Premio a la permanencia. Para los trabajadores, que una vez cumplidos los 65 años, y con un mínimo de 10 años de antigüedad en la empresa, cesen en la misma por cualquier motivo que no sea despido procedente, percibirán, con independencia de su liquidación o de cualquier indemnización que pudiera corresponderle legalmente, un premio de de permanencia consistente en un mes xx xxxxxxx base más antigüedad.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Premio a la permanencia. Para los trabajadorestrabajadores que, que una vez cumplidos los 65 años, y con un mínimo de 10 años de antigüedad en la empresaempresa y cuya edad se encuentre entre los 61 y 67 años, cesen en la misma misma, por cualquier motivo que no sea despido procedente, percibirán, con independencia de su liquidación o de cualquier indemnización que pudiera corresponderle corresponderles legalmente, un premio de de permanencia consistente en un mes xx xxxxxxx base más antigüedadcomplemento personal salarial.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Premio a la permanencia. Para los trabajadores, que una vez cumplidos los 65 años, y con un mínimo de 10 años de antigüedad en la empresa, cesen en la misma por cualquier motivo que no sea despido procedente, percibirán, con independencia de su liquidación o de cualquier indemnización que pudiera corresponderle legalmente, un premio de de permanencia consistente en un mes xx xxxxxxx base más antigüedad. En cualquier caso, este premio es incompatible con el premio a la vinculación previsto en el artículo 40.
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Samples: Convenio