POLÍTICA DE GARANTÍA. Monto de dinero a entregar al BENEFICIARIO cuando hubiera abonado gastos en relación a los SERVICIOS cubiertos descriptos siempre y cuando hayan sido autorizados por el PRESTADOR antes de ser realizados. La POLÍTICA DE GARANTÍA se realizará en cuenta bancaria a designar por el BENEFICIARIO.
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POLÍTICA DE GARANTÍA. Monto de dinero a entregar al BENEFICIARIO cuando hubiera abonado gastos en relación a los SERVICIOS cubiertos descriptos siempre y cuando hayan sido autorizados por cuente con la previa autorización del PROVEEDOR y el PRESTADOR antes de ser realizadoscomprobante correspondiente. La POLÍTICA DE GARANTÍA se realizará en cuenta bancaria a designar por el BENEFICIARIO.
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