Common use of Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo Clause in Contracts

Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo. 1. Aparte de lo establecido en la Ley de la Seguridad Social sobre indemnizaciones, se respetarán las condiciones más beneficiosas que, en virtud de costumbre o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas. 2. Las empresas afectadas por este convenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedades de más de 30 días, complementarán las prestaciones de la incapacidad temporal (IT) por enfermedad o accidente de trabajo hasta el 100 por 100 xxx xxxxxxx durante un plazo xxxxxx xx xxxx y ocho meses a partir de la baja. 3. Los empleados están obligados, salvo imposibilidad manifiesta y justificada, a cursar la baja de la Seguridad Social dentro de las cuarenta y ocho horas. Habrán de prestarse también a ser reconocidos por el médico que designe la empresa, al objeto de que éste informe sobre la imposibilidad de prestar servicio. La resistencia del empleado a ser reconocido establecerá la presunción de que la enfermedad es simulada. En caso de discrepancia entre el médico de la empresa y el del empleado, se someterá la cuestión a la Inspección Médica de la Seguridad Social, cuyo dictamen será decisivo.

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Samples: Convenio Colectivo Nacional, Convenio Colectivo Nacional

Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo. 1. Aparte de lo establecido en la Ley de la Seguridad Social sobre indemnizaciones, se respetarán las condiciones más beneficiosas que, en virtud de costumbre costumbres o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas. 2. Las empresas afectadas por este convenioConvenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedades enfermedad de más de 30 treinta días, complementarán las prestaciones de la incapacidad temporal (IT) por los seguros de enfermedad o accidente y accidentes de trabajo trabajo, hasta el 100 por 100 xxx xxxxxxx durante un plazo xxxxxx xx xxxx y ocho meses máximo de doce meses, a partir de la baja. 3. Los empleados están obligados, salvo imposibilidad manifiesta y justificada, a cursar la baja de la Seguridad Segu- ridad Social dentro de las cuarenta y ocho horas. Habrán de prestarse también a ser reconocidos por el médico que designe la empresa, al objeto de que éste informe sobre la imposibilidad de prestar servicio. La resistencia del empleado a ser reconocido establecerá la presunción de que la enfermedad es simuladasimula- da. En caso de discrepancia entre el médico de la empresa y el del empleado, se someterá la cuestión a la Inspección Médica de la Seguridad Social, cuyo dictamen será decisivo.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo. 1. Aparte de lo establecido en la Ley de la Seguridad Social sobre indemnizaciones, se respetarán las condiciones más mas beneficiosas que, en virtud de costumbre costumbres o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas.. cve: BOE-A-2009-5688 2. Las empresas afectadas por este convenioConvenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedades enfermedad de más de 30 treinta días, complementarán las prestaciones de la incapacidad temporal (IT) por los seguros de enfermedad o accidente y accidentes de trabajo trabajo, hasta el 100 por 100 xxx xxxxxxx durante un plazo xxxxxx xx xxxx y ocho meses máximo de doce meses, a partir de la baja. 3. Los empleados están obligados, salvo imposibilidad manifiesta y justificada, a cursar la baja de la Seguridad Social dentro de las cuarenta y ocho horas. Habrán de prestarse también a ser reconocidos por el médico que designe la empresa, al objeto de que éste este informe sobre la imposibilidad de prestar servicio. La resistencia del empleado a ser reconocido establecerá la presunción de que la enfermedad es simulada. En caso de discrepancia entre el médico de la empresa y el del empleado, se someterá la cuestión a la Inspección Médica de la Seguridad Social, cuyo dictamen será decisivo.

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Samples: Xvi Convenio Colectivo Estatal De Empresas De Consultoría Y Estudios De Mercado Y De La Opinión Pública, Xvi Convenio Colectivo Estatal De Empresas De Consultoría Y Estudios De Mercado Y De La Opinión Pública

Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo. 1. Aparte de lo establecido en la Ley de la Seguridad Social sobre indemnizacionesprestaciones, se respetarán las condiciones más beneficiosas que, en virtud de costumbre costumbres o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas. 2. Las empresas afectadas por este convenioConvenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedades enfermedad de más de 30 treinta días, complementarán las prestaciones de la por incapacidad temporal (IT) por enfermedad o accidente de trabajo temporal, hasta el 100 por 100 xxx xxxxxxx durante un plazo xxxxxx xx xxxx y ocho meses máximo de doce meses, a partir de la baja. 3. Los empleados están obligadosEl personal está obligado, salvo imposibilidad manifiesta y justificada, a cursar la baja de la Seguridad Social dentro de las cuarenta y ocho horas. Habrán de prestarse también a ser reconocidos por el médico que designe la empresa, al objeto de que éste este informe sobre la imposibilidad de prestar servicio. La resistencia del empleado de la persona trabajadora a ser reconocido establecerá la presunción de que la enfermedad es simulada. En caso de discrepancia entre el médico de la empresa y el del empleadola persona trabajadora, se someterá la cuestión a la Inspección Médica de la Seguridad Social, cuyo dictamen será decisivo.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal

Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo. 1. Aparte de lo establecido en la Ley de la Seguridad Social sobre indemnizaciones, se respetarán las condiciones con- diciones más beneficiosas que, en virtud de costumbre costumbres o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas. 2. Las empresas afectadas por este convenioConvenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedades enfermedad de más de 30 treinta días, complementarán las prestaciones de la incapacidad temporal (IT) por los seguros de enfermedad o accidente y accidentes de trabajo trabajo, hasta el 100 por 100 xxx xxxxxxx durante un plazo xxxxxx xx xxxx y ocho meses máximo de doce meses, a partir de la baja. 3. Los empleados están obligados, salvo imposibilidad manifiesta y justificada, a cursar la baja de la Seguridad Segu- ridad Social dentro de las cuarenta y ocho horas. Habrán de prestarse también a ser reconocidos por el médico que designe la empresa, al objeto de que éste informe sobre la imposibilidad de prestar servicio. La resistencia del empleado a ser reconocido establecerá la presunción de que la enfermedad es simuladasimula- da. En caso de discrepancia entre el médico de la empresa y el del empleado, se someterá la cuestión a la Inspección Médica de la Seguridad Social, cuyo dictamen será decisivo.

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Samples: Convenio Colectivo

Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo. 1. Aparte de lo establecido en la Ley de la Seguridad Social sobre indemnizacionesprestaciones, se respetarán las condiciones más beneficiosas que, en virtud de costumbre costumbres o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas. 2. Las empresas afectadas por este convenioConvenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedades enfermedad de más de 30 treinta días, complementarán las prestaciones de la por incapacidad temporal (IT) por enfermedad o accidente de trabajo temporal, hasta el 100 por 100 xxx xxxxxxx durante un plazo xxxxxx xx xxxx y ocho meses máximo de doce meses, a partir de la baja. 3. Los empleados están obligadosEl personal está obligado, salvo imposibilidad manifiesta y justificada, a cursar la baja de la Seguridad Social dentro de las cuarenta y ocho horas. Habrán de prestarse también a ser reconocidos por el médico que designe la empresa, al objeto de que éste este informe sobre la imposibilidad de prestar servicio. La resistencia del empleado de la persona trabajadora a ser reconocido establecerá la presunción de que la enfermedad es simulada. En caso de discrepancia entre el médico de la empresa y el del empleadola persona trabajadora, se someterá la cuestión a la Inspección Médica de la Seguridad Social, cuyo dictamen será decisivo.

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Samples: Convenio Colectivo