RECOMENDACIÓN. 9.1 De acuerdo con los análisis de los estudios de carácter legal y técnico detallados en los puntos anteriores a la luz de la normativa aplicable y según las circunstancias concurrentes este Departamento de Proveeduría recomienda adjudicar la presente licitación a la empresa Ferli e Hijos de Costa Rica S.A, cédula jurídica 0-000-000000, […], correspondiente al inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matricula 00055906000 situada en el Xxxxxxxx 00 Xxxxxxx, xxxxxx 00 Xxxxxxx, xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx la cantidad de 345m² a razón de ¢10.000.00 por metro cuadrado, para una renta mensual de ¢3.450.000.00 pagaderas por mes vencido, incremento anual de conformidad con los parámetros establecidos en el artículo 67 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, para la Oficina de Atención y Protección a Víctimas y Testigos de Liberia, por un plazo de 7 años por haberlo solicitado el propietario del inmueble…”. (ver folio 722 del expediente de la contratación).------------------------------------------------ II.-Sobre la admisibilidad del recurso interpuesto. Procedencia en cuanto al monto: El artículo 84 de la Ley de Contratación Administrativa (LCA) dispone que: “Cobertura del recurso y órgano competente. En contra del acto de adjudicación podrá interponerse el recurso de apelación, en los siguientes casos:/ [...] Para efectos de la aplicación de los límites anteriores, únicamente se tomará en consideración el monto impugnado. En el caso de licitaciones compuestas por varias líneas, se sumarán los montos adjudicados de las líneas que se impugnen. Si se trata de contratos continuados, se tomará en cuenta el monto adjudicado para el plazo inicial, sin considerar prórrogas eventuales. En licitaciones con cuantía inestimable cabrá el recurso de apelación. En los concursos promovidos de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del artículo 1º de esta Ley, resultarán aplicables los límites establecidos en los anteriores incisos. En las adjudicaciones derivadas de autorizaciones basadas en razones de urgencia, no procederá recurso alguno [...] Los montos de apelación citados en este artículo serán ajustados de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 27 de esta Ley.” En relación con lo anterior conviene señalar que en la resolución No. R-DC-014-2016 de las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil dieciséis, que es la aplicable al caso que se analiza, esta Contraloría General procedió a actualizar los est...
RECOMENDACIÓN. Recomendamos para una mayor agilidad en el pago del siniestro, dejar como Beneficiario a personas mayores de 18 años, dado que según nuestra ley, los hijos menores de 18 años son incapaces de administrar sus bienes y necesariamente deben actuar representados por personas mayores de edad.
RECOMENDACIÓN. La relación entre la Convención de Ramsar, el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) y la Convención sobre la Diversidad Biológica P La Recomendación
RECOMENDACIÓN. Las medidas para fomentar la conciencia pública del valor de los humedales en las reservas de humedales P La Recomendación 5.8 hace tres peticiones de acciones para mejorar la concienciación del público. Podría considerarse que el Programa sobre comunicación, educación, concienciación y participación (CECoP) de la Convención sobre los Humedales que figura en la Resolución XII.9 sustituye a la Recomendación 5.8 en este sentido. Por consiguiente, esta Recomendación puede considerarse obsoleta.
RECOMENDACIÓN. Con el presente estudio se da cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, con relación al objeto del proceso de contratación desde la perspectiva legal, organizacional, técnica, análisis xx xxxxxxx y análisis de los riesgos que se pueden establecer para la presente contratación. Atentamente, Profesional de Gestión del área Administrativa Profesional de Gestión del área de Contratación Subdirector Administrativo y Financiero EL CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA – COPNIA en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015 y de conformidad con las reglas de publicidad de los asuntos contractuales señalados en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del mismo Decreto, se informa que se iniciará un proceso de contratación bajo la modalidad de Licitación Pública, los interesados podrán presentar observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones y adjuntar los documentos que consideren pertinentes en el desarrollo de esta etapa contractual al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, las inquietudes que no tengan condición de observación serán recibidas en la línea telefónica 3220102 Ext. 428 y 429.
RECOMENDACIÓN. Para que Prevención y Readaptación Social establezca los mecanismos que le permitan determinar los montos de los pagos por servicios aplicables en el año contractual de que se trate, actualizados con el Índice Nacional de Precios al Consumidor de forma anual, a fin de conocer el monto por el que los proveedores del Servicio Integral de Capacidad Penitenciaria deben contratar sus fianzas de cumplimiento a favor de la Tesorería de la Federación, establecidas en la cláusula 15 "Garantías" de los Contratos de Prestación de Servicios a Largo Plazo. Los términos de esta recomendación y los mecanismos para su atención, por parte de la entidad fiscalizada, quedan asentados en el Acta de la Reunión de Presentación de Resultados Finales y Observaciones Preliminares en los términos del artículo 42 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
RECOMENDACIÓN. Para que la Secretaría de la Defensa Nacional fortalezca sus mecanismos de control a fin de que en las adquisiciones de bienes y servicios que se efectúen con gobiernos extranjeros se incluya, en el expediente respectivo, la documentación que permita acreditar que las adquisiciones que se realicen con alguno de dichos gobiernos resulten ser las opciones que ofrecen las mejores condiciones de compra para el Estado.
14-9-07100-02-0102-08-001 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria
RECOMENDACIÓN. La institución, deberá en adelante, adoptar un criterio técnico unificado, en base a los procedimientos establecidos en las disposiciones legales para la valoración de los Bienes Patrimoniales que serán objeto de contrataciones de Pólizas de Seguro.
RECOMENDACIÓN. La Entidad auditada deberá arbitrar las medidas necesarias, tendientes a dar cumplimiento a las disposiciones legales, relacionadas a la documentación necesaria para la realización de las reparaciones a los vehículos de la institución.
RECOMENDACIÓN. La institución deberá arbitrar las medidas administrativas pertinentes, a fin de que se incluyan en las pólizas, todos los equipos electrónicos de su propiedad, a efectos de asegurar el recupero de los bienes con las mismas características y capacidades.