Common use of Precios Cotizados Clause in Contracts

Precios Cotizados. Los precios cotizados comprenden todos los elementos y trabajos necesarios para la entrega de los trabajos encomendados en forma completa y adecuada a su fin, según se infiere de planos y especificaciones, incluyendo todas las tramitaciones y gestiones administrativas necesarias, salvo que en el PCP se indique expresamente lo contrario. Los trámites, derechos y gastos que demanden la instalación y provisión de energía eléctrica, agua de construcción, cloacas, fuerza motriz, gas, etc., correrán por cuenta del Contratista, así como los trámites y costos de los permisos de construcción y de habilitación de las obras e instalaciones que lo requirieran, incluso el costo de gestión de medianerías, en su caso. Los precios deberán contener, sin excepción, el IVA y todos los impuestos vigentes a la fecha de la Oferta y todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y ser- vicios que afecten el trabajo a realizar. El precio cotizado será el precio final que deba pagar SBASE por todo concepto. Cualquier creación, eliminación o modificación en más o en menos de los impuestos y demás gravámenes fiscales que acontezca con posterioridad a la fecha de Oferta y que afecte los precios cotizados, implicará el ajuste de los mismos a fin de reflejar adecuadamente su incidencia. El reconocimiento de los incrementos deberá ser expresamente solicitado por el Con- tratista; las disminuciones, en cambio, se aplicarán de oficio. Las variaciones que pudieran producirse en las contribuciones a la seguridad social se tendrán en cuenta en la redeterminación de precios que eventualmente correspon- da. Los precios de Contrato serán fijos e inamovibles, pudiendo el Contratista requerir, para las cotizaciones en pesos de la República Argentina, la aplicación de la metodo- logía de redeterminación de precios de los contratos establecida por el GCABA y apli- cable a SBASE.

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Samples: General Conditions, General Conditions, General Conditions

Precios Cotizados. Los precios cotizados comprenden todos los elementos y trabajos necesarios para la entrega realiza- ción de los trabajos encomendados la obra en forma completa y adecuada de acuerdo a su fin, incluyendo: las eventuales mayores excavaciones necesarias, las modificaciones de estructuras y/o las demoliciones, la modifica- ción de las cotas de fundación, o cualquier otro tipo de construcción e instalación necesaria, según se infiere de planos y especificaciones, incluyendo todas las tramitaciones y gestiones administrativas necesarias, salvo que en el PCP se indique expresamente lo contrario. Los trámites, derechos y gastos que demanden la instalación y provisión de energía eléctrica, agua de construcción, cloacas, fuerza motriz, gas, etc., correrán por cuenta del Contratista, así como los trámites y costos de los permisos de construcción y de habilitación de las obras e instalaciones que lo requirieranrequieran. Deberá preverse la realización de los ensayos de control de calidad de materiales y/o de re- cepción que sean necesarios conforme a las Normas y/o Reglamentos vigentes, incluso el costo estén indica- dos expresamente o no en la documentación de gestión de medianeríasla Licitación, incluyendo en su casocotización to- dos los gastos necesarios. El Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra, sin posibilidad de adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o ampliaciones del proyecto que SBASE ordene por escrito. Los precios deberán contener, sin excepción, el IVA y todos los impuestos vigentes a la fecha de la Oferta y todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y ser- vicios servicios que afecten el trabajo a realizar. El precio cotizado será el precio final que deba pagar SBASE por todo concepto. Cualquier creación, eliminación o modificación en más o en menos de los impuestos y demás gravámenes fiscales que acontezca con posterioridad a la fecha de Oferta y que afecte los precios cotizados, implicará el ajuste de los mismos a fin de reflejar adecuadamente su incidenciainci- dencia. El reconocimiento de los incrementos deberá ser expresamente solicitado por el Con- tratistaContratista; las disminuciones, en cambio, se aplicarán de oficio. PLIEG-2024-16530273-GCABA-SBASE Las variaciones que pudieran producirse en las contribuciones a la seguridad social se tendrán ten- drán en cuenta en la redeterminación de precios que eventualmente correspon- dacorresponda. Los precios de Contrato serán fijos e inamovibles, pudiendo el Contratista requerir, para las cotizaciones en pesos de la República Argentina, la aplicación de la metodo- logía metodología de redeterminación redeter- minación de precios de los contratos establecida por el GCABA y apli- cable aplicable a SBASE. Por lo tanto, el Contratista no podrá reclamar por trabajos adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o ampliaciones que SBASE ordene por escrito. Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, SBASE requerirá su aclara- ción, reservándose el derecho de desechar la Oferta a su solo juicio, si dicho precio no fuese justificado con fundamento satisfactorio.

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Samples: Licitación Pública