Common use of Pliego de Observaciones Clause in Contracts

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 pesos (quinientos tres mil cuarenta y dos pesos 48/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales no cuentan con el soporte documental que los acredite correspondiente en las requisiciones de materiales y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de México, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitados, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 del 26 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015. 11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX suscribió con el Instituto Nacional de Pediatría (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014, por un importe máximo de 7,496.7 miles de pesos y una vigencia del 15 de noviembre al 31 de diciembre de 2014, y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio integral para el área de operación de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI), en cuyo análisis se observó lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 miles de pesos, el cual se pagó en su totalidad; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales Comermexza, S.A. de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación de los sistemas de información del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad física. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una de las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió en el servicio denominado estudios y análisis político y estratégicos, del cual se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 miles de pesos, que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato de prestación de servicios que suscribió con el ISSSTE, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM le pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el ISSSTE (1 xx xxxxx de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTE. 2. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & Friends, S.A. de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimiento. 3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTE, para acreditar la prestación de los servicios y los entregables en los términos convenidos, se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que la empresa adjudicada contara con una base de datos propia, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivo.

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Samples: Contratos, Convenios De Colaboración Y Acuerdos Específicos

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 8,428.34 pesos (quinientos tres ocho mil cuarenta y dos cuatrocientos veintiocho pesos 48/100 34/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Financiera Ruralal Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, actualmente Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales 20 horas por servicios que no cuentan con el soporte evidencia documental que los acredite correspondiente en que fueron devengadas, de conformidad con las requisiciones Bases de materiales y su aplicaciónColaboración que suscribió el FONDICT-UAEM el 1 xx xxxxxx de 2014 con el Instituto. 15. 14El 27 de diciembre de 2013, el FONDICT-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició UAEM formalizó el Procedimiento Anexo de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de MéxicoEjecución número AE/2207/2013 con DICONSA, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitados, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 del 26 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015. 11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX suscribió con el Instituto Nacional de Pediatría C.V. (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014DICONSA), por un importe máximo de 7,496.7 102,104.8 miles de pesos y pesos, con una vigencia del 15 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 y cuyo objeto consistió en proporcionar servicios profesionales y administrativos de consultoría para apoyar diversas actividades de DICONSA; de su análisis se desprendió lo siguiente: 1. Se formalizaron 4 Convenios modificatorios al Anexo de Ejecución AE/2207/2013, que fueron suscritos con fechas 10 de julio, 13 de octubre, 28 de noviembre y 31 de diciembre de 2014; y se observó que en el convenio número CM/1882/2014 del 10 de julio de 2014, se incrementó el monto máximo a 256,580.2 miles de pesos, debido al aumento de perfiles de 4 áreas administrativas de DICONSA, y con el número modificatorio CM/4/2015 fechado el 31 de diciembre de 2014, se incrementó el monto máximo a 365,728.0 miles de pesos, así como el plazo de ejecución al 31 xx xxxxx de 2015. Asimismo, en el Convenio modificatorio número CM/2213/2014 del 13 de octubre de 2014 se modificó la Cláusula Décima Cuarta (cesión de derechos y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio integral para el área de operación de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPIobligaciones), en cuyo análisis se observó lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, para que el FONDICT-UAEM pudiera realizar la contratación con terceros, sin exceder del 49% del importe total del monto contratado, sujeto a la autorización de DICONSA. 2. El FONDICT-UAEM en el ejercicio 2014 facturó al INP 7,496.7 a DICONSA los trabajos ejecutados por un importe total de 217,496.2 miles de pesos, el cual se pagó fue pagado en su totalidad; asimismo, como se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento detalla a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato continuación: Dirección de prestación Operaciones 04/02/14 05/12/14 23,199.9 Dirección de servicios con Soluciones Empresariales Comermexza, S.A. Finanzas 04/02/14 23/12/14 127,111.8 Dirección de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles Comercialización 04/02/14 05/12/14 11,352.9 Unidad Jurídica 11/02/14 04/12/14 13,752.7 Gerencia Informática 04/02/14 15/12/14 35,190.7 Coordinación de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información Comunicación Social 04/02/14 15/12/14 6,888.2 Fuente: Información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación de los sistemas de información del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad físicaDICONSA. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una de las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió en el servicio denominado estudios y análisis político y estratégicos, del cual se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 miles de pesos, que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismo, se constató Se comprobó que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato Anexo de prestación de servicios Ejecución que suscribió con el ISSSTEDICONSA, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios contrató con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar terceros el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM le pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.394.6% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1) del monto total que le pagó DICONSA (217,496.2 miles de pesos), como se describe en el cuadro siguiente: PROMPT Soluciones Integradas, S. de R.L. de C.V. Del 01 de enero al 30 xx xxxxx de 2014 Servicios de administración de personal para el proyecto denominado servicios profesionales y administrativos de consultoría para apoyar diversas áreas de Diconsa. Además38,626.2 XXXXX Consulting, se comprobó que S. de R.L. de C.V. Del 01 xx xxxx al 31 xx xxxxxx de 2014 Servicios de administración de personal para el proyecto denominado servicios profesionales y administrativos de consultoría para apoyar diversas áreas de Diconsa. 65,590.2 PROMPT Soluciones Integradas, S. de R.L. de C.V. Del 01 de septiembre al 31 de diciembre de 2014 Servicios de administración de personal para el proyecto denominado servicios profesionales y administrativos de consultoría para apoyar diversas áreas de Diconsa. 101,609.1 Total 205,825.5 Fuente: Información proporcionada por el FODICT-UAEM. 4. El FONDICT-UAEM realizó la contratación de terceros, siendo que del 1 de enero al 12 de octubre de 2014 no estaba convenida, ya que no fue sino hasta el mismo día 13 de octubre de 2014 que suscribió mediante el instrumento jurídico con el ISSSTE (1 xx xxxxx Convenio Modificatorio número CM/2213/2014 al Anexo de 2014)Ejecución AE/2207/2013, formalizó se incorporó la posibilidad de la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTEterceros por parte del FONDICT-UAEM. 25. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & Friendslas empresas XXXXX Consulting, S.A. S. de R.L. de C.V., y PROMPT Soluciones Integradas, S. de R.L. de C.V.; sin embargo, en el caso de la empresa XXXXX Xxxxxxxxxx, S. de R.L. de C.V., mediante un escrito suscrito signado por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimiento. 36. Con el análisis de la información y documentación que acredita la ejecución de los servicios, proporcionada por el FONDICT-UAEM y la empresa PROMPT Soluciones Integradas, S. de R.L. de C.V., así como de la obtenida en la auditoría 219, denominada “Contratos, Convenios de Colaboración y Acuerdos Específicos Suscritos con Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal para el ISSSTEDesarrollo de Diversos Proyectos, para acreditar la prestación Adquisiciones y Otros Servicios” que se practicó en DICONSA, S.A. de los servicios y los entregables en los términos convenidosC.V., se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció El FONDICT-UAEM proporcionó evidencia documental de los entregables que corresponden a los reportes mensuales de actividades por los servicios proporcionados en la empresa adjudicada contara con una base Dirección de datos propiaOperaciones, que se actualizara diariamente con información nacionalDirección de Finanzas, con Dirección de Comercialización, Unidad Jurídica, Gerencia de Informática y la finalidad Coordinación de que pueda hacer un seguimiento analítico Comunicación Social, pero no proporcionó documentación de las referencias plantillas del personal que ejecutó los servicios de la Unidad Jurídica y de la Gerencia de Informática, no obstante, dicha información fue proporcionada por la citada auditoría 219, debidamente validada por los servidores públicos responsables de DICONSA y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad representante técnico de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivoFONDICT-UAEM.

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Samples: Contratos, Convenios De Colaboración Y Acuerdos Específicos

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a al patrimonio de PEMEX, ya que la Hacienda Pública Federal entidad fiscalizada realizó pagos en exceso por un monto de 503,042.48 81,669,762.07 pesos (quinientos tres ochenta y un millones seiscientos sesenta y nueve mil cuarenta setecientos sesenta y dos pesos 48/100 07/100 M.N.), toda vez pagados en el 2016, en el concepto del Anexo C: Andamios Metálicos (Aluminio) de Seguridad, ya que se constató que el Fondo costo de Fomento dicho concepto está fuera xx xxxxxxx, en comparación con los precios autorizados y Desarrollo pagados por Pemex Exploración y Producción en un contrato 428233806 en el mismo periodo de ejecución. La entidad fiscalizada, al aprobar el costo de los andamios del contrato número 648235804, no garantizó la obtención de las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes para el Estado, ni administró con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez los recursos públicos asignados para el proyecto. 13. Se verificó que en el contrato de obra núm. 648235804, adjudicado directamente por Pemex Exploración y Producción, para la “Rehabilitación y Adecuación de Infraestructura para los Sistemas de Seguridad, Control, Producción, Flexibilidad, Operativa, Estructuras y Servicios Auxiliares en Apoyo a la Operación en las Instalaciones del Centro de Proceso Abkatún-A”, por conducto de la Investigación Científica y Tecnológica residencia de la Universidad Autónoma del Estado obra se avalaron pagos por un importe de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional 112,791.5 miles de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales no cuentan con el soporte documental que los acredite correspondiente pesos en las requisiciones estimaciones núms.1, 2, 3, 4 y 5 con un plazo de materiales y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de México, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitados, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 ejecución del 26 15 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015. 11. El al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX suscribió con el Instituto Nacional xxx xxxxxx se pagaron en 2016, referentes al concepto de Pediatría C-5.29 “Andamios metálicos (INPaluminio) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014, por un importe máximo de 7,496.7 miles de pesos seguridad” sin que se justificaran los trabajos y una vigencia del 15 de noviembre al 31 de diciembre de 2014, y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio integral para el área de operación de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI), en cuyo análisis se observó lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 miles de pesos, el cual se pagó en su totalidad; asimismo, se constató los pagos realizados debido a que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales Comermexza, S.A. de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó Anexo B-1-3 “Especificaciones Particulares” la entidad fiscalizada indicó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron en los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación alcances de los sistemas trabajos por ejecutar se debería considerar la inclusión de información andamios por parte del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en contratista para la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema ejecución de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización cada uno de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad físicatrabajos ejecutados. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una de las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió en el servicio denominado estudios y análisis político y estratégicos, del cual se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 miles de pesos, que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato de prestación de servicios que suscribió con el ISSSTE, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM le pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el ISSSTE (1 xx xxxxx de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTE. 2. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & Friends, S.A. de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimiento. 3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTE, para acreditar la prestación de los servicios y los entregables en los términos convenidos, se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que la empresa adjudicada contara con una base de datos propia, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivo.

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Samples: Auditoría De Inversiones Físicas

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 77,847,014.40 pesos (quinientos tres mil setenta y siete millones ochocientos cuarenta y dos siete mil catorce pesos 48/100 40/100 M.N.), toda vez por los actos u omisiones atribuibles a los funcionarios que el Fondo en su gestión contrataron servicios derivados de Fomento y Desarrollo este convenio de la Investigación Científica y Tecnológica de coordinación que se suscribió con la Universidad Autónoma del Estado xx Xxxxxxx, del cual se constató que omitieron vigilar y supervisar el cumplimiento de México lo contratado toda vez que, sin contar con la certeza de la realización de los servicios efectuaron los pagos convenidos con la universidad quien a su vez pago servicios de los cuales no se tiene evidencia de la elaboración por parte de los proveedores, con lo que causaron un daño grave al erario, toda vez que la universidad contrató y pagó servicios de los cuales no se tiene evidencia de la elaboración por parte de los proveedores. 3. El 6 xx xxxx de 2013, SEDESOL a través de la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y la UAEMOR suscribieron un convenio de colaboración cuyo objeto fue“…el establecimiento de los términos para la coordinación de acciones basada en la mutua colaboración, capacidades, y recursos para desarrollar proyectos y acciones de interés y beneficio mutuo directamente relacionados con el cumplimiento de sus fines institucionales de conformidad con las especificaciones técnicas y costos que se (FONDICT-UAEMsic) cobró a establecidos en los Anexos Técnicos que se desprenden del presente Convenio…”, al amparo de los artículos 1, quinto párrafo, de la Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional LAASSP y 4 de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre su Reglamento. El 15 xx xxxxxx de 2014, los cuales no cuentan con SEDESOL y la UAEMOR suscribieron el soporte documental que los acredite correspondiente en las requisiciones de materiales anexo técnico número tres y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de México, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitados, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 del 26 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015. 11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX suscribió con el Instituto Nacional de Pediatría (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014anexo técnico único, por un importe máximo de 7,496.7 23,422.7 miles de pesos y una un mínimo de 19,779.4 miles de pesos, con objeto de “…mejorar el proceso de gestión documental en ‘LA SECRETARIA’, el trámite de asuntos administrativos, y el proceso de gestión para la atención ciudadana mediante un ‘Servicio de Desarrollo, Implementación y Puesta en Operación del Sistema de Control de Gestión con Interoperabilidad y Uso de Firma electrónica Avanzada’…”,con vigencia del 15 de noviembre xx xxxxxx al 31 de diciembre de 2014. SEDESOL, y cuyo objeto consistió mediante CLC, transfirió los recursos a la UAEMOR como sigue: 54 30/09/2014 5,736.0 78 06/11/2014 5,736.0 87 03/12/2014 4,753.1 94 09/12/2014 983.0 2163 17/02/2015 5,736.0 Los entregables se realizaron en proporcionar el servicio integral para el área diferentes etapas, como sigue: Anexo 7 Formato 1 Acta de constitución del proyecto 03/03/2014 Formato libre Tablero de control de proyectos de TIC 18/08/2014 Anexo 7 Formato 2 Documento del ciclo de vida del proyecto 01/10/2014 Anexo 7 Formato 3 Alcance del proyecto 20/08/2014 Anexo 7 Formato 4 Estructura de desglose del trabajo - EDT 21/08/2014 Anexo 7 Formato 5 Documento de planeación del proyecto 19/08/2014 Anexo 7 Formato 6 Registro de riesgos del proyecto 20/08/2014 Anexo 7 Formato 7 Informe de rendimiento del proyecto 21/08/2014 Anexo 15 Formato 1 Documento de visión de la solución tecnológica de TIC 21/08/2014 Anexo 15 Formato 2 Documento de especificación de requerimientos de soluciones tecnológicas 22/08/2014 Anexo 15 Formato 3 Diagrama conceptual de la solución tecnológica 22/08/2014 Documento de registro de validación de requerimientos 25/08/2014 Anexo 15 Formato 0 Xxxxx 00 Formato 5 Matriz de trazabilidad Sin fecha Anexo 15 Formato 6 Arquitectura tecnológica de la solución 25/08/2014 Anexo 7 Formato 8 Acta de aceptación de entregables 25/08/2014 Formato libre Solicitud de cambio al proyecto, en su caso - Anexo 15 Formato 8 Documento de diseño 25/08/2014 Anexo 15 Formato 10 Documento de registro de pruebas unitarias 17/09/2014 Anexo 15 Formato 11 Reporte de revisiones 17/09/2014 Anexo 16 Formato 1 Documento de ambiente de verificación 17/09/2014 Anexo 16 Formato 2 Documento de planeación de calidad 16/09/2014 Anexo 16 Formato 3 Listas de verificación 18/09/2014 Anexo 16 Formato 4 Reporte de revisión 12/09/2014 Anexo 16 Formato 5 Documento de ambiente de validación 23/09/2014 Anexo 16 Formato 6 Documento de escenarios de prueba 18/09/2014 Anexo 15 Formato 12 Manual técnico de solución tecnológica 07/10/2014 Anexo 15 Formato 13 Instructivo de operación para la solución tecnológica 01/10/2014 Anexo 15 Formato 14 Reporte de integración 06/10/2014 Anexo 15 Formato 15 Registro de cambios a interfaces, en su xxxx - Formato libre Paquete de entregables de la infraestructura crítica solución tecnológica 06/10/2014 Anexo 18 Formato 2 Documento de procesamiento liberación y entrega 09/10/2014 Anexo 18 Formato 3 Programa de información (AOICPI)liberación y entrega 23/10/2014 Anexo 18 Formato 4 Paquete de liberación entregado 27/10/2014 Anexo 18 Formato 5 Resultado de las pruebas de servicio 24/10/2014 Anexo 18 Formato 6 Reporte de entrega 14/10/2014 Anexo 19 Formato 1 Programa de proyecto de transición a la operación y soporte 22/10/2014 Anexo 19 Formato 2 Programa de uso de recursos TIC 20/10/2014 Anexo 19 Formato 3 Informe de rendimiento del proyecto de transición a la operación y soporte 10/10/2014 Anexo 7 Formato 9 Acta de cierre de proyecto 31/12/2014 El 11 de septiembre de 2014, se suscribió el acta de entrega-recepción de los trabajos relativos a la fase 1, que incluyen los entregables en cuyo las etapas del arranque del proyecto, de análisis se observó lo siguiente: 1y de diseño. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 miles entregable “acta de pesos, el cual constitución del proyecto” que se pagó incluye en su totalidad; asimismola etapa del arranque del proyecto, se constató observó que se elaboró el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales Comermexza, S.A. de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación de los sistemas de información del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad física. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una de las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICTcon una anticipación de 165 días naturales a la suscripción del anexo técnico 3 con la UAEMOR y 192 días naturales antes de la fecha del acta de entrega-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales recepción de los Trabajadores trabajos de la fase 1; en el entregable “documento del Estado ciclo de vida del proyecto”, que también se incluye en la etapa del arranque del proyecto, fue elaborado el 1 de octubre de 2014, que es posterior a la fecha del acta de entrega-recepción, irregularidades que hacen presumible la falta de veracidad de los mismos en cuanto a su relación con los trabajos convenidos. Con las actas de entrega-recepción del 25 de septiembre, 00 xx xxxxxxx x 0 xx xxxxxxxxx, todas de 2014, se entregaron los trabajos pactados en la fase 2, relativos a las etapas de desarrollo y pruebas; fase 3 puesta en operación e implementación, y fase 4 liberación, respectivamente. Asimismo, SEDESOL no proporcionó evidencia de que se realizaron las acciones descritas en el anexo técnico único que se señalan a continuación: - La migración de los datos de los Sistemas de Gestión (ISSSTE), ENLACENET) al Sistema de Control de Gestión por implementar utilizados actualmente por SEDESOL. - Contemplar una estrategia de adiestramiento formal especializado en el uso del sistema de expedientes para un importe máximo de 6,820.8 miles 50 usuarios. La capacitación se debió impartir en las oficinas centrales de pesos SEDESOL ubicadas en Reforma 51 y una vigencia del 1 xx xxxxx al Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. No obstante lo anterior, el 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió SEDESOL y la UAEMOR suscribieron el acta de cierre de proyecto, con el cual se dio por cumplido la totalidad de los entregables y compromisos pactados en el servicio denominado estudios anexo técnico único. El personal comisionado de la ASF, el 15 de julio de 2015, levantó el acta administrativa circunstanciada de auditoría, en la que participó el Director de Área de Desarrollo de Sistemas Administrativos de SEDESOL, y análisis político en ese acto proporcionó diversa información relativa a la operación del Sistema Automatizado de Control de Gestión de SEDESOL, y estratégicosen relación con la puesta en marcha del sistema, del cual manifestó que: “…Todas las áreas son los clientes potenciales, actualmente en las Direcciones Generales de la Oficialía Mayor, y en un futuro de forma gradual se desprendió lo siguiente: 1va a ir incorporando a las demás áreas de la SEDESOL…”. En el ejercicio 2014diversa acta administrativa circunstanciada de auditoría realizada en la misma fecha, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total Director de 6,820.8 miles Integración y Atención a Órganos Fiscalizadores, dependiente de pesosla Dirección General de Programación y Presupuesto de la SEDESOL, realizó una demostración del Sistema Automatizado de Control de Gestión que pagó se encuentra en su totalidad el ISSSTE; asimismo, operación en esa Dirección General y proporcionó impresión de las pantallas de captura del mismo. De lo anterior se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato de prestación de servicios que suscribió con el ISSSTE, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégicoobservó que, a quien la fecha en que se levantaron las citadas actas administrativas circunstanciadas de auditoría, el FONDICT-UAEM le Sistema de Control de Gestión continuaba pendiente de implementarse en todas las áreas de SEDESOL, ya que sólo se encontraba operando en la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Oficialía Mayor, por lo que SEDESOL pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el ISSSTE (1 xx xxxxx de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTE. 2. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & Friends, S.A. de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito UAEMOR por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, servicios no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimientoconcluidos. 3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTE, para acreditar la prestación de los servicios y los entregables en los términos convenidos, se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que la empresa adjudicada contara con una base de datos propia, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivo.

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Samples: Contratos Y/O Convenios

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 190,200.71 pesos (quinientos tres ciento noventa mil cuarenta y dos doscientos pesos 48/100 71/100 M.N.), toda vez ) correspondientes a 227 uniformes que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México cobró al Registro Agrario Nacional (FONDICT-UAEMRAN) cobró a la Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional sin que exista evidencia de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales no cuentan con que el soporte documental que los acredite correspondiente en las requisiciones de materiales y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de Méxicoproveedor subcontratado E Blue, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitadoslos haya entregado al RAN. 6. El 0 xx xxxxx xx 2013, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 del 26 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015. 11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXXFONDICT-XXXX UAEM suscribió con el Instituto RAN el Convenio Específico de Cooperación Técnica para la prestación del Servicio para la actualización de Información y Apoyo a la Operación e Implementación del Programa de Modernización del Catastro Rural Nacional de Pediatría (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014, por un importe máximo monto mínimo de 7,496.7 78,000.0 miles de pesos y un máximo de 125,000.0 miles de pesos (incluyendo el 8% para gastos de administración), el cual tuvo una adenda modificatoria a efecto de incrementar el monto máximo a 170,000.0 miles de pesos; con una vigencia del 15 1 xx xxxxx de noviembre 2013 al 31 de diciembre de 20142013, y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio integral para el área de operación de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI), en cuyo análisis del cual se observó lo siguiente: 1. En El FONDICT-UAEM recibió del RAN, por concepto de ministraciones mensuales, la cantidad de 169,999.9 miles de pesos, mediante 10 ministraciones, dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes; los cuales fueron pagados conforme la liberación de los recursos por parte de los administradores del convenio, sin estar vinculado con el ejercicio 2014hecho de que los servicios se encontraran devengados, lo que propició que el FONDICT-UAEM manejara los recursos públicos con opacidad, propiciando con ello que las disponibilidades financieras mensuales no se invirtieran conforme lo dispuesto por el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, como se muestra en el cuadro siguiente: MINISTRACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS DEL RAN AL FONDICT-UAEM PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL CATASTRO RURAL NACIONAL (Miles de pesos) Transferencias (Ministraciones) Recursos Devengados en el mes Saldo del Mes Marzo 26/03/2013 25,000.0 11,943.5 13,056.5 Abril 18/04/2013 10,000.0 14,934.2 8,122.3 Mayo 14/05/2013 10,000.0 15,127.3 2,995.0 Junio 06/06/2013 10,000.0 15,364.9 37,630.10 24/06/2013 40,000.0 Julio 12/07/2013 20,000.0 15,699.9 41,930.20 Agosto 12/08/2013 15,000.0 19,882.8 47,047.40 30/08/2013 10,000.0 Septiembre - - 17,251.8 29,795.6 Octubre 03/10/2013 10,000.0 17,435.5 42,360.1 31/10/2013 20,000.0 Noviembre - - 17,507.4 24,852.7 Diciembre - - 24,799.4 53.3 Total 170,000.00 169,946.7 53.3 Al respecto, se observó que el importe de las citadas ministraciones de recursos quedaron a criterio de los administradores del convenio del RAN responsables de la liberación y pago de los recursos, ya que ni en el Convenio, ni en su respectivo Anexo Técnico, se establecieron los montos de cada una de ellas; además, como se aprecia en el cuadro anterior, tampoco se respetó la periodicidad mensual convenida. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria en la acción derivada de la auditoría 294 practicada al RAN. Asimismo, se comprobó que de los 169,999.9 miles de pesos, el FONDICT-UAEM facturó reintegró a la Tesorería de la Federación 53.3 miles de pesos por concepto de recursos no utilizados. 2. Con fecha 15 xx xxxxx de 2013, se suscribió un convenio modificatorio para incrementar un 36.0% (45,000.0 miles de pesos) el monto máximo del Convenio Específico, de 125,000.0 miles de pesos a 170,000.0 miles de pesos (incluye IVA) de los cuales se ejercieron 169,946.7 miles de pesos como se muestra a continuación: INTEGRACIÓN DEL GASTO EJERCIDO (Miles de pesos) Sueldos y Salarios 160,999.8 94.7 Cursos de Capacitación 2,706.0 1.6 Servidores 4,893.1 2.9 Impresoras de Alto Volumen 619.2 0.4 Viáticos 565.7 0.3 Consulta de Planeación Estratégica 162.9 0.1 Se constató que el incremento se aplicó en el segundo semestre, en los conceptos de viáticos, arrendamiento de servidores e impresoras de alto volumen, planeación estratégica y cursos de capacitación, cuyo monto total ascendió a 8,946.9 miles de pesos (incluye IVA y el 8% de administración), por lo que afectó los servicios del personal a partir xx xxxxx, así como que en diciembre presumiblemente se otorgó una contraprestación complementaria al INP 7,496.7 personal con un costo aproximado de 7,130.7 miles de pesos, (incluye IVA y el cual 8% de administración). Con la auditoría 294, se pagó constató que el RAN no tenía elementos para acreditar el comportamiento del gasto, ya que al transferir los recursos mediante las ministraciones, no validó el costo de los servicios, ni los importes por concepto del gasto que el FONDICT-UAEM estaba facturándole, ya que el 94.7% del costo total de los servicios (160,999.8 miles de pesos), correspondió a la contratación y administración de personal, sin que el RAN haya autorizado el tabulador de sueldos o en su totalidad; asimismocaso, haya validado las nóminas y las respectivas dispersiones, por lo que desconocía si los recursos pagados al FONDICT-UAEM se encontraban devengados. La acción correspondiente se emitirá en la auditoría 294 practicada al RAN. 3. Se constató que el FONDICT-UAEM al no contaba contar con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento la realización del objeto del referido convenio, a las obligaciones contraídas, toda su vez subcontrató con dos empresas el 95.0% (incluye un 3% de administración que contrató con terceros el 83.2es parte del 8% del monto total pagado por el INP, convenido para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato UAEM) de prestación los servicios pactados con el RAN, sin cumplir con la Ley de servicios con Soluciones Empresariales ComermexzaAdquisiciones, S.A. de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, Arrendamientos y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además) las subcontrataciones son las siguientes: EMPRESAS CONTRATADAS POR EL FONDICT-UAEM (Miles de Pesos) Empresa Importe Objeto del contrato Enterprise Management Service S.A. de C.V. 156,301.1 Prestación de servicios y suministro de diversos productos E blue, S.A. de C.V. 5,104.0 Prestación de servicios y suministro de diversos productos Total pagado 161,405.1 Cabe señalar que los contratos con las dos empresas subcontratadas fueron firmados el 1 xx xxxxx de 2013, día en que se suscribió el Convenio entre el FONDICT-UAEM y el RAN; además, se comprobó detectó que los documentos emitidos por el RAN en los que estableció las especificaciones técnicas de los servicios solicitados al FONDICT-UAEM (Términos de Referencia), fueron trasladados en su formato original del RAN a las dos empresas subcontratadas a fin de que éstas proporcionaran los servicios. 4. Las empresas subcontratadas por el FONDICT-UAEM tampoco contaban con la capacidad técnica, material, humana y financiera para la prestación de los servicios, lo cual se constató en las visitas domiciliarias realizadas a los proveedores Enterprise Management Service S.A. de C.V., y E blue, S.A. de C.V., donde se determinó lo siguiente: Respecto de los servicios subcontratados con la empresa Enterprise Management Service, S.A. de C.V., por 156,301.1 miles de pesos, en la visita domiciliaria realizada, se observó lo siguiente: a) La empresa Enterprise Management Service, S.A. de C.V. (EMS), no proporcionó la información y documentación solicitada que compruebe la contraprestación al personal, tal como recibos de nómina y/o de honorarios, dispersión de los recursos, declaraciones de impuestos, liquidaciones al seguro social, entre otros, relativos a los servicios de personal para el proyecto MODERNIZACIÓN por 149,073.9 miles de pesos. Asimismo, el FONDICT-UAEM no acordó con EMS, el tabulador de sueldos; además, si bien es cierto se establecieron perfiles del personal requerido, no existe documento alguno que acredite las funciones que deberían realizar, por lo cual no fue posible establecer si las actividades generales que realizaron según los informes, y el nivel de responsabilidad que desempeñaron, correspondieron con la contraprestación. Por su parte, el FONDICT-UAEM señaló que únicamente cuenta, y proporcionó fotocopia de los informes mensuales del personal, los cuales fueron entregados al RAN, por lo que los documentos señalados no cuentan con los elementos suficientes que permitan evaluar la razonabilidad de los costos incurridos. Asimismo, se señala que los informes son validados por el Director General del FONDICT-UAEM, éstos se encuentran firmados por ausencia, sin que exista un documento que autorice la suplencia de firma, además de que el FONDICT-UAEM tampoco cuenta con los informes originales, de lo anterior, el mismo día FONDICT-UAEM tampoco proporcionó evidencia documental de los controles de seguimiento y monitoreo de los procesos inherentes a la administración del personal. No obstante que suscribió el instrumento jurídico FONDICT-UAEM subcontrató a EMS para proporcionar los servicios, se observó en la auditoría 294 practicada al RAN, que los servicios de contratación y administración de personal fueron proporcionados de manera directa por la empresa Frantierr, S.C., hecho que fue comprobado mediante la inspección documental de los gastos por viáticos, lo que deja de manifiesto que la empresa EMS tampoco contaba con la capacidad técnica, material, humana y financiera para la prestación de los servicios. Por lo anterior, el FONDICT-UAEM no cuenta con evidencia documental que sustente y compruebe los gastos erogados por un total de 149,073.9 miles de pesos, toda vez que no cuenta con documentación que compruebe la contraprestación al personal asignado por la empresa EMS que presumiblemente laboró en el RAN; en donde resalta que mediante el oficio FO546/2014 de fecha 1 de octubre de 2014, medularmente refirió como justificación de la documentación solicitada por la ASF, que no se encontraba dentro de las obligaciones contraídas en virtud del Convenio de Cooperación Técnica con el INP (14 RAN; sin que esta potestad exima de noviembre dicha obligación al FONDICT-UAEM como responsable de 2014)la administración de los recursos que le fueron ministrados por el RAN y su responsabilidad de coadyuvar para demostrar que los recursos públicos fueron administrados y ejercidos con base en criterios de legalidad, formalizó la contratación con las referidas empresaseficiencia, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INPeficacia, transparencia y control. 2. Con la información y documentación proporcionada b) Respecto de los cursos de capacitación por 2,505.6 miles de pesos, subcontratados por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados UAEM, también con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación de los sistemas de información del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad física. 3. Con la información y documentación proporcionadaempresa EMS, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una mediante el oficio DGOS/937/2013 de las fases fecha 26 xx xxxxxx de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas 2013, el RAN solicitó al FONDICT- UAEM la impartición de cada elemento cinco cursos denominados: 1. Introducción al Modelo Semipresencial a instalar Distancia; 2. Uso de Plataforma Educativa; 3. La Nueva Economía Basada en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. el Conocimiento; 4. Formación de Nuevos Líderes y 5. El Ejecutivo como Arquitecto de Organizaciones Competitivas; no obstante, dichos cursos no se impartieron en los términos solicitados en virtud de que el FONDICT-UAEM a través de EMS presentó al RAN una plataforma desarrollada con dos cursos diferentes, asimismo, EMS proporcionó los entregables correspondientes a otros dos cursos denominados Introducción al Fondo de Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar (FANAR) y Sistema Integral de Modernización Catastral y Registral, que no proporcionó evidencia documental tienen relación alguna con la contratación. No obstante, con la auditoría 294 practicada al RAN, se constató que sustente los costos incurridos por un monto en el Acta Finiquito de 1,260.4 miles fecha 17 de pesos que representa enero de 2014, suscrita entre el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del RAN y el FONDICT-UAEM, ni se hizo constar que el Servicio de Cursos Interactivos fue impartido con la finalidad de contar con una formación y educación continua a distancia para el personal del RAN, para los programas tanto de FANAR como de MODERNIZACIÓN, sobre lo que se proporcionó información con la cual se acreditó la impartición de los mismos. Las situaciones antes expuestas evidencian que FONDICT-UAEM subcontrató con el proveedor EMS la impartición de los citados cursos el 1 xx xxxxx de 2013, es decir, 5 meses antes de que fuera requerido por el RAN (26 xx xxxxxx de 2013). La Auditoría Superior de la Federación emitirá las acciones correspondientes en la Auditoría 294 practicada al personal de su plantilla que proporcionóRAN. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó entre otros, que la documentación que acredita el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados ejercicio del gasto, se proporcionó al órgano fiscalizador, no obstante ésta fue analizada y valorada en su oportunidad y en base en ello, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales se confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por no se presentan los elementos necesarios para la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió en el servicio denominado estudios y análisis político y estratégicos, del cual se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 miles de pesos, que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato de prestación de servicios que suscribió con el ISSSTE, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM le pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el ISSSTE (1 xx xxxxx de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTE. 2. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & Friends, S.A. de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimiento. 3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTE, para acreditar la prestación de los servicios y los entregables en los términos convenidos, se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que la empresa adjudicada contara con una base de datos propia, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico solventación de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivoobservaciones.

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Samples: Contratos Suscritos Con La Administración Pública Federal

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 53,845.66 pesos (quinientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y dos cinco pesos 48/100 66/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Financiera Ruralal Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, actualmente Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales 210 horas por servicios que no cuentan con el soporte evidencia documental que los las acredite correspondiente en (reportes mensuales), de conformidad con las requisiciones Bases de materiales y su aplicaciónColaboración que suscribió el 14 xx xxxxx de 2014 con el Instituto. 14-4-99015-12-0208-12-013 015 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de MéxicoSWPLUS, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitados, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 DGAF/1398/2015 del 26 xx xxxxxx 24 de septiembre de 2015 y DGAF/1411/2015 DGAF/1701/2015 del 28 30 de septiembre octubre de 2015. 1114. El 00 FONDICT-UAEM el 1 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX xxxxxx de 2014 suscribió las Bases de Colaboración número DGAF/DI/AC/76/2014 con el Instituto Nacional de Pediatría Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014INDAABIN), por un importe máximo de 7,496.7 1,336.6 miles de pesos y una vigencia del 15 1 xx xxxxxx de noviembre 2014 al 31 30 de diciembre enero de 20142015, y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio integral dar apoyo en sitio para el área mantenimiento del nuevo sistema de operación de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI)inventario del INDAABIN, en cuyo análisis y se observó lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 INDAABIN un importe total de 1,113.8 miles de pesospesos por el periodo comprendido xx xxxxxx a diciembre de 2014, el cual se pagó en su totalidadfue pagado por el INDAABIN; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.241.7% del monto total pagado por que le pagó el INPINDAABIN, para lo cual formalizó el FONDICT-UAEM formalizó 1 xx xxxxxx de 2014, un Contrato segundo contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales Comermexzala empresa SWPLUS, S.A. S.A de C.V., para la prestación de servicios de consultoría informática consistente en el servicio de apoyo en sitio para el mantenimiento del nuevo sistema de inventario, a quien el FONDICT-UAEM le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 463.9 miles de pesos (las acciones en lo procedente, se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación de los sistemas de información del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad física. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una de las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió en el servicio denominado estudios y análisis político y estratégicos, del cual se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 miles de pesos, que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato de prestación de servicios que suscribió con el ISSSTE, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM le pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el ISSSTE INDAABIN (1 xx xxxxx xxxxxx de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTEINDAABIN. 2. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & FriendsSWPLUS, S.A. S.A de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido apercibida de la sanción de la que sería objeto por su incumplimientoincumplimiento (la acción se emitió en el Resultado Núm. 13). 3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTEINDAABIN, para acreditar la prestación de los servicios en el ejercicio 2014, se constató que se definieron entregables mensuales y los entregables en los términos convenidos, del proyecto; con su análisis se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que El INDAABIN proporcionó la empresa adjudicada contara con una base información y documentación xx xxxxxx a diciembre de datos propia2014, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, sustenta los entregables pactados y se determinó una diferencia entre las horas reportadas, pagadas y los reportes diarios por un importe total de 8.4 miles de pesos (IVA incluido) que corresponden a 20 horas de servicios que no cuentan con soporte documental que las acredite: SAA-RMES-02 01/09/14 15/09/14 Consultor BPM 51.92 105 100 5 2.9 SAA-RMES-02 17/09/14 30/09/14 Consultor BPM 51.92 105 100 5 2.9 SAA-RMES-04 01/11/14 30/11/14 Desarrollador Xx. 00.0 000 000 00 2.6 Total 20 8.4 Fuente: Información proporcionada por el FONDICT-UAEM y el INDAABIN. El INDAABIN remitió diversas aclaraciones respecto a las diferencias determinadas en los perfiles de consultor BPM y desarrollador Jr.; sin embargo, los reportes diarios con los que se pretenden acreditar las diferencias determinadas, comprueban que son menos horas reportadas, por lo que si bien señalaron que hubo errores en los reportes mensuales, éstos fueron la base para el pago de los siguientes: análisis coyunturalservicios y con los que se determinó que se pagaron 20 horas de más por 8.4 miles de pesos (IVA incluido) de los que, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivono se cuenta con el soporte documental que las sustente.

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Samples: Contratos, Convenios De Colaboración Y Acuerdos Específicos

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a al patrimonio de PEMEX, ya que la Hacienda Pública Federal entidad fiscalizada por conducto de la residencia de obra avaló pagos indebidos por un monto de 503,042.48 112,791,544.71 pesos (ciento doce millones setecientos noventa y un mil quinientos tres mil cuarenta y dos cuatro pesos 48/100 71/100 M.N.), por no justificar los pagos realizados en las estimaciones números 1, 2, 3, 4 y 5 con plazo de ejecución del 15 xx xxxxxx al 15 de diciembre de 2015 pagados en 2016, referentes al concepto numero "C-5.29", Andamios metálicos (aluminio) de seguridad del contrato número 648235804, toda vez que en los alcances de los trabajos a ejecutar se deberán considerar la inclusión de andamios por parte del contratista para la ejecución de cada uno de los trabajos como se señala en el Fondo anexo B-1-3 "Especificaciones Particulares". 14. Con la revisión del contrato de Fomento obra pública número 428233858, adjudicado mediante el procedimiento de Licitación Pública Internacional por Pemex Exploración y Desarrollo Producción y cuyo objeto fue el “Suministro, Prefabricado, Instalación de la Investigación Científica Estructuras, Rehabilitaciones, Interconexiones, Obra Electromecánica y Tecnológica Montaje de la Universidad Autónoma del Estado Equipos en Instalaciones Marinas de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados PEP en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales no cuentan con el soporte documental que los acredite correspondiente en las requisiciones de materiales y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales Golfo de México, S.A. con Apoyo de C.V.Embarcación de Posicionamiento Dinámico y Equipos Diversos”, con un periodo de ejecución del 2 de diciembre de 2013 al 2 de diciembre de 2016, se determinó que la entidad fiscalizada realizó pagos indebidos por haberse negado a proporcionar 401,407.9 miles de pesos, en el plazo concepto del Anexo “C”: Andamios Metálicos (Aluminio) de Seguridad, ya que se constató que el costo del andamio contratado fue alto, debido a que en su integración se consideraron costos fuera xx xxxxxxx, lo que se comprobó al realizar la comparación con los precios autorizados y términos solicitadospagados por Pemex Exploración y Producción en el contrato núm. 428233806, el total adjudicado mediante licitación pública internacional, para la “Mantenimiento a las Instalaciones y Plataformas Marinas de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 RMNE, con apoyo de Embarcación”, con un periodo de ejecución del 26 xx xxxxxx 25 de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 febrero de septiembre de 2015. 11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX suscribió con el Instituto Nacional de Pediatría (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014, por un importe máximo de 7,496.7 miles de pesos y una vigencia del 15 de noviembre 2013 al 31 de diciembre de 2014. La entidad fiscalizada, al aprobar el costo de los andamios, no garantizó la obtención de las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes para el Estado, ni administró con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez los recursos públicos asignados para el proyecto. 15. Con la revisión del contrato de obra pública número 428233858, adjudicado mediante el procedimiento de Licitación Pública Internacional por Pemex Exploración y Producción y cuyo objeto consistió fue el “Suministro, Prefabricado, Instalación de Estructuras, Rehabilitaciones, Interconexiones, Obra Electromecánica y Montaje de Equipos en proporcionar Instalaciones Marinas de PEP en el servicio integral para el área Golfo de operación México, con Apoyo de Embarcación de Posicionamiento Dinámico y Equipos Diversos”, con un periodo de ejecución del 2 de diciembre de 2013 al 2 de diciembre de 2016, se determinó que la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI), en cuyo análisis se observó lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 entidad fiscalizada realizó pagos indebidos por 432,477.3 miles de pesos, el cual se pagó en su totalidad; asimismolos conceptos del Anexo “C”: Ayudante de Operario, se constató Maniobrista, Operario Especialista, Cabo de Oficios, Técnico Especialista Autocad, Capturista, Técnico Especialista en Computo e Ingeniero Especialista de Campo, ya que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales Comermexza, S.A. de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación de los sistemas de información del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad física. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes insumos de mano de obra contratados fueron altos, debido a que en su integración se consideraron costos fuera xx xxxxxxx, situación que se comprobó al realizar la comparación con los precios autorizados y acreditan cada una de pagados por Pemex Exploración y Producción en el contrato núm. 428233806, adjudicado mediante licitación pública internacional, para la “Mantenimiento a las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales Instalaciones y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario Plataformas Marinas de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEMRMNE, con los cuales confirmó que el importe apoyo de 1,260.4 miles Embarcación”, con un periodo de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación ejecución del 25 de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx febrero de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx 2013 al 31 de diciembre de 2014. La entidad fiscalizada, al aprobar los insumos de mano de obra, no garantizó la obtención de las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes para el Estado, ni administró con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez los recursos públicos asignados para el proyecto, por lo que la entidad no acreditó al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. 16. En relación con el contrato de obra núm. 648235804, asignado mediante adjudicación directa por Pemex Exploración y Producción y cuyo objeto consistió fue la “Suministro, Prefabricado, Instalación de Estructuras, Rehabilitaciones, Interconexiones, Obra Electromecánica y Montaje de Equipos en Instalaciones Marinas de PEP en el servicio denominado estudios Golfo de México, con Apoyo de Embarcación de Posicionamiento Dinámico y análisis político y estratégicosEquipos Diversos”, con un periodo de ejecución del cual 00 xx xxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre de 2015, pagados en 2016, se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 determinó que la entidad fiscalizada realizó pagos en exceso por 12,312.4 miles de pesos, en los conceptos del Anexo “C”: Servicio de hospedaje, alimentación de tres comidas y servicio de café y Servicio de hospedaje y alimentación de dos comidas, ya que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnicalos costos del hospedaje y alimentación fueron altos, material y humana para dar cumplimiento debido a las obligaciones contraídas que en el Contrato de prestación de servicios su integración se consideraron costos fuera xx xxxxxxx, lo que suscribió con el ISSSTE, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM le pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico al realizar la comparación con el ISSSTE (1 xx xxxxx de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTE. 2. Se solicitó información precios autorizados y documentación a la empresa SR & Friends, S.A. de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimiento. 3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTE, para acreditar la prestación de los servicios y los entregables en los términos convenidos, se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que la empresa adjudicada contara con una base de datos propia, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivo.pagados

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Samples: Auditoría De Inversiones Físicas

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 14,739,903.31 pesos (quinientos catorce millones setecientos treinta y nueve mil novecientos tres mil cuarenta y dos pesos 48/100 31/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a la al Instituto Mexicano del Petróleo servicios ejecutados al amparo de los Acuerdos Operativos números 1, 2, 5, 8 y 9, los cuales no fueron acreditados totalmente con los entregables correspondientes pactados en los respectivos Acuerdos Operativos y sus Anexos. 9. El 31 de diciembre de 2013, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato abierto de prestación de servicios número A-DERMS-35801-001-14 con Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales no cuentan con el soporte documental que los acredite correspondiente en las requisiciones de materiales y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de Pesquero (la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de México, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitados, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 del 26 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015. 11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX suscribió con el Instituto Nacional de Pediatría (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014Financiera), por un importe máximo de 7,496.7 20,300.0 miles de pesos y una vigencia del 15 1 de noviembre enero al 31 30 de diciembre septiembre de 2014, y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio de limpieza integral para el área con suministro de operación materiales en inmuebles de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI)Financiera, en cuyo con su análisis se observó comprobó lo siguiente: 1. Del Contrato Abierto de Prestación de Servicios A-DERMS-35801-001, se suscribieron dos convenios modificatorios con fechas 00 xx xxxxxxxxxx x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxx xxxxxx se incrementó el monto original a 24,360.0 miles de pesos. 2. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 a la Financiera un importe total de 19,269.1 miles de pesos, el cual se pagó en su totalidad; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total fue pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales Comermexza, S.A. de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación de los sistemas de información del Instituto, se comprobó que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad física. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una de las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió en el servicio denominado estudios y análisis político y estratégicos, del cual se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 miles de pesos, que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismopor la Financiera. Asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato contrato abierto de prestación de servicios que suscribió con el ISSSTEla Financiera, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios realizó la contratación con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM terceros del 75.8% del monto total que le pagó 5,753.1 miles de pesosla Financiera, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1)) los cuales a continuación se describen: No. Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el ISSSTE (Empresa Objeto Importe Pagado 1 xx xxxxx Administración Virtual de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTE. 2. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & FriendsServicios de Limpieza, S.A. de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito por su representante legal se negó C.V. Servicio denominado implementación y administración integral de personal de limpieza y logística con suministro y distribución de materias a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimiento. 3nivel nacional. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTE, para acreditar la prestación de los servicios y los entregables en los términos convenidos, se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que la empresa adjudicada contara con una base de datos propia, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivo.3,335.7

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Samples: Contratos, Convenios De Colaboración Y Acuerdos Específicos

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 149,073,937.97 pesos (quinientos ciento cuarenta y nueve millones setenta y tres mil cuarenta novecientos treinta y dos siete pesos 48/100 97/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Financiera Ruralno proporcionó evidencia documental de las nóminas y/o recibos de honorarios, actualmente Financiera Nacional dispersión de Desarrollo Agropecuariolos recursos, Ruralenteros de impuestos y obligaciones laborales, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales no cuentan con el soporte documental que los acredite correspondiente en las requisiciones de materiales y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de del personal contratado por la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de MéxicoEnterprise Management Service, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en que el plazo y términos solicitados, FONDICT-UAEM subcontrató para cumplir con las obligaciones contraídas con el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 del 26 Registro Agrario Nacional. 7. El 16 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015. 11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 00002013, xx XXXXXXXel FONDICT-XXXX UAEM suscribió con el Instituto Nacional de Pediatría (INP) BANOBRAS el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/045/2013, cuyo objeto fue la Prestación de los servicios de control, operación y soporte de tecnologías de la información y comunicaciones para BANOBRAS, con un costo total en el ejercicio 2013 que ascendió de 38,287.2 miles de pesos, con vigencia del 16 xx xxxxxx de 2013 al 30 xx xxxxx de 2017, en el cual se observó lo siguiente: EMPRESAS CONTRATADAS POR EL FONDICT-UAEM Empresa Importe Objeto del contrato Total pagado 34,244.2 FUENTE: Contratos y convenios de colaboración de prestación de servicios servicios. 1. Con fecha 16 xx xxxxxx de 2013, el FONDICT-UAEM suscribió con instrumento BANOBRAS el Contrato abierto de Prestación de Servicios número P/S/99/13/2014DAGA/045/2013, misma fecha en que el FONDICT-UAEM suscribió el contrato con la empresa Intellego Servicios de Consultoría S.A. de C.V., por concepto xx Xxxx de Servicio con un importe máximo costo total de 7,496.7 25,712.4 miles de pesos y una vigencia del 15 de noviembre al 31 de diciembre de 2014, y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio integral para el área de operación de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI)pesos, en cuyo análisis se observó lo siguiente: 1. a) En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 miles la visita domiciliaria realizada a la empresa Intellego Servicios de pesos, el cual se pagó en su totalidad; asimismoConsultoría S.A. de C.V., se constató que el FONDICTpara llevar a cabo los trabajos que le fueron encomendados, a su vez, subcontrató con cinco empresas, como se detalla a continuación: T-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales ComermexzaLINE México, S.A. de C.V., a quien le pagó C.V. 667.4 Establecer los lineamientos aplicables al intercambio de “INFORMACIÓN CONFIDENCIAL” que realicen las PARTES en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP. 2. Con la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y por los terceros contratados para ejecutar los servicios pactados con el INP, para el Área de Operación de la Infraestructura Crítica de Procesamiento de Información, a efecto de que operaran en alta disponibilidad eléctrica de respaldo de energía y que permitieran garantizar la operación virtud del desarrollo de los sistemas de información del Instituto, se comprobó diversos proyectos y negocios en que éstos fueron proporcionados y se implementaron en 3 fases: Fase 1. Métricas, ordenamiento y adecuación del AOICPI, que consistió principalmente en la adecuación del espacio físico (techos, pisos, muros, iluminación e instalaciones eléctricas); Fase 2. Operación, servicios consistentes en sistema de planta eléctrica de emergencia y sistema de energía in-interrumpible (UPS) y Fase 3 Control y monitorización de los sistemas de enfriamiento, de aire acondicionado, de detección de incendios, dispositivos de alarma de incendios, de extinción y de seguridad físicaparticipen. 3. Con la información y documentación proporcionada, se constató que los entregables son congruentes y acreditan cada una de las fases de conformidad con las especificaciones convenidas (manuales y memorias técnicas de cada elemento a instalar en las 3 fases del proyecto), así como las garantías aplicables una vez puesta en marcha la solución propuesta. 4. El FONDICT-UAEM no proporcionó evidencia documental que sustente los costos incurridos por un monto de 1,260.4 miles de pesos que representa el 16.8% del total que cobró al INP (7,496.7 miles de pesos), ni se identificaron, pagos al personal que ejecutó los trabajos en los estados de cuenta bancarios del FONDICT-UAEM, ni al personal de su plantilla que proporcionó. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, el FONDICT-UAEM mediante 2 oficios signados por el Contralor Universitario de la UAEM y enlace con la ASF, remitió 2 diversos, suscritos por el Contralor del FONDICT-UAEM, con los cuales confirmó que el importe de 1,260.4 miles de pesos fue su ganancia o utilidad lícita por la prestación de los servicios. 12. El 1 xx xxxxx de 2014, el FONDICT-UAEM formalizó el Contrato de prestación de servicios número AD-CS-DA-SRMS-182/2014 con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por un importe máximo de 6,820.8 miles de pesos y una vigencia del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2014, cuyo objeto consistió en el servicio denominado estudios y análisis político y estratégicos, del cual se desprendió lo siguiente: 1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al ISSSTE un importe total de 6,820.8 miles de pesos, que pagó en su totalidad el ISSSTE; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el Contrato de prestación de servicios que suscribió con el ISSSTE, toda vez que formalizó un contrato de prestación de servicios con la empresa SR & Friends, S.A. de C.V., para proporcionar el Servicio de Plataforma Tecnológica para los estudios y análisis político y estratégico, a quien el FONDICT-UAEM le pagó 5,753.1 miles de pesos, que representan el 84.3% de lo pagado por el ISSSTE (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el ISSSTE (1 xx xxxxx de 2014), formalizó la contratación con la referida empresa, la cual proporcionó los servicios convenidos con el ISSSTE. 2. Se solicitó información y documentación a la empresa SR & Friends, S.A. de C.V.; sin embargo, mediante un escrito suscrito por su representante legal se negó a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fue apercibido de la sanción de la que sería objeto por su incumplimiento. 3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y el ISSSTE, para acreditar la prestación de los servicios y los entregables en los términos convenidos, se determinó lo siguiente: A. En el contrato suscrito con el ISSSTE se estableció que la empresa adjudicada contara con una base de datos propia, que se actualizara diariamente con información nacional, con la finalidad de que pueda hacer un seguimiento analítico de las referencias y su comportamiento mediático, para identificar riesgos y situaciones negativas que puedan afectar al Instituto y que garanticen una capacidad de respuesta oportuna; asimismo, los entregables pactados fueron los siguientes: análisis coyuntural, análisis de situación y contexto, semáforo de alertas y análisis retrospectivo y prospectivo.

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