original. e) Reducción: Cuando se trate de preadjudicaciones parciales, la Cooperativa se reserva el derecho de solicitar al oferente, antes de concretar la adjudicación, la reducción apropiada del o de los plazos de entrega establecido. f) Entrega Inmediata: Cuando no se hubiere establecido el plazo de entrega, se entenderá que ésta será inmediata Se entenderá por entrega inmediata aquella que se produzca dentro de los 5 días hábiles, contado desde la fecha que corresponda según lo previsto en el primer párrafo del inciso b). A dicho plazo se agregarán, cuando así resulte procedente 5 días corridos en concepto de plazo para que el proveedor formule la solicitud a que se refiere el inciso c) de esta cláusula. Si una operación se hubiera pactado incluyendo la o las obligaciones a que se refiere el párrafo precedente, pero con un plazo de entrega que no alcance a cubrir la suma de 5 días hábiles más el tiempo previsto en él o los citados apartados, se le reputará como pactada para entrega inmediata en los términos del preciso inciso.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si 1. El Vendedor se esforzará por realizar la entrega de los Productos dentro del plazo establecido, los cuales tendrán carácter de estimativos y no vinculantes, sin que en ningún caso el Vendedor garantice el cumplimiento de los mismos. 2. Salvo que sea imputable al Vendedor por negligencia grave o dolo, la expiración del plazo de entrega no dará derecho al Comprador a exigir daños o indemnización alguna, rechazar el suministro de los Productos, o suspender el cumplimientos de cualquier obligación, especialmente de la de pago, o incluso instar su resolución. 3. El plazo de entrega comenzará a computarse desde la fecha de aprobación de la operación por el Vendedor y el cumplimiento por parte del Comprador de todas sus obligaciones. Los plazos de entrega se hubiera convenido otra cosaentenderán prorrogados, siempre que concurran causas que paralicen o entorpezcan los trabajos, y/o circunstancias atribuibles al Comprador y/o a Terceros, incluyendo sin limitación, retraso en la fecha de pago o incumplimiento de otras obligaciones, en cuyo caso el plazo de entrega empieza contarse desde entenderá prorrogado por el mismo tiempo que duren las causas que provoquen el retraso. 4. Transferencia de la menos próxima propiedad y riesgos 1. Salvo que se especifique lo contrario , las condiciones de entrega serán por defecto EXWORKS Vendedor (Incoterms 2010). 2. El Vendedor notificará al Comprador la disponibilidad de carga de los productos dentro del plazo de entrega. El Comprador informara tanto del nombre del transportista como de las fechas que a continuación se citan: a) fecha condiciones de carga antes de la conclusión fecha prevista de entrega. Si el Comprador no cumpliera con lo acordado, el riesgo pasará a este último a partir del contrato; bdía de hallarse el material listo para su envío, y (i) el Vendedor estará autorizado para almacenar los productos a expensas y riesgo del Comprador pudiendo cargar al Comprador por gastos de almacenaje. Superado el plazo de un (1) mes después de la fecha en que el comprador hubiera cumplido todos precio resultara vencido, el Vendedor podrá disponer de forma razonable de los requisitos técnicos, comerciales productos sin necesidad de comunicarlo al Comprador al objeto de recuperar los gastos y financieros; c) fecha perdidas en que hubiera podido incurrir, y todo ello sin perjuicio de la obligación de pago en que haya incurrido el vendedor recibiera Comprador. 3. El Vendedor se reserva expresamente la propiedad de los Productos, que continuarán siendo de su propiedad hasta que el Comprador efectúe el completo pago del precio convenido. Si el Comprador promoviera expediente concursal, suspensión de pagos, quiebras, o asimilado, se abstendrá de incluir en su activo los citados Productos, e informará al Vendedor de manera inmediata. 4. El Comprador se obliga a proclamar la existencia de esta reserva de dominio ante quien proceda en cualesquiera supuestos. El Comprador estará obligado a conservar en su poder los Productos con toda diligencia y cuidado y asegurarlos por vía su cuenta contra todo posible riesgo. 5. En consecuencia, el Comprador se abstendrá de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega realizar cualquier acto de disposición, cesión o gravamen, por cualquier título, respecto de la mercancía y/o fuera abierto en su favor una carta tanto se encuentre pendiente de crédito como requisito previo pago cualquier cantidad de precio. En el supuesto que el Comprador procediera a la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para venta de los Productos, el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas Vendedor podrá reclamar el pago al nuevo comprador, incluso en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo supuesto de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor la misma se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar hubiese incorporado a otros usos las piezas que tuviera ya terminadasproductos. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el El plazo de entrega empieza contarse desde de la menos próxima totalidad de “LOS BIENES” será dentro de los DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA FECHA DE COMUNICACIÓN DEL FALLO CORRESPONDIENTE (DEL --- DE ------ DE -- ----- AL --- DE --------- DE ), señalando que el “PROVEEDOR” será el único responsable en el transporte y manejo de los mismos, hasta en tanto no se haya firmado de recibido por parte del “INSTITUTO”. En la entrega recepción, deberá estar presente el propietario o representante legal del “PROVEEDOR”, para que en conjunto con el representante de (UNIDAD REQUIRENTE), sean abiertos “LOS BIENES” para su verificación, señalando que se otorgará el visto bueno de la Unidad Requirente, siempre que se cumplan con las especificaciones y características solicitadas, y conforme a lo ofertado por el “PROVEEDOR”, en caso contrario, deberá retirarlos en el mismo acto, procediendo la rescisión del contrato, previa aplicación de las fechas penas correspondientes. Cuando de manera posterior a la recepción de “LOS BIENES”, se comprueben deficiencias en la calidad de los mismos, imputables al “PROVEEDOR” y dentro del período de garantía de los mismos, éste se compromete a reponer el 100% del volumen devuelto, en un período de 10 DÍAS NATURALES posteriores a la notificación correspondiente, independientemente de las sanciones a las que a continuación se citan: a) fecha haya hecho acreedor, en caso de la conclusión del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos “EL PROVEEDOR” no entregue en tiempo los requisitos técnicosbienes que en su momento se hayan devuelto por el “INSTITUTO”, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad presente contrato será rescindido. Previo a la entrega de “LOS BIENES”, el “PROVEEDOR” notificará por escrito a la mercancía y/o fuera abierto Subdirección de Recursos Materiales, sito en su favor una carta Xxxxxxx Xxxxxx X. Xxxxxxx, Lotes 18 al 21, Fraccionamiento Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Toluca, Estado de crédito como requisito previo México y a la Unidad Requirente de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho los bienes, en Xxxxxxx -----------, xxxxxx --------, Xxxxxxx , Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, con tres días hábiles anteriores a efectuar entregas parciales o anticipadas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después con la finalidad de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse que se programe la cita para revisión y visto bueno de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas“LOS BIENES”. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Acquisition Agreement

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si no se hubiera convenido otra cosa, el El plazo de entrega empieza contarse desde no deberá exceder a los 45 días calendario, computables a partir de la menos próxima suscripción del contrato. GARANTIA DE FABRICACIÓN En caso de presentar fallas de fabricación, el equipo deberá ser reemplazado por otro equipo de las fechas que mismas características dentro de 5 días calendario FORMA DE PAGO El pago se realizará en forma total a continuación se citan: a) fecha de la conclusión través del contrato; b) fecha en que el comprador hubiera cumplido todos los requisitos técnicos, comerciales y financieros; c) fecha en que el vendedor recibiera por vía de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega de la mercancía SIGMA y/o fuera abierto en su favor emisión de cheques, contra entrega, una carta vez que YPFB haya efectuado la recepción definitiva y emitida la respectiva conformidad, debiendo el proveedor emitir la factura correspondiente CRITERIO DE ADJUDICACIÓN La adjudicación será por el total VALIDEZ DE LA OFERTA: Las ofertas deben tener un tiempo de crédito validez de por lo menos treinta (30) días calendario LUGAR DE ENTREGA: Se señala como requisito previo lugar de entrega las oficinas de VPACF-YPFB-VILLAMONTES; Av. Avaroa esq. La Paz ex Edif. CERPI Conste por el presente Contrato Administrativo de adquisición de bienes, que celebran por una parte ________________ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la entrega. 6.2 El vendedor tendrá derecho ENTIDAD), con NIT Nº ________ (señalar el Numero de Identificación Tributaria), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara el domicilio de la entidad), en la ciudad de _________________(Distrito, Provincia y Departamento), representado legalmente por _________________(registrar el nombre de la MAE o del funcionario a efectuar entregas parciales quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente o anticipadas. 6.3 Si documento de nombramiento), en calidad de ________(señalar el cargo de la autoridad que firma), con Cedula de identidad Nº __________ (señalar el numero de Cedula de identidad), que en adelante se demorase denominará la entrega ENTIDAD; y, por alguna circunstancia que constituyera para otra parte, ______________ (registrar el vendedor alguna nombre o razón social de las causas la persona natural o jurídica a quien se adjudica la contratación y cuando corresponda el nombre completo y número de exoneración mencionadas Cédula de Identidad del Representante Legal), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara el art. 11 domicilio de la entidad),que en adelante se denominará el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo PROVEEDOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo, de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, acuerdo a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar siguientes términos y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del comprador. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.condiciones:

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Samples: Acquisition of Goods Contract

PLAZO DE ENTREGA. 6.1 Si 1. Los plazos y las fechas de entrega deberán acordarse por escrito y no se hubiera convenido otra cosa, el serán vinculantes a menos que Xxxxxxx Steelconcept así lo especifique con antelación y por escrito. 2. El plazo de entrega empieza contarse desde comenzará cuando Xxxxxxx Steelconcept envíe la menos próxima confirmación del pedido, pero no antes de que el cliente haya aportado todos los documentos, aprobaciones y autorizaciones que deba proporcionar, se hayan aclarado todas las fechas que cuestiones técnicas, se haya recibido el anticipo acordado, y las piezas necesarias se hayan recibido a continuación se citan: a) tiempo y sin defectos. La fecha de entrega podrá aplazarse de forma razonable siempre que dicho retraso en la conclusión del contrato; b) fecha en entrega se deba a que el comprador hubiera cumplido cliente no haya entregado a tiempo todos los requisitos técnicosdocumentos, comerciales aprobaciones y financieros;autorizaciones que deba proporcionar, no se hayan aclarado todas las cuestiones técnicas, no se haya pagado x Xxxxxxx Steelconcept el anticipo dentro del plazo acordado, o no se hayan recibido, a tiempo y correctamente, las piezas sin defectos. Todos los plazos y fechas de entrega estarán sujetos al debido cumplimiento oportuno por parte del cliente de todas sus demás obligaciones. c) 3. El plazo de entrega o la fecha de entrega se considerarán cumplidos si, dentro del plazo de entrega o en que el vendedor recibiera por vía la fecha de señal una cantidad pagadera con anterioridad a la entrega entrega, los productos han salido de la mercancía y/fábrica o si Xxxxxxx Steelconcept ha comunicado la disponibilidad del envío o la disponibilidad para el transporte. Todos los plazos y fechas de entrega estarán sujetos al correcto y oportuno autoabastecimiento xx Xxxxxxx Steelconcept, a menos que Xxxxxxx Steelconcept fuera abierto en su favor una carta responsable del motivo que hubiera dado lugar al incorrecto autoabastecimiento. En caso de crédito como requisito previo de la entrega. 6.2 El vendedor incorrecto autoabastecimiento, Xxxxxxx Steelconcept tendrá derecho a efectuar entregas parciales o anticipadasrescindir el contrato. Xxxxxxx Steelconcept informará inmediatamente al cliente en caso de que decidiera ejercer su derecho de rescisión y el cliente deberá devolver todas las prestaciones recibidas. 6.3 Si se demorase la entrega por alguna circunstancia que constituyera para el vendedor alguna 4. En caso de las causas de exoneración mencionadas retraso en el art. 11 el comprador concederá una pro- longación adecuada del plazo de entrega, sin que ocurra una demora. 6.4 Si por causas imputables al vendedor se demorara la entrega, el comprador podrá, cliente tendrá derecho a su opción, exigir el cumplimiento del contrato, o bien rescindir el mismo, cuando después de haber concedido contrato una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx razonable fijado por Xxxxxxx Steelconcept al vendedor una prórroga del plazo, aquel continuara sin cumplir lo estipulado. AI tratarse de fabricaciones especiales, el comprador deberá tener en cuenta, a los efectos de fijar la prórroga antedicha, que el vendedor eventualmente, no podrá destinar a otros usos las piezas que tuviera ya terminadas. 6.5 Si el comprador no quisiera recibir la mercancía puesta a su disposición con arreglo a las cláusulas del contrato en el lugar y tiempo convenidos, y no se constituya ninguna de las causas de exoneración mencionadas en el art. 11, el vendedor podrá, a su elección, exigir el cumplimiento del contrato, o bien, rescindir el mismo, cuando después de haber concedido al comprador una prórroga del plazo, aquél continuara sin querer recibir la mercancía. Una vez que la mercancía esté preparada para la entrega, el vendedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del comprador. Además, el vendedor podrá pedir el reintegro de todos los gastos justificados que hubiera efectuado con motivo de la ejecución del contrato y que no estuvieran cubiertos por las cantidades recibidas, quedando excluida toda otra acción contra el comprador fundada en la demora de este último. 6.6 Además, en cualquier caso el vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y excitación. 6.7 Fuera de las especificadas en el art. 6, el comprador no tendrá acción alguna contra el vendedor fundada en la demora de este último. 7.1 Si no hubiera estipulado otra cosa, los precios se entenderán «ex fábrica» del vendedor, excluyendo los gastos de embalaje y embarque. Si se hubiera convenido servir la mercancía a domicilio, los precios se entenderán sin gastos de descarga y extracción fuera del lugar de descarga. 7.2 Si no hubiera estipulada otra cosa, los precios de venta se basarán en el precio de coste que rija en el tiempo de su cotización durante tres meses obligatoriamente. Si el precio de coste sufriera alguna variación tras el vencimiento comienzo de dicho plazo, aquélla, según fuera baja o subida, será en favor o a cargo del compradorretraso. 7.3 Si se ha concluido el contrato sin estipular precios, se cargará el precio de venta vigente en la fecha de la entrega.

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Samples: Condiciones Generales De Venta