Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal al patrimonio de Pemex Transformación Industrial por un monto de 26,562,574.06 pesos ( veintiséis millones quinientos sesenta y dos mil quinientos setenta y cuatro pesos 06/100 m.n. ), por concepto xx xxxx convencional a que se hizo acreedora la contratista en el concepto núm. 55.1, «Tablero "CCM-AT" de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV. Tablero combinado con interruptores de potencia y arrancadores a tensión plena, mediante contactores en vacío, tipo Metal Clad, envolvente NEMA 1 de acuerdo a la norma C37.20.2 y ANSI C37.20.7», de la partida 55, toda vez que se comprobó que dicho concepto se pagó al 100.0%, sin que la entidad fiscalizada comprobará mediante el reporte de conformidad que los bienes fueron recibidos el 10 de enero y el 6 xx xxxxxx de 2018, ni acreditó la instalación y puesta en servicio del Tablero "CCM-AT" de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV., de acuerdo con el procedimiento establecido en la solicitud de materiales con clave 00-00-000/2017 de fecha 11 xx xxxxx de 2017, que formó parte integrante como anexo B del contrato núm. 5200008271. 4. En la revisión del contrato núm. 5200008271 se determinó que la entidad fiscalizada, por conducto de su residencia de obra, autorizó a la contratista un pago indebido por 15,187.6 miles de pesos conforme lo siguiente: 996.0 miles de pesos en el concepto núm. 9.1, “Realización de trabajos relevantes para la rehabilitación de válvulas automáticas en taller de la compañía”, correspondiente a la partida núm. 9, “Rehabilitación de válvulas automáticas de la planta Hidrodesulfuradora de Naftas U-400-1...”; 13,012.5 miles de pesos en el concepto núm. 5.2 de la partida 5, “Rehabilitación general de compresor centrífugo modelo (25MB10) Tag: GB-401 y turbina de vapor modelo (SBHPG4-1) Tag: GB-401 y modernización de los sistemas de lubricación de vacío y gas de sellos del turbocompresor GB-401…” y 1,179.1 miles de pesos en el concepto núm. 11.1, “Suministro de piezas para la protección del compresor centrífugo”, de la partida núm. 11, “Rehabilitación del sistema de control de protecciones GE fanuc 90-70 del compresor centrífugo GB-401,…”; del que se comprobó que la residencia de obra pago el total contratado de dichos conceptos en la estimación núm. 1 con un periodo de ejecución de los trabajos del 1 al 30 de septiembre de 2017, y posteriormente aplicó en las estimaciones núms. 4 y 5 deductivas y aditivas por ajuste de montos, por lo que el concepto núm. 9.1 se tiene un importe pagado de 8,164.1 contra 7,168.1 miles de pesos contratados, para el concepto 5.2, el monto total convenido fue de 47,930.6 y el importe pagado ascendió a 60,943.1 miles de pesos, y para el concepto núm. 11.1, el monto autorizado fue de 2,866.1 y el total pagado fue por 4,045.0 miles de pesos.
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Samples: Audit Agreement
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal al patrimonio de Pemex Transformación Industrial por un monto de 26,562,574.06 145,416.29 pesos ( veintiséis millones quinientos sesenta (ciento cuarenta y dos cinco mil quinientos setenta y cuatro cuatrocientos dieciséis pesos 06/100 m.n. 29/100 M.N.), que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México le cobró a la Secretaría de Educación Pública por concepto xx xxxx convencional a que se hizo acreedora la contratista los servicios de digitalización e ingesta de 7,500 horas, pactados en el concepto núm. 55.1, «Tablero "CCM-AT" Contrato TVE0162013 y sus respectivos anexos de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV. Tablero combinado con interruptores de potencia y arrancadores a tensión plena, mediante contactores en vacío, tipo Metal Clad, envolvente NEMA 1 de acuerdo a la norma C37.20.2 y ANSI C37.20.7», de la partida 55ejecución, toda vez que no existe evidencia documental que acredite que se comprobó realizó la digitalización e ingesta de videos por un total de 299 horas, 31 minutos y 5 segundos, lo que dicho concepto se pagó al 100.0%representó un cobro de servicios no devengados por el importe observado.
5. El 0 xx xxxxx xx 2013, el FONDICT-UAEM suscribió con el RAN el Convenio Específico de Cooperación Técnica para el Programa Fondo de Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar, sin número, cuyo objeto fue conjuntar acciones y recursos a efecto de brindar el servicio público a los núcleos agrarios que la entidad fiscalizada comprobará mediante cumplan los requisitos de elegibilidad y que se encuentren incorporados al universo de atención del Fondo de Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar (FANAR), así como para el reporte desarrollo de conformidad que las actividades inherentes a los bienes fueron recibidos el 10 procesos de enero regularización y el 6 xx xxxxxx de 2018, ni acreditó la instalación y puesta en servicio del Tablero "CCM-AT" certificación de la subestación eléctrica # 6-A propiedad social, con un costo total que ascendió a 277,080.2 miles de la Planta Hidros pesos, con vigencia del 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV., de acuerdo con el procedimiento establecido en la solicitud de materiales con clave 00-00-000/2017 de fecha 11 xx xxxxx de 20172013 al 31 de diciembre de 2013, que formó parte integrante como anexo B en cuya revisión se observó lo siguiente:
1. El FONDICT-UAEM recibió del contrato núm. 5200008271.
4. En la revisión del contrato núm. 5200008271 se determinó que la entidad fiscalizadaRAN, por conducto concepto de su residencia ministraciones, la cantidad de obra, autorizó a la contratista un pago indebido por 15,187.6 277,080.2 miles de pesos conforme lo siguiente: 996.0 al calendario establecido en el anexo técnico y su convenio modificatorio. Los recursos recibidos se depositaron en la cuenta bancaria específica, de conformidad con el esquema de pagos que se detalla en la cláusula quinta Recursos financieros, del anexo técnico del convenio suscrito entre las partes. Al respecto, se comprobó que de los 277,080.2 miles de pesos, el FONDICT-UAEM reintegró a la Tesorería de la Federación la cantidad de 101.5 miles de pesos en el por concepto núm. 9.1, “Realización de trabajos relevantes para la rehabilitación de válvulas automáticas en taller de la compañía”, correspondiente a la partida núm. 9, “Rehabilitación de válvulas automáticas de la planta Hidrodesulfuradora de Naftas U-400-1...”recursos no utilizados; 13,012.5 miles de pesos en el concepto núm. 5.2 de la partida 5, “Rehabilitación general de compresor centrífugo modelo (25MB10) Tag: GB-401 y turbina de vapor modelo (SBHPG4-1) Tag: GB-401 y modernización de los sistemas de lubricación de vacío y gas de sellos del turbocompresor GB-401…” y 1,179.1 miles de pesos en el concepto núm. 11.1, “Suministro de piezas para la protección del compresor centrífugo”, de la partida núm. 11, “Rehabilitación del sistema de control de protecciones GE fanuc 90-70 del compresor centrífugo GB-401,…”; del que se comprobó que la residencia de obra pago el total contratado de dichos conceptos en la estimación núm. 1 con un periodo de ejecución de los trabajos del 1 al 30 de septiembre de 2017, y posteriormente aplicó en las estimaciones núms. 4 y 5 deductivas y aditivas por ajuste de montos, por lo que el concepto núm.
9.1 se tiene un importe pagado FONDICT-UAEM cobró la cantidad neta de 8,164.1 contra 7,168.1 miles de pesos contratados, para el concepto 5.2, el monto total convenido fue de 47,930.6 y el importe pagado ascendió a 60,943.1 miles de pesos, y para el concepto núm. 11.1, el monto autorizado fue de 2,866.1 y el total pagado fue por 4,045.0 276,978.8 miles de pesos.
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Samples: Contratos Suscritos Con La Administración Pública Federal
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal al patrimonio de Pemex Transformación Industrial por un monto de 26,562,574.06 44,945,600.0 pesos ( veintiséis millones quinientos sesenta y dos mil quinientos setenta (cuarenta y cuatro millones novecientos cuarenta y cinco mil seiscientos pesos 06/100 m.n. 00/100 M.N.), por concepto xx xxxx convencional a que se hizo acreedora la contratista en el concepto núm. 55.1, «Tablero "CCM-AT" de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV. Tablero combinado con interruptores de potencia y arrancadores a tensión plena, mediante contactores en vacío, tipo Metal Clad, envolvente NEMA 1 de acuerdo a la norma C37.20.2 y ANSI C37.20.7», de la partida 55, toda vez que se comprobó el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Secretaría de Desarrollo Social 128,416 cuestionarios que dicho concepto se pagó al 100.0%representan el 64.1% del total y presentaron inconsistencias en su registro, sin debido a que la entidad fiscalizada comprobará mediante fecha de levantamiento de las encuestas no corresponde al periodo pactado en la cláusula cuarta del convenio, aunado a que se determinaron diversos errores en la integración y registro de la base de datos, lo que afectó la veracidad y confiabilidad de la información proporcionada por el reporte de conformidad que los bienes fueron recibidos el 10 FONDICT-UAEM a la SEDESOL.
6. El 15 de enero y de 2014, el 6 xx xxxxxx FONDICT-UAEM formalizó el convenio específico de 2018, ni acreditó coordinación con la instalación y puesta en servicio del Tablero "CCM-AT" Secretaría de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV., de acuerdo con el procedimiento establecido en la solicitud de materiales con clave 00-00-000/2017 de fecha 11 xx xxxxx de 2017, que formó parte integrante como anexo B del contrato núm. 5200008271.
4. En la revisión del contrato núm. 5200008271 se determinó que la entidad fiscalizadaDesarrollo Social (SEDESOL), por conducto un importe máximo de su residencia de obra, autorizó a la contratista un pago indebido por 15,187.6 39,672.0 miles de pesos conforme y una vigencia del 15 de enero al 31 de diciembre de 2014, y cuyo objeto consistió en conjuntar acciones y recursos para fortalecer la operación de la Cruzada Nacional contra el Hambre, a través de la participación en el ámbito de sus competencias para el desarrollo de una Plataforma de seguimiento y evaluación de las acciones de la Cruzada Nacional contra el Hambre, en cuya revisión se observó lo siguiente: 996.0 miles de pesos en :
1. En el concepto núm. 9.1ejercicio 2014, “Realización de trabajos relevantes para la rehabilitación de válvulas automáticas en taller de la compañía”, correspondiente el FONDICT-UAEM facturó a la partida núm. 9, “Rehabilitación de válvulas automáticas de la planta Hidrodesulfuradora de Naftas U-400-1...”; 13,012.5 miles de pesos en el concepto núm. 5.2 de la partida 5, “Rehabilitación general de compresor centrífugo modelo (25MB10) Tag: GB-401 y turbina de vapor modelo (SBHPG4-1) Tag: GB-401 y modernización de los sistemas de lubricación de vacío y gas de sellos del turbocompresor GB-401…” y 1,179.1 miles de pesos en el concepto núm. 11.1, “Suministro de piezas para la protección del compresor centrífugo”, de la partida núm. 11, “Rehabilitación del sistema de control de protecciones GE fanuc 90-70 del compresor centrífugo GB-401,…”; del que se comprobó que la residencia de obra pago el total contratado de dichos conceptos en la estimación núm. 1 con un periodo de ejecución de los trabajos del 1 al 30 de septiembre de 2017, y posteriormente aplicó en las estimaciones núms. 4 y 5 deductivas y aditivas por ajuste de montos, por lo que el concepto núm.
9.1 se tiene SEDESOL un importe pagado total de 8,164.1 contra 7,168.1 miles de pesos contratados, para el concepto 5.2, el monto total convenido fue de 47,930.6 y el importe pagado ascendió a 60,943.1 39,672.0 miles de pesos, y para el concepto núm. 11.1que le fue pagado en su totalidad por la SEDESOL; asimismo, el FONDICT- UAEM, al no contar con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas con la SEDESOL (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1), realizó la contratación con terceros del 95.0% del monto autorizado fue total que le pagó la SEDESOL; el detalle se presenta a continuación: Fuente: Información proporcionada por el FONDICT-UAEM. Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con la SEDESOL (15 de 2,866.1 enero de 2014), formalizó la contratación con las empresas antes referidas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con la SEDESOL.
2. Se solicitó información y documentación a las empresas INNDOT, S.A. de C.V., Innovación Integrada, S.A. de C.V. y Servicios Estratégicos STOCK BLUE, S.A. de C.V., que fueron contratadas por el total pagado fue FONDICT-UAEM para prestar los servicios pactados con la SEDESOL; sin embargo, mediante escritos suscritos por 4,045.0 miles sus representantes legales se negaron a proporcionar la información y documentación requerida, no obstante que fueron apercibidos de pesosla sanción de la que serían objeto por su incumplimiento.
3. Con el análisis de la información y documentación proporcionada por el FONDICT-UAEM y la SEDESOL en la visita domiciliaria, para acreditar la ejecución de los servicios, se determinó lo siguiente:
A. Los entregables establecidos consistieron principalmente en: 1. Servicios de implementación de los dos componentes de la plataforma tecnológica de seguimiento de la Cruzada Nacional Contra el Hambre; 2. Soporte, mantenimiento y ajustes de la plataforma tecnológica de seguimiento y control de la Cruzada Nacional contra el Hambre durante el ejercicio; opciones de consulta; acceso al sistema; reportes ejecutivos; tablero ejecutivo; reportes operativos; plan de pruebas integrales pantallas de la plataforma de transformación de datos y tablero de indicadores y, materiales de capacitación para la operación de la plataforma de transformación de datos y tablero de indicadores.
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Samples: Contratos, Convenios De Colaboración Y Acuerdos Específicos
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio perjuicio, o ambos ambos, a la Hacienda Pública Federal al patrimonio de Pemex Transformación Industrial por un monto de 26,562,574.06 3,382,915.57 pesos ( veintiséis (tres millones quinientos sesenta trescientos ochenta y dos mil quinientos setenta y cuatro novecientos quince pesos 06/100 m.n. 57/100 M.N.), por concepto xx xxxx convencional a que se hizo acreedora de obra pagada no ejecutada, más los intereses generados desde la contratista fecha de su pago hasta la fecha de su recuperación, en el concepto núm. 55.1, «Tablero "CCM-AT" de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV. Tablero combinado con interruptores de potencia y arrancadores a tensión plena, mediante contactores en vacío, tipo Metal Clad, envolvente NEMA 1 de acuerdo a la norma C37.20.2 y ANSI C37.20.7», de la partida 55, toda vez que se comprobó que dicho concepto se pagó al 100.0%, sin que la entidad fiscalizada comprobará mediante el reporte de conformidad que los bienes fueron recibidos el 10 de enero y el 6 xx xxxxxx de 2018, ni acreditó la instalación y puesta en servicio del Tablero "CCM-AT" de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV., de acuerdo con el procedimiento establecido en la solicitud de materiales con clave 00-00-000/2017 de fecha 11 xx xxxxx de 2017, que formó parte integrante como anexo B del contrato núm. 5200008271.
4. En la revisión del contrato núm. 5200008271 se determinó que la entidad fiscalizadaAPI-AD-SGI- 04-2020, por conducto de su residencia de obra, autorizó relativo a la contratista un pago indebido por 15,187.6 miles "Conclusión del Rompeolas Oeste en el Puerto de pesos conforme lo siguienteXxxxxx Xxxx Oaxaca", integrada de la siguiente manera: 996.0 miles de 2,042,990.49 pesos en el concepto núm. 9.1, “Realización 10.02 "Seguimiento para dar cumplimiento a los términos y condicionantes del resolutivo de trabajos relevantes la manifestación de impacto ambiental para la rehabilitación obra de válvulas automáticas conclusión del rompeolas oeste del Puerto de Xxxxxx Xxxx, Oaxaca...", toda vez que se pagó en taller las estimaciones núms. 1, 2 y 3 con xxxxxxxx xx xxxxxxxxx xxx 0 xx 00 xx xxxx y del 1 al 31 de julio de 2020, respectivamente, sin evidencia de la compañía”, correspondiente a la partida núm. 9, “Rehabilitación de válvulas automáticas de la planta Hidrodesulfuradora de Naftas U-400-1...”; 13,012.5 miles de pesos en el concepto núm. 5.2 de la partida 5, “Rehabilitación general de compresor centrífugo modelo (25MB10) Tag: GB-401 y turbina de vapor modelo (SBHPG4-1) Tag: GB-401 y modernización de los sistemas de lubricación de vacío y gas de sellos del turbocompresor GB-401…” y 1,179.1 miles de pesos en el concepto núm. 11.1, “Suministro de piezas para la protección del compresor centrífugo”, de la partida núm. 11, “Rehabilitación del sistema de control de protecciones GE fanuc 90-70 del compresor centrífugo GB-401,…”; del que se comprobó que la residencia de obra pago el total contratado de dichos conceptos en la estimación núm. 1 con un periodo de ejecución de los trabajos y de los números generadores; además en la Minuta de reunión núm. MR-14-29092020 "Seguimiento de Obra" de fecha 29 de septiembre de 2020, se mencionó que "Los montos de las estimaciones 2 y 3 procederán a pago con el entero monto por servicio del seguimiento ambiental mensual, y el pago se fundamentará en el programa de actividades y ejecución y seguimiento de programas ambientales, consensuado por el grupo multidisciplinario de especialistas ambientales del Consorcio y de la Supervisión Externa que se reunirán el día miércoles 30 de septiembre..." lo que evidencia que dichos trabajos no se realizaron; aunado a lo anterior, se incumplió con lo estipulado en las especificaciones técnicas particulares del concepto de trabajo; más 1,339,925.08 pesos de las estimaciones 4, 5, 6 y 7 con periodos de ejecución del 1 al 31 xx xxxxxx y del 1 al 30 de septiembre noviembre de 20172020, y posteriormente aplicó respectivamente, en las estimaciones núms. 4 y 5 deductivas y aditivas por ajuste el mismo concepto, ya que algunos de montoslos insumos que conforman el precio unitario no se llevaron a cabo, por lo que cual se debieron descontar los siguientes importes: 385,524.36 pesos del básico MALL-15 (Malla antiturbidez); 386,728.04 pesos del básico MOCU26B (Cuadrilla 1 Buzo Industrial + 2 Ayudantes); 104,581.00 pesos del básico EQ-020 (Equipo de buceo; aire, traje, aletas, visor, sistema de comunicación subacuático); 217,830.20 pesos del básico EQ-300 (Lancha con motor fuera xx xxxxx 150 HP); y 245,261.48 pesos por el concepto núm.
9.1 insumo MO122 (Residente de Seguridad e Higiene) el cual se tiene un importe pagado encuentra incluido en el Análisis, Cálculo e Integración de 8,164.1 contra 7,168.1 miles Costos Indirectos, por duplicidad con dicho rubro, en incumplimiento del Reglamento de pesos contratadosla Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para el concepto 5.2artículos 113, el monto total convenido fue de 47,930.6 fracciones I, VI, VIII y el importe pagado ascendió a 60,943.1 miles de pesosIX, 115, fracciones V, VI y XII, y para el concepto núm187; y del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 66, fracciones I y III. 11.1, el monto autorizado fue Inadecuada supervisión y control de 2,866.1 y el total pagado fue por 4,045.0 miles de pesosobra.
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Samples: Auditoría De Cumplimiento